Title: PARTE ORGANICA DE LA CN
1PARTE ORGANICA DE LA CN
2PARTE ORGANICA DE CNordena poder del Estado
organizando estructura y composicion de organos y
funciones
- A la triada clasica de division de poderes de
Montesquieu (ejecutivo, legislativo y judicial ),
superada por la teoria de la division de
funciones , se agregan ORGANOS EXTRAPODERES
Y AUXILIARES. - El reparto de organos y funciones ejecutiva,
legislativa y judicial o jurisdiccional se basa
en la ideologia de la seguridad y control para
proteccion de las libertades y derechos de los
hombres, para contencion del poder
3ESQUEMA DEL PODER DEL ESTADO LUEGO DE LA REFORMA
DE LA CN DE 1994 (según Geman Bidart Campos)
- Un Congreso bicameral, organo complejo y
colegiado. - Un poder ejecutivo ORGANO EJECUTIVO
UNIPERSONAL UNA SOLA PERSONA PRESIDENTE DE LA
NACION. - Un poder judicial integrado por varios
organos. - ORGANOS EXTRAPODERES Auditoria de la Nacion,
Defensor del Pueblo, Ministerio Publico,
Vicepresidente de la Nacion, Ministros y Jefe de
Gabinete. - ORGANOS AUXILIARES Iglesia Catolica, Cuerpo
Electoral, partidos politicos, sindicatos.
4FUNCION EJECUTIVA(comprende 2 especies distintas
de actividades)
- GUBERNATIVA O POLITICA (GOBIERNO)
- ADMINISTRATIVA
- (ADMINISTRACION)
51)FUNCION GUBERNATIVA O POLITICA GOBIERNO
- Referida a la DIRECCION o CONDUCCION POLITICA DEL
ESTADO o a la DIRECCION DE LA ORGANIZACIÓN
POLITICA - Se caracteriza por la autonomia de iniciativa y
libertad de accion dentro de limites de su
competencia (determinada por la CN). - No esta en principio sujeta a control
jurisdiccional sino politico. - Se manifiesta mediante ACTOS POLITICOS O DE
GOBIERNO actos de conduccion o direccion del
gobierno.
6ACTOS DE POLITICOS O DE GOBIERNO (ejemplos
declaracion de guerra, declaracion de estado de
sitio, intervencion provincial)
- De conduccion y direccion del gobierno
- Se originan por motivos o intereses politicos,
para proteger el ejercicio mismo del poder,
seguridad nacional, y bienestar de la comunidad. - Tienden a realizar preceptos constitucionales (
la CN fija la esfera de su competencia) - Son escencialmente libres, discrecionales, no
reglados juridicamente. - No estan sujetos a previo condicionamiento de
carácter legislativo. - No tienen en principio otro contralor que el
politico responsabilidad que generan es
politica
72)FUNCION ADMINISTRATIVA(ADMINISTRACION)
- Referida a la ejecucion de leyes y a la
satisfaccion de servicios publicos, o sea a la
aplicación de leyes para concretar la
satisfaccion de requerimientos sociales. - Se refiere a la actividad del conjunto de
personas que integran la administracion
(organización para la gestion de servicios
publicos y satisfaccion de intereses publicos) . - Se manifiesta mediante actos y hechos
administrativos que se orginan en cumplimiento
de normas, son reglados juridicamente (sometidos
a previo condicionamiento legislativo) y
sometidos a control y judicial. Se desenvuelven
en una esfera limitada por la ley, no son
discrecionales.
