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El proceso presupuestal en Colombia

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El proceso presupuestal en Colombia Aplicable a los tres (3) ordenes de la Administraci n P blica Nacional, Departamental, Distrital y Municipal, as como a sus ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El proceso presupuestal en Colombia


1
El proceso presupuestal enColombia
  • Aplicable a los tres (3) ordenes de la
    Administración Pública
  • Nacional, Departamental, Distrital y Municipal,
    así como a sus entidades descentralizadas

2
Marco normativo
  • Constitución política (Titulo XII)
  • Estatuto Orgánico del Presupuesto
  • (Decreto 111 de 1996.)
  • Ley 819 de 2003
  • Decretos Reglamentarios.
  • Disposiciones Generales de la Ley Anual
  • de Presupuesto.
  • Doctrina
  • Jurisprudencia

3
Componentes del Sistema Presupuestal
  • 1. PLAN FINANCIERO instrumento de planificación
    y gestión financiera del sector público, se basa
    en las operaciones efectivas que tengan efecto
    sobre la situación fiscal, cambiaria y monetaria
    del país.
  • Sobre esta base se mide el déficit y las
    necesidades de financiamiento del Sector Público
    No Financiero, incluido en el Marco Fiscal de
    Mediano Plazo MFMP
  • 2. PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES Señala
    los proyectos de inversión clasificados por
    sectores, órganos y programas. Debe guardar
    consistencia con el MFMP y el Marco de Gasto de
    Mediano Plazo - MGMP

4
Componentes del Sistema Presupuestal
(continuación)
  • 3. PRESUPUESTO ANUAL DE LA NACION - PGN
  • Integrado por
  • El Presupuesto de Rentas Contiene la estimación
    de los ingresos corrientes de la Nación, las
    contribuciones parafiscales (administrados por
    entidades públicas), los fondos especiales, los
    recursos de capital y los ingresos de los
    establecimientos públicos del orden nacional.
  • El Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones
    Incluye los gastos de funcionamiento, de
    inversión y el servicio de la deuda pública.
  • Las Disposiciones Generales Corresponden a las
    normas que aseguran la correcta ejecución del
    Presupuesto General de la Nación, las cuales
    rigen únicamente para cada vigencia fiscal.

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PRINCIPIOS PRESUPUESTALES
  •                                                 
  • PRINCIPIO DE PLANIFICACIÓN
  • PRINCIPIO DE ANUALIDAD
  • PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD
  • PRINCIPIO DE UNIDAD DE CAJA
  • PRINCIPIO DE PROGRAMACIÓN INTEGRAL
  • PRINCIPIO DE ESPECIALIZACIÓN
  • PRINCIPIO DE INEMBARGABILIDAD

P R I N C I P I O S
6
PRINCIPIO DE PLANIFICACIÓN
  • EL PRESUPUESTO DEBE GUARDAR CONCORDANCIA CON
    PLAN DE DESARROLLO, PLAN DE INVERSIONES, EL MARCO
    FISCAL DE MEDIANO PLAZO, PLAN FINANCIERO Y EL
    POAI.
  • DEBE EXISTIR ARMONIA ENTRE EL PRESUPUESTO Y EL
    PLAN DE DESARROLLO (ARTÍCULO 346 DE LA
    CONSTITUCIÓN POLÍTICA)
  • DEBE EXISTIR ARMONÍA ENTRE EL PRESUPUESTO ANUAL,
    CON EL PLAN FINANCIERO Y EL POAI, BUSCANDO
    COORDINACIÓN EN CORTO PLAZO                       
            

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PRINCIPIO DE ANUALIDAD
  •                                                 

ENVUELVE DOS ASPECTOS
CADA AÑO SE ELABORA Y APRUEBA EL PRESUPUESTO
EL CONTROL Y LA EJECUCIÓN DURAN UN AÑO
PRINCIPIO DE LA ANUALIDAD
SE SOMETE AL EJECUTIVO Y SE ACRECIENTA EL PODER
DEL CONGRESO
EL EJECUTIVO SE OBLIGA A SOLICITAR
AUTORIZACIÓN ANUALMENTE
SE GENERA PODER POLÍTICO
8
PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD
  • EL PRESUPUESTO DEBE CONTENER TODOS LOS GASTOS
    PÚBLICOS DE LA VIGENCIA
  • NO SE PUEDEN REALIZAR GASTOS CON CARGO AL TESORO
    QUE NO FIGUREN EN EL PRESUPUESTO
  • EL PRINCIPIO CORRESPONDE AL CONTROL POLÍTICO Y
    OPERATIVO DEL PRESUPUESTO
  • NO PUEDEN EXISTIR FONDOS POR FUERA DEL
    PRESUPUESTO

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PRINCIPIO DE UNIDAD DE CAJA
  •                                                 

LOS FONDOS PÚBLICOS INGRESARÁN SIN PREVIA
DESTINACIÓN A UN FONDO COMÚN
SE FINANCIA LA TOTALIDAD DEL GASTO PÚBLICO
CUAL ES LA RAZÓN?
SE APLICA LA FACULTAD DE LA AUTORIDAD PRESUPUEST
AL PARA ORIENTAR EL GASTO
EN PRINCIPIO NO DEBEN EXISTIR RECURSOS PREDESTINA
DOS, NO OBSTANTE LA LEY PUEDE
ESTABLECER EXCEPCIONES
SE APLICAN EXCEPCIONES DE LEY
10
PRINCIPIO DE PROGRAMACIÓNINTEGRAL
  •                                                 

SIMULTÁNEAMENTE
TODO PROGRAMA PRESUPUESTAL DEBE TENER EN CUENTA
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GASTOS DE INVERSIÓN
OPERACIÓN DE UN PROYECTO
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PRINCIPIO DE LA ESPECIALIZACIÓN
  •                                                 

A P R O P I A C I O N E S
CADA GASTO EN CADA ÓRGANO DEBE REFERIRSE A SU
OBJETO Y FUNCIONES
DEBE EXISTIR COHERENCIA ENTRE
EL GASTO Y SU FINALIDAD
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PRINCIPIO DE LA INEMBARGABILIDAD
  •                                                 

LAS RENTAS INCORPORADAS AL PRESUPUESTO
AL IGUAL QUE LOS BIENES Y DERECHOS
SON INEMBARGABLES
BUSCA PROTEGER DINEROS PÚBLICOS
ADOPTAR MEDIDAS PARA PAGO DE SENTENCIAS
EXISTEN SENTENCIAS QUE ORDENAN EMBARGOS
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EQUILIBRIO PRESUPUESTAL
  • DEROGADO COMO PRINCIPIO POR LA CONSTITUCIÓN DE
    1991
  • EL ARTÍCULO 347 DE LA CARTA DICE SI LOS
    INGRESOS LEGALMENTE AUTORIZADOS NO FUEREN
    SUFICIENTES PARA ATENDER LOS GASTOS PROYECTADOS,
    EL GOBIERNO PROPONDRÁ, POR SEPARADO, LA CREACIÓN
    DE NUEVAS RENTAS O LA MODIFICACIÓN DE LAS
    EXISTENTES, PARA FINANCIAR LOS GASTOS
    CONTEMPLADOS.
  • EN EL PRESUPUESTO NO NECESARIAMENTE DEBEN FIGURAR
    TODOS LOS INGRESOS ESPERADOS EN UNA VIGENCIA, YA
    QUE MEDIANTE EL MECANISMO DE ADICIÓN SE PUEDEN
    ATENDER ESTOS GASTOS
  • LA FIGURA SE LLAMA PRESUPUESTO COMPLEMENTARIO
  • SE PUEDEN PRESENTAR UNA SERIE DE INCONVENIENTES 

