Title: Diapositiva 1
1Telefónica no tiene que dar datos de sus clientes
Telefónica no tiene que dar datos de sus clientes
Por José Luis Fernández y Helio Tareco
2- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE)
rechazó hoy los argumentos de la Asociación de
Productores de Música de España (Promusicae) y
dictaminó que la legislación comunitaria no
obliga a Telefónica a suministrarle los datos de
los clientes que descargan música por Internet. - Promusicae había solicitado por vía judicial a
Telefónica que le comunicase los nombres y
direcciones de determinados usuarios de Internet
a los que había identificado a través de las
denominadas direcciones IP, así como la fecha y
hora de su conexión. Alegaba que estos clientes
se habían bajado, a través del programa Kazaa,
archivos musicales sobre los que sus miembros
tienen derechos de autor y de licencia, y
reclamaba la información para ejercer contra
ellos las correspondientes acciones civiles.
Telefónica alegó que, conforme a la legislación
española, la comunicación de los datos
solicitados por Promusicae sólo estaba autorizada
en el marco de una investigación criminal o para
la salvaguardia de la seguridad pública y de la
defensa nacional y no en el marco de un proceso
civil. El caso acabó ante el TUE por una cuestión
prejudicial que planteó el juzgado de lo
mercantil número 5 de Madrid. La sentencia
señala que, entre las excepciones permitidas por
la legislación comunitaria sobre protección de
datos personales, figuran las medidas necesarias
para la protección de los derechos y libertades
de otras personas. En consecuencia, no se excluye
la posibilidad de que los Estados miembros
impongan el deber de divulgar datos personales en
un procedimiento civil. Pero tampoco obliga a los
Estados miembros a imponer tal deber. En cuanto
a la normativa europea en materia de propiedad
intelectual, el TUE constata que tampoco obliga a
los Estados miembros a imponer el deber de
comunicar datos personales en el marco de un
procedimiento civil con objeto de garantizar una
protección efectiva de los derechos de autor.
Por esta razón, la sentencia señala que este
conflicto plantea la cuestión de la necesaria
conciliación de las exigencias relacionadas con
la protección de distintos derechos
fundamentales, a saber, por una parte, el
derecho al respeto de la intimidad y, por otra
parte, los derechos a la protección de la
propiedad y a la tutela judicial efectiva. El
TUE concluye que los Estados miembros, a la hora
de adaptar su legislación a las directivas en
materia de propiedad intelectual y de protección
de datos personales, "deben basarse en una
interpretación de éstas que garantice un justo
equilibrio entre los distintos derechos
fundamentales protegidos por el ordenamiento
jurídico comunitario". Además, a la hora de
aplicar estas normas, la sentencia recomienda a
los tribunales de los Estados miembros "no sólo
interpretar su derecho nacional de conformidad
con dichas directivas, sino también procurar que
la interpretación de éstas que tomen como base no
entre en conflicto con dichos derechos
fundamentales o con los demás principios
generales del derecho comunitario, como el
principio de proporcionalidad".
3Crees que el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea actúa correctamente? Razona tu respuesta
4Qué es Promusicae?
5Sería efectiva la medida de dar los datos de
los clientes de Telefónica? Razona tu respuesta
6Lista 5 derechos y/o libertades que tengan
relación con esta medida.
7Los Estados miembros de la UE, a la hora de
adaptar su legislación a las directivas en
materia de propiedad intelectual y de protección
de datos personales, en qué deben basarse?