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Sin t

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Title: Sin t tulo de diapositiva Author.. Last modified by: Lenovo User Created Date: 6/14/2003 7:42:14 PM Document presentation format: Presentaci n en pantalla (4:3) – PowerPoint PPT presentation

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Title: Sin t


1
DIAPOSITIVAS QUE SE ENTREGAN COMO COMPLEMENTO
DEL MATERIAL DE ESTUDIO
2
NIA 700 Formación de la opinión y emisión del
informe sobre los estados contablesVigencia
auditorias de EECC de períodos comenzados a
partir del 15/12/2009, inclusivehttp//www.ifac.o
rg/
3
Alcance de NIA 700
  • La responsabilidad del auditor de formarse una
    opinión sobre EECC de utilización general
  • Forma y contenido del informe del auditor
  • Promueve la consistencia en la redacción del
    informe de auditoria y ayuda a los usuarios a
    identificar auditorias ejecutadas según NIAs y
    circunstancias inusuales
  • NIA 700 trata sólo de informes de auditoria
    limpios
  • Informes no limpios NIA 705 y 706
  • Informes sobre EE/CC especiales NIA 800 y 805

4
Objetivos del auditor
  • Formarse una opinión sobre los EECC basada en las
    conclusiones derivadas de la evidencia obtenida,
    y
  • Expresar claramente esa opinión mediante un
    informe escrito que describa en qué se basa la
    opinión

5
Definiciones
  • EECC de utilización general preparados de
    acuerdo a un marco normativo de aceptación
    general (MNAG)
  • MNAG conjunto de normas contables diseñado para
    las necesidades de información financiera de un
    gran número de usuarios (NCPs, PCGAs, etc)
  • Opinión no modificada u opinión limpia la
    emitida por el auditor cuando concluye que los
    EECC han sido preparados, en todos sus aspectos
    significativos, de acuerdo con el MNAG aplicable
  • EECC un juego completo de EECC de uso general,
    con sus notas y preparados según lo requerido por
    el MNAG aplicable

6
Marco Normativo de Aceptación General
  • Provee los parámetros para que el auditor evalúe
    si los EECC han sido preparados y presentados
    según los requerimientos del marco normativo, en
    lo referido a los criterios adoptados para
    registrar transacciones, cuentas y asuntos de
    exposición.
  • Marco Normativo de Aceptación General (MNAG)
  • Razonable reconoce la necesidad de presentar
    toda información relevante para entender los
    EECC, aunque se aparte del MNAG (raramente) o no
    sea expresamente requerida por el MNAG
  • De cumplimiento presentar sólo lo requerido en
    el MN aplicable (generalmente leyes o
    regulaciones)
  • Ejemplos de MN razonable las NIIF a nivel
    internacional , las NCP (RTs) en Argentina y los
    PCGA de distintos países

7
Proceso de formación de la opinión s/ EE CC
  • Concluir si los EECC fueron preparados, en todos
    sus aspectos significativos, de acuerdo con el MN
    aplicable y hay certeza razonable que los EECC,
    en conjunto, están libres de falla material
    debida a fraude o error
  • Concluir
  • Que se obtuvo evidencia de auditoria válida y
    suficiente ISA 330
  • Acerca de la materialidad de errores no
    ajustados, individualmente y acumulados
  • Evaluar si
  • Los EECC revelan adecuadamente las políticas
    contables aplicadas
  • Las políticas contables son consistentes con el
    MN y adecuadas en las circunstancias
  • Las estimaciones gerenciales son razonables
  • La información en los EECC es relevante,
    confiable, comparable y comprensible
  • Los usuarios comprenden los efectos de hechos y
    transacciones significativos, a partir de la
    información en los EC
  • La terminología utilizada en los EECC es
    apropiada
  • Los EECC refieren a o describen adecuadamente el
    MN aplicable

8
Formato de la opinión
  • Opinión no modificada según NIA 700 (opinión
    limpia) el auditor concluye que los EECC están
    preparados, en todos sus aspectos relevantes, de
    acuerdo con el MN aplicable
  • Opinión modificada (NIA 705) cuando el auditor
  • Concluye, basado en la evidencia obtenida, que
    los EECC en conjunto no están libres de falla
    material
  • No puede obtener evidencia suficiente y adecuada
    para concluir que los EECC en conjunto, estén
    libres de falla material
  • EECC según MN de Cumplimiento No se requiere al
    auditor evaluar si están presentados
    razonablemente, pero debe revelar los aspectos
    que puedan inducir a error a los usuarios

