Title: Elementos esenciales del contrato matrimonial v
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2.2. Los impedimentos matrimoniales (cáns. 1073 a
1094)
Elementos esenciales del contrato matrimonial
válido
a) Capacidad de los contrayentes
gt Sin impedimentos...
b) Materia adecuada...
(contenido esencial...)
c) Consentimiento de las partes
gt Consentimiento válido...
d) Formalidades determinadas
gt Forma canónica...
2.2.1. Naturaleza de los impedimentos
- Los impedimentos matrimoniales son leyes que
prohíben el matrimonio en casos determinados,
haciéndolo inválido...
- No son leyes caprichosas, se fundan sobre
circunstancias objetivas...
A la sociedad (ej. impedimento de orden o de
vínculo)
A la otra parte (ej. impedimento de impotencia)
- Son leyes inhabilitantes quitan la capacidad
nupcial...
- Sólo son inhabilitantes las leyes que lo dicen
expresamente...
- La ignorancia de los impedimentos no impide sus
efectos...
2- En los impedimentos de derecho natural, es la
misma naturaleza que le quita al sujeto la
capacidad nupcial...
- En los impedimentos de derecho eclesiástico, la
norma canónica restringe el ejercicio de un
derecho subjetivo...
- ? Son leyes que exigen interpretación estricta...
Fundamento El bien de la comunidad y de la otra
parte justifican la restricción del ejercicio de
un derecho subjetivo en un caso concreto...
2.2.2. División de los impedimentos
Públicos (can. 1074)...
Por la prueba
Privados...
De derecho natural (can. 1075)...
Por la fuente
De derecho eclesiástico...
Absolutos...
Perpetuos...
Por la extensión
Por la extensión
Relativos...
Temporales...
Ciertos...
Dispensables...
Por la certeza
Por la dispensa
Dudosos...
No dispensables...
32.2.3. Los impedimentos en particular (cáns. 1083
a 1094)
2.2.3.1. Edad (can. 1083)
Es inválido el matrimonio Del varón antes de los
16 años... De la mujer antes de los 14 años...
La edad fijada es de derecho eclesiástico ?
admite dispensa...
2.2.3.2. Impotencia (can. 1084)
- Es la incapacidad de realizar el acto conyugal,
de modo humano...
- La impotencia antecedente y perpetua (absoluta o
relativa) hace inválido el matrimonio...
- La esterilidad no hace nulo el matrimonio (salvo
por dolo)...
- La impotencia dudosa no prohíbe el matrimonio ni
lo hace nulo...
Es de derecho natural ? no admite dispensa...
2.2.3.3. Vínculo anterior (can. 1085)
Es inválido el matrimonio si alguno de los
contrayentes tiene un vínculo matrimonial
anterior válido...
Es de derecho natural ? no admite dispensa...
42.2.3.4. Disparidad de cultos (can. 1086)
- Es inválido el matrimonio entre un católico que
no se ha apartado de la Iglesia con un acto
formal y un no bautizado...
- Católico bautizado en la Iglesia católica, o en
otra Iglesia cristiana y recibido en la Iglesia
católica...
- Motivo del impedimento custodiar la fe del
católico...
Es de derecho eclesiástico ? admite dispensa...
2.2.3.5. Orden (can. 1087)
- Es inválido el matrimonio de los que han recibido
cualquier grado del sacramento del Orden...
Es de derecho eclesiástico ? admite dispensa...
- No se dispensa fácilmente a los diáconos
permanentes que enviudan...
- Ordenado sin suficiente libertad...
- Dispensa a sacerdote que abandona el ministerio
- Carencia de suficiente madurez...
- Incapacidad grave para el celibato...
52.2.3.6. Voto (can. 1088)
- Es inválido el matrimonio del que ha hecho voto
público y perpetuo de castidad en un instituto
religioso...
Es de derecho eclesiástico ? admite dispensa...
3.7. Rapto (can. 1089)
- Es inválido el matrimonio entre una mujer raptada
o retenida con miras a contraer matrimonio y el
raptor, salvo que una vez liberada y en lugar
seguro opte libremente...
La base es de derecho natural ? no hay motivos
que justifiquen su dispensa...
3.8. Crimen (can. 1090)
- Es inválido el matrimonio del que, para poder
casarse, mata a su propio cónyuge o al de la otra
parte...