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MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO MARCO DE GASTO DE
MEDIANO PLAZO RESERVAS PRESUPUESTALES
15
MFMP Plan Financiero
  • Definir objetivos, estrategias y metas de
    ingresos, gastos y financiamiento
  • Sanear las finanzas (nacionales y/o territoriales
  • Lograr los objetivos del Plan de Desarrollo
  • Incluir los efectos cambiario, monetario y fiscal
    de las operaciones efectivas
  • Determinar el programa de ingresos, gastos,
    déficit y su financiación (Estatuto de
    Presupuesto) compatible con el Programa anual de
    Caja y las Políticas Cambiaria y Monetaria

Es un Instrumento de Planificación y Gestión
Financiera
PARA
16
MFMP 1. Plan Financiero contenido
  • Diagnóstico identificar la problemática
    financiera, causas, oportunidades, amenazas,
    fortalezas, debilidades, etc.
  • Estructura del Financiamiento evolución
    (tendencia) de las fuentes de financiación y su
    composición
  • Estructura de gastos evolución (tendencia) de
    los gastos y su composición
  • Relación ingresos vs. gastos Determinar el
    superávit o déficit, necesidades de
    financiamiento, capacidad de endeudamiento,
    financiación del gasto corriente, cumplimiento de
    los límites de ajuste a los gastos.
  • Gestión financiera estrategias, acciones,
    programas, metas, etc.
  • Gestión sectorial desde la perspectiva
    financiera ajuste de las metas sectoriales

17
MFMP 1. Plan Financiero contenido
  • Objetivos Financieros o fiscales logro esperado
  • Objetivos específicos logros específicos
  • Área Estratégica por ejemplo se clasifica, para
    ingresos corrientes de libre destinación, otros
    ingresos, gastos de funcionamiento, de inversión,
    endeudamiento, déficit, etc.
  • Estrategias cómo lograr los objetivos
  • Programas acciones específicas
  • Metas logros cuantificables para cada área
    estratégica.
  • Anexo flujo de efectivo y presupuesto proyectado,
    suponiendo el cumplimiento de las metas

18
MFMP 1. Plan Financiero elaboración y
aprobación
19
MFMP 1. Plan Financiero fuentes de información
para el diagnóstico (continuación)
  • Ejecuciones presupuestales últimos cuatro años
  • Ejecuciones presupuestales de los últimos cuatro
    años estructuradas en el esquema de Operaciones
    Efectivas de Caja
  • Presupuesto aprobado para la ultima vigencia
  • Información contable estados financieros,
    nóminas, estado de la deuda, etc.

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MFMP Plan Financiero fuentes de información
para el diagnóstico
  • Estatuto de Presupuesto territorial.
  • Estatuto de rentas ( Reglamentación de la
    adopción de los ingresos).
  • Plan de inversiones de la ultima vigencia.
  • Información consolidada de los créditos vigentes
    Monto adeudado, monto pagado, valor a cancelar en
    cada vigencia, saldo de la deuda, intereses,
    durante la vigencia del crédito.

21
MFMP 1. Plan Financiero fuentes de información
para el diagnóstico (diagnostico)
  • Información sobre la planta de personal, actual,
    el costo de la nómina, OPS, aportes parafiscales.
  • Plan de compras si existe.
  • Relación de la oficina jurídica sobre pasivos
    contingentes.
  • Relación de obligaciones pensionales, en especial
    los pagos de pensionados para la vigencia, si
    tienen a su cargo dichas acreencias.
  • Información contable de las últimas 3 vigencias.

22
MFMP Plan Financiero Diagnóstico
  • Con base en la información presupuestal, de
    operaciones efectivas y contable

Tendencia histórica mínimo en los cuatro últimos
años Coyuntura de la vigencia Proyecciones
escenarios futuros Suponiendo continuidad de
la tendencia histórica Ajustes a lo
proyectado con base en indicadores y
estrategias y partiendo del cumplimiento de
políticas de saneamiento fiscal o
sostenibilidad del ajuste.
23
MFMP 2. Plan Financiero Diagnóstico
  • Se requiere analizar las CAUSAS de cada problema,
    profundizando en aspectos conexos a la situación
    fiscal, tales como
  •  
  • a.      Organización administrativa
  • b.      Planta de personal
  • c.      Proceso de transformación empresarial
  • d.      Factores socio económicos del entorno
  • e.      Aspectos sectoriales específicos
  • Identificar y Priorizar las causas de cada uno de
    los problemas y establecer alternativas de
    solución.

24
Cálculo de la meta Superávit primario
Superávit Primario gt o Servicio de la deuda Se
entiende que la deuda es sostenible si el
Superávit Primario es mayor o igual al servicio
de la deuda (amortizaciones intereses) de todos
los créditos vigentes en la respectiva vigencia
fiscal. Este balance se elabora bajo el esquema
presupuestal.
25
MFMP 3. Metas de deuda pública y sostenibilidad
  • Es prudente considerar
  • Evolución de la deuda
  • Indicadores varios
  • Relación Intereses/ Ahorro operacional.
  • Intereses/ Saldo de la deuda.
  • Otros como Servicio de la deuda/Superávit
    primario.
  • Servicio de la deuda/Ingresos disponibles para el
    pago de la deuda

26
MFMP 4. Acciones para logro de metas
  • Deben ser viables financiera e institucionalmente
  • Cumplirse, según los cronogramas de ejecución

27
MFMP 5. Resultados vigencia anterior
  • Es importante considerar
  • Explicación del incumplimiento de las metas año
    anterior y adopción de medidas para
    corregirlas.
  • Si se cumplió la meta de superávit primario del
    año anterior, el nuevo MFMP debe garantizar la
    sostenibilidad de la deuda pública

28
MFMP 6. Costo exenciones tributarias vigencia
anterior
  • Debe estimarse el costo fiscal de las exenciones
    tributarias existentes en la vigencia anterior,
    si las hubo

29
MFMP 7. Pasivos exigibles y contingentes
  • Considerar por ejemplo
  • Pago de sentencias y conciliaciones
  • Pasivos surgidos en los procesos de concesión
  • Determinar los pasivos contiengentes con e apoyo
    del área jurídica, considerando metodologías de
    valoración, y plan de pagos.

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MFMP 8. Costos de Leyes, ordenanzas y acuerdos
  • Valorar monetariamente los efectos de las leyes,
    ordenanzas y acuerdos sancionados en la vigencia
    anterior
  • Recordar que consistentes con el marco fiscal de
    mediano plazo, en cuanto al Plan Financiero, las
    metas de superávit primario y deuda ( y su
    sostenibilidad), así como con las acciones y
    medidas específicas en las que se sustenta el
    cumplimiento de las metas, con sus
    correspondientes cronogramas de ejecución

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MFMP 9. Indicadores de gestión
  • Se deben obtener indicadores que permitan hacer
    seguimiento a las metas planteadas en el MFMP con
    el fin de efectuar los ajustes necesarios y
    prever la capacidad de cumplimiento de las mismas
  • Por ejemplo, medir los valores obtenidos en
    ingresos y gastos y compararlos con las metas
    previstas
  • Para recordar Los presupuestos de la ET y de
    las empresas industriales y comerciales y
    empresas de economía mixtas deben ser
    consistentes con el MFMP en cuanto a plan
    financiero, balance primario, estrategias, deuda,
    acciones, cronogramas de ejecución, etc.