9
Contenido del informe limpio de una auditoria
efectuada de acuerdo a NIAs
  • El informe debe ser escrito
  • Título
  • Destinatarios
  • Párrafo introductorio
  • Responsabilidad de la dirección del ente por los
    EC
  • Responsabilidad del auditor
  • Opinión del auditor
  • Otras responsabilidades de reporte del auditor
  • Firma del auditor
  • Fecha del informe
  • Domicilio del auditor

10
Título del Informe y Destinatarios
  • Título debe indicar que el informe es de un
    auditor independiente. Es decir, el auditor ha
    cumplido todas los requisitos profesionales de
    independencia y diferencia al informe de los
    emitidos por otros
  • Destinatarios generalmente, aquellos que
    contrataron al auditor o los órganos de gobierno
    del ente . Normas o regulaciones pueden definir
    otros destinatarios

11
Párrafo introductorio
  • Identifica la entidad cuyos EECC han sido
    auditados
  • Dice que los EECC han sido auditados
  • Identifica los EECC auditados por su título
  • Refiere al lector a las notas que resumen las
    políticas contables relevantes y otras
    informaciones
  • Especifica la fecha de cierre y el período
    abarcado por los EC
  • Cuando los EECC se publiquen en un documento que
    contenga otra información (p.ej. Memoria), el
    auditor puede identificar las páginas del
    documento que contengan los EECC

12
Responsabilidad de la dirección del ente por los
EC
  • Esta sección del informe explica la premisa,
    referida a la responsabilidad de la dirección
    (puede ser la gerencia o el órgano de gobierno
    del ente), bajo la cual se hace la auditoria de
    los EECC
  • El informe indica que la dirección es responsable
    por
  • Diseñar, implementar y mantener controles
    internos efectivos para preparar EC libres de
    fallas materiales por errores o fraudes
  • Preparar y presentar EECC que revelen de manera
    verdadera y razonable o que presenten
    razonablemente, en todos los aspectos materiales
    la posición financiera y los resultados del
    ente, de acuerdo con el MN aplicable
  • Las expresiones entre comillas son equivalentes
    y su uso depende de normas o practicas locales de
    cada país

13
Responsabilidad del auditor
  • Expresar una opinión sobre los EC, basada en la
    labor de auditoria. (el Auditor NO es responsable
    de preparar los EC)
  • Conducir la auditoria de acuerdo a NIAs (todas
    las que apliquen)
  • Cumplimiento de requerimientos éticos
  • Planear y ejecutar la auditoria para obtener
    seguridad razonable que los EC están libres de
    fallas significativas
  • Describir la auditoria
  • Ejecutar procedimientos para obtener evidencia
    sobre el contenido de los EC
  • Los procedimientos ejecutados dependen del juicio
    del auditor, e incluyen una evaluación del riesgo
    de fallas por error o fraude
  • Considerar el control interno de la entidad,
    relacionado con la preparación de EC, para
    diseñar procedimientos de auditoria adecuados, no
    para opinar sobre la efectividad del CI
  • Cuando deba opinar sobre el CI, el auditor
    omitirá la frase subrayada
  • Evaluar la adecuación de los criterios contables,
    la razonabilidad de las estimaciones y la
    presentación general de los EC
  • Indicar que la evidencia respalda la opinión

14
Opinión del auditor
  • La opinión sin salvedades (limpia) se emite
    cuando el auditor concluye que los EC revelan de
    manera verdadera y razonable o presentan
    razonablemente, en todos los aspectos materiales
    la posición financiera y los resultados del
    ente, de acuerdo con el MN aplicable
  • Si el MN no es NIIF se debe identificar el país
    de origen del MN . de acuerdo con las normas
    contables profesionales generalmente aceptadas en
    Argentina
  • La referencia al MN aplicable avisa a los
    usuarios del informe acerca del contexto en el
    que se expresa la opinión
  • NIA 210 cuando normas locales prescriban
    formatos de informe de auditor significativamente
    distintos de las NIAs, el auditor no incluirá en
    su informe referencia a la ejecución de la
    auditoria de acuerdo a NIAs

15
Otras responsabilidades de reporte del auditor
  • Se incluyen en esta sección del informe del
    auditor, responsabilidades de reporte adicionales
    a las requeridas por las NIAs
  • Para distinguirlas claramente de la
    responsabilidad de informar sobre los EECC, se
    las incluirá en un párrafo precedido por un
    título específico como por ejemplo
  • Informe sobre otros requerimientos legales o
    regulatorios
  • Cuando se use dicho título específico, todos los
    párrafos anteriores del informe, referidos a los
    EECC, se incluirán bajo un título
  • Informe sobre los Estados Contables

