FTAA.ecom/inf/126 27 de febrero de 2002 Comercio electr - PowerPoint PPT Presentation

About This Presentation
Title:

FTAA.ecom/inf/126 27 de febrero de 2002 Comercio electr

Description:

Comercio electr nico y aspectos legales de protecci n al consumidor ALCA XII REUNION DEL COMITE CONJUNTO DE EXPERTOS DEL GOBIERNO Y DEL SECTOR PRIVADO SOBRE ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:61
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 45
Provided by: ftaaalcaO
Learn more at: http://www.ftaa-alca.org
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: FTAA.ecom/inf/126 27 de febrero de 2002 Comercio electr


1
Comercio electrónico y aspectos legales de
protección al consumidor ALCA XII REUNION
DEL COMITE CONJUNTO DE EXPERTOS DEL GOBIERNO Y
DEL SECTOR PRIVADO SOBRE COMERCIO ELECTRONICO 13
al 15 de febrero de 2002 Panamá RICARDO
BARRETTO CARVALHO DE FREITAS E FERREIRA
ABOGADOS A NOMBRE DE CAMARA BRASILEÑA DE
COMERCIO ELETRONICO
Público FTAA.ecom/inf/126 27 de febrero de
2002 Original inglés Traducción Secretaría ALCA
2
MISION La misión de la Cámara Brasileña de
Comercio Electrónico consiste en analizar,
pronunciarse por, promover, representar y
defender los intereses colectivos de las
compañías, entidades y usuarios que participan de
las actividades del comercio electrónico.
3
  • INITIATIVES
  • Fomento del comercio electrónico
  • Conversaciones sobre las iniciativas
    reglamentarias
  • a) Reglamentación del comercio electrónico.
  • b) Certificación y validez de los documentos
    digitales.
  • c) Proyecto de ley postal.
  • d) Tributación específica al comercio
    electrónico.
  • e) Acciones del Gobierno Electrónico.
  • Diálogo con dirigentes políticos
  • Inclusión digital
  • Promoción de las iniciativas adelantadas por la
    comunidad empresarial
  • Agente catalizador y sinérgico en la promoción
    del comercio electrónico

4
FIEBRE ELECTRONICA
x-COMERCIO
m-banca
  • e-comercio
  • g-comercio
  • m-comercio

PORTALES WAP
5
(No Transcript)
6
USUARIOS DE INTERNET EN TODO EL MUNDO
Fuente Nielsen//NetRatings
7
REGION DEL ALCA - USUARIO S DE INTERNET
(organizado por CyberAtlas)
8
CRECIMIENTO DE B2B (Fuente IDC)
9
(No Transcript)
10
(No Transcript)
11
BRASIL COMO REFERENCIA EN LAS SOLUCIONES BANCARIAS
  • Transacciones bancarias a domicilio / en la
    oficina 1999-2000 incremento de 46
  • Transacciones de banca electrónica 1999-2000
    incremento de 192
  • 74 de las transacciones bancarias son
    automatizadas
  • 23 de la población posee cuentas bancarias
    30 MILLONES

12
  • BARRERAS
  • CONEXIONES LENTAS
  • DISTRIBUCION DE INGRESOS DEFICIENTE
  • DIFICULTADES PARA LA INVERSION
  • ASPECTOS POSITIVOS
  • MERCADO POTENCIAL
  • INCREMENTO DE USUARIOS
  • AUMENTO EN LAS VENTAS DE PC
  • ESTABILIDAD ECONOMICA
  • EXPANSION DE REDES DESARROLLO DE LAS
    TELECOMUNICACIONES

13
SOCIEDAD SIN PAPEL
SOCIEDAD CON PAPEL
  • FALTA DE LEGISLACION ESPECIFICA EN BRASIL
    (solamente sobre la
    validez de los documentos electrónicos MP 2200)
  • DISPOSICIONES FLEXIBLES DEL CODIGO CIVIL

14
ASPECTOS LEGALES ESPECIFICOS
  • DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
  • BRASIL LICC
  • ENTRE LAS PARTES AUSENTES Domicilio del
    oferente
  • ENTRE LAS PARTES PRESENTES Lugar donde se
    constituyó la obligación