32
Documento síntesis del MFMP
  • Con base en lo anterior se debe preparar un
    informe con los siguientes acápites
  • Plan Financiero
  • Metas de superávit primario
  • Metas de deuda pública y análisis de su
    sostenibilidad
  • Acciones y medidas específicas para el
    cumplimiento de las metas, con los cronogramas
    de ejecución
  • Informe de resultados fiscales de la vigencia
    fiscal anterior
  • Estimación del costo fiscal de las exenciones
    tributarias existentes en la vigencia anterior
  • Relación de los pasivos exigibles y de los
    contingentes
  • Costo fiscal de los proyectos de ordenanza
    sancionados en la vigencia fiscal anterior.
  • Indicadores de gestión presupuestal y de
    resultado de los objetivos, planes y programas
    desagregados para mayor control del presupuesto

33
Componentes del Sistema Presupuestal
(continuación)
  • Marco de Gasto de Mediano Plazo (Únicamente en
    el orden Nacional)
  • Proyecciones para 4 años de las principales
    prioridades sectoriales y los niveles máximos de
    gasto, distribuido por sectores y componentes de
    gasto del PGN.
  • Se renovará anualmente.
  • Cuando se propongan nuevos gastos, se
    identificarán los nuevos ingresos, las fuentes de
    ahorro o la financiación requerida para su
    implementación
  • Propone reglas para la distribución de recursos
    adicionales a los proyectados en el MFMP.

34
Marco de Gasto de Mediano Plazo (Art. 4 - 10)
  • El MGMP fortalece la planeación y proyección del
    MFMP al entregar herramientas de programación,
    seguimiento y ejecución del presupuesto a nivel
    sectorial, priorizando el gasto en los sectores
    que más lo requieren y premiando la gestión del
    gasto (Art. 10)
  • La construcción del anteproyecto del PGN se
    nutre a partir del 2007, con la metodología del
    MGMP a nivel sectorial, estableciendo techos
    sectoriales en el gasto. (Art. 9)

35
Marco de Gasto de Mediano Plazo (Art. 4 - 10)
  • Elaborado por el MHCP en coordinación con el DNP,
    antes del 30 de junio.
  • Crea el vínculo entre el MFMP y el Presupuesto
    General de la Nación
  • Incluye un nivel máximo de gasto, distribuido por
    sectores y por componentes de gasto.
  • Perspectiva a 4 años.
  • Aprobado por el Consejo de Ministros.
  • Se renovará anualmente

36
Comités sectoriales de presupuesto (Art. 9)
  • Para la elaboración del MGMP y el Presupuesto
    General de la Nación.
  • Con asistencia de los Directores de DGPPN, y de
    Inversiones y Finanzas Públicas del DNP y los
    jefes de cada sección presupuestal.
  • El Ministro de Hacienda establece los manuales de
    funcionamiento.
  • En las discusiones, se consultarán las
    evaluaciones de impacto y resultado de gasto
    público

37
Limitación de las reservas presupuestales art.19
  • Cuando se requiera exceder la anualidad, se debe
    contar con la autorización del CONFIS, o de quien
    éste delegue, para asumir obligaciones con cargo
    a vigencias futuras.
  • Los órganos que hacen parte del PGN sólo podrán
    adquirir compromisos cuya ejecución, entendida
    como entrega de bienes o prestación de servicios,
    se realice en la respectiva vigencia fiscal (Art.
    8 Ley 819 de 2003).
  • Solo en casos excepcionales procederá la
    constitución de reservas, a través de la
    autorización de la DGPN.

38
Artículo 8º de la Ley 819 de 2003. Reglamentación
a la programación presupuestal.
  • La preparación y elaboración del presupuesto
    general de la Nación y el de las Entidades
    Territoriales, deberá sujetarse a los
    correspondientes MFMP de manera que las
    apropiaciones presupuestales aprobadas por el
    Congreso, las Asambleas y los Concejos, puedan
    ejecutarse en su totalidad durante la vigencia
    fiscal correspondiente.
  • En los eventos en que se encuentre en trámite
    una licitación, concurso de méritos o cualquier
    otro proceso de selección del contratista con
    todos los requerimientos legales, incluida la
    disponibilidad presupuestal, y su
    perfeccionamiento se efectúe en la vigencia
    fiscal siguiente, se atenderá con el presupuesto
    de esta última vigencia, previo el cumplimiento
    de los ajustes presupuestales correspondientes.

39
Artículo 8º de la Ley 819 de 2003. Reglamentación
a la programación presupuestal.
  • Parágrafo transitorio. Lo preceptuado en este
    artículo empezará a regir, una vez sea culminada
    la siguiente transición
  • El treinta por ciento (30) de las reservas del
    PGN y de las Entidades Territoriales que se
    constituyan al cierre de la vigencia fiscal del
    2004 se atenderán con cargo al presupuesto del
    año 2005. A su vez, el setenta por ciento (70)
    de las reservas del PGN y de las Entidades
    Territoriales que se constituyan al cierre de la
    vigencia fiscal de 2005 se atenderán con cargo al
    presupuesto del año 2006.
  • Para lo cual, el Gobierno Nacional y los
    Gobiernos Territoriales, respectivamente harán
    por decreto los ajustes correspondientes

40
Ejecución del Presupuesto Anexo del
Decreto de liquidación
  • Se agrega el rubro contribuciones inherentes a la
    nómina para sector público y privado.
  • Se agrega Indemnización por vacaciones y horas
    extras.
  • Se agrega adquisición de bienes y servicios
  • Se cambia el nombre de transferencias al sector
    público de administración pública central por
    orden nacional para incluir aquellas que no
    podían clasificarse en la anterior desagregación
  • Se incluye la subcuenta SGP con el fin de
    actualizar la leyenda situado fiscal y se
    organiza a nivel de ordinal la composición del
    SGP
  • El capítulo de transferencias fue depurado,
    organizado y reclasificado a nivel de ordinal

41
Ejecución del Presupuesto Validación del
Impacto Fiscal (Art. 21)
  • La Declaratoria de importancia estratégica por
    parte del CONPES a que se refiere el artículo 10
    de la Ley 819 de 2003, requerirá del concepto
    previo y favorable del CONFIS.
  • Se debe validar la consistencia con el MGMP y MFMP

Declaratoria del CONPES
Concepto previo del CONFIS
VIGENCIAS FUTURAS
42
Ejecución del Presupuesto. Desagregación de las
Apropiaciones (Art. 30)
  • El Representante Legal el primer día hábil de
    cada vigencia fiscal, debe desagregar, mediante
    resolución, el detalle del anexo del decreto de
    liquidación correspondiente a las cuentas de
    Gastos de Personal y Gastos Generales de
    conformidad con el Plan de cuentas que expida la
    DGPN.
  • Las desagregaciones pueden ser modificadas
    mediante Resolución del Representante legal, para
    lo cual debe contar con el CDP .
  • Las modificaciones no requieren aprobación de la
    DGPN.
  • Se pueden hacer una vez al mes y remitir copia a
    la DGPN al día siguiente de su expedición.

