Title: FTAA.ecom/inf/126 27 de febrero de 2002 Comercio electr
1 Comercio electrónico y aspectos legales de
protección al consumidor ALCA XII REUNION
DEL COMITE CONJUNTO DE EXPERTOS DEL GOBIERNO Y
DEL SECTOR PRIVADO SOBRE COMERCIO ELECTRONICO 13
al 15 de febrero de 2002 Panamá RICARDO
BARRETTO CARVALHO DE FREITAS E FERREIRA
ABOGADOS A NOMBRE DE CAMARA BRASILEÑA DE
COMERCIO ELETRONICO
Público FTAA.ecom/inf/126 27 de febrero de
2002 Original inglés Traducción Secretaría ALCA
2MISION La misión de la Cámara Brasileña de
Comercio Electrónico consiste en analizar,
pronunciarse por, promover, representar y
defender los intereses colectivos de las
compañías, entidades y usuarios que participan de
las actividades del comercio electrónico.
3- Fomento del comercio electrónico
- Conversaciones sobre las iniciativas
reglamentarias - a) Reglamentación del comercio electrónico.
- b) Certificación y validez de los documentos
digitales. - c) Proyecto de ley postal.
- d) Tributación específica al comercio
electrónico. - e) Acciones del Gobierno Electrónico.
- Diálogo con dirigentes políticos
- Inclusión digital
- Promoción de las iniciativas adelantadas por la
comunidad empresarial - Agente catalizador y sinérgico en la promoción
del comercio electrónico
4FIEBRE ELECTRONICA
x-COMERCIO
m-banca
- e-comercio
- g-comercio
- m-comercio
PORTALES WAP
5(No Transcript)
6USUARIOS DE INTERNET EN TODO EL MUNDO
Fuente Nielsen//NetRatings
7REGION DEL ALCA - USUARIO S DE INTERNET
(organizado por CyberAtlas)
8CRECIMIENTO DE B2B (Fuente IDC)
9(No Transcript)
10(No Transcript)
11BRASIL COMO REFERENCIA EN LAS SOLUCIONES BANCARIAS
- Transacciones bancarias a domicilio / en la
oficina 1999-2000 incremento de 46 - Transacciones de banca electrónica 1999-2000
incremento de 192 - 74 de las transacciones bancarias son
automatizadas - 23 de la población posee cuentas bancarias
30 MILLONES
12- BARRERAS
- CONEXIONES LENTAS
- DISTRIBUCION DE INGRESOS DEFICIENTE
- DIFICULTADES PARA LA INVERSION
- ASPECTOS POSITIVOS
- MERCADO POTENCIAL
- INCREMENTO DE USUARIOS
- AUMENTO EN LAS VENTAS DE PC
- ESTABILIDAD ECONOMICA
- EXPANSION DE REDES DESARROLLO DE LAS
TELECOMUNICACIONES
13SOCIEDAD SIN PAPEL
SOCIEDAD CON PAPEL
- FALTA DE LEGISLACION ESPECIFICA EN BRASIL
(solamente sobre la
validez de los documentos electrónicos MP 2200) - DISPOSICIONES FLEXIBLES DEL CODIGO CIVIL
14ASPECTOS LEGALES ESPECIFICOS
- DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
- BRASIL LICC
- ENTRE LAS PARTES AUSENTES Domicilio del
oferente - ENTRE LAS PARTES PRESENTES Lugar donde se
constituyó la obligación
15ASPECTOS LEGALES ESPECIFICOS
DEFINICION DE DERECHO APLICABLE APLICA LA LEY
DEL PAIS DONDE SE CONSTITUYE LA OBLIGACION
NECESIDAD DE DEFINIR EL LUGAR/MOMENTO DE LA
CELEBRACION DE UN CONTRATO
16ASPECTOS LEGALES ESPECIFICOS
FIRMA DIGITAL CRIPTOGRAFIA
- IDENTIDAD
- DE LAS
- PARTES CONTRATANTES
LAS LEYES DEL COMERCIO ELECTRONICO ABORDAN ESTA
MATERIA (CERTIFICACION, TECNOLOGIAS DE
CRIPTOGRAFIA, ETC.....) ICP - BRASIL
(Infraestructura Brasileña de Llave Pública) MP
2.200/2001
17ICP- Brasil Infraestructura Brasileña de Llave
Pública
- Acto Provisional del Poder Ejecutivo (MP)
2200-2/2001
AC-RAIZ
COMITE GERENCIAL
AC
AC
AC
AC