16
Firma del auditor, Fecha del informe, Domicilio
del auditor
  • Firma del auditor
  • O de la firma de auditores o ambos. Ciertas
    jurisdicciones requieren identificar la matrícula
    profesional del auditor y / o de la firma a la
    que representa
  • Fecha del informe
  • Indica al lector el momento hasta el cual el
    auditor ha tomado conocimiento de hechos y
    transacciones
  • Nunca antes de reunir evidencia válida y
    suficiente, Incluyendo reconocimiento de
    responsabilidad, por los EECC, por parte del
    órgano competente de la entidad
  • Hechos posteriores a la fecha del informe ISA
    560
  • Domicilio del auditor aquel en el que ejerce su
    profesión, incluyendo localidad y jurisdicción
    profesional

17
Informes de auditoria requeridos por leyes o
regulaciones
  • Cuando leyes o reguladores requieran formatos o
    redacciones específicas para su informe, el
    auditor se referirá a las NIAs sólo si el
    informe incluye, como mínimo
  • Título,
  • Destinatario,
  • Párrafo introductorio,
  • Descripción de la responsabilidad de la dirección
    del ente,
  • Descripción de la responsabilidad del auditor,
    incluyendo referencia a NIAs y a las leyes o
    regulaciones y una descripción de la auditoria de
    acuerdo con todas esa normas
  • Párrafo de opinión
  • Firma, Fecha y Dirección del auditor

18
Informes para auditorias efectuadas de acuerdo
con normas de auditoria locales (NALs) y NIAs
  • El informe referirá a las NALs NIAs, sólo
  • No hay conflictos entre ambas que llevarían al
    auditor a
  • Formarse una opinión diferente , o
  • No incluir un párrafo de énfasis requerido por
    las NIAs
  • El informe incluye lo requerido en slide 16
  • El auditor cumplió con todas las NIAs aplicables
    al caso
  • Si no hay conflicto, el informe referirá tanto a
    las normas de auditoria locales y a las NIAs, e
    identificará la jurisdicción de origen de las
    NALs
  • Si hay conflicto, el informe se referirá sólo a
    la norma de auditoria (NAL o NIA) de acuerdo a
    la cual se haya preparado el informe

19
Información suplementaria (IS) presentada con los
EECC
  • IS no requerida por el MNAG y presentada con los
    EECC auditados
  • Auditor evalúa si IS está claramente diferenciada
    de los EECC auditados
  • IS no diferenciada
  • Requerir a la dirección cambiar la presentación
    de IS
  • Si se niega, indicar en informe IS no auditada
  • IS no requerida por el MNAG pero que sea parte
    integrante de los EECC auditados porque no puede
    diferenciarse claramente por su naturaleza y
    forma de presentación debe ser cubierta por el
    informe del auditor
  • IS no auditada auditor responsable de leer e
    identificar inconsistencias con EECC auditados .
    Ver NIA 720

20
Informe de auditor independiente (modelo
ilustrativo de la NIA 700 )
  • Informe de Auditor Independiente
  • Sres. Directores de ABC,
  • Informe sobre los Estados Contables
  • He auditado los estados contables de ABC
    adjuntos, que comprenden el balance al 31 de
    diciembre de 2010, los estados de resultados, de
    cambios en el patrimonio neto y de flujos de
    efectivo, por el ejercicio finalizado en esa
    fecha, así como el resumen de políticas contables
    significativas y otras notas explicativas.

21
Informe de auditor independiente
  • Responsabilidad de la dirección del ente por los
    Estados Contables
  • El Directorio es responsable por la preparación y
    la presentación razonable de los estados
    contables, de acuerdo con las NIIF y por los
    controles internos necesarios para la preparación
    de estados contables libres de fallas
    significativas debidas a fraude o error.