43
Ejecución del Presupuesto Rendimientos
Financieros (Art. 33 y 40)
  • Los rendimientos originados con recursos del PGN
    incluidos los negocios fiduciarios, deben ser
    consignados a la DGCPTN en el mes siguiente de su
    recaudo.
  • Las Entidades de carácter Financiero, rendirán un
    informe trimestral al MHCP y al DNP, sobre la
    ejecución de los proyectos adelantado con los
    órganos que ejecutan recursos del PGN.
  • Si se generan rendimientos, la entidad de
    carácter financiero los consignará a más tardar
    el 28 de febrero de cada año en la DGPCTN, y/o en
    las tesorerias cuando sean recursos propios

44
Régimen Presupuestal de las EICE (Art. 35- 41)
  • Para la aprobación y modificación de sus
    presupuestos las Empresas deben tener en cuenta
    el MFMP (Art. 35)
  • Se permite la delegación de la aprobación y
    modificación del presupuesto en las juntas o
    consejos directivos de las empresas que cumplan
    con prácticas de buen gobierno corporativo,
    mercados o competencia y calificación de riesgo.
    (Art. 36)
  • La gestión y resultados de cada empresa será
    responsabilidad de su Representante Legal y Junta
    Directiva. Dichos resultados serán de
    conocimiento público. (Art. 38)
  • Los excedentes financieros de las EICE no
    societarias serán el resultado de descontar de
    las utilidades del ejercicio la reserva legal y
    las estatutarias. (Art. 39)

45
El Ciclo Presupuestal
  • Ciclo anual

PROGRAMACION
PRESENTACION
SEGUIMIENTO Y EVALUACION
ESTUDIO Y APROBACION
EJECUCION
LIQUIDACION
46
TEORIA DEL GASTO PUBLICO
47
CLASIFICACION DEL GASTO PUBLICO
  • OBJETO DEL GASTO
  • FUNCIONAL
  • ECONOMICA

48
CONCEPTO DE GASTO PUBLICO
  • DEFINICION DE GASTO PUBLICO
  • FUNCION DEL GASTO PUBLICO
  • ASPECTOS POLITICOS DEL GASTO PUBLICO
  • INICIATIVA EN MATERIA DE GASTO PUBLICO
  • INICIATIVA DEL PRESUPUESTO
  • GASTO PUBLICO PRESUPUESTO Y PLANES DE
  • DESARROLLO.

49
DISTRIBUCION DEL GASTO PUBLICO
  • GASTO SOCIAL
  • SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACION

50
GASTO PUBLICO
  • EROGACIONES QUE REALIZA EL ESTADO PARA CUMPLIR
    SUS FINES
  • EL ESTADO TOMA INGRESOS Y HACE GASTOS PARA
    EXPANDIR LA ECONOMIA.

51
FUNCION DEL GASTO PUBLICO
52
ASPECTOS POLITICOS DEL GASTO PUBLICO
  • En los clásicos (no interviene el Estado)
  • DEFENSA NACIONAL
  • ADMINISTRACION DE JUSTICIA
  • CONSTRUCCION DE OBRAS PUBLICAS
  • RELACIONES INTERNACIONALES

53
ASPECTOS POLITICOS DEL GASTO PUBLICO
  • En keynes (intervención del Estado)
  • OCUPACION PLENA
  • MAYOR PROPENSION A CONSUMIR
  • REDISTRIBUCION DEL INGRESO
  • DEMANDA AGREGADA
  • MAYOR GASTO PUBLICO

54
ASPECTOS POLITICOS DEL GASTO PUBLICO
  • EN LOS NEOLIBERALES (Función subsidiaria respecto
    al mercado) Para corregir
  • IMPERFECCIONES DEL MERCADO
  • PRIORIDAD DE LO SOCIAL
  • Menor Gasto Público Reducción del Estado

55
GASTO PUBLICO Y PRESUPUESTO
INICIATIVA DEL GASTO
INICIATIVA EN EL PRESUPUESTO
56
FUNDAMENTOS DEL GASTO PÚBLICO
  • Créditos judicialmente reconocidos
  • Gastos decretados conforme a la Ley
  • Las destinadas a dar cumplimiento a los Planes y
    Programas de Desarrollo
  • Las necesarios para atender el funcionamiento de
    las ramas del poder público

57
GASTO PUBLICO EN LA CONSTITUCION DE 1991
PRINCIPIOS RECTORES DEL GASTO PUBLICO
  • El artículo 1o, Colombia es un Estado social de
    derecho organizado en forma de República
    unitaria, descentralizada y con autonomía de sus
    entidades territoriales.
  • El artículo 13, El Estado debe proteger a quienes
    se encuentran en situación de inferioridad por
    condición económica, física o mental.

58
GASTO PUBLICO EN LA CONSTITUCION DE 1991
PRINCIPIOS RECTORES DEL GASTO PUBLICO
  1. El artículo 42, según el cual el Estado debe
    proteger a la familia.
  2. El artículo 43, de acuerdo con el cual el Estado
    suministrará subsidio alimentario y protección a
    la mujer durante el embarazo o en el parto.
  3. El artículo 44, por el cual se obliga al Estado a
    proteger a los niños.
  4. El artículo 46, por el cual se le obliga a
    proteger y asistir a las personas de la tercera
    edad.

59
GASTO PUBLICO EN LA CONSTITUCION DE 1991
PRINCIPIOS RECTORES DEL GASTO PUBLICO
  1. El artículo 48, mediante el cual se le compromete
    con la seguridad social y el 49 con la salud y
    el saneamiento ambiental.
  2. El artículo 50, sobre atención gratuita para
    niños menores de un año no cubiertos por ninguna
    protección ni seguridad social.
  3. El artículo 67, sobre la educación como derecho
    de la personal que impone la educación gratuita
    en instituciones del estado y advierte que la
    educación es obligatoria entre los 5 y los 15
    años de edad y debe comprender, como mínimo, un
    año de preescolar y nueve de educación básica.

60
GASTO PUBLICO EN LA CONSTITUCION DE 1991
PRINCIPIOS RECTORES DEL GASTO PUBLICO
  • El artículo 69, sobre gestión del Estado para
    facilitar mecanismos financieros que permitan el
    acceso de todos a la educación superior.
  • El artículo 334, sobre intervención del Estado.
  • El artículo 350, según el cual la ley de
    apropiaciones deberá tener un componente
    denominado Gasto Público Social, con prioridad
    sobre cualquier otra asignación.

61
GASTO PUBLICO EN LA CONSTITUCION DE 1991
PRINCIPIOS RECTORES DEL GASTO PUBLICO
  • El artículo 356, sobre situado fiscal a favor de
    los departamentos, el distrito capital y los
    distritos especiales de Cartagena y Santa Marta.
    El situado fiscal, como porcentaje de los
    ingresos corrientes de la Nación a favor de tales
    entes territoriales, lo fija la ley y debe ser
    destinado a la educación preescolar, primaria,
    secundaria, secundaria y media y a la salud.

62
GASTO PUBLICO EN LA CONSTITUCION DE 1991
PRINCIPIOS RECTORES DEL GASTO PUBLICO
  1. El artículo 357, sobre participación de los
    municipios en los ingresos de la Nación la cual
    se han venido incrementando, por disposición del
    constituyente de 1991, del 14 que representaba
    en 1993, hasta llegar al 22, como mínimo, en el
    año 2002.
  2. El artículo 365, según el cual los servicios
    públicos son inherentes a la finalidad social del
    Estado.
  3. El artículo 366, sobre el bienestar general y el
    mejoramiento de la calidad de vida de la
    población como finalidades sociales del Estado.

63
PLAN DE DESARROLLO Y PRESUPUESTO
64
Articulo 346 Constitución Política
El gobierno formulará anualmente el presupuesto
de Rentas y Ley de Apropiaciones que deberá
corresponder al Plan Nacional de Desarrollo
Esto se desarrolla Así En la Ley de
apropiaciones únicamente se podrán incluir
partidas destinadas a dar cumplimiento al Plan
Nacional de Desarrollo
65
Objetivos del ejercicio presupuestal y de
asignación del gasto público
  • Objetivos macroeconómicos de estabilidad y de
    consistencia entre la disponibilidad de recursos
    y el nivel de gasto total.
  • 2. Objetivos respecto a la asignación sectorial o
    regional de recursos públicos según lo determinen
    los requerimientos sociales.
  • 3. Objetivos en cuanto a la utilización y
    aplicación de los recursos públicos bajo
    distintas modalidades micro-institucionales de
    gasto y su evaluación.

66
PROPOSITOS GENERALES DE LA CLASIFICACION DEL
GASTO PUBLICO
  • Establecer de que manera puede ser financiado.
  • Razón de la importancia de los gastos respecto al
    patrimonio Estatal.
  • En consideración a los limites de los gastos.
  • Para medir sus efectos en la economía.

