Title: PARLAMENTO LATINOAMERICANO
1PARLAMENTO LATINOAMERICANO
- LEY MARCO DE ARMAS
- Y MUNICIONES
2El Parlamento Latinoamericano
- Organismo Regional, Permanente y Unicameral de
carácter parlamentario - Promueve la integración de América Latina y el
Caribe - Fundado en 1964
- Suscripción de Tratado de institucionalización en
1987 - Órganos
- Asamblea
- Junta Directiva
- Comisiones Permanentes
- Secretaría General
3Países Miembros
- Antillas Neerlandesas
- Argentina
- Aruba
- Bolivia
- Brasil
- Colombia
- Costa Rica
- Cuba
- Chile
- Ecuador
- El Salvador
- Guatemala
- Honduras
- México
- Nicaragua
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- República Dominicana
- Suriname
- Uruguay
- Venezuela
4Principios
- Defensa de la Democracia
- Integración Latinoamericana
- No intervención
- Autodeterminación de los pueblos
- Pluralidad política e ideológica
- Igualdad jurídica de los Estados
- Condena a la amenaza y uso de la fuerza
- Solución justa, pacífica y negociada de las
controversias - Prevalencia de los principios de derecho
internacional
5Propósitos
- Fomento del desarrollo económico y social de la
comunidad latinoamericana - Defensa de la libertad, justicia social,
independencia económica, democracia
representativa y participativa - Supresión de colonialismos, neocolonialismos,
racismo y cualquier otra discriminación - Contribución a la paz y estabilidad
internacionales - Canalizar el reconocimiento de los derechos de
los pueblos latinoamericanos y del Caribe - Impulsar el fortalecimiento de los Parlamentos
Miembros
6- VIOLENCIA ARMADA EN AMERICA LATINA
- 5 de los 6 países con mayores muertes
porcentuales por armas corresponden a
Latinoamérica y el Caribe - El Salvador
- Guatemala
- Colombia
- Jamaica
- Venezuela
- Carga Global de la Violencia Armada -
Declaración de Ginebra - 2008
7- TASA DE HOMICIDIOS
- (CADA 100.000 HAB.)
- AMERICA CENTRAL 29
- SUDAMERICA 25
- EUROPA ORIENTAL 16
- EUROPA OCCIDENTAL Y CENTRAL 3
- Carga Global de la Violencia Armada -
Declaración de Ginebra - 2008
8- MUERTES CON ARMAS
- A NIVEL GLOBAL EL 60 DE LOS HOMICIDIOS SE
PRODUCE POR ARMAS DE FUEGO - ESE PORCENTUAL VARIA SEGÚN LAS REGIONES
- 19 EN EUROPA OCCIDENTAL Y CENTRAL
- 70 EN SUDAMERICA
- 77 EN CENTROAMERICA
- Carga Global de la Violencia Armada -
Declaración de Ginebra - 2008
9RELACION ENTRE HOMICIDIOS Y DESARROLLO HUMANO
(IDH) 22 PAISES CON BAJO IDH 24 HOMICIDIOS
C/100 MIL HABITANTES 69 PAISES CON ALTO IDH 8
HOMICIDIOS C/100 MIL HABITANTES 85 PAISES CON
MEDIO IDH 6 HOMICIDIOS C/100 MIL
HABITANTES Carga Global de la Violencia Armada
- Declaración de Ginebra - 2008
10SENTIDO DE UNA LEY MARCO DE ARMAS EN AMERICA
LATINA- Armonizar regulaciones, controlesy
exigencias para la tenencia- Limitar las
existencias y disminuir el flujo legal e
ilegal- Establecer estándares comunes en
transacciones internacionales
11- HACE FALTA LEGISLAR SOBRE ARMAS?