15
ASPECTOS LEGALES ESPECIFICOS
DEFINICION DE DERECHO APLICABLE APLICA LA LEY
DEL PAIS DONDE SE CONSTITUYE LA OBLIGACION
NECESIDAD DE DEFINIR EL LUGAR/MOMENTO DE LA
CELEBRACION DE UN CONTRATO
16
ASPECTOS LEGALES ESPECIFICOS
FIRMA DIGITAL CRIPTOGRAFIA
  • IDENTIDAD
  • DE LAS
  • PARTES CONTRATANTES

LAS LEYES DEL COMERCIO ELECTRONICO ABORDAN ESTA
MATERIA (CERTIFICACION, TECNOLOGIAS DE
CRIPTOGRAFIA, ETC.....) ICP - BRASIL
(Infraestructura Brasileña de Llave Pública) MP
2.200/2001
17
ICP- Brasil Infraestructura Brasileña de Llave
Pública
  • Acto Provisional del Poder Ejecutivo (MP)
    2200-2/2001

AC-RAIZ
COMITE GERENCIAL
AC
AC
AC
AC
AC
AC
18
ICP- Brasil Infraestructura Brasileña de Llave
Pública
  • Acto Provisional del Poder Ejecutivo 2200-2/2001
  • LOS DOCUMENTOS SE PRESUMEN AUTENTICOS EN RELACION
    CON LOS SIGNATARIOS
  • SE ADMITEN OTROS METODOS DE CERTIFICACION, PERO
    LAS PARTES O PERSONAS OCASIONALMENTE QUE
    PARTICIPAN DEL DOCUMENTO CONSENTIRAN POR
    ANTICIPADO
  • LAS LLAVES PRIVADAS SON DEL EXCLUSIVO
    CONOCIMIENTO Y RESPONSABILIDAD DE SUS
    PROPIETARIOS
  • REGLAMENTO 9 RESOLUCIONES DEL COMITE GERENCIAL
    QUE REGULAN LOS ASPECTOS TECNICOS, TALES COMO
    SEGURIDAD, PLAN DE CONTINGENCIA, REQUISITOS
    MINIMOS, ETC.
  • ORDENANZA N. 1 EMISION DE LLAVE PUBLICA Y
    PRIVADA AC-RAIZ
  • PRIMERA AC OFICINAS POSTALES

19
RELACION CON EL CONSUMIDOR Código de Protección
al Consumidor (CPC)
Art.2 El consumidor es aquella persona natural
o jurídica que compra o usa un producto o
servicio en calidad de usuario final. Art. 3 El
vendedor es aquella persona natural o jurídica,
brasileña o extranjera, pública o privada, así
como las entidades no constituidas legalmente,
que realizan actividades de producción,
ensamblaje, creación, construcción,
transformación, importación, exportación,
distribución o comercialización de productos o
prestación de servicios. Párrafo 1 Producto es
cualquier bien mueble o inmueble, material o
inmaterial Párrafo 2 Servicio es cualquier
actividad suministrada en el mercado consumidor,
subjeta a remuneración, incluidas las bancarias y
financieras, y relacionadas con créditos y
seguros, excepto las que se deriven de la
relación laboral.

20
PROCESO ECONOMICO
I - PRODUCCION
Usuario final INDIVIDUO QUE USA LOS BIENES EN
TODO O EN PARTE
21
CONSUMIDOR
VENDEDOR
22
LA PROTECCION AL CONSUMIDOR EN LAS TRANSACCIONES
INTERNACIONALES
23
CPC EN LAS OPERACIONES BANCARIAS
Art 3, Párrafo 2 Servicio es cualquier
actividad suministrada en el mercado consumidor,
sujeta a remuneración, incluidas las bancarias y
financieras, y relacionadas con crédito y
seguros, excepto las que se derivan de las
relaciones laborales.
  • LOS RECURSOS FINANCIEROS NO ESTAN DESTINADOS AL
    USO FINAL