67
PROPOSITOS GENERALES DE LA CLASIFICACION DEL
GASTO PUBLICO
  • Para ejercer el control político en situaciones
    de normalidad o de excepción.
  • Iniciativa de las ramas del poder público.
  • Para identificar el ámbito espacial de la
    actividad pública (relación centro-periferia)
  • Para establecer reglas claras que procuren mayor
    eficiencia y transparencia en la utilización de
    los recursos.

68
CLASIFICACION TRADICIONAL
  • INSTITUCIONAL
  • OBJETO DEL GASTO

69
PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

70
SECTOR DESCENTRALIZADO
  • ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS. Son organismos
    encargados principalmente de atender funciones
    administrativas y de prestar servicio público
    conforme a las reglas del derecho público, y que
    tienen personería jurídica, autonomía
    administrativa y financiera, y patrimonio
    independiente, constituido con bienes o fondos
    públicos comunes.
  • EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO.
    Son organismos creados por la ley o autorizados
    por ésta, que desarrollan actividades de
    naturaleza industrial o comercial y de gestión
    económica conforme a las reglas del derecho
    privado, salvo las excepciones que consagra la
    ley, y que tienen personería jurídica, autonomía
    administrativa y financiera y capital
    independiente, constituido totalmente con bienes
    o fondos públicos comunes.

71
PROCESO PRESUPUESTAL - ETAPAS
PLANIFICACION PROGRAMACION PREPARACION
1. FORMULACION
LEY ,ORDENANZA, ACUERDO DECRETO, LIQUIDACION
2. AUTORIZACION
RECAUDO - INGRESOS ORDENACION GASTOS ORDENACION
PAGOS
3. ejecución
COMPROMISOS OBLIGACIONES
PRESUPUESTARIA FINANCIERA Y PATRIMONIAL
4. CONTABILIZACION
ADMINISTRATIVO POLITICO ECONOMICO
FINANCIERO EVALUACION RESULTADOS FISCAL POSTERIOR
INTERNO CONGRESO M.HDA O SEC, HDA. DPTO.
PLANEACION CONTRALORÍAS
5. CONTROL
72
Responsables de la Elaboración del Presupuesto
General de Nación
Funcionamiento Servicio de la Deuda Presupuesto
de Rentas
Disposiciones Generales
Inversión
73
Ruta procedimental y cronológica de formación
del presupuesto de gastos de funcionamiento, de
inversión y del servicio de la deuda pública
  • Entidades envían a la DGPN al
  • Anteproyecto de Presupuesto
  • (Antes del 15 de marzo)

DGPN envía al Congreso copia del
Anteproyecto (Primera semana de abril)
DGPN envía a la DGCP y TN la relación del
servicio de la Deuda para su verificación (Antes
del 15 de abril)
DGCP y TN envía a la DGPN el Anteproyecto
verificado del Servicio de la Deuda de
los Establecimientos Públicos (Antes del 30 de
abril)
DGPN elabora las disposiciones generales (Antes
del 20 de julio)
74
FACTORES PARA EL CALCULO DE LOS GASTOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
SERVICIO DE LA DEUDA
INVERSION
  • Condiciones
  • Financieras
  • Devaluación
  • Reevaluación
  • Programas
  • de Pagos
  • Estimación
  • Desembolsos
  • Planta de Personal
  • Factor Prestacional
  • Gastos Generales
  • Transferencias
  • Legales
  • Transferencias
  • Entidades
  • Descentralizadas
  • Plan de
  • Desarrollo
  • Plan Operativo
  • Anual de
  • Inversiones
  • Plan de Acción

75
Los gastos de Inversión
  • Etapas
  • 1. Programación Presupuestal de Inversión
  • Inscripción de proyectos BPIN
  • Preparación del Anteproyecto de Inversión
  • Proyecto de Presupuesto General de la Nación
  • Estudio del Proyecto de Presupuesto General de
    la Nación
  • Liquidación
  • 2. Ejecución
  • Modificaciones Presupuestales
  • 3. Seguimiento

76
Programación de los gastos de inversión
Fuente DNP
77
ELABORACION DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO
  • Corresponde a cada Entidad preparar anualmente
    el presupuesto de acuerdo con el Plan de
    Desarrollo, los lineamientos y metas que
    anualmente fijan el CONFIS y el CONPES y la cuota
    global del gasto asignada por el Ministerio de
    Hacienda - Dirección General del Presupuesto
    Público Nacional - DGPPN.
  • En el orden territorial las dependencias que
    hagan las veces de estas

78
Inscripción de proyectos en el Banco de Proyecto
de Inversión Nacional -BPIN-
79
Comités preliminares de ingreso
  • Conformado por
  • Un representante de la DGPPN
  • Un representante de la DIFP del DNP
  • Dos representantes de la entidad (ministerio,
    departamento administrativo o establecimiento
    público). Uno del área financiera y otro del área
    de planeación
  • Evalúan y determinan la proyección de ingresos
    administrados (propios) de la siguiente vigencia
    fiscal.
  • Establecen el monto de los recursos requerido
    para financiar los gastos de funcionamiento, el
    servicio de la deuda y de la inversión.

80
Asignación de cuotas de gasto
81
Preparación del anteproyecto de inversión
82
Anteproyecto consolidado de inversión
  • El anteproyecto de inversión contiene todos los
    anteproyectos de inversión (de cada sección
    presupuestal), identificando
  • Fuentes
  • Usos
  • Regionalización

83
Fuentes de financiamiento
  • 1. Aportes de la Nación
  • a. Recursos ordinarios
  • Ingresos corrientes
  • Fondos especiales
  • Otros ingresos del tesoro
  • Recursos del crédito externo previa autorización
  • b. Recursos específicos
  • Crédito externo con destinación especifica
  • Donaciones
  • 2. Recursos administrados (propios)

84
Usos
  • Servicios personales

Gastos generales
Inversión neta (FBCF)
Inversiones financieras
85
Regionalización
Identificación de la región, departamento o
municipio en el que se ubica cada proyecto,
debidamente contextualizada.
86
Comités sectoriales de inversión
  • Integrado por
  • Un funcionario de la DGPPN
  • Un funcionario del respectivo ministerio o
    departamento administrativo (oficina de
    planeación o viceministerio)
  • Funcionarios de la entidad adscrita (esta
    público)
  • Funcionario de la dirección técnica sect. del
    DNP
  • Funcionario de la Dirección de Finanzas e
    inversiones Públicas DIFP-

87
Funciones de los Comités sectoriales de inversión
  • Discutir el anteproyecto de inversión presentado
    por la entidad.
  • Presentar los principales proyectos de la
    entidad.
  • Aclarar dudas con respecto a proyectos con las
    restricciones Previo Concepto DNP y Previa
    Distribución
  • Resolución de inquietudes con respecto a la
    ejecución de los proyectos
  • Discusión de las prioridades y distribución de
    la cuota presentada por la entidad

88
El Pan Operativo Anual de Inversiones -POAI- y el
CONPES
  • El DNP presenta el POAI a consideración del
    Consejo Nacional de Política Económica y Social
    -CONPES-
  • Una vez aprobado se constituye en la base del
    Proyecto de Presupuesto de Inversión, a cargo del
    DNP.
  • El DNP lo remite a la Dirección General de
    Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito
    Público, para que esta lo consolidado e incluya
    en el Proyecto de Presupuesto General de la
    Nación, antes del 20 de julio del año en curso