22
Informe de auditor independiente
  • Responsabilidad del auditor
  • Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre
    los EECC adjuntos, basada en mi tarea de
    auditoria. He conducido la auditoria de acuerdo
    con las Normas Internacionales de Auditoria.
    Estas normas requieren que cumpla con requisitos
    éticos y que planee y ejecute la auditoria para
    obtener seguridad razonable sobre si los estados
    contables están libres de fallas significativas

23
Informe de auditor independiente
  • Responsabilidad del auditor (Cont.)
  • Una auditoria comprende la ejecución de
    procedimientos para obtener evidencia de
    auditoria sobre las cifras y revelaciones
    incluidas en los EECC. Los procedimientos
    seleccionados dependen del juicio del auditor,
    incluyendo la evaluación del riesgo de fallas
    significativas en los estados contables, debidas
    a fraude o error. Como parte de su evaluación de
    riesgo, el auditor considera los controles
    internos de la entidad relevantes para la
    preparación y presentación razonable de los EC, a
    efecto de diseñar los procedimientos de auditoria
    apropiados en las circunstancias, pero no para
    expresar una opinión sobre la efectividad de los
    controles internos de la entidad. Una auditoria
    también incluye evaluar lo adecuado de las
    políticas contables utilizadas y la razonabilidad
    de las estimaciones contables de la dirección de
    ABC, así como evaluar la presentación general de
    los estados contables.

24
Informe de auditor independiente
  • Responsabilidad del auditor (Cont.)
  • Considero que la evidencia de auditoria obtenida
    es suficiente y apropiada para respaldar mi
    opinión de auditoria.

25
  • Opinión del Auditor
  • En mi opinión, los estados contables presentan de
    manera verdadera y razonable ( o presentan
    razonablemente en todos sus aspectos
    significativos) la situación financiera de ABC al
    31 de diciembre de 2010, los resultados, los
    cambios en el patrimonio y los flujos de efectivo
    por el ejercicio finalizado en esa fecha, de
    acuerdo con las NIIF.
  • Informe sobre otros requerimientos legales
  • En cumplimiento de disposiciones vigentes,
    informo que los estados contables surgen de
    libros rubricados llevados en legal forma y que
    no existe deuda devengada con o exigible por la
    Seguridad Social
  • Firma, Fecha, Domicilio del auditor

26
NIA 705 Modificaciones alInforme del auditor
independienteVigencia auditorias de EECC de
períodos comenzados a partir del 15/12/2009,
inclusivehttp//www.ifac.org/
27
NIA 705 Alcance y tipos de opiniones modificadas
  • Trata la responsabilidad del auditor de emitir un
    informe adecuado cuando, en el proceso de formar
    su opinión de acuerdo con NIA 700, concluye que
    es necesario modificar el párrafo de opinión
  • Establece tres tipos de opiniones modificadas
    (OM)
  • Opinión con salvedad
  • Abstención de opinión
  • Opinión adversa
  • El tipo de OM depende de
  • La naturaleza de la cuestión que origina la
    modificación, y
  • La evaluación del auditor acerca de si la
    cuestión afecta los EECC de manera generalizada o
    no

28
Tipos de opiniones modificadas
Naturaleza de la cuestión que origina la modificación evaluación del auditor acerca de si la cuestión afecta los EECC de forma generalizada evaluación del auditor acerca de si la cuestión afecta los EECC de forma generalizada
Falla significativa pero no generalizada Falla significativa y generalizada
Los EECC contienen errores significativos Opinión con salvedad Opinión adversa
Imposible obtener evidencia de auditoria apropiada y suficiente Opinión con salvedad Abstención de opinión
29
Efectos generalizados en los EECC definición
  • NO se limitan a elementos, cuentas o ítems
    específicos de los EECC
  • Si estuvieran limitados a elementos, cuentas o
    ítems específicos, representan o podrían
    representar una porción substancial de los EECC
  • Tratándose de aspectos de exposición, son
    fundamentales para la comprensión de los EECC

30
NIA 705 - Objetivo
  • El objetivo del auditor es expresar claramente
    una opinión modificada sobre los EECC cuando
  • Basándose en la evidencia obtenida, concluye que
    los EECC en su conjunto no están libres de fallas
    significativas o
  • No puede obtener evidencia de auditoria apropiada
    y suficiente para concluir que los EECC en su
    conjunto estén libres de fallas significativas

31
Opinión con Salvedad
  • Habiendo obtenido evidencia de auditoria
    apropiada y suficiente, el auditor concluye que
    las fallas, individualmente o acumuladas, son
    significativas pero no afectan los EECC de manera
    generalizada o
  • El auditor no puede obtener evidencia de
    auditoria suficiente en la cual basar su opinión,
    pero concluye que los posibles efectos sobre los
    EECC de errores no detectados, si los hubiere,
    podrían ser significativos pero no generalizados

