Title: DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
1DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
2DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
3ANTECEDENTES
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- CPEUM-Articulo 123 fracción XIV
- Los empresarios serán responsables de los
accidentes del trabajo y de las enfermedades
profesionales de los trabajadores, sufridas con
motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo
que ejecuten. - CPEUM-Articulo 123 fracción XV
- El patrón estará obligado a observar, de acuerdo
con la naturaleza de su negociación, los
preceptos legales sobre higiene y seguridad en
las instalaciones de su establecimiento, y a
adoptar las medidas adecuadas para prevenir
accidentes. - LEY FEDERAL DEL TRABAJO
- Artículos del 472 al 515
-
- Regulan las obligaciones patronales para
- Prevención de riesgos de trabajo
- Implementación de medidas de seguridad e higiene.
-
- Artículo 513
- Tabla de enfermedades de trabajo
- Artículo 514
4ANTECEDENTES
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- LEY DEL SEGURO SOCIAL.- Artículo 53
- El patrón que haya asegurado a los
trabajadores a su servicio contra riesgos de
trabajo, quedará relevado en los términos que
señala esta Ley, del cumplimiento de las
obligaciones que sobre responsabilidad por esta
clase de riesgos establece la Ley Federal del
Trabajo. - LEY DEL SEGURO SOCIAL.- Artículo 72
-
-
- Al inscribirse por primera vez en el
Instituto o al cambiar de actividad, las empresas
cubrirán, en la clase que les corresponda
conforme al reglamento, la prima media. Una vez
ubicada la empresa en la prima a pagar, los
siguientes aumentos o disminuciones de la misma
se harán conforme al párrafo primero de este
artículo. - Artículo 73 Valores de la Prima Media.
5DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
6RIESGOS DE TRABAJO
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- RIESGOS DE TRABAJO
-
- Incapacidad Temporal
- Incapacidad permanente parcial
- Valuada hasta un 25
- Valuada entre 25 y 50
- Valudada mas del 50
- Incapacidad permanente total
- Valuada más del 50 y hasta el 100
- Muerte
- Art. 58 LSS
7- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO
INCAPACIDAD TEMPORAL INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL MUERTE
Valuación de Valuación de Valuación de Valuación de Valuación de
Hasta 52 semanas Hasta 25 Entre 25 y 50 Mas de 50 Mas de 50 Mas de 50
PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO
Subsidios al 100 hasta por 52 semanas. Indemnización global equivalente a 3 anualidades de la pensión Opcional Indemnización global y pensión mensual Pensión mensual calculada conforme a la tabla de valuaciones Pensión mensual definitiva 70 del SBC en que se estuviese cotizando Pensión mensual definitiva, calculado con el promedio del SBC de las 52 ultimas semanas. ( o las que tenga si es que no completa las 52 semanas) Pensión a beneficiarios y ayuda para gastos de funeral
Art. 58 Fracc. I LSS Art. 58 Fracc. III LSS, Art. 514 LFT Art. 58 Fracc. III LSS, Art. 514 LFT Art. 58 Fracc. III LSS, Art. 514 LFT Art. 58 Fracc. II y 159 Fracc IV LSS Art. 58 Fracc. II y 159 Fracc IV LSS Art. 64 LSS
Opcion de renta vitalicia o retiro programado Opcion de renta vitalicia o retiro programado
8DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
9PATRONES OBLIGADOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- SUPUESTO GENERAL
- La siniestralidad se obtendrá con base en
los casos de riesgos de trabajo terminados
durante el periodo comprendido entre el primero
de enero y el treinta y uno de diciembre del año
de que se trate, atendiendo para tal efecto a lo
establecido en el artículo 72 de la Ley - Art. 32 RLSS Fracc. I
10PATRONES OBLIGADOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- NO ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACION
ANUAL DE PRIMA DE RIESGO - Los que hayan iniciado operaciones después del
1o. de enero - Cuando el resultado sea una prima igual a la que
venía utilizando - Alta y baja de actividades por más de seis meses
en un mismo ejercicio - Sin trabajdores por más de seis meses y no haya
presentado baja patronal - Art. 32 RLSS
11PATRONES OBLIGADOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- CASO ESPECIAL
- Los patrones de menos de 10 trabajadores (y
que hayan tenido un ejércicio completo) - Es opcional presentar la Declaración anual
- O cubrir sus cuotas con la prima media de
acuerdo a su clase.
12DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
13ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- REGISTRO DE SINIESTRALIDAD POR EL PATRON
- Para que el patrón determine su prima deberá
llevar un registro pormenorizado de su
siniestralidad.desde el inicio de cada uno de los
casos hasta su terminación, estableciendo y
operando controles de documentación e información
que él genere, así como de la que elabore el
Instituto, esta última información será entregada
al trabajador o a sus familiares para que la
hagan llegar al patrón, con el fin de justificar
sus ausencias al trabajo o al momento de
reincorporarse al mismo. - El patrón estará obligado a recabar la
documentación correspondiente del trabajador o
sus familiares y si éstos omiten la entrega, el
propio patrón deberá obtenerla del Instituto. - Art. 34 RLSS
14ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- DOCUMENTACION
- La que corresponda a los riesgos de trabajo
terminados y sus consecuencias - a) NSS
- b) CURP
- c) Nombre del asegurado
- d) Recaida o revaluacion
- e) Fecha del riesgo de trabajo
- f) Tipo de riesgo
15ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- DOCUMENTACION
-
- g) Días subsidiados por incacidad
- temporal
- h) Porcentaje de valuación por
- incapacidad permanente parcial o
- total
- i) Defunción
- j) Fecha del alta médica
16ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FORMULA
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Variable S
- Total de dias subsidiados a causa de una
- incapacidad temporal
- No se consideraran accidentes del trabajo al
domicilio y viceversa - En éste renglón se incluiran, también, los días
subsidiados por recaidas que sufrán los
trabajadores. - Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS
17ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FÓRMULA
- PRIMA (S/365)V( I D)) (F/N)M
-
- Variable V
- Tiene un valor de 28 años, que es la
- duración promedio de vida activa de un
- individuo que no haya sido victima de un
- accidente mortal o de un accidente.
- Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS
18ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FORMULA
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Variable 365
- Son los días naturales del año.
- Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS
19ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FORMULA
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Variable I
- Suma de los porcentajes de las
- incapacidades permanentes, parciales
- y totales, divididos entre 100.
- Cuando por la evolución del padecimiento
- se incremente el porcentaje de valuación
- de una incapacidad permanente parcial
- del trabajador se considera la suma de los
- porcentajes de ambas
- Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS, Art. 514 LFT
20ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FORMULA
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Variable D
- Numero total de defunciones
- originadas por accidentes y
- enfermedades de trabajo.
- Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS, Art. 514 LFT
21ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FORMULA
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Variable F
- Factor de prima 2.3
- Si tiene acreditación del la ST y PS anote
- un factor de prima de 2.2
- Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS.
22ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FORMULA
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Variable N
- Numero de trabajadores promedio
- expuestos al riesgo.
- Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS.
23ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- FORMULA
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Variable M
- Prima mínima de riesgo
- .005 Formula actuarial
- Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS.
24DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
25CASO PRACTICO
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- DATOS BASICOS
-
- Prima de riesgo actual 1.44587
- El accidente esta valuado en la LFT Art.
RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS
NOMBRE TIPO DE INCAPACIDAD TIPO DE INCAPACIDAD FECHA DE INICIO FECHA TERMINACION DIAS SUBSIDIADOS DIAS PARA RT
Carlos Mario Pérez Robles Enfermedades de Trabajo 12/05/2007 30/05/2007 19 19
Raquéenle García Martínez Accidente de Trabajo 12/02/2007 17/03/2007 34 34
Arturo Sifuentes Lopez Accidente de Trabajo I.P.P. 22 13/07/2007 28/09/2007 78 78
Jesús Javier Estrada Ibarra Accidente de Trabajo 12/12/2007 NO TERMINA
Gerardo Martín Cáceres Mondragón Accidente de Trayecto 05/08/2007 06/08/2007 2
Maria de Guadalue Perez Perez Maternidad 04/10/2007 26/12/2007 84
SUMA 217 131
26CASO PRACTICO
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
CONCEPTOS VARIABLES CIFRAS
Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal. S 131
Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100 I 0.22
Número de defunciones. D 0
Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo. N 650
Años promedio de vida activa V 28
Factor de prima F 2.3
Prima mínima de riesgo. M 0.005
Numero de dias naturales del año 365
27ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
-
- Ejemplo sin acreditación de la STyPS
- PRIMA (131 / 365)28 ( 0.00 0 ) ( 2.3 /
650 ) 0.005 - PRIMA 0.00626996
- PRIMA EXPRESADA EN PORCENTAJE 00.62699
- Ejemplo con acreditación de la STyPS
- PRIMA (131 / 365)28 ( 0.00 0 ) ( 2.2/
650 ) 0.005 - PRIMA 0.006214752
- PRIMA EXPRESADA EN PORCENTAJE 00.62147
28ASPECTOS ESPECIFICOS
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- VIGENCIA DE LA PRIMA
-
- Desde el 1 de marzo de 2009 y hasta el
- ultimo día de febrero de 2010
- FECHA DE PRESENTACION
-
- En el mes de febrero.
- Art. 32 RLSS
29DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
30OTRAS CONSIDERACIONES
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- SANCIONES
- POR NO PRESENTAR LA DECLARACIÓN
- Por presentarla extemporáneamente o con datos
- falsos o incompletos.
-
- Sanción 20 a 210 VSMG
- OCULTAR RIESGOS DE TRABAJO
- El patrón que oculte la realización de un
accidente sufrido por alguno de sus trabajadores
durante su trabajo o lo reporte indebidamente
como accidente en trayecto, se hará acreedor a
las sanciones que determine esta Ley y el
reglamento respectivo. - Sanción 20 a 350 VSMG
31OTRAS CONSIDERACIONES
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- VERIFICACION POR PARTE DEL INSTITUTO
-
-
- El Instituto verificará la información
proporcionada por las empresas contra sus
registros y si determina que la prima manifestada
no es congruente con la obtenida por el propio
Instituto, hará la rectificación correspondiente,
la cual surtirá efectos a partir del primero de
marzo del año posterior a que se refiere el
cómputo, debiendo ser notificada al patrón - Arts. 32 Fracc. VI
32OTRAS CONSIDERACIONES
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- RECTIFICACION POR PARTE DEL INSTITUTO
- El Instituto podrá rectificar o determinar la
prima - de un patrón, mediante resolución, que se
- notificará a éste o a su representante legal,
- cuando
- I. La prima manifestada por el patrón no esté
determinada conforme a lo dispuesto en este
Reglamento - II. El patrón en su declaración no manifieste su
prima - III. El patrón no presente declaración alguna, y
- IV. Exista escrito patronal manifestando
desacuerdo con su prima y ésta sea procedente. - Arts. 33 RLSS
33OTRAS CONSIDERACIONES
- DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
- ESCRITO DE DESACUERDO
-
- El patrón podrá presentar el escrito a que
se - refiere la fracción IV del artículo 33 de este
- Reglamento, respecto de la resolución que
- rectifique su clasificación, su prima o bien
- determine esta última, dentro de los quince días
- hábiles siguientes a la fecha en que surta
- efectos la notificación respectiva, siempre y
- cuando no haya interpuesto algún medio de
- defensa contra la mencionada resolución.
- Arts. 41 RLSS