89
Presentación del Proyecto de ley Anual del
Presupuesto General de la Nación ante el Congreso
  • Lo hace el Gobierno a través del Ministerio de
    Hacienda y Crédito Público - DGPPN -, durante los
    diez primeros días del inicio de la legislatura.
  • Contiene
  • El Presupuesto anual de Rentas y Gastos con las
    disposiciones generales, y el resultado fiscal.
  • El Marco Fiscal de Mediano Plazo
  • El mensaje presidencial y el detalle de la
    composición.
  • La opinión del Banco de la República sobre el
    impacto macroeconómico y sectorial del déficit y
    del nivel de gasto propuesto

90
Estudio del Proyecto en el Congreso
  • Las comisiones de Presupuesto de las dos cámaras,
    evalúan si el proyecto se ajusta o no a los
    preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto. Si
    lo consideran, lo devuelven al Ministerio de
    Hacienda -DGPPN- antes del 15 de Agosto para los
    ajustes pertinentes.
  • El Ministerio de Hacienda -DGPPN- presentará de
    nuevo al Congreso el Proyecto de Presupuesto con
    las enmiendas efectuadas antes del 30 de agosto

91
Modificaciones se pueden hacer durante elestudio
del Proyecto del PGN en el Congreso
  • Antes del 15 de septiembre
  • Traslados, adiciones, reducciones, aclaraciones
    de leyenda, cambios de recurso.
  • Entre el 16 de septiembre y el 20 de octubre
    Traslados, aclaraciones de leyenda, cambio de
    recurso.

92
Quiénes pueden proponer estas modificaciones
  • Las Entidades
  • El Congreso de la República
  • El Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
  • El Departamento Nacional de Planeación

93
Estudio del Proyecto de Presupuesto General
  • El primer debate lo hacen conjuntamente las
    comisiones, con votaciones por separado
  • El monto definitivo deberá ser decidido antes del
    15 de septiembre
  • El segundo debate se hace en plenarias
    simultáneas.
  • El 20 de octubre del año respectivo se aprueba el
    Presupuesto General de la Nación.
  • Si el Congreso no expidiere el Presupuesto a la
    media noche del 20 de octubre, regirá el proyecto
    presentado por el Gobierno, incluyendo las
    modificaciones aprobadas en primer debate.

94
Características técnicas de la Ley que expide el
Congreso
  • Sección 4 dígitos (nombre de la sección pptal)
  • Presupuesto de funcionamiento
  • Servicio de la deuda
  • Presupuesto de inversión
  • Programa 4 dígitos
  • Subprograma 4 dígitos
  • Ejemplo
  • Sección 0301
  • Departamento Nacional de Planeación
  • A. Presupuesto de funcionamiento .XXX
  • B. Servicio de la deuda .XXX
  • C. Inversión ...XXX
  • 0520 Administración control y organización
    institucional para apoyo a la administración
    del Estado.XXX
  • 1000 Intersubsectorial Gobierno .XXX

95
Modificaciones se pueden hacer después del 20de
octubre
  • Traslados
  • Entre proyectos que se encuentren dentro de una
    misma
  • sección y clasificados en el mismo programa y
    subprograma
  • Cambio de fuente
  • Entre recursos que estén al mismo nivel
    rentístico
  • Aclaraciones de Leyenda
  • Levantamiento de restricciones PREVIO CONCEPTO
    DNP
  • Correcciones de leyenda por errores de
    trascripción y/o
  • aritméticos

96
Iniciativa de estas modificaciones
  • Las Entidades (Secciones presupuestales)
  • El Congreso de la República (Como Proposiciones)
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público
  • Departamento Nacional de Planeación

97
Liquidación del Presupuesto
  • El Gobierno dicta el Decreto de Liquidación del
    PGN.
  • La Preparación del proyecto de Decreto está a
    cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito
    Público.
  • Pautas
  • Toma como base el texto de la Ley de Presupuesto
    aprobado por el Congreso
  • Incluirá las modificaciones realizadas

98
Liquidación del Presupuesto (Cont.)
  • Incluye el Anexo que contiene el detalle del
    gasto clasificado en secciones o entidades
    presupuestales distinguiendo en cada una el
    funcionamiento, Servicio de la deuda y los gastos
    de inversión.
  • Los gastos de inversión se clasificarán en
    Programas y Subprogramas

99
Detalle de desagregación del decreto de
liquidación
  • Sección 4 dígitos (nombre de la sección pptal)
  • Unidad 6 dígitos (nombre de la unidad
    ejecutora)
  • Presupuesto de funcionamiento
  • Cuenta
  • Subcuenta
  • Objeto del gasto
  • Ordinal
  • Recurso
  • Servicio de la deuda
  • Cuenta
  • Subcuenta
  • Objeto del gasto
  • Ordinal
  • Recurso
  • Presupuesto de inversión
  • Programa
  • Subprograma
  • Proyecto
  • Recurso

100
Ejemplo
  • Sección 0301
  • Departamento Nacional de Planeación
  • Unidad 030101
  • Gestión General
  • A. Presupuesto de funcionamiento .XXX
  • 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
  • 3.2. TRANSFERENCIAS AL SECTOR PÚBLICO
  • 3.2.1. ADMINISTRACION PÚBLICA CENTRAL
  • 3.2.1.1 CUOTA AUDITAJE CONTRANAL
  • 10 RECURSOS CORRIENTES
  • C. Inversión ...XXX
  • 0520 ADMINISTRACIÓN CONTROL Y ORGANIZACIÓN
    INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL
    ESTADO.
  • 05201000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO
  • 052010005 ASISTENCIA PROYECTO DE APOYO
    ADMINISTRATIVO Y LOGISTICO AL CONSEJO NACIONAL
    DE PLANEACIÓN.
  • 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO

101
RESUMEN DE TRAMITES ANTE EL CONGRESO PARA LA
APROBACION DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
APROBACION EN COMISIONES PROYETO
10 PRIMEROS DIAS DE SESIONES
ANTES DE SEPTIEMBRE 25
PRESENTACION PRESUPUESTO DESEQUILIBRADO
PROYECTO DE LEY DEL FINACIAMIENTO DEL
FALTANTE PRESUPUESTAL
PLENARIA CAMARA
SIMULTANEAS DESDE EL Iº DE OCTUBRE
PLENARIA SENADO
OPINION BANCO DE LA REPUBLICA
ANTES DE OCTUBRE 20
APROBACION
DEVOLUCION POR EL CONGRESO
ANTES DEL 15 DE AGOSTO
DECRETO SUSPENSION
NUEVA PRESENTACION
ANTES DEL 30 DE AGOSTO
DECRETO LIQUIDACION
DECISION MONTO DEFINITIVO GASTO
EQUILIBRIO PARA LA EDUCACION
ANTES DEL 15 DE SEPTIEMBRE
102
EJECUCIÓN
  • Este proceso está a cargo de las entidades.
  • Las apropiaciones incluidas en el PGN se
    entienden ejecutadas cuando han desarrollado el
    objeto de la apropiación para la cual fueron
    programadas en la respectiva vigencia fiscal.
  • Durante la EJECUCIÓN la Dirección General del
    Presupuesto Nacional y el Departamento Nacional
    de Planeación realizan el Seguimiento
    Presupuestal del Presupuesto General de la
    Nación, a los acápites de su competencia

103
Apropiaciones
  • Son las autorizaciones máximas de gastos que
    aprueba el Congreso y que deben ser comprometidas
    durante la respectiva vigencia fiscal. (principio
    de Anualidad)
  • Después del 31 de diciembre, estas expiran y no
    pueden comprometerse ni modificarse (Art. 89 EOP)

104
Compromiso
  • Afectación que se hace al presupuesto cuando se
    suscribe un convenio o contrato, en los términos
    legales correspondientes
  • Las entidades deben comprometer los recursos
    apropiados entre el 1º de enero y el 31 de
    diciembre de cada año.
  • Los saldos de apropiación no afectados por
    compromisos, caducaran sin excepción

105
Obligación
  • Los recursos comprometidos y que han
    desarrollado el objeto de la apropiación, generan
    obligaciones al ente público.
  • Se trata del momento en que se reconoce una
    deuda o se promete su pago u otra prestación o
    entrega, como consecuencia del recibo a
    satisfacción del bien o servicio y de la
    liquidación del respectivo contrato.

