Title: MASTER FARMACEUTICO
1(No Transcript)
2El análisis del Título
PERSPECTIVAS E IMPACTO DE LA NUEVA LEY DEL
MEDICAMENTO SOBRE LAS PARTES IMPLICADAS
- Perspectivas numerosas e interesantes para los
próximos meses (RD ff innovadoras, RD visado de
inspección, RD trazabilidad, OM precios de
referencia, RD registro, RD Laboratorios, RD
farmacovigilancia,. - Impacto en la industria mucho.
3Cada una de las partes interesadas por la norma
(profesionales sanitarios, CCAA, Industria)
efectúa su análisis particular. Para la Industria
biomédica.
- Texto de tramitación compleja que ha incorporado
numerosas enmiendas parlamentarias que requieren
interpretación y encaje posterior con el resto
del texto. - Los verdaderos efectos de la Ley están
condicionados a las normas de desarrollo, que
determinarán la bondad o maldad definitiva de
este texto. - Aunque lo fundamental de una ley (que dura una o
dos décadas) es lo que regula, no lo es menos lo
que podía haber regulado, especialmente en
materia de propiedad industrial.
4Qué esperamos de la normativa de desarrollo?
Las perspectivas para la Industria Farmacéutica
- Diálogo, que permita conocer la posición de la
industria y la justificación de dicha posición. - Contenido que responda a las necesidades de la
sociedad - Ponderación que las normas se presenten de forma
que sean realmente aplicables (nivel de
exigencias, plazos). - Alineamiento (cuando corresponda) con la
normativa comunitaria, para evitar discrepancias
con otros EMs de la UE. - Exigencia de cumplimiento por todas las partes y
en todo el territorio (evitar actuaciones
unilaterales)
5 Valoración de la LEGURMPS (contenido)
La norma se considerar desde dos grandes ópticas
- ASPECTOS TÉCNICOS
- ASPECTOS ECONOMICOS
6 ASPECTOS TECNICOS
- Incorpora una parte de la normativa comunitaria
promulgada en 2004, actualizando la legislación
sobre autorización de medicamentos y
farmacovigilancia - Incrementa las exigencias a la Industria en la
solicitud de autorización de medicamentos
respecto a la calidad, seguridad, eficacia,
información, respeto al medio ambiente. - Armoniza procedimientos, definiciones, plazos a
nivel UE, lo que debe traducirse en una mejores
predicciones para las empresas en la
comercialización de los medicamentos. - Se decanta a favor de los genéricos en algunos
aspectos, como en la incorporación de la cláusula
Bolar, que permite la realización de los estudios
para obtener el genérico respecto a pasados,
presentes y futuros medicamentos originales
protegidos por patente. (Consideración
retroactiva). - Regula la trazabilidad con espíritu de
trazabilidad total.
7Aspectos Técnicos (secuencia temporal)
- Estructura y cuantía de las Tasas (cambio de
concepto especialidad farmacéutica por
medicamento.) - Actividades de distribución (DT 4ª circunscribe a
almacenes mayoristas o a titulares o sus
representantes -. Desaparece operador logístico
autorizado como laboratorio comercializador). - Modificaciones en el material de
acondicionamiento - Supresión del precio Minimizar las devoluciones
en el nuevo SPR (planteamiento en la nueva OM del
SPR) y garantías para al paciente tutela
farmacéutica y recibo pormenorizado - Braille aplicación para 28 de enero 2007. NO
todos los productos sólo los que estén al
alcance de los invidentes excluye
Hospitalarios, inyectables, etc. Conforme a la
norma UNE y la directriz UE. Planificación con
loa AEMPS. - Espacio en blanco para posología Según
instrucciones de la Agencia. Modificación del RD
de etiquetado. La directiva se incumple un poco
más. - Identificación Unitaria código bidimensional
(PDF 417 vs Data Matrix) que se usa como
cupón-precinto en el caso de dispensación con
cargo al SNS.
8Para el 28 de octubre de 2006 y respecto a las
actividades de distribución
- REPERCUSIONES
- Todo el que distribuye un medicamento debe ser
Laboratorio titular o Almacén Mayorista. - Si no es Laboratorio Titular puede emplear para
la distribución un tercero mediante contrato y
reglar su autorización. - El Laboratorio titular mantiene la
responsabilidad.
9Laboratorios e instalaciones. Comercializador vs
Representante del Titular
(art 1. 18 bis)
(art 6.1 bis)
(art 54.k)
- REPERCUSIONES
- Figura legal en la UE (la solución).