AC
AC
18ICP- Brasil Infraestructura Brasileña de Llave
Pública
- Acto Provisional del Poder Ejecutivo 2200-2/2001
- LOS DOCUMENTOS SE PRESUMEN AUTENTICOS EN RELACION
CON LOS SIGNATARIOS - SE ADMITEN OTROS METODOS DE CERTIFICACION, PERO
LAS PARTES O PERSONAS OCASIONALMENTE QUE
PARTICIPAN DEL DOCUMENTO CONSENTIRAN POR
ANTICIPADO - LAS LLAVES PRIVADAS SON DEL EXCLUSIVO
CONOCIMIENTO Y RESPONSABILIDAD DE SUS
PROPIETARIOS - REGLAMENTO 9 RESOLUCIONES DEL COMITE GERENCIAL
QUE REGULAN LOS ASPECTOS TECNICOS, TALES COMO
SEGURIDAD, PLAN DE CONTINGENCIA, REQUISITOS
MINIMOS, ETC. - ORDENANZA N. 1 EMISION DE LLAVE PUBLICA Y
PRIVADA AC-RAIZ - PRIMERA AC OFICINAS POSTALES
19RELACION CON EL CONSUMIDOR Código de Protección
al Consumidor (CPC)
Art.2 El consumidor es aquella persona natural
o jurídica que compra o usa un producto o
servicio en calidad de usuario final. Art. 3 El
vendedor es aquella persona natural o jurídica,
brasileña o extranjera, pública o privada, así
como las entidades no constituidas legalmente,
que realizan actividades de producción,
ensamblaje, creación, construcción,
transformación, importación, exportación,
distribución o comercialización de productos o
prestación de servicios. Párrafo 1 Producto es
cualquier bien mueble o inmueble, material o
inmaterial Párrafo 2 Servicio es cualquier
actividad suministrada en el mercado consumidor,
subjeta a remuneración, incluidas las bancarias y
financieras, y relacionadas con créditos y
seguros, excepto las que se deriven de la
relación laboral.
20PROCESO ECONOMICO
I - PRODUCCION
Usuario final INDIVIDUO QUE USA LOS BIENES EN
TODO O EN PARTE
21CONSUMIDOR
VENDEDOR
22LA PROTECCION AL CONSUMIDOR EN LAS TRANSACCIONES
INTERNACIONALES
23CPC EN LAS OPERACIONES BANCARIAS
Art 3, Párrafo 2 Servicio es cualquier
actividad suministrada en el mercado consumidor,
sujeta a remuneración, incluidas las bancarias y
financieras, y relacionadas con crédito y
seguros, excepto las que se derivan de las
relaciones laborales.
- LOS RECURSOS FINANCIEROS NO ESTAN DESTINADOS AL
USO FINAL
24CPC EN LAS OPERACIONES BANCARIAS
CASO POR CASO
25EN RELACION CON LAS OPERACIONES OFRECIDAS AL
PUBLICO EN GENERAL, HUBO CONSENSO EN QUE
EL CPC APLICARIA EN LOS FALLOS RELATIVOS A
AHORROS DECISION TSJ
- Cada vez mayor protección
ORDENANZA MJ/SDE No. 3, del 15.03.2001 Son
inválidas las cláusulas en los contratos
bancarios, financieros y de tarjetas de crédito
que consideren que el silencio del consumidor
individual entraña la aceptación tácita de los
montos cobrados, de la información presentada en
los estados de cuenta, o bien la aceptación de
las modificaciones a los índices o de cualquier
enmienda contratual.
26EN RELACION CON LAS OPERACIONES OFRECIDAS AL
PUBLICO EN GENERAL, HUBO CONSENSO EN QUE EL CPC
APLICA A
CONFEDERACION NACIONAL DEL SISTEMA FINANCIERO
ACCION DIRECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD
CUESTIONAMIENTO DE LA APLICACION DEL CPC EN LAS
RELACIONES DE SERVICIOS BANCARIOS, FINANCIEROS Y
DE SEGUROS
ARTICULO 192, FC SOLAMENTE LA LEY
COMPLEMENTARIA PODRA REGULAR EL SISTEMA
FINANCIERO NACIONAL
Precedente Opinión de AGU sobre la autoridad de
CADE para juzgar los actos de concentración de
las instituciones financieras.