106
Pago
  • Es la entrega del dinero o especie que se debe
    como consecuencia de la obligación legalmente
    contraída. Implica además, el cumplimiento de las
    formalidades legales establecidas en los
    compromisos y la disponibilidad de los recursos
    correspondientes (PAC)
  • Cierra total o parcialmente la etapa de la
    ejecución presupuestal.

107
Programa Anual Mensualizado de Caja PAC
  • Es el instrumento mediante el cual se establece
    el monto máximo mensual de recursos disponibles
    en la Cuenta Única Nacional, para los órganos
    financiados con recursos de la Nación , y de los
    recursos administrados (propios) de los
    establecimientos públicos, para atender el pago
    de sus respectivas obligaciones

108
Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC
Clasificaciones según el momento
  • Vigencia 1 Corresponde a las apropiaciones de la
    vigencia presente y que se ejecutaran durante el
    curso de la misma.
  • Vigencia 2 Hace referencia al PAC rezagado de
    vigencia fiscal inmediatamente anterior. Incluye
    las cuentas por pagar originadas con cargo a ese
    presupuesto.
  • Vigencia 3 PAC que no cuenta con recursos para
    la vigencia en curso o presente, y que se estima
    quedaran rezagados para la siguiente vigencia
    fiscal. Incluye las cuentas por pagar y las
    Reservas presupuestales

109
Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC
Clasificaciones según el origen o situación de
los fondos
  1. PAC-CSF PAC Con Situación de Fondos. Requiere el
    giro de los fondos por parte de la Tesorería
    General de la Nación.
  2. PAC-SSF PAC Sin Situación de Fondos. No requiere
    el giro de recursos por parte de la Tesorería
    General de la Nación. Se provee de recursos
    administrados directamente por las entidades. No
    obstante, el PAC es condición sine qua non para
    su ejecución

110
Cuentas por pagar
  • Son los pagos que han quedado pendientes de
    atender, con cargo a las apropiaciones de la
    vigencia anterior, y derivados de los compromisos
    y de las obligaciones legalmente contraídas.
  • Se originan porque
  • 1. Los bienes y/o servicios son recibidos a
    entera satisfacción, pero por cualquier
    circunstancia, PAC vigencia 2 o el contratista
    no alcanza a radicar oportunamente la cuenta de
    cobro antes del 31º de diciembre
  • 2. En un contrato se pactan anticipos o pagos
    anticipados y estos no se hacen durante la
    vigencia correspondiente (PAC vigencia 2 y PAC
    vigencia 3 ).
  • Las cuentas por pagar que no se ejecuten durante
    el curso de la vigencia fiscal siguiente a
    aquella en que se originaron, fenecerán sin
    excepción

111
Reservas presupuestales
  • Corresponde este concepto a los compromisos
    legalmente constituidos (adquiridos), pero en los
    que el objeto (de la apropiación) no se ha
    desarrollado durante el curso de la vigencia que
    se cierra y que serán pagados durante el curso de
    la siguiente, con cargo a las apropiaciones de
    ese presupuesto si no exceden los limites
    establecidos en las normas vigentes (ley 819/2003
    Dec. 1957/2007)
  • Si no fueren ejecutadas durante el curso de la
    siguiente vigencia fiscal, fenecerán sin
    excepción alguna

112
Afectaciones, modificaciones y autorizaciones al
presupuesto
  • Afectaciones al presupuesto
  • Previo concepto
  • Previa distribución
  • Aclaración de leyenda
  • Recurso 13
  • Aplazamiento y recorte
  • Modificaciones presupuestales
  • Traslados. Adiciones, cambios de fuente
  • Autorizaciones
  • Vigencias futuras
  • Vigencias expiradas

113
Afectaciones, modificaciones y autorizaciones al
presupuesto - Procedimientos -
Solicitud de la entidad dirigida a la DGPPN o a
la DIFP
DGPPN o DIFP Envía comunicación a la entidad
La DGPPN o la DIFP Registra la solicitud,
consulta viabilidad presupuestal y revisa si la
documentación está completa
NO
NO
La modificación es viable?
concepto técnico favorable?
SI
SI
DGPPN o DIFP envía a SUBDIRECCION O DIRECCION
TECNICA respectiva
DGPPN o DIFP Envía concepto favorable a la entidad
DIFP Envía copia del concepto Emitido al
Minhacienda DGPPN
Subdirección sect. o dirección técnica estudia
justificación, analiza solicitud y emite
concepto técnico y lo envía a la DGPPN o a la
DIFP
114
Afectaciones, modificaciones y autorizaciones al
presupuesto - Documentos exigidos -
  • Solicitud de la entidad dirigida a la DGPPN o a
    la DIFP, suscrita por el ministro, director,
    representante legal u ordenador del gasto
  • Justificación técnica y económica
  • Certificado de Disponibilidad Presupuestal -CDP-
  • Actualización de la ficha EBI, o inscripción en
    el BPIN del DNP, previa viabilidad otorgada por
    el ministerio al que se encuentre adscrita la
    entidad.
  • Para las Vigencias Futuras, anexar el programa de
    inversiones indicando fuentes de financiamiento
  • Para Vigencias Expiradas, anexar el CDP de la
    vigencia en que se origino.

115
Afectaciones al presupuesto
  • Restricción Previo concepto DNP
  • La hace el DNP cuando la información de los
    proyectos es deficiente o no existe una clara
    definición del uso de los recursos.
  • La entidad debe solicitar el levantamiento de la
    restricción en el curso de la vigencia,
    adjuntando la información requerida por las
    subdirecciones técnicas del DNP

116
Afectaciones al presupuesto (continuación)
  • Restricción Previa distribución
  • Aplica a proyectos con la restricción Previo
    concepto DNP.
  • Se presenta cuando una entidad desagrega total o
    parcialmente los recursos asignados a un
    proyecto, entre varios subproyectos que forman
    parte del primero.
  • Es impuesta por las subdirecciones técnicas del
    DNP, cuando se realiza la programación, a
    proyectos globales que no tienen definidas sus
    actividades o desagregación regional,
  • Su levantamiento se solicita ante las
    subdirecciones técnicas del DNP, adjuntando la
    información requerida e inscribiendo los
    subproyectos correspondientes, en los términos
    establecidos

117
Afectaciones al presupuesto (continuación)
  • Aclaración de leyenda
  • Con este procedimiento, mediante acto
    administrativo motivado, (Resolución) se corrigen
    errores de trasncripción o errores aritméticos
    que pudieren haber pasado en el Decreto de
    liquidación.
  • No se cambia ni la destinación del gasto ni el
    monto de la apropiación

118
Afectaciones al presupuesto (continuación)
  • Recurso 13 o 18
  • Apropiaciones financiadas con recursos del
    crédito externo, previa autorización,
    dependientes de la colocación de Bonos de deuda
    pública emitidos por el gobierno.
  • las apropiaciones financiadas con recurso 13,
    requieren autorización y esta depende de la
    situación fiscal.
  • Las apropiaciones financiadas con recurso 18 se
    deriva de créditos autorizados pero aun no
    contratados. Su ejecución depende del éxito de la
    operación

119
Afectaciones al presupuesto (continuación)
  • Aplazamientos
  • Se dan cuando en cualquier mes de la vigencia
    fiscal, porque es necesario ajustar el gasto
    público con el concepto previo del Consejo de
    Ministros, habida cuenta de que
  • Hay menores ingresos a los programados
  • Los contratos de empréstito autorizados aun no
    han sido perfeccionados, o
  • Las exigencias de coherencia macroeconómica así
    lo exigen
  • Implican la imposibilidad de adquirir
    compromisos
  • con las apropiaciones afectadas, porque
    disminuyen
  • su monto o lo aplazan por un determinado lapso.