32
Opinión Adversa
  • Habiendo obtenido evidencia de auditoria
    apropiada y suficiente, el auditor concluye que
    las fallas, individualmente o acumuladas, son
    significativas y afectan los EECC de manera
    generalizada

33
Abstención de opinión
  • El auditor no puede obtener evidencia de
    auditoria suficiente en la cual basar su opinión,
    y concluye que los posibles efectos sobre los
    EECC de errores no detectados, si los hubiere,
    podrían ser significativos y generalizados
  • En circunstancias extremadamente inusuales que
    involucran múltiples incertidumbres, el auditor
    concluye que, no obstante haber obtenido
    evidencia apropiada y suficiente respecto de cada
    una de la incertidumbres individuales, no es
    posible formarse una opinión sobre los EECC
    debido a la potencial interacción de las
    incertidumbres y su posible efecto acumulativo
    sobre los EECC

34
Imposibilidad de obtener evidencia por una
limitación impuesta por la dirección del ente,
después de haber aceptado el trabajo
  • Si la limitación al alcance de la auditoria
    pudiera derivar en una opinión con salvedad o en
    abstención, el auditor requerirá a la dirección
    del ente que remueva la limitación
  • En caso de negativa y no pudiendo obtener
    evidencia apropiada y suficiente, el auditor
    concluye que efectos posibles de errores no
    detectados
  • significativos y no generalizados opinión c/
    salvedad
  • significativos y generalizados retirarse del
    trabajo o abstención de opinión. En caso de
    retirarse, comunicar a la dirección las
    cuestiones que hubieran resultado en una opinión
    modificada

35
Prohibición de opinión parcial
  • Cuando el auditor considera necesario expresar
    una opinión adversa o una abstención de opinión
    sobre los EECC en su conjunto
  • El informe no incluirá una opinión limpia sobre
    elementos, cuentas o ítems específicos de los
    EECC
  • Una opinión limpia parcial contradice la opinión
    adversa o la abstención sobre los EECC en su
    conjunto
  • No contradicen la opinión adversa o la
    abstención
  • Una opinión limpia sobre los mismos EECC,
    preparados bajo un MNAG diferente
  • Una opinión limpia sobre el balance, cuando se
    emite abstención sobre el estado de resultados y
    el EFEf, porque la abstención no se refiere a
    los EECC en su conjunto

36
Forma y contenido del informe de auditoria con
opinión modificada párrafo descriptivo
  • Incluye elementos requeridos por NIA 700
  • Antes del párrafo de opinión incluir párrafo
    describiendo la cuestión que genera la
    modificación
  • Título bases de la salvedad, abstención o
    negación
  • Describe y cuantifica el efecto de errores
    materiales o indica imposibilidad de cuantificar
  • Explica si se trata de revelaciones inexactas
  • Falta de revelaciones requeridas
  • Describir la naturaleza de la información omitida
  • Incluir la información omitida si se ha obtenido
    evidencia apropiada y suficiente
  • Menciona las limitaciones para obtener evidencia
    apropiada y suficiente
  • Describe otros asuntos importantes para los
    usuarios, que hubieran requerido modificación de
    la opinión y sus efectos, aun cuando se emita una
    opinión adversa o una abstención

37
Forma y contenido del informe de auditoria con
opinión modificada párrafo de opinión - 1/2
  • Título opinión con salvedad, adversa o
    abstención
  • Opinión con salvedad por error significativo en
    EC
  • En opinión del auditor, excepto por los efectos
    de las cuestiones descriptas en el párrafo de
    bases para la salvedad, los estados contables
  • presentan de manera verdadera y razonable ( o
    presentan razonablemente en todos sus aspectos
    significativos)..de acuerdo con el MN razonable
    o
  • Han sido preparados, en todos sus aspectos
    significativos, de acuerdo con el MN aplicable
    (cuando se aplica MN de cumplimiento
  • Opinión con salvedad por falta de evidencia
    apropiada y suficiente excepto por los
    posibles efectos de las cuestiones descriptas en
    el párrafo de bases para la salvedad