- Definir perfil en el RD de laboratorios (aspectos
a desarrollar)
10Etiquetado supresión del precio en el embalaje
exterior
REPERCUSIONES Minimizar las devoluciones en caso
de modificiaciones de precio. Mantenimiento de
las garantías para el paciente, tutela
farmacéutica y recibo en la dispensación.
11Etiquetado Braille(i)
- REPERCUSIONES
- Modificación de todos los envases de acceso a
personas invidentes(interpretación más
plausible) - Implantación progresiva desde el 28 de enero de
2007 a todas las nuevas autorizaciones - Conveniencia de criterios de exclusión de
exigencia (medicamentos de ámbito profesional
uso hopitalario (excluidos trat. VIH y
similares), envases clínicos, radiofármacos,
gases medicinales, vacunas, inyectables no
autoadministrables, etc) - Aprovechar otras modificaciones para su
implantación - Acceso a la información, pendiente de desarrollo.
12Etiquetado espacio en blanco
Art. 15.4
Directiva Art. 54. e)
- REPERCUSIONES
- Modificación del RD etiquetado
- Se atribuye la tarea al farmacéutico. Deberá
regularse en qué casos y conforme a qué criterios.
13Etiquetado Código identificativo unitario
EAN 13
PRODUCTO
UNIDAD
DATA MATRIX
PDF 417
- REPERCUSIONES
- Aspectos muy positivos en trazabilidad, dificulta
falsificaciones. - Requiere ajustes técnicos y acuerdo entre partes
(empleo de un estándar europeo)
14Aspectos Técnicos (continuación)
- Trazabilidad
- Norma de desarrollo
- Diversos aspectos en materia de transposición.
(Análisis por el grupo de trabajo para asimilar
los calendarios/plazos a los de la UE) - Revalidación Final.
- Mismo trato en variaciones
- Simplificación de procedimientos (más
notificación) - Adecuación a la Directiva de GMP para materias
primas y excipientes - Otros aspectos (visados)
15Trazabilidad
productos
Actuación de personas
16Trazabilidad
- Preocupación sobre el desplazamiento sistemático
de medicamentos hacia otros países que produce
faltas en las farmacias. - Problemas para el paciente (peregrinaje), médico
(cambio de prescripción), Visitador (frustra su
labor), farmacéutico (pierde cliente), industria
(pérdida de venta y de imagen) - No se soluciona suministrando más (la fruición
del desplazamiento es infinita) - Reacción contra esta situación. Plan de acción.
- Estudio sobre desabastecimiento. 1100 farmacias.
(espontáneo sugerido, detecta rupturas
previsibles). Datos propios demostrativos de
suministro mayor a distribución a farmacias. - Presentación a la Administración y a los medios
de comunicación - Exigir cumplimiento 90.1 de la LEGURMPS.
17Trazabilidad
- Respuesta de las autoridades
- Comparten el problema. Sumado a las
falsificaciones - Proyecto de RD de trazabilidad (1 semestre 2007).
Trazabilidad total (núm de unitario) - Cambio de identificación en los envases (2D)
- Infructuosos esfuerzos (Encomienda )
18Trazabilidad
19EXIGENCIAS PARA LOS MEDICAMENTOSRequisitos para
la autorización
Aspectos importantes en materia de transposición
Mas exigencias a cambio de mayor predictibilidad.
- Garantías de calidad
- Garantías de seguridad
- Garantías de eficacia
- Garantías de identificación
- Garantías de información
20Consecuencias de la transposición
Definición europea vs aplicación española
tramitación de dossier genéricos sin marca?
I) antes esencialmente similar
II) criterio NTA
21EXIGENCIAS PARA LOS MEDICAMENTOSAutorización y
Registro
Consecuencias de la transposición Autorización
global
No hay protección adicional para nuevos
desarrollos
22Consecuencias de la transposición Renovación de
la Autorización
Declaración anual Interpretación regional
. Difiere del NTA. Será por ex - EF?
23Consecuencias de la transposición cancelación de
la Autorización
Nueva discrepancia con la UE
24Consecuencias de la transposición exclusividad
de datos 821
25Consecuencias de la transposición Disposición
Bolar
26Consecuencias de la transposición Exclusividad
de Datos (tiempos)
27 Valoración de la LEGURMPS (contenido)
- ASPECTOS TÉCNICOS
- ASPECTOS ECONOMICOS
28 ASPECTOS ECONÓMICOS
Muy relevantes en la norma y negativos para los
intereses para industria.