120
MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CONGRESO
ADICIONES
GOBIERNO ESTADO DE EXCEPCION
TRASLADOS ENTRE FUNCIONAMIENTO, SERVICIO DEUDA
E INVERSION
CONGRESO
GOBIERNO ESTADO DE EXCEPCION
REDUCCION O SUSPENSION
GOBIERNO, PREVIO CONSEJO DE MINISTROS
EQUILIBRIO DECRETADO POR SUSPENSION MIENTRAS SE
EXPIDE LEY DE FINANCIAMIENTO
121
Modificaciones al presupuesto (continuación)
  • El traslado
  • Es una operación, mediante ley de la República o
    acto administrativo, con razones técnicas y
    económicas debidamente justificadas (motivación),
    una entidad, decide disminuir (contracreditar)
    los recursos libres de afectación de un rubro o
    proyecto y trasladarlos a otro (acreditar), para
    complementarlo.

122
Modificaciones al presupuesto (Continuación)
  • El traslado
  • Si se realiza entre proyectos clasificados en
    diferentes programas o subprogramas, y/o
    entidades, se deberá tramitar ante el Congreso de
    la República, a través de sendo proyecto de Ley.
  • Aquellos traslados que no afecten el monto de
    los programas o subprogramas o de las entidades,
    dispuestos en el decreto de liquidación se
    realizan mediante resolución motivada.

123
Modificaciones al presupuesto (continuación)
  • Cambio de fuente de financiación
  • Es una operación, mediante ley de la República o
    acto administrativo, con razones técnicas y
    económicas debidamente justificadas (motivación),
    se decide cambiar la fuente de financiación o
    recurso de un programa o de un proyecto.
  • Si no se modifica el monto total del cada nivel
    rentístico aprobado por el Congreso, la
    autorización la otorga el Ministerio de Hacienda
    y crédito Público -DGPPN-, previo concepto del
    DNP, si es para inversión.
  • Si lo modifica se tramita como Ley de la
    República

124
Modificaciones presupuestales
  • Adiciones
  • Procedimiento mediante el cual se incorporan
    recursos al presupuesto, provenientes del
    producto de mayores recaudos de sus ingresos
    corrientes, de los recursos de capital, o de los
    aportes de la Nación.
  • Estos ingresos adicionales, necesariamente
    incrementan el monto global inicialmente aprobado
    por el congreso, las asambleas o los concejos y
    requieren para su incorporación de norma de igual
    jerarquía.

125
Modificaciones presupuestales
  • Adiciones (continuación)
  • Permiten financiar nuevos proyectos
  • Si financian proyectos de inversión,
    necesariamente estos deberán ser inscritos y
    registrados en el BPIN y deben ser desagregados
    por usos, fuentes y regionalizados
  • Se exceptúan del tramite ante el congreso, las
    adiciones originadas en convenios entre entidades
    que hacen parte del PGN, o del mismo presupuesto
    en ET

126
Autorizaciones
Autorización otorgada por parte del CONFIS o de
quien éste delegue, a una entidad , para asumir
compromisos y obligaciones con cargo a vigencias
futuras, cuando se requiera exceder la anualidad
en la que se inicia. Existen dos tipos de
Vigencias Futuras Ordinarias Cuya ejecución se
inicia afectando el presupuesto de la vigencia en
curso (Art. 10 Ley 819/03). Excepcionales Cuyas
obligaciones afectan el presupuesto de vigencias
fiscales futuras y NO cuentan con apropiación en
el presupuesto de la vigencia en que se concede
la autorización (son aprobadas por el CONFIS en
la Nación y Asamblea o Concejo en la entidad
territorial.
127
Autorizaciones
  • Vigencias futuras excepcionales
  • Autorización otorgada por parte del CONFIS, o de
    quien éste delegue, a una entidad, cuando
    requiera exceder la anualidad, para asumir
    obligaciones con cargo a vigencias futuras, sin
    contar con recursos en el presupuesto de la
    vigencia en que se solicitan y cuyo destino sea
    obras de infraestructura, como energía,
    telecomunicaciones, defensa y seguridad y las
    garantías a las concesiones.
  • Su plazo puede ir mas allá del periodo de
    gobierno

128
Vigencias futuras
  • Requisitos
  • Solicitud del órgano respectivo
  • Proyección de ingresos para el período que se
    afectará
  • Concepto técnico económico al cual esté adscrito
  • CDP de inicio de los compromisos en la actual
    vigencia, si no Corresponden a Casos
    excepcionales
  • Concepto del DNP cuando se afecte la inversión
  • Informe a la DGPN sobre la utilización del cupo,
    a comienzos de la vigencia.
  • Cumplimiento Metas Plurianuales del Marco Fiscal
    (art. 1 Ley 819/03)
  • Contar con apropiación mínima 15 en la vigencia
    en la que se estas sean autorizadas.
  • Justificación Económica demostrando
    conveniencias/ financieros

129
EN LA NACION EL CONFIS DELEGO LA AUTORIZACION
PARA ASUMIR OBLIGACIONES QUE AFECTEN PRESUPUESTO
DE V.F. ORDINARIAS CON INGRESOS PROPIOS DE LASA
EICE
Hasta un 30 de la Apropiación de G.
Funcionamiento
Hasta un 35 de la Apropiación de G. de Operación
Comercial
  • DE LA VIGENCIA FISCAL EN LA CUAL SE CONCEDE LA
    AUTORIZACION Y PARA CADA VIGENCIA QUE SE AFECTEN

Hasta un 20 de la Apropiación de G. de Inversión
LAS AUTORIZACIONES NO PODRÁN SUPERAR EL
RESPECTIVO PERIODO DE GOBIERNO
130
Vigencias futuras
  • Al momento de suscribir un contrato, NO podrán
  • Complementarse con autorizaciones expedidas por
    el CONFIS o por la D.G.P.P.N.
  • Superar los porcentajes señalados.

131
VIGENCIAS FUTURAS
Caducan sin excepción el 31 de diciembre de año
en la cual fueron expedidas
V. F. NO UTILIZADAS
Presentarán informe trimestral sobre V.F.
autorizadas en le trimestre anterior al
MinHacienda
LAS JUNTAS DIRECTIVAS O CONSEJOS DIRECTIVOS
132
VIGENCIAS FUTURAS ORDINARIAS PARA ENTIDADES
TERRITORIALES
  • El monto máximo de Vigencias futuras, el plazo y
    las condiciones (Metas plurianuales del Marco
    Fiscal) Ley 819/2003
  • Contar con apropiación del 15.
  • Si se trata de proyectos de inversión debe
    obtenerse el concepto previo y favorable del
    Concejo o la Asamblea o el CONFIS (Art. 12 ley
    819/3003).
  • Debe estar consignado en el Plan de Desarrollo
  • Que el contrato no supere el periodo de Gobierno.
  • Podrá exceder el periodo de Gobierno, autorizado
    por el Consejo de Gobierno si es de importancia
    estratégica.

133
Ejecución del Presupuesto Vigencias Futuras
(Art. 22 Dec 1957/2007)
  • Excepciones a las Vigencias Futuras
  • los contratos de empréstito, la emisión,
    suscripción y colocación de títulos deuda
    pública, los créditos a proveedores, las
    asunciones de deuda pública y las contrapartidas
    que se estipul
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