6- Es inválido el matrimonio de los que, con mutua
colaboración, matan al cónyuge de uno de los dos,
aún sin la intención de contraer matrimonio...
Es de derecho eclesiástico ? admite dispensa...
2.2.3.9. Consanguinidad (can. 1091)
Juan
- Es inválido el matrimonio entre consanguíneos, en
todos los grados de línea recta y hasta el cuarto
grado de línea colateral...
Felipe
Juana
Hermanos
Ana
Luis
En parte es de derecho natural ? no admite
dispensa...
Inés
Primos hermanos
En parte es de derecho eclesiástico ? admite
dispensa...
Primos segundos
Miguel
Felisa
3.10. Afinidad (can. 1092)
- Es inválido el matrimonio con todos los afines en
línea recta...
Es de derecho eclesiástico ? admite dispensa...
72.2.3.11. Pública honestidad (can. 1093)
Juan
- Surge de un matrimonio inválido, iniciada la vida
en común, o de un concubinato...
Felipe
Juana
- Hace inválido el matrimonio con los consanguíneos
de la otra parte en primer grado de línea recta...
Ana
Luis
Jacinta
Es de derecho eclesiástico ? admite dispensa...
2.2.3.12. Adopción (can. 1094)
Miguel
Felisa
- Es inválido el matrimonio con parentesco legal,
en cualquier grado de línea recta y en segundo
grado de línea colateral...
Es de derecho eclesiástico ? admite dispensa...
82.2.4. Algunas prohibiciones (can. 1071)
- No son impedimentos no afectan la validez del
matrimonio...
- Requieren licencia del Ordinario de lugar...
1. Matrimonio de vagos...
2. Matrimonio que no puede ser reconocido o
celebrado según la ley civil...
3. Matrimonio del que tiene obligaciones
naturales de una unión precedente...
4. Matrimonio del que abandonó notoriamente la
fe católica...
5. Matrimonio del que tiene una censura...
6. Matrimonio de un menor de edad, si los padres
se oponen razonablemente o lo ignoran...
7. Matrimonio por procurador...
92.2.5. Dispensa de los impedimentos y de la forma
canónica (cáns. 1078 a 1082 y 1127 2, y otros)
- Dispensa relajación de la ley para un caso
particular...
- Sin causa justa, es ilícita, y si es dada por un
inferior al legislador, además es inválida...
2.2.5.1. Obispo diocesano (can. 87 1)
- Causa suficiente el bien espiritual de los
fieles...
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico no reservados a la Santa Sede...
Reservados a la Santa Sede Orden, voto perpetuo
en IRDP, crimen
- También la forma canónica, pero sólo en peligro
de muerte...
2.2.5.2. Ordinario (can. 87 2)
- Condiciones es difícil el recurso a la Santa
Sede, hay peligro de daño en la demora, y la
Santa Sede suele dar esa dispensa...
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico, incluso los reservados a la Santa
Sede, salvo el orden sagrado...
102.2.5.3. Ordinario de lugar (cáns. 1078 y 1127
2)
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico no reservados a la Santa Sede...
- También la forma canónica, pero sólo en los
matrimonios mixtos...
2.2.5.4. Ordinario de lugar, en peligro de muerte
(can. 1079 1)
- Condición peligro de muerte...
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico, incluso los reservados a la Santa
Sede, menos el presbiterado...
- También la forma canónica...
2.2.5.5. Ordinario de lugar, con todo preparado
(can. 1080 1)
- Condición peligro de grave daño en la demora...
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico no reservados a la Santa Sede, y el
de crimen...
112.2.5.6. Párroco o ministro delegado, en peligro
de muerte (can. 1079 2)
- Condiciones no se puede acudir al Ordinario de
lugar, y hay peligro de muerte...
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico, incluso los reservados a la Santa
Sede, menos el presbiterado...
- También la forma canónica...
2.2.5.7. Confesor (fuero interno), en peligro de
muerte (can. 1079 3)
- Condiciones casos ocultos, en peligro de
muerte...
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico no reservados, y el de crimen...
2.2.5.8. Párroco o ministro delegado, con todo
preparado (can. 1080 1)
- Condiciones casos ocultos, con peligro de grave
daño en la demora...
- Puede dispensar los impedimentos de derecho
eclesiástico no reservados a la Santa Sede, y el
de crimen...