- Fijación del Precio
- Financiación Pública
- Sistema de Precios de Referencia
- Rebaja del 20 de determinados medicamentos
comercializados más de 10 años. - Tasa asociada al volumen de ventas al SNS
29 FIJACION DEL PRECIO
El precio del medicamento es un parámetro
fundamental, especialmente en las empresas de
dimensión internacional. Precios adecuados
fomentan las acciones en ID y la posición de
nuestro país en el entorno global
- Mantiene los criterios de la anterior Ley del
Medicamento - Incorpora
- Grado de innovación
- Precio medio en la UE
30 SISTEMA DE PRECIOS DE REFERENCIA
Para cada vía de administración, todas las
presentaciones autorizadas de un mismo principio
activo en las que exista, al menos, una
presentación genérica, se incluyen en un
conjunto. Las presentaciones pediátricas
constituyen conjuntos independientes.
- Agrupar en un mismo conjunto medicamentos
diversos tiene sus inconvenientes por ello - Se permite asumir la rebaja que suponga la
integración al SPR en mínimos de un 30 anuales
hasta alcanzar el precio de referencia. - Innovaciones galénicas que se consideren de
interés por añadir mejoras en la utilidad
terapéutica pueden quedar excluidas del SPR
durante 5 años. - Se establece una transición para el retorno de
los medicamentos anteriormente excluidos del SPR. - Es muy importante el desarrollo reglamentario
- El progreso en ID es la suma de grandes hitos e
innovaciones continuadas hay que considerar las
innovaciones galénicas. - La disminución del precio de los medicamentos con
protección de patente en la UE por su
incorporación al SPR tiene repercusiones muy
negativas, que deben evitarse.
31 Reducción del 20 en algunos medicamentos
Afecta a medicamentos para los que no existe
genérico autorizado en España pero sí existe en
un país de la UE no sujeto a regímenes
excepcionales o transitorios en materia de
propiedad industrial con un precio inferior al
medicamento de referencia en España.
- Penaliza reglamentariamente medicamentos que no
han resultado atractivos para la comercialización
del genérico en España. - Se rebajará en España un 20 aunque la
diferencia con la UE sea, por ejemplo, del 0.2 ? - Cómo se manejaran las diferentes concepciones
que en la UE existen para considerar un
medicamento como genérico? - En definitiva, la norma tiene una compleja
aplicación. - Puede repercutir negativamente en terapéutica.
- Medicamentos (incluidos los de ámbito
hospitalario) bien asentados e imprescindibles en
terapéutica que se comercializan a precios ya muy
bajos por su antigüedad de autorización, pueden
estar seriamente amenazados por esta norma. - Las consecuencias llevan a desplazamientos en
terapéutica, muchas veces con repercusiones
económicas contrarias a las que pretende la
norma- y para el paciente controlado que deben
cambiar de medicación.
32 Valoración de la LEGURMPS LO QUE LA LEY NO
REGULA.
Oportunidad perdida para armonizar el sistema de
protección de patentes para que un genérico no
entre en España después, pero tampoco antes, que
en otros Estados miembros de la UE
- El cambio debe operarse es congruente con la
política de ID preconizada por el Gobierno. - Cuestión de equilibrio. Si se cambian las reglas
con la inclusión de los Sistemas de Precios de
Referencia, como en mucho países de la UE, la
protección industrial debe también adaptarse al
modelo. - Existe un sólido fundamento legal. Los Estados
firmantes del Tratado ADPIC/TRIPS aceptaron desde
1995 un sistema homogéneo de propiedad
industrial. La falta de norma origina el
conflicto judicial de la materia, invocando las
partes la aplicación del Tratado
33 EN CONCLUSION
- La LEGURMPS descansa en su mayor parte en la Ley
del Medicamento, que ha demostrado ser una norma
bien aceptada por las distintas partes
interesadas. - La incorporación de aspectos técnicos de la
Normativa comunitaria establece condiciones más
estrictas a la Industria para la autorización y
control de los medicamentos, aceptadas de buen
grado ya que redundan en beneficio del
medicamento y, sobretodo, del paciente. - Los aspectos económicos de la norma son mucho más
severos y negativos para la industria del
medicamento, intensiva en ID. - Algunos elementos de importancia, especialmente
en materia de propiedad industrial, no se han
desarrollado en esta norma y esperemos que se
aprovechen otras oportunidades para armonizar la
situación española con la UE en esta materia. - Las normas de desarrollo son cruciales ahora.
Queda mucho por discutir y de ello dependerá la
estabilidad y consolidación del sector en el
futuro.
34Emili Esteve SalaDirector delDepartamento
Técnico FARMAINDUSTRIA