24
CPC EN LAS OPERACIONES BANCARIAS
CASO POR CASO
25
EN RELACION CON LAS OPERACIONES OFRECIDAS AL
PUBLICO EN GENERAL, HUBO CONSENSO EN QUE
EL CPC APLICARIA EN LOS FALLOS RELATIVOS A
AHORROS DECISION TSJ
  • Cada vez mayor protección

ORDENANZA MJ/SDE No. 3, del 15.03.2001 Son
inválidas las cláusulas en los contratos
bancarios, financieros y de tarjetas de crédito
que consideren que el silencio del consumidor
individual entraña la aceptación tácita de los
montos cobrados, de la información presentada en
los estados de cuenta, o bien la aceptación de
las modificaciones a los índices o de cualquier
enmienda contratual.
26
EN RELACION CON LAS OPERACIONES OFRECIDAS AL
PUBLICO EN GENERAL, HUBO CONSENSO EN QUE EL CPC
APLICA A
CONFEDERACION NACIONAL DEL SISTEMA FINANCIERO
ACCION DIRECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD
CUESTIONAMIENTO DE LA APLICACION DEL CPC EN LAS
RELACIONES DE SERVICIOS BANCARIOS, FINANCIEROS Y
DE SEGUROS
ARTICULO 192, FC SOLAMENTE LA LEY
COMPLEMENTARIA PODRA REGULAR EL SISTEMA
FINANCIERO NACIONAL
Precedente Opinión de AGU sobre la autoridad de
CADE para juzgar los actos de concentración de
las instituciones financieras.
CPC Ley escrita
27
CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS CONSUMIDORES
  • RESPONSABILIDAD OBJETIVA DEL VENDEDOR
  • (independientemente de la culpa)
  • ACCION DE LOS LADRONES DE INFORMACION
    (CRACKERS)
  • FALLAS EN EL SISTEMA
  • USO NO AUTORIZADO DE CLAVES DE ACCESO

ASISTENCIA DE COMPAÑIAS DE SEGURIDAD DE ALTA
TECNOLOGIA
CASO FORTUITO / FUERZA MAYOR
28
CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DEL CONSUMIDOR
  • RESPONSABILIDAD
  • SI HAY MAS DE UN INFRACTOR, TODOS Y CADA UNO SE
    HARAN RESPONSABLES POR LA COMPENSACION DE LOS
    DAÑOS. LA PARTE QUE ATRIBUYE LA RESPONSABILIDAD
    SOLAMENTE ESTARA FACULTADA A DEMANDAR A QUIEN
    REALMENTE OCASIONO EL PERJUICIO .
  • REVOCACION DE LA CARGA DE LA PRUEBA
  • LOS CONSUMIDORES NO ESTAN EN LA OBLIGACION DE
    COMPROBAR LO QUE ALEGAN COMPETE AL VENDEDOR
    DEMOSTRAR QUE LOS ALEGATOS CARECEN DE FUNDAMENTO
  • DIFICULTAD DE ARCHIVAR LA INFORMACION QUE
    TRANSITA VIA INTERNET X MANTENIMIENTO DE UN
    SISTEMA CONFIABLE PARA ALBERGAR LA INFORMACION
    RECOMENDABLE ? evidencia concreta para alegatos
    infundados

29
CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DEL CONSUMIDOR
EN EL INTERNET CLARIDAD EN RELACION CON EL
RIESGO DE ACCESO POR TERCEROS Y MANIPULACION DE
LOS DATOS DEL USUARIO RIESGO ACCION DE
PIRATAS INFORMATIVOS (HACKERS) Y VIOLACION DE
LA INFORMACION PERSONAL
  • OBLIGACION A INFORMAR
  • INFORMAR ADECUADAMENTE AL CONSUMIDOR ACERCA DE
    LAS CARACTERISTICAS IMPORTANTES
  • DE LOS PRODUCTOS
  • OBLIGACION DE PRECAUCION Y SEGURIDAD
  • EL VENDEDOR ES RESPONSABLE DE OFRECER PRODUCTOS Y
    SERVICIOS SEGUROS