8PODER EJECUTIVO
- ORGANO UNIPERSONAL INTEGRADO O EJERCIDO POR UNA
SOLA PERSONA PRESIDENTE DE LA NACION. - Tiene una ESTRUCTURA AUXILIAR
- Integrada por el Vicepresidente de la Nacion,
el Jefe de Gabinete , los ministros y el
Procurador del tesoro
9ORGANO EJECUTIVO PRESIDENTE DE LA NACION
- 3 JEFATURAS
- 1) JEFE DEL ESTADO (Jefe Supremo de Nacion)
- 2) JEFE DEL GOBIERNO
- 3) JEFE DE LAS FUERZAS ARMADAS
- RESPONSABLE POLITICO DE LA ADMINISTRACION GENERAL
DEL PAIS - IMPLICA SU TITULARIDAD, SU EJERCICIO ESTA A CARGO
DEL JEFE DE GABINETE. La administracion publica
depende del Organo Ejecutivo no forma parte del
mismo, pero esta subordinada jerarquicamente. - REPRESENTANTE DEL ESTADO EN EL AMBITO
INTERNACIONAL
10FUNCION TIPICA DEL ORGANOEJECUTIVO
- FUNCION EJECUTIVA GUBERNAMENTAL O
POLITICAGOBIERNO, manifestada mediante actos
de gobierno (discrecionales, no reglados, no
sujetos a revision judicial, generan
responsabilidad politica)
11OTRAS FUNCIONES (ADEMAS DE LA FUNCION TIPICA
EJECUTIVA GUBERNAMENTAL O POLITICA)
- a) FUNCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCION
LEGISLATIVA O CON EL DICTADO DE NORMAS GENERALES
OBLIGATORIAS - PARTICIPA EN EL PROCESO DE FORMACION DE LAS
LEYES - Etapa de iniciativa
- Veto
- Promulgacion
- Publicacion
- Puede dictar DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIADE
EXCEPCIONALIDAD RESTRINGIDA (incorporados por
reforma 1994 art. 99 CN) - SOLO PUEDE DICTAR DECRETOS DE NECESIDAD Y
URGENCIA - 1)EN CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (que
imposibiliten seguir los tramites legislativos
ordinarios) - 2)CUANDO NO SE TRATE DE NORMAS REGULATORIAS DE
MATERIA PENAL, TRIBUTARIA, ELECTORAL, O DE
REGIMEN DE PARTIDOS POLITICOS. - 3)POR EXCLUSIVAS RAZONES DE NECESIDAD Y URGENCIA
- 4) POR TIEMPO DETERMINADO
- DICTA DECRETOS PARA REGLAMENTAR LEYES.
- DICTA DECRETOS ADMINISTRATIVOS (tambien
relacionada con funcion ejecutiva administrativa)
12- EL PODER EJECUTIVO NO PODRA EN NINGUN CASO
BAJO PENA DE NULIDAD ABSOLUTA E INSANABLE, EMITIR
DISPOSICIONES DE CARÁCTER LEGISLATIVO(art. 99) - SE PROHIBE LA DELEGACION LEGISLATIVA EN EL PODER
EJECUTIVO, SALVO EN MATERIAS DETERMINADAS DE
ADMINISTRACION O DE EMERGENCIA PUBLICA, CON PLAZO
FIJADO PARA SU EJERCICIO Y DENTRO DE LAS BASES DE
LA DELEGACION QUE EL CONGRESO ESTABLEZCA. La
caducidad resultante del transcurso del plazo
previsto en el parrafo anterior no importara
revision de las relaciones juridicas nacidas al
amparo de las normas dictadas en consecuencia de
la delegacion legislativa (art. 76 CN) - b)FUNCIONES RELACIONADAS CON AL FUNCION
JURISDICCIONAL - INDULTO Y CONMUTACION DE PENAS.
- c)FUNCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCION EJECUTIVA
ADMINISTRATIVA - El Presidente es el RESPONSABLE POLITICO
TITULAR de la administracion general del pais,
su ejercicio esta a cargo del jefe de gabinete. - La administracion general del pais esta
subordinada jerarquicamente al organo ejecutivo,
depende de el, pero no forma parte de el. - Dicta reglamentos administrativos normas
generales obligatorias de carácter
administrativo, similares a las leyes pero no
iguales.
13- RELACIONES CON EL CONGRESO
- Apertura de sesiones ordinarias
- Prorroga de la sesiones extraordinarias
- Convoca a sesiones extraordinarias
- Congreso admite o desecha renuncia del presidente
o vicepresidente (art. 75 inc.21). - Participa en el proceso de formacion de las
leyes observando o vetando los proyectos
aprobados por las camaras del Congreso , y en la
etapa de eficacia de la ley (promulgacion y
publicacion) - DECIDE EN CONCURRENCIA CON EL CONGRESO (CON
AUTORIZACION DEL SENADO) DETERMINADOS ACTOS
POLITICOS declaracion de guerra, declaracion de
estado de sitio, e intervencion federal de alguna
provincia (art. 99 inc.15,16 y 20).