38
Forma y contenido del informe de auditoria con
opinión modificada párrafo de opinión - 2/2
  • Opinión adversa en opinión del auditor, debido
    a la significatividad de las cuestiones
    descriptas en el párrafo de Bases de la opinión
    adversa, los EECC
  • no presentan de manera verdadera y razonable ( o
    no presentan razonablemente en todos sus aspectos
    significativos)..de acuerdo con el MN razonable,
    o
  • no han sido preparados, en todos sus aspectos
    significativos, de acuerdo con el MN de
    cumplimiento
  • Abstención de opinión por falta de evidencia
    apropiada y suficiente el párrafo de opinión
    indicará que
  • Debido a la significatividad de las cuestiones
    descriptas en el párrafo de Bases de la
    abstención, el auditor no obtuvo evidencia de
    auditoria apropiada y suficiente en la cual basar
    su opinión y, por lo tanto, no expresa opinión
    sobre los EECC

39
Forma y contenido del informe de auditoria con
opinión modificada Responsabilidad del auditor
  • Modificar párrafo de responsabilidad del auditor
    cuando se emite
  • Opinión con salvedad o adversa
  • Considero que la evidencia de auditoria obtenida
    es suficiente y apropiada para respaldar mi
    opinión de auditoria con salvedad (o adversa)
  • Abstención de opinión
  • Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre
    los EECC adjuntos, basada en una auditoria
    efectuada de acuerdo con las NIAs. Sin embargo,
    debido a lo explicado en el párrafo de Bases para
    la abstención de opinión, no he podido obtener
    evidencia apropiada y suficiente en la cual basar
    una opinión de auditoria

40
Ejemplo de opinión con salvedad por fallas
significativas en los EECC, sin afectarlos de
manera generalizada
  • Responsabilidad del auditor
  • . la dirección de ABC,
  • Base para la opinión con salvedad
  • Según se explica en la Nota X a los estados
    contables, no se ha registrado la depreciación de
    los bienes de uso, tal como lo requieren las
    NIIF. El cargo por depreciación por el ejercicio
    finalizado el 31 de diciembre de 2010, calculado
    por el método de la línea recta, ascendería a
    aplicando una tasa anual de depreciación del
    5 para los edificios y 20 para maquinarias.
    Consecuentemente, el valor de los bienes de uso
    debería reducirse por amortizaciones acumuladas
    de .. , el cargo por impuesto a las ganancias
    y la pérdida del ejercicio se incrementarían en
    y , respectivamente y los resultados
    acumulados se reducirían en

41
  • Opinión con salvedad
  • En mi opinión, excepto por el efecto sobre los EC
    de la cuestión mencionada en el párrafo de Base
    para la opinión con salvedad, los EC presentan de
    manera verdadera y razonable ( o presentan
    razonablemente en todos los aspectos
    significativos) la situación financiera de ABC
    ..

42
Ejemplo de opinión adversa por fallas
significativas en los EECC, que los afectan de
manera generalizada
  • Responsabilidad del auditor
  • . la dirección de ABC, así como evaluar la
    presentación general de los estados contables.
    Considero que la evidencia de auditoria obtenida
    es suficiente y apropiada para respaldar mi
    opinión adversa de auditoria.
  • Base para la opinión adversa
  • Según se explica en la Nota X a los estados
    contables, la compañía no ha consolidado los
    estados contables de su controlada XYZ adquirida
    durante 2009 porque no se han podido determinar
    los valores corrientes de ciertos activos y
    pasivos significativos de la XYZ a la fecha de
    adquisición. Por ese motivo, la inversión se ha
    registrado al costo. De acuerdo a las NIIF, XYZ
    debió haber sido consolidada por tratarse de una
    compañía controlada. De haberse consolidado los
    EECC de XYZ, muchos elementos de los estados
    contables adjuntos habrían sido
    significativamente afectados. No se han
    determinado los efectos de la falta de
    consolidación sobre los EECC de ABC.
  • Opinión adversa
  • En mi opinión, debido a la significatividad de la
    cuestión mencionada en el párrafo de Base para la
    opinión adversa, los EC consolidados no presentan
    de manera verdadera y razonable ( o no presentan
    razonablemente en todos los aspectos
    significativos) la situación financiera de ABC y
    sus compañías controladas al 31 de diciembre de
    2010, los resultados de sus operaciones y el
    flujo de efectivo por el año finalizado en esa
    fecha, de acuerdo con las NIIF