30
  • PRACTICAS CONTRACTUALES ABUSIVAS
  • VENTAS CONECTADAS
  • CONTRATOS DESPROPORCIONADOS
  • OTRAS CLAUSULAS ESPECIFICAS
  • LIMITACION DE LA RESPONSABILIDAD
  • Corredor domiciliario corredores que no exoneran
    de responsabilidad

CONTRATOS DE ADHESION
LAS DISPOSICIONES SE CONOCERAN A PRIORI
31
CPC DERECHOS FUNDAMENTALES DEL CONSUMIDOR
DERECHO A RETRACTARSE
LOS CONSUMIDORES PODRAN RETRACTARSE DE UN
CONTRATO EN EL TRANSCURSO DE SIETE DIAS, CUANDO
LA CONTRATACION PARA EL SUMINISTRO DE UN PRODUCTO
O SERVICIO TENGA LUGAR FUERA DEL ESTABLECIMIENTO
COMERCIAL
  • MARKETING POLICY

RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y SOLIDARIA DE LOS
PROVEEDORES
  • INFORMACION CORRECTA, CLARA Y CABAL

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA DERECHO A INFORMACION Y
PUBLICIDAD ENGAÑOSA
32
PROTECCION DE DATOS
SITUACION EN EL MERCADO VIRTUAL
  • Expansión de la Web
  • Aumento de transacciones electrónicas
  • Falta de legislación específica en cuanto a la
    circulación de los datos, seguridad y privacidad

INTERES LEGAL EN LA MATERIA
33
INVASION DE LA INTIMIDAD Y PRIVACIDAD DE LAS
PERSONAS
DESARROLLO
TECNOLOGICO
EXPANSION DE LA CAPACIDAD PARA EL INTERCAMBIO DE
DATOS Y LA DIFUSION
34
  • No existe ninguna disposición legal específica a
    la protección de datos en el sistema legal
    brasileño, como la hay en la ley de protección de
    datos del Reino Unido y de la Comunidad Europea.
    Sin embargo, puede considerarse la combinación de
    distintas alternativas de control estipuladas en
    la Constitución brasileña, leyes específicas
    (entre las que destacan la Ley General de
    Telecomunicaciones, el Código de Protección al
    Consumidor, la Ley 9507/97 sobre Habeas Data y
    la Ley 4595/64, que garantiza la Confidencialidad
    Bancaria) y acuerdos destinados a alcanzar un
    cierto nivel de protección.
  • La Constitución Federal contempla principios
    generales que protegen la privacidad y
    confidencialidad de la comunicación de datos.

35
ART. 5 DE LA CONSTITUCION FEDERAL (...) X la
privacidad, vida privada, honor e imagen de las
personas es inviolable, y se garantiza el derecho
a compensación por daños o perjuicios a causa de
su violación. XII la confidencialidad de la
correspondencia y de las comunicaciones
telegráficas, de datos y telefónicas es
inviolable, excepto en el último caso, por orden
judicial, y en los hechos y en la manera
establecidos por la ley para los fines de
investigación penal o descubrimiento
procesal. Los datos transmitidos vía Internet se
incluyen en el concepto de comunicación de datos.
36
Normas del CPC (Código de Protección al
Consumidor) que aplican a las relaciones de
consumidor que surjan del Internet
  • ? Los consumidores tendrán accceso a la
    información contenida en los archivos, registros
    y asientos, así como a los datos personales y
    relativos al consumidor que se archiven al
    respecto, como también a las respectivas fuentes
    de dicha información.
  • Se comunicará por escrito a los consumidores la
    apertura de cualquier archivo, ficha, registro y
    datos personales y relacionados con el
    consumidor, cuando no haya sido solicitada por
    ellos.

37
  • Los consumidores podrán valerse del recurso
    constitucional de Habeas Data para conocer la
    información relacionada con ellos, así como para
    corregir sus datos.
  • La violación de los derechos del consumidor
    implica el delito contra las relaciones de
    consumidor contempladas en el CPC, y puede dar
    lugar a acciones por daños o perjuicios.