- SI
- PRESUPUESTOS
- - Reconocer limitaciones de la respuesta
legislativa - - Que la reforma sea real y exprese cambio de
enfoque
12- RECONOCER LIMITACIONES
- DE NATURALEZA FORMAL
- La ley brinda un marco de actuación que necesita
una eficaz aplicación y efectivos controles - Requiere la represión de actividades por fuera de
la ley - DE NATURALEZA SUSTANCIAL
- No tiene por objeto central solucionar el delito,
contribuye tangencialmente. - Su objetivo es salvar vidas segadas por hechos
no siempre asociados a la delincuencia. - La mayoría de los homicidios se comenten sin
vinculación con otros delitos
13NECESIDAD DE REFORMA REAL SI LA REFORMA NO
ALTERA EL MODELO OPORTUNIDAD PERDIDA
BASTARDEA LA HERRAMIENTA LEGAL GENERA
RESIGNACION Y APATIASI PROMUEVE UN CAMBIO
REAL GENERA DEBATE Y CONCIENTIZACION
ESTABLECE POLITICAS DE CONTROL Y EVITA DESVIOS
PROMUEVE LA DISMINUCION DE LOS STOCKS DE ARMAS
SE CONSTITUYE EN UNA VALLA CONTRA AVANCES
AUTORITARIOS Y PRO-ARMAS
14REFORMA REAL DEBE EXPRESAR UN CAMBIO DE
PARADIGMASUPERAR EL MODELO DE MERO CONTROL
PROPIO DE LOS SISTEMAS SURGIDOS AL AMPARO DE LA
DOCTRINA DE LA SEGURIDAD NACIONALCREAR UN NUEVO
MODELO DE DESARME EN LINEA CON LAS POLITICAS DE
SEGURIDAD CIUDADANA
15MODELOS DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ARMAS
16MODELOS DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ARMAS
17APLICACION DE LOS MODELOS DE CONTROL Y DESARME
18- MARCO CONCEPTUAL
- SISTEMAS LEGALES
- 1. LIBRE ACCESO
- 2. PROHIBICION
- 3. CONTROL
- 4. NUEVO PARADIGMA
- DESARME o POLITICAS DE
- DESESTIMULO
- MODELO PROPUESTO
- FUSION ENTRE CONTROL Y DESARME
19- LEY MARCO DEL PARLATINO
- SIETE COMPONENTES
- 1. DISOSICIONES GENERALES
- 2. OBJETOS CONTROLADOS
- 3. SUJETOS AUTORIZADOS
- 4. ACTIVIDADES PERMITIDAS
- 5. AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- 6. REGIMEN DE SANCIONES
- 7. CONTROL PARLAMENTARIO
20- DISPOSICIONES GENERALES, OBJETIVOS Y AMBITO DE
APLICACIÓN - OBJETIVOS
- PREVENIR Y REDUCIR LA VIOLENCIA CON ARMAS DE
FUEGO - REDUCIR POSIBILIDADES DE DESVIO INTERNO O
INTERNACIONAL - MECANISMOS
- DESESTIMULO DE ACCESO Y USO
- CONTROL Y FISCALIZACION DE MATERIALES, SUJETOS Y
ACTIVIDADES - CONTROL CENTRALIZADO
- SANCIONES POR USO INDEBIDO
- RETIRO DE EXCEDENTES
21- PRINCIPIOS GENERALES
- PROHIBICION
- RESTRICTIVIDAD
- ANTICIPACION
- TEMPORALIDAD
- REVOCABILIDAD
- JUSTIFICACION Y CONCRESION
- CORRESPONDENCIA
- UNIVERSALIDAD
- INTRANSFERIBILIDAD
- NO RECIRCULACION
22- MATERIALES
- DEFINICION - CIFTA
- ARMA
- A) CUALQUIER ARMA QUE CONSTE DE POR LO MENOS UN
CAÑON POR EL CUAL UNA BALA O PROYECTIL PUEDE SER
DESCARGADO POR LA ACCION DE UN EXPLOSIVO Y QUE
HAYA SIDO DISEÑADA PARA ELLO O PUEDA CONVERTIRSE
FACILMENTE PARA TAL EFECTO, EXCEPTO LAS ANTIGUAS
FABRICADAS ANTES DEL SIGLO XX O SUS REPLICAS - B) CUALQUIER OTRA ARMA O DISPOSITIVO DESTRUCTIVO
TAL COMO BOMBA EXPLOSIVA, INCENDIARIA O DE GAS,
GRANADA, COHETE, LANZACOHETES, MISIL, SISTEMA DE
MISILES Y MINAS
23- MATERIALES
- CLASIFICACION
- USO PROHIBIDO (SIN MARCAJE, FABRICADA SIN
AUTORIZACION, CON SISTEMA DE DISPARO MODIFICADO,
MUNICION ENVENENADA, PROHIBIDO POR EL DIH U OTROS
COMPROMISOS INTERNACIONALES, ETC.) - USO DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD
(AUTOMATICAS, CALIBRES SUPERIORES, NO PORTATILES,
MIRAS CON VISION NOCTURNA, SILENCIADORES, ETC.) - PERMITIDAS AL USO DE PARTICULARES (CALIBRES
MENORES, NO AUTOMATICAS, MIRAS OPTICAS, ETC.)
24- EXIGENCIAS RESPECTO DE LOS MATERIALES
- OBLIGATORIEDAD Y CLARAS PAUTAS PARA EL MARCAJE.