CPC Ley escrita
27CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS CONSUMIDORES
- RESPONSABILIDAD OBJETIVA DEL VENDEDOR
- (independientemente de la culpa)
- ACCION DE LOS LADRONES DE INFORMACION
(CRACKERS) - FALLAS EN EL SISTEMA
- USO NO AUTORIZADO DE CLAVES DE ACCESO
ASISTENCIA DE COMPAÑIAS DE SEGURIDAD DE ALTA
TECNOLOGIA
CASO FORTUITO / FUERZA MAYOR
28CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DEL CONSUMIDOR
- RESPONSABILIDAD
- SI HAY MAS DE UN INFRACTOR, TODOS Y CADA UNO SE
HARAN RESPONSABLES POR LA COMPENSACION DE LOS
DAÑOS. LA PARTE QUE ATRIBUYE LA RESPONSABILIDAD
SOLAMENTE ESTARA FACULTADA A DEMANDAR A QUIEN
REALMENTE OCASIONO EL PERJUICIO .
- REVOCACION DE LA CARGA DE LA PRUEBA
- LOS CONSUMIDORES NO ESTAN EN LA OBLIGACION DE
COMPROBAR LO QUE ALEGAN COMPETE AL VENDEDOR
DEMOSTRAR QUE LOS ALEGATOS CARECEN DE FUNDAMENTO - DIFICULTAD DE ARCHIVAR LA INFORMACION QUE
TRANSITA VIA INTERNET X MANTENIMIENTO DE UN
SISTEMA CONFIABLE PARA ALBERGAR LA INFORMACION
RECOMENDABLE ? evidencia concreta para alegatos
infundados
29CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DEL CONSUMIDOR
EN EL INTERNET CLARIDAD EN RELACION CON EL
RIESGO DE ACCESO POR TERCEROS Y MANIPULACION DE
LOS DATOS DEL USUARIO RIESGO ACCION DE
PIRATAS INFORMATIVOS (HACKERS) Y VIOLACION DE
LA INFORMACION PERSONAL
- OBLIGACION A INFORMAR
- INFORMAR ADECUADAMENTE AL CONSUMIDOR ACERCA DE
LAS CARACTERISTICAS IMPORTANTES - DE LOS PRODUCTOS
- OBLIGACION DE PRECAUCION Y SEGURIDAD
- EL VENDEDOR ES RESPONSABLE DE OFRECER PRODUCTOS Y
SERVICIOS SEGUROS
30- PRACTICAS CONTRACTUALES ABUSIVAS
- VENTAS CONECTADAS
- CONTRATOS DESPROPORCIONADOS
- OTRAS CLAUSULAS ESPECIFICAS
- LIMITACION DE LA RESPONSABILIDAD
- Corredor domiciliario corredores que no exoneran
de responsabilidad
CONTRATOS DE ADHESION
LAS DISPOSICIONES SE CONOCERAN A PRIORI
31CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DEL CONSUMIDOR
DERECHO A RETRACTARSE
LOS CONSUMIDORES PODRAN RETRACTARSE DE UN
CONTRATO EN EL TRANSCURSO DE SIETE DIAS, CUANDO
LA CONTRATACION PARA EL SUMINISTRO DE UN PRODUCTO
O SERVICIO TENGA LUGAR FUERA DEL ESTABLECIMIENTO
COMERCIAL
RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y SOLIDARIA DE LOS
PROVEEDORES
- INFORMACION CORRECTA, CLARA Y CABAL
PUBLICIDAD Y PROPAGANDA DERECHO A INFORMACION Y
PUBLICIDAD ENGAÑOSA
32PROTECCION DE DATOS
SITUACION EN EL MERCADO VIRTUAL
- Expansión de la Web
- Aumento de transacciones electrónicas
- Falta de legislación específica en cuanto a la
circulación de los datos, seguridad y privacidad
INTERES LEGAL EN LA MATERIA
33INVASION DE LA INTIMIDAD Y PRIVACIDAD DE LAS
PERSONAS
DESARROLLO
TECNOLOGICO
EXPANSION DE LA CAPACIDAD PARA EL INTERCAMBIO DE
DATOS Y LA DIFUSION
34- No existe ninguna disposición legal específica a
la protección de datos en el sistema legal
brasileño, como la hay en la ley de protección de
datos del Reino Unido y de la Comunidad Europea.
Sin embargo, puede considerarse la combinación de
distintas alternativas de control estipuladas en
la Constitución brasileña, leyes específicas
(entre las que destacan la Ley General de
Telecomunicaciones, el Código de Protección al
Consumidor, la Ley 9507/97 sobre Habeas Data y
la Ley 4595/64, que garantiza la Confidencialidad
Bancaria) y acuerdos destinados a alcanzar un
cierto nivel de protección. - La Constitución Federal contempla principios
generales que protegen la privacidad y
confidencialidad de la comunicación de datos.