38
POLITICA DE PRIVACIDAD
  • ? Informar a los consumidores sobre el destino de
    sus datos.
  • Obtener su consentimiento para usar esos datos.
  • Garantizar la seguridad, integridad y privacidad
    de los datos.
  • Garantizar a los consumidores el acceso a sus
    datos.

EN LA PRACTICA, DICHAS POLITICAS DE PRIVACIDAD NO
FUNCIONAN O NO ESTAN TOTALMENTE GARANTIZADAS ?
COMERCIO Y USO NO AUTORIZADO DE LOS DATOS,
MENSAJES PUBLICITARIOS NO SOLICITADOS, COOKIES,
PIRATAS INFORMATIVOS, ETC.
39
Quién es responsable en el Internet?
  • GENERACION DE INFORMACION
  • ALBERGUE DE INFORMACION
  • ACCESO A LA INFORMACION
  • Los proveedores de acceso están en la obligación
    de velar por la seguridad de los datos que se les
    suministren, al informar sobre los métodos de
    protección empleados.
  • No responden por el contenido de la información,
    al igual que los proveedores de servicios de
    telefonía.

40
Quién es responsable en el Internet?
  • GENERACION DE INFORMACION
  • ALBERGUE DE INFORMACION
  • ACCESO A LA INFORMACION
  • Los servidores generalmente albergan los datos
    confidenciales de los usuarios de los diversos
    proveedores de contenido, portales y sitios. En
    caso de violación, uso o divulgación de los datos
    sin la autorización ni el consentimiento del
    consumidor, éste podrá entablar una acción
    judicial contra el proveedor de contenido, sitio
    o portal en el cual tuvo lugar la transacción
    contratada y que le ocasionó daños.
  • La parte que atribuye responsabilidad sólo tiene
    derecho a recurso contra la parte verdaderamente
    responsable por la seguridad de la información.

41
Quién es responsable en el Internet?
  • GENERACION DE INFORMACION
  • ALBERGUE DE INFORMACION
  • ACCESO A LA INFORMACION
  • No obstante, los proveedores de contenido o
    portales y sitios responden por los servicios
    prestados y/o la calidad de los productos
    suministrados a los usuarios, ya que la
    transacción electrónica no difiere de la compra
    efectuada en una tienda, siendo la única
    diferencia el medio utilizado.

42
  • Si hay más de un infractor, todos y cada uno se
    harán responsables por la compensación de los
    daños, conforme a lo establecido en las leyes de
    consumidor.
  • Podrá aplicarse en las relaciones del consumidor
    la revocación de la carga de la evidencia
    estipulada en el CPC.

Todos los sitios, proveedores de contenido y
proveedores de acceso suministrarán información
clara sobre seguridad e instrumentos y mecanismos
de compra, y sobre los términos de pago y de
entrega, entre otros.
43
OTROS ASPECTOS PERTINENTES
  • DERECHOS DE AUTOR
  • LEY TRIBUTARIA
  • LEY DE MARCAS REGISTRADAS
  • JURISDICCION
  • PROTECCION DE LA PRIVACIDAD

44
Ricardo Barretto Ferreira da Silva_barretto_at_cff.co
m.br www.camara-e.net www.carvalhodefreitaseferre
ira.com.br XII Reunión del Comité Conjunto de
Expertos del Gobierno y del Sector Privado sobre
Comercio Electrónico
LA PRESENTE EXPOSICION ES MERAMENTE INFORMATIVA Y
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA SE CONSIDERARA COMO LA
OPINION LEGAL DE LOS AUTORES. LOS AUTORES Y EL
DESPACHO QUE REPRESENTAN NO SERAN RESPONSABLES
POR EL USO DE ESTE MATERIAL PARA PROPOSITOS
LEGALES, BIEN SEA COMO OPINION LEGAL, PARA LA
SOLUCION DE CASOS CONCRETOS O CUALQUIER OTRO FIN.
SE AUTORIZA LA REPRODUCCION DE ESTE MATERIAL,
SIEMPRE QUE SE HAGA INTEGRAMENTE Y CON LA DEBIDA
MENCION DE LA FUENTE.
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com