- MARCAJE DE MUNICION
- OBLIGATORIEDAD DE PRUEBA BALISTICA PARA
CONFORMACION DE BASE DE DATOS
25- SUJETOS
- PERSONA AUTORIZADA
- HABILITADA PARA OBTENER LICENCIAS PARA REALIZAR
ACTIVIDADES REGULADAS - ESTANDAR MINIMO COMUN AL QUE SE ADICIONARAN LOS
ESPECIFICOS QUE CORRESPONDAN A LA LICENCIA EN
PARTICULAR A GESTIONAR
26- PERSONAS FISICAS
- REQUISITOS
- MAYORIA DE EDAD
- CAPACIDAD PSICOFISICA
- INEXISTENCIA DE ADICCIONES
- IDONEIDAD EN EL USO DE LAS ARMAS
- CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL
- CARENCIA DE ANTECEDENTES PENALES Y DE VIOLENCIA
FAMILIAR - JUSTIFICACION, LUGAR DE GUARDA, PLAN DE
SEGURIDAD, ETC
27- JUSTIFICACION Y CONCRECION
- TODA AUTORIZACION
- DEBERÁ JUSTIFICAR UNA NECESIDAD ACTUAL, CONCRETA
Y VERIFICABLE PARA SU OTORGAMIENTO - EL MATERIAL DEBERA GUARDAR CORRESPONDENCIA CON LA
NECESIDAD ACREDITADA
28- OBLIGACIONES
- REALIZAR CUALQUIER ACTO, EXCLUSIVAMENTE CON OTRA
PERSONA AUTORIZADA. - DENUNCIAR ALTERACION DE CONDICIONES DE
OTORGAMIENTO - FACILITAR FISCALIZACION
- DENUNCIAR ROBO, HURTO O EXTRAVIO DE MATERIALES Y
LICENCIAS - INFORMAR OPERACIONES INUSUALES
29- PERDIDA REVOCACION O SUSPENSIÓN DE CALIDAD DE
PERSONA AUTORIZADA - CAUSALES
- MUERTE, INCAPACIDAD, DISOLUCION DE LA PERSONA
JURIDICA, PROCESO O CONDENA PENAL,
INHABILITACION. - CONSECUENCIA
- REVOCACION O SUSPENSION DE TODAS LAS LICENCIAS
30- EFECTOS DE LA PERDIDA DE LICENCIA
- DESAPODERAMIENTO DEL MATERIAL
- OPCIONES
- TRANFERIRLO, PREVIA AUTORIZACION
- DARLO EN CONSIGNACION PARAVENTA
- ENTREGARLO EN DEPOSITO (HASTA 24 MESES)
- ENTREGARLO AL ESTADO PARA SU DESTRUCCION
31FUERZAS ARMADAS, DE SEGURIDAD Y POLICIALES
- SE CONSIDERA A LAS FUERZAS PERSONAS AUTORIZADAS
- DEBER DE REGISTRAR (CON CLASIFICACION DE
SEGURIDAD) SUS ARMAS PORTATILES - DEBEN INDICAR A QUE AGENTES SE DESIGNARA PERSONA
AUTORIZADA - ARMAS PARTICULARES DE SUS INTEGRANTES BAJO
REGIMEN COMUN
32- ACTIVIDADES
- AUTORIZADAS MEDIANTE LICENCIAS
- Autorización otorgada por la Autoridad de
Aplicación que faculta a desarrollar por un
tiempo limitado alguna actividad autorizada. - Únicamente las Personas Autorizadas podrán
obtener licencias.
33- CLASIFICACION DE LAS LICENCIAS
- a) Fabricación
- b) Almacenaje
- c) Transporte
- d) Transferencias internacionales,
- e) Comercio doméstico
- f) Reparación
- g) Recarga de munición
- h) Organización de eventos de caza
- i) Administración de entidades de tiro
- j) Instrucción de tiro
- k) Tenencia
- l) Porte
- m) Coleccionismo y
- n) Seguridad privada con armas.
34- CARACTERISTICAS DE ALGUNAS LICENCIAS EN
PARTICULAR - a) TENENCIA
- Se debe justificar la necesidad de acceso al
arma Tiro, caza o excepcionalmente seguridad. - Se restringe el uso al domicilio del autorizado.
- Para transportar el arma, debe estar descargada.
35- CARACTERISTICAS DE ALGUNAS LICENCIAS EN
PARTICULAR - b) PORTACION
- Uso en lugares públicos.
- Carácter excepcional. Prohibición en determinados
lugares o situaciones. Si se otorga por actividad
laboral, acotada a ese desempeño.
36- CARACTERISTICAS DE ALGUNAS LICENCIAS EN
PARTICULAR - b)TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES
- Comprende exportación, importación, tránsito,
reexportación, intermediación y producción bajo
licencia. - Autorización individual para cada transferencia.