14- RELACIONES INTERNACIONALES
- Representante del Estado en el ambito
internacional. - Conduce las relaciones internacionales en
concurrencia con el Congreso . - Nombra y remueve a embajadores (art. 99 inc 7)
con acuerdo del Senado. - PROCESO DE CELEBRACION DE TRATADOS
INTERNACIONALES - 1)FIRMA Presidente
- 2)APROBACION Congreso
- 3)RATIFICACION Presidente
15- ATRIBUCIONES DEL ORGANO EJECUTIVO (art. 99 CN)
Nuestro sistema es presidencialista , con
hegemonia presidencial respecto al resto de los
organos legislativo y judicial, a diferencia de
otros paises, en que el predominio es del
parlamento respecto a otros organos. No obstante,
el remanente de las competencias pertenecientes
al Congreso y al Organo Judicial se entregan a
favor del Organo ejecutivo (Bidart Campos) - REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE (art. 87 y 89 CN)
- DURACION DEL MANDATO (art.90/91 CN)
- FORMA DE ELECCION DEL
- PRESIDENTE (Capitulo II arts.94/98)
16ORGANO EJECUTIVO UNIPERSONAL (EJERCIDO POR UNA
SOLA PERSONA) PRESIDENTE DE LA NACION
- TIENE UNA ESTRUCTURA AUXILIAR
- (DEPENDIENTE DEL ORGANO EJECUTIVO)
- 1)ORGANOS EXTRAPODERES
- JEFE DE GABINETE
- MINISTROS
- VICEPRESIDENTE DE LA NACION (sucesor del
presidente y presidente del Senado) - 2)FUNCIONARIOS AUXILIARES DEL ORGANO EJECUTIVO
- PROCURADOR DEL TESORO (asesoramiento juridico)
- Todo el personal dependiente jerarquicamente del
presidente.
17JEFE DE GABINETE Y MINISTROS DEL ORGANO EJECUTIVO
(Capitulo IV CN art. 100 a 107).
- JEFE DE GABINETE
- Tiene responsabilidad politica ante el
Congreso de la Nacion, pasible de juicio
politico. - Ejerce la administracion general del pais (esta
en la cuspide de la administracion a cargo de su
ejercicio, pero por debajo del presidente que es
el responsable politico y titular de la misma) - Junto con los demas ministros tiene a cargo el
despacho de los negocios de la Nacion. - Tambien junto con los demas ministros refrenda
y legaliza los actos del presidente por medio de
su firma (sin este requisito los actos del mismo
carecen de eficacia). - DEMAS ATRIBUCIONES Y DEBERES EN ART. 100 Y 101
CN.(IMPORTANTE)!!!
18- MINISTROS(art.100 1er. Parrafo y 102 a 107 CN)
- ORGANO COLEGIADO Y COMPLEJO, actua junto al
Organo Ejecutivo (presidente) , en dos tipos de
relaciones refrendo ministerial y reuniones de
gabinete (por acuerdo de ministros) - Son nombrados y removidos por el presidente, y su
responsabilidad es politica, pasibles de
juicio politico. - Su numero y competencia estara establecida por
ley especial del Congreso. - Junto con el Jefe de Gabinete estan a cargo del
despacho de los negocios de la Nacion . - Junto con el Jefe de Gabinete refrendan y
legalizan los actos del Presidente por medio de
su firma. - Cada ministro es responsable de los actos que
legaliza y solidariamente los que acuerda con sus
colegas. - No pueden por si solos tomar resoluciones ,
excepto lo concerniente al regimen economico y
administrativo de sus respectivos departamentos. - Deben presentar una memoria detallada ante el
Congreso respecto a los negocios de sus
departamentos. - No pueden ser diputados ni senadores, pueden
concurrir a sesiones Congreso, debatir pero sin
derecho de voto.