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Banco Interamericano de Desarrollo

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Banco Interamericano de Desarrollo Departamento de Integraci n y Programas Regionales TRIBUTACI N EN EL MERCOSUR Y POSIBILIDADES DE COORDINACI N – PowerPoint PPT presentation

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Title: Banco Interamericano de Desarrollo


1
Banco Interamericano de Desarrollo Departamento
de Integración y Programas Regionales
TRIBUTACIÓN EN EL MERCOSUR Y POSIBILIDADES DE
COORDINACIÓN
Alberto Barreix y Luiz Villela
XV Seminario de Política Fiscal de la
CEPAL Santiago de Chile, 27-29 de enero de 2003
2
  • Evolución y estructura de la tributación en los
    países del Mercosur
  • Presión, esfuerzo y jurisdicción
  • Normativa de los principales tributos
  • Posibilidades de coordinación

3
  1. EVOLUCIÓN Y ESTRUCTURA DE LA TRIBUTACIÓN EN LOS
    PAÍSES DEL MERCOSUR

4
EVOLUCIÓN DE LA PRESIÓN TRIBUTARIA DEL MERCOSUR
5
VARIACIÓN DE LA PRESIÓN TRIBUTARIA DEL MERCOSUR
POR JURISDICCIÓNEntre 1990 y 2000
6
Coeficiente de flexibilidad tributaria en los
países del Mercosuraños 90
Argentina 1991-2000 Paraguay 1993-2000
Brasil y Uruguay 1990-2000
Flexibilidad Tributaria o buoyancy se define
como el cociente entre el cambio porcentual en la
recaudación de un impuesto y el cambio porcentual
del PBI.
7
ESTRUCTURA JURISDICCIONAL DE LA PRESIÓN
TRIBUTARIA DEL MERCOSURPromedio de los años
1990, 1995 y 2000
8
2. NORMATIVA DE LOS PRINCIPALES TRIBUTOS
  • Sistemas tributarios en un primerísimo examen,
    muy similares
  • Recaudación tributaria con peso preponderante de
    los impuestos generales sobre bienes y servicios
  • Alta participación de los aportes y
    contribuciones a la seguridad social
  • Recaudación tradicionalmente baja de la
    imposición directa
  • No obstante, apenas se profundiza en el análisis
    surgen marcadas diferencias entre las normativas
    de los diferentes países

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Impuestos generales al consumo Argentina 1)
IVA, nacional, base consumo, principio
destino, tasa básica 21, reducida 10,5 y
máxima 27 2) Ingresos Brutos, provincial,
plurifásico acumulativo, tasa variable hasta
el 4 (comercio 3-3,5)  Brasil 1) ICMS,
estadual, VA mixto consumo/produto,
origen/destino, tasas multiplas 2) ISS,
municipal, plurifásico acumulativo, tasa modal
5, máxima 10
10
Paraguay IVA, nacional, base consumo, principio
destino (origen servicios), tasa única 10,
no graba combustibles   Uruguay 1) IVA,
nacional, base consumo, principio destino
(origen servicios),tasa básica 23, tasa
reducida 14, no graba combustibles y
tabaco 2) COFIS, nacional, VA fase industrial,
acumulativo servicios y demás etapas, tasa
3
11
TRIBUTACIÓN EN EL MERCOSUR PRINCIPALES
DIFERENCIAS
12
TRIBUTACIÓN EN EL MERCOSUR PRINCIPALES
DIFERENCIAS
Impuestos a los Activos
13
TRIBUTACIÓN EN EL MERCOSUR PRINCIPALES
DIFERENCIAS
14
3. POSIBILIDADES DE COORDINACIÓN
  • Tratado de Asunción (marzo 1991) establece
    principio de tratamiento nacional y la necesidad
    de armonización de la política fiscal de los
    países miembros con el fin de
  • Evitar distorsiones que puedan alterar las
    condiciones de competencia de los productos
    intercambiados
  • Modificar la rentabilidad de los proyectos
    afectando así la localización de las inversiones
    en el ámbito regional.

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  • Pasados poco más de 10 años
  • Sólo se ha logrado acuerdos que aseguren la
    no-discriminación en el comercio de bienes y
    servicios
  • Persisten distorsiones en todos los países
    miembros que afectan la competitividad y la
    localización del ahorro y la inversión
  • Tampoco se ha logrado aun impulsar de manera
    decidida la armonización de la tributación
    indirecta
  • Los principales acuerdos en el área de
    armonización de incentivos a la exportación no
    constituye una novedad sino la repetición de los
    principios del GATT

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Tratados del Mercosur no prevén la cesión de
soberanía, en favor de reglas comunitarias. No
hay nada similar a las Decisiones de la Comunidad
Andina, o las Directivas de la Unión Europea que
contemplan la existencia de organismos
supranacionales que las hagan cumplir, tales como
el Tribunal de Justicia.   El derecho
comunitario en esencia es un instrumento de
coordinación tributaria. 
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  • Dada la experiencia otros procesos y áreas de
  • integración, el nivel de los desajustes
    macroeconómicos
  • actuales y el grado de disparidad de las
    estructuras
  • tributarias, los labores de coordinación deberían
    estar
  • guiadas por los seis criterios siguientes 
  • No pueden implicar la reducción "innecesaria" de
    la soberanía fiscal
  • No pueden resultar en una pérdida de ingresos
    significativa
  • No debe perjudicar la posición competitiva del
    país frente a los otros miembros o frente a
    terceros países

(continúa)
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  1. No debe facilitar nuevas alternativas de evasión
    o elusión
  2. El costo de la transición, y administración, no
    debe ser elevado
  3. La secuencia y la duración de los ajustes puede
    ser diferente para cada país, pero con un
    calendario con metas claramente definidas.

19
  • Además
  • Problemas de federalismo fiscal de los
    principales socios requerirá de mucho tiempo para
    completar todo el proceso.
  • Necesaria la creación de un Tribunal Arbitral
    especializado en materia tributaria para la
    resolución de controversias entre estados en la
    interpretación de los acuerdos y casos no
    previstos.
  • Necesidad de una coordinación entre
    administraciones impositivas y aduaneras con el
    fin de evitar antagonismos o incompatibilidades
    fiscales que perjudiquen o imposibiliten esas
    relaciones. 

20
  • En resumen, para la consolidación del proceso de
  • coordinación es necesario dar prioridad a los
  • siguientes temas
  •  
  • Fortalecimiento de los tratados o acuerdos en
    materia impositiva entre los países miembros
  • Ampliación y refuerzo de las pautas a ser
    seguidas en materia de precios de transferencia
    en las operaciones internacionales

(continúa)
21
  1. Intensificación de la cooperación entre las
    autoridades impositivas, especialmente en materia
    de auditorias conjuntas, acuerdos anticipados de
    precios y muy especialmente intercambio de
    información
  2. Coordinación de las acciones conjuntas para
    evitar la competencia tributaria nociva que pueda
    afectar el flujo de inversiones hacia la Región
  3. Necesidad de minimizar las formalidades aduaneras
    y coordinar dichos procedimientos entre los
    países miembros
  4. Avanzar en el proceso de institucionalizar los
    mecanismos para dirimir las controversias
    planteadas en el marco del Mercosur. 
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