43
Ejemplo de opinión con salvedad por falta de
evidencia de auditoria. Los posibles efectos se
consideran significativos para los EECC, sin
afectarlos de manera generalizada
  • Responsabilidad del auditor
  • . la dirección de ABC, así como evaluar la
    presentación general de los estados contables.
    Considero que la evidencia de auditoria obtenida
    es suficiente y apropiada para respaldar mi
    opinión de auditoria con salvedad.
  • Base de la opinión con salvedad
  • La inversión de ABC en su controlada XYZ que fue
    adquirida durante 2010 y contabilizada por el
    método de VPP, se incluye en el balance al
    31/12/2010 por .... y la participación de ABC en
    el resultado neto de XYZ por ... se incluye en
    los resultados de ABC al 31/12/2010. No he
    obtenido evidencia de auditoria apropiada y
    suficiente acerca de la valuación de la inversión
    de ABC en XYZ y su participación en los
    resultados debido a que se me negó el acceso a la
    información financiera, a la dirección y a los
    auditores de XYZ. Por lo tanto no he podido
    determinar si se requieren ajustes a los importes
    mencionados
  • Opinión con salvedad
  • En mi opinión, excepto por los posibles efectos
    sobre los EC de la cuestión mencionada en el
    párrafo de Base para la opinión con salvedad, los
    EC presentan de manera verdadera y razonable ( o
    presentan razonablemente en todos los aspectos
    significativos) la situación financiera de ABC
    ..

44
Ejemplo de abstención de opinión por falta de
evidencia de auditoria. Los posibles efectos
podrían afectar los EECC de manera generalizada
  • Responsabilidad del auditor (se modifica este
    párrafo como sigue)
  • Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre
    losEECC adjuntos, basada en una auditoria
    efectuada de acuerdo con las NIAs. Sin embargo,
    debido a lo explicado en el párrafo de Bases para
    la abstención de opinión, no he podido obtener
    evidencia apropiada y suficiente en la cual basar
    una opinión de auditoria
  • Bases para la abstención de opinión
  • No presencié el recuento físico del inventario de
    BC practicado el 30/12/2010, dado que esa fecha
    fue anterior a mi contratación como auditor de la
    compañía y no me fue posible obtener evidencia,
    por medio de otros procedimientos de auditoria,
    acerca de las cantidades de BC que figuran en el
    balance por . Consecuentemente, no he podido
    determinar si se requerirían ajustes a los saldos
    de BC y partidas relacionadas del EdeR, EEPN y
    EFEf
  • Abstención de Opinión
  • Debido a la significatividad de la cuestión
    descripta en el párrafo de Bases para la
    abstención de opinión, no he obtenido evidencia
    de auditoria apropiada y suficiente en la cual
    basar mi opinión. Por lo tanto, no expreso una
    opinión sobre los EECC.

45
NIA 706 Párrafos de Enfasis y de Otras
Cuestiones en el Informe del auditor
independienteVigencia auditorias de EECC de
períodos comenzados a partir del 15/12/2009,
inclusivehttp//www.ifac.org/
46
NIA 706 Alcance
  • Trata sobre información adicional a incluir en el
    informe del auditor cuando se considera necesario
    llamar la atención del usuario de los EECC
  • Acerca de cuestiones presentadas o expuestas en
    los EECC que, por su importancia, son
    fundamentales para la comprensión de los usuarios
    de los EECC o
  • Acerca de cuestiones no presentadas o expuestas
    en los EECC que son relevantes para que los
    usuarios comprendan la auditoria, las
    responsabilidades del auditor o su informe

47
NIA 706 - Definiciones
  • Párrafo de énfasis
  • Párrafo en el informe del auditor que refiere a
    una cuestión apropiadamente presentada o expuesta
    en los EECC que, a juicio del auditor, es de tal
    que resulta fundamental para que los usuarios
    entiendan los EECC.
  • Párrafo de Otras Cuestiones
  • Párrafo en el informe del auditor que refiere a
    otras cuestiones no presentadas o expuestas en
    los EECC que son relevantes para que los usuarios
    comprendan la auditoria, las responsabilidades
    del auditor o su informe

48
Párrafo de Énfasis en el Informe del auditor
  • El auditor debe reunir evidencia adecuada y
    suficiente acerca de que la cuestión en los EECC
    no contiene errores materiales
  • Incluido inmediatamente antes de párrafo de
    Opinión
  • Título Párrafo de Énfasis u otro apropiado
  • Referencia clara a la cuestión enfatizada y en
    qué sección de los EECC se encuentra
  • Indica que la opinión del auditor no se modifica
    por la cuestión enfatizada