- Criterios exigidos Respeto de DDHH y DIH
situación interna y regional, observancia de
obligaciones en materia de transferencias de los
paises intervinientes riesgo de desvios. - Autorización conjunta de áreas de RREE, defensa,
seguridad, DDHH, etc.
37- AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- SE CREA UNA AUTORIDAD NACIONAL UNICA
- CONCENTRA EL REGISTRO Y FISCALIZACION DE TODOS
LOS MATERIALES, PERSONAS Y ACTIVIDADES AUTORIZADAS
38- FUNCIONES
- FISCALIZACION Y REGISTRO CENTRALIZADO DE
MATERIALES, USUARIOS Y ACTIVIDADES - CONFORMACION DE UNA BASE NACIONAL INFORMATIZADA
DE DATOS. - OTORGAMIENTO DE LICENCIAS
- RECEPCION DE OFICIOS JUDICIALES Y COMUNICACIÓN DE
EXTRAVIO Y ROBO - APLICACIÓN DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS
- CAMPAÑAS DE REGULARIZACION Y ENTREGA DE ARMAS
39- FALTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS
- LEVES (INCUMPLIMIENTOS FORMALES, CULPOSOS,
PRIMARIOS) - GRAVES (ENTREGA A PERSONAS NO AUTORIZADAS,
DOLOSAS, REITERADAS, O QUE GENEREN PELIGRO O
DAÑO) - TIPO DE SANCIONES
- APERCIBIMIENTO, MULTA, CLAUSURA, SUSPENSION DE LA
LICENCIA, CANCELACION DE INSCRIPCION,
INHABILITACION, DECOMISO
40- DISMINUCION DE EXISTENCIAS
- EVALUACION DINAMICA DE EXCEDENTES
- CAMPAÑAS DE RECOLECCION Y REGULARIZACION
- SECUESTRO DEL ARMA AL VENCIMIENTO DE LA LICENCIA
CONCEDIDA - REGULACION DE PROCEDIMIENTO ANTE INCAUTACION DE
ARMAS EN CUALQUIER CAUSA - OBLIGATORIEDAD DE DESTRUCCION
41- CONTROL PARLAMENTARIO
- INFORME ANUAL DEL PODER EJECUTIVO
- AL PARLAMENTO
- 1. Cantidad de fábricas de armas y armas
fabricadas e importadas - 2. Licencias otorgadas para el uso de armas
- 3. Adquisiciones de las fuerzas de seguridad
42- 4. Cantidad total de heridos y muertos por armas
de fuego - a) Hechos producidos en enfrentamientos con las
fuerzas de seguridad - b) Hechos producidos en concurrencia con otro
delito - c) Hechos producidos entre vecinos o conocidos
- d) Hechos producidos entre miembros de una
familia - e) Hechos producidos con armas legalmente
poseídas - f) Hechos producidos con armas de empresas de
seguridad privada y, - g) Hechos producidos con armas de fuego poseídas
ilegítimamente por el autor, indicándose si la
misma había sido objeto de denuncia de robo,
hurto o extravío por parte de titular autorizado
o si el arma no se hubiere registrado en el país.
43- 5. Estimación de costos del sistema de salud
- 6. Resultado de las campañas de regularización y
recolección. - 7. Sanciones aplicadas por violaciones a la
presente Ley. - 8. Material entregado por particulares para su
destrucción - 9. Material declarado excedente y,
- 10. Material efectivamente destruido.
44- INFORME PUBLICO DEL PARLAMENTO
- Evaluación de las políticas de control de armas
de fuego y reducción de existencias, - Desempeño de los organismos de aplicación,
- Impacto de las armas de fuego en la producción de
muertes, heridas y en la utilización para la
comisión de delitos, - Observancia de los criterios sobre transferencias
internacionales
45APLICACIÓN DEL MODELO
- EN DIVERSOS PAISES DE LATINOAMERICA SE HA
PRESENTADO LA LEY MARCO - COMO APORTE Y REFERENCIA
- PARA EL DEBATE DE REFORMAS LEGISLATIVAS EN LA
MATERIA - (Argentina, Colombia, Panamá, Haití, Uruguay,
etc.)
46 - SENADORA NACIONAL
- Sonia ESCUDERO
- Presidenta del
- FORO PARLAMENTARIO SOBRE
- ARMAS PEQUEÑAS Y LIGERAS
- Secretaria General del
- PARLAMENTO LATINOAMERICANO
- Presidenta de la Comisión
- de Seguridad Interior y Narcotráfico
- Senado de la Nación
- ARGENTINA
- escudero_at_senado.gov.ar