35ART. 5 DE LA CONSTITUCION FEDERAL (...) X la
privacidad, vida privada, honor e imagen de las
personas es inviolable, y se garantiza el derecho
a compensación por daños o perjuicios a causa de
su violación. XII la confidencialidad de la
correspondencia y de las comunicaciones
telegráficas, de datos y telefónicas es
inviolable, excepto en el último caso, por orden
judicial, y en los hechos y en la manera
establecidos por la ley para los fines de
investigación penal o descubrimiento
procesal. Los datos transmitidos vía Internet se
incluyen en el concepto de comunicación de datos.
36Normas del CPC (Código de Protección al
Consumidor) que aplican a las relaciones de
consumidor que surjan del Internet
- ? Los consumidores tendrán accceso a la
información contenida en los archivos, registros
y asientos, así como a los datos personales y
relativos al consumidor que se archiven al
respecto, como también a las respectivas fuentes
de dicha información. - Se comunicará por escrito a los consumidores la
apertura de cualquier archivo, ficha, registro y
datos personales y relacionados con el
consumidor, cuando no haya sido solicitada por
ellos.
37-
- Los consumidores podrán valerse del recurso
constitucional de Habeas Data para conocer la
información relacionada con ellos, así como para
corregir sus datos. - La violación de los derechos del consumidor
implica el delito contra las relaciones de
consumidor contempladas en el CPC, y puede dar
lugar a acciones por daños o perjuicios.
38POLITICA DE PRIVACIDAD
- ? Informar a los consumidores sobre el destino de
sus datos. - Obtener su consentimiento para usar esos datos.
- Garantizar la seguridad, integridad y privacidad
de los datos. - Garantizar a los consumidores el acceso a sus
datos.
EN LA PRACTICA, DICHAS POLITICAS DE PRIVACIDAD NO
FUNCIONAN O NO ESTAN TOTALMENTE GARANTIZADAS ?
COMERCIO Y USO NO AUTORIZADO DE LOS DATOS,
MENSAJES PUBLICITARIOS NO SOLICITADOS, COOKIES,
PIRATAS INFORMATIVOS, ETC.
39Quién es responsable en el Internet?
- GENERACION DE INFORMACION
- Los proveedores de acceso están en la obligación
de velar por la seguridad de los datos que se les
suministren, al informar sobre los métodos de
protección empleados. - No responden por el contenido de la información,
al igual que los proveedores de servicios de
telefonía.
40Quién es responsable en el Internet?
- GENERACION DE INFORMACION
- Los servidores generalmente albergan los datos
confidenciales de los usuarios de los diversos
proveedores de contenido, portales y sitios. En
caso de violación, uso o divulgación de los datos
sin la autorización ni el consentimiento del
consumidor, éste podrá entablar una acción
judicial contra el proveedor de contenido, sitio
o portal en el cual tuvo lugar la transacción
contratada y que le ocasionó daños. - La parte que atribuye responsabilidad sólo tiene
derecho a recurso contra la parte verdaderamente
responsable por la seguridad de la información.
41Quién es responsable en el Internet?
- GENERACION DE INFORMACION
- No obstante, los proveedores de contenido o
portales y sitios responden por los servicios
prestados y/o la calidad de los productos
suministrados a los usuarios, ya que la
transacción electrónica no difiere de la compra
efectuada en una tienda, siendo la única
diferencia el medio utilizado.
42- Si hay más de un infractor, todos y cada uno se
harán responsables por la compensación de los
daños, conforme a lo establecido en las leyes de
consumidor. - Podrá aplicarse en las relaciones del consumidor
la revocación de la carga de la evidencia
estipulada en el CPC.
Todos los sitios, proveedores de contenido y
proveedores de acceso suministrarán información
clara sobre seguridad e instrumentos y mecanismos
de compra, y sobre los términos de pago y de
entrega, entre otros.
43OTROS ASPECTOS PERTINENTES
- DERECHOS DE AUTOR
- LEY TRIBUTARIA
- LEY DE MARCAS REGISTRADAS
- JURISDICCION
- PROTECCION DE LA PRIVACIDAD
44Ricardo Barretto Ferreira da Silva_barretto_at_cff.co
m.br www.camara-e.net www.carvalhodefreitaseferre
ira.com.br XII Reunión del Comité Conjunto de
Expertos del Gobierno y del Sector Privado sobre
Comercio Electrónico
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