Ministerio de Educaci - PowerPoint PPT Presentation

About This Presentation
Title:

Ministerio de Educaci

Description:

Title: Diapositiva 1 Author: Administrador Last modified by: eiannini Created Date: 9/2/2004 4:40:15 PM Document presentation format: Presentaci n en pantalla – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:52
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 25
Provided by: Admin733
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Ministerio de Educaci


1
  • Ministerio de Educación Nacional

República de Colombia
2
  • Cálculo y Fijación de Tarifas

3
  • Para fijar tarifas o precios en cualquier
    organización prestadora de servicios debe tenerse
    en cuenta lo siguiente
  • Los costos de prestación del servicio
  • Lo que los usuarios estén dispuestos a pagar
  • Las disposiciones del gobierno nacional y local

4
  • Costos de prestación del servicio
  • El conocimiento mínimo que un rector o
    director administrativo debe tener es el costo
    unitario por estudiante, a un volumen dado de
    estudiantes matriculados, y con unas perspectivas
    de crecimiento. Para llegar a él es necesario
    tener claridad sobre
  • Costos fijos y variables (los costos fijos, como
    los seguros o arriendo, no varían con el número
    de estudiantes atendidos, los variables si, como
    las horas de profesores)
  • Costos de funcionamiento o de operación y costos
    de inversión, para reposición de activos y
    ampliaciones futuras de la capacidad
  • Costos totales, y unitarios (por estudiante
    atendido)

5
  • Costos de prestación del servicio
  • Los costos de prestación del servicio educativo
    deben ser por lo menos un centro de costos
    separado de otros cobros y de cobros periódicos
    (un establecimiento educativo puede también
    llevar centros de costos por niveles educativos)
  • Existen centros de costo operativos y de apoyo.
    Distintos productos pueden compartir costos de
    apoyo, que se distribuyen proporcionalmente
  • El conocimiento de los costos permite adelantar
    negociaciones y estrategias comerciales

6
  • Lo que los usuarios están dispuestos a pagar
  • La tarifa máxima que un establecimiento educativo
    no oficial puede cobrar es la que sus
    beneficiarios están dispuestos a pagar
  • La disposición a pagar depende de la competencia
    que tenga el colegio, de los beneficios que se
    esperan obtener al matricular a los hijos en un
    colegio particular y de la parte del presupuesto
    familiar que se puede destinar a educación

7
  • Las disposiciones del gobierno
  • Además de cumplir con las normas básicas para el
    proceso de autoevaluación, clasificación y
    fijación de tarifas, el colegio debe tener en
    cuenta que la tarifa que defina para el primer
    grado en el caso de libertad vigilada no podrá
    superar la que en la tabla se fije para este
    régimen
  • El valor de la tabla es un máximo, lo
    suficientemente amplio para que por debajo de
    este el establecimiento educativo fije sus
    tarifas, de acuerdo con sus costos y con la
    disposición a pagar de los padres de familia

8
  • Las disposiciones del gobierno
  • Los colegios de libertad regulada tienen libertad
    de tarifas. Pueden fijarlas tan altas o tan
    bajas como decidan. No tienen que ser superiores
    a las de libertad vigilada
  • Las tarifas en régimen controlado son fijadas por
    la secretaría de educación competente (de los 32
    departamentos, 4 distritos y 42 municipios
    certificados para el manejo de su educación)

9
Formulario de costos
  • Modulo I Identificación
  • A. Información general del establecimiento
  • B. Matrícula actual y proyectada
  • C. Numero equivalente de alumnos becados
  • D. Tarifas promedio anuales actuales y
    proyectadas del servicio educativo
  • E. Cobros periódicos y otros cobros

Datos para el año que finaliza y el que inicia,
por nivel y jornada
Valor anual y estudiantes para transporte,
alimentación, y alojamiento y para otros cobros.
10
  • Módulo II. Ingresos, costos y utilidad del
    servicio educativo
  • A. Estado de Pérdidas y Ganancias del
    establecimiento (año actual y proyección para el
    próximo)
  • B. Activos. Estimación del valor de renta anual
    equivalente (valor en libros, anualización, renta
  • equivalente para el año que inicia y para el que
  • finaliza)

11
  • Módulo III. Liquidación del costo anual del
    servicio educativo por estudiante

12
  • Otros Cobros

13
Otros cobros
  • Cobros periódicos
  • Otros cobros
  • periódicos
  • Transporte, alimentación y alojamiento.
    Voluntarios
  • Distintos a matrículas, pensiones y cobros
    periódicos. Deben estar expresamente
    contemplados en el Manual de Convivencia

14
Un paréntesis Manual de Convivencia
  • Hace parte del PEI (Art 73 L115/94, Art 14,
    D1860/94)
  • Al firmar el contrato de matrícula, los padres
    aceptan el Reglamento o manual de convivencia
    (art 87 L115/94)
  • Además de otros cobros periódicos, debe incluir
    normas generales para el cumplimiento oportuno de
    las obligaciones económicas derivadas del sistema
    de matrículas y pensiones, inluyendo plazos, los
    cuales deben incluirse en el contrato de
    matrícula.

15
Adopción del PEI (y del Manual de Convivencia)
  1. Formulación y deliberación CD convoca grupos de
    participación equitativa de los distintos
    miembros de la comunidad educativa y establece
    fechas límites, dejando tiempo para deliberación
  2. Adopción CD-CA revisan la propuesta y la
    integran, si no hay cambios mayores se adopta y
    divulga

16
Adopción del PEI (y del Manual de Convivencia)
  1. Modificaciones Pueden ser solicitadas por
    cualquier miembro de la comunidad educativa, pasa
    por puntos 1 y 2. Si CD no las acepta, pueden
    pasar a una segunda votación

17
Requisitos Adicionales
  • Los establecimientos educativos deben llevar
    registros contables necesarios para establecer
    los costos y determinar los cobros
    correspondientes.
  • Las tarifas deben ser explícitas, simples y con
    denominación precisa, y permitir fácil
    comparación con las de otros establecimientos
    educativos
  • Pueden tener en cuenta principios de solidaridad
    social o redistribución económica
  • (Art 202, Ley 115 de 1994)

18
Bonos
  • Los establecimientos educativos no podrán
    exigir por sí mismos, ni por medio de las
    asociaciones de padres de familia, ni de otras
    organizaciones cuotas, bonos o tarifas
    adicionales a las aprobadas por concepto de
    matrículas, pensiones y cobros periódicos. (Art
    203, Ley 115 de 1994)
  • La sentencia C-560 de 1997 elimina la excepción
    que la Ley originalmente estableció para los
    establecimientos sin ánimo de lucro.

19
  • Ejercicio

20
  • El colegio Alegría de Aprender, de
    calendario A ofrece todos los grados, y tiene las
    siguientes tarifas anuales en el año 2005
    (incluyendo matrícula y pensiones)
  •  
  • Preescolar 2.000.000
  • Básica Primaria 2.500.000
  • Básica Secundaria 3.000.000
  • Media 3.500.000
  •  

21
  • Después de revisar las normas vigentes, de
    aplicar el Manual, de estudiar sus finanzas y de
    evaluar la capacidad de pago de sus beneficiarios
    potenciales, el colegio decide cobrar 3.000.000
    anuales a los estudiantes que ingresan a
    prejardín, el primer grado que ofrece el colegio,
    para el año 2006.

22
  • De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución
    4170 de 2005, cuáles serían las tarifas máximas
    que el colegio podría cobrar para cada grado en
    el año 2006?

23
(No Transcript)
24
(No Transcript)
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com