49
Párrafo de Énfasis en el Informe del auditor
  • Casos en los puede ser necesario incluirlo
  • Incertidumbre referida al desenlace futuro de
    litigios excepcionales o acciones de organismos
    reguladores
  • Aplicación anticipada (cuando esté permitida) de
    una nueva norma contable (p. ej. una nueva NIIF)
    que afecte los EECC en su conjunto antes de su
    fecha de vigencia efectiva
  • Un hecho fuera del control de la entidad que haya
    afectado o continúe afectando significativamente
    su situación financiera
  • El uso indiscriminado disminuye su utilidad
  • Inclusión de más información que la presentada en
    los EECC puede implicar que la cuestión no fue
    apropiadamente presentada o revelada como lo
    requiere el MN por eso NIA 706 limita su uso a
    cuestiones presentadas o reveladas en los EECC

50
Párrafo de Énfasis en el Informe del auditor
  • Su inclusión no afecta la opinión de auditoria
  • No es un substituto de
  • Una opinión con salvedad, opinión negativa o de
    una abstención de opinión cuando alguna de estas
    sean requeridas por las circunstancias
  • Revelaciones que el MN requiere sean incluidas en
    los EECC
  • No debe usarse para evadir la emisión de una
    opinión modificada

51
Párrafo de Otras Cuestiones en el Informe del
auditor
  • Su inclusión no debe estar prohibida por leyes o
    regulaciones
  • Título Otras Cuestiones (u otro apropiado)
  • Incluido inmediatamente después del párrafo de
    opinión, y del párrafo de énfasis o en otro lugar
    del informe si el contenido se refiere a Otras
    Responsabilidades de Reporte del Auditor

52
Párrafo de Otras Cuestiones en el Informe del
auditor circunstancias que pueden requerirlo
  • Referidas a la comprensión de la auditoria por
    los usuarios
  • P.ej. Para explicar porqué el auditor no puede
    retirarse de la auditoria
  • Referida a la comprensión de la Responsabilidad
    del auditor o el Informe de Auditoria por los
    usuarios
  • P.ej. Ciertas jurisdicciones pueden requerir al
    auditor proveer explicaciones adicionales sobre
    su responsabilidad
  • Informe sobre más de un juego de EECC
  • Cuando el auditor haya emitido un informe sobre
    EECC de la misma entidad emitidos bajo otro MNAG
  • Restricción a la distribución y uso del informe
  • Cuando los EECC estén preparados para usuarios
    específicos, el auditor puede restringir la
    distribución y uso del informe sólo a dichos
    usuarios, indicando que no debe entregarse a
    terceros

53
Párrafos de énfasis
  • Destacan cuestiones que afectan los estados
    contables y son comentadas en mayor detalle por
    nota a los EC
  • No afectan la opinión de auditoria
  • Preferiblemente, incluidos después de la opinión
    y antes de otras responsabilidades de reporte
  • Se utilizan para
  • Cuestiones significativas de empresa en marcha
  • Incertidumbres significativas cuya resolución
    depende de hechos futuros, fuera del control del
    ente, que pueden afectar los EC

54
Párrafo de énfasis y nota relacionada (ejemplos)
  • Párrafo de énfasis (modelo ilustrativo de NIA
    706)
  • Referimos al lector a la Nota X de los EC en la
    que se describe una incertidumbre relacionada con
    el desenlace de un juicio iniciado contra la
    Compañía por (nombre del tercero). Nuestra
    opinión no es modificada por esta cuestión
  • NOTA X
  • La compañía es demandada en un juicio en el que
    se alegan violaciones a ciertos derechos de
    patentes y se reclama el pago de regalías e
    indemnizaciones por daños. La compañía ha
    presentado una contra demanda y las audiencias
    preliminares y los períodos de prueba de ambos
    casos están en curso. El resultado final de estas
    acciones no puede ser determinado a la fecha y
    los estados contables no incluyen provisión por
    pasivo alguno que pudiera resultar de estas
    acciones.

55
 REPONSABILIDAD DEL AUDITOR
56
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL Como su nombre lo
indica se refiere al compromiso que tiene el
profesional con la comunidad de sus colegas. En
general en los ordenamientos de las actividades
profesionales se incluyen principios a ser
respetados para que una conducta profesional
pueda considerarse ética y las principales normas
de actuación profesional derivadas de tales
principios.   En nuestro país los distintos
Consejos Profesionales han sancionado codigos de
ética que contienen principalmente normas de
actuación profesional haciendose referencia en
los preambulos a principios y normas Las
disposiciones de los Consejos tambien constituyen
leyes pero no en sentido formal sino en sentido
material. 
57
Responsabilidad profesional (Cont.)   En
particular el código de ética de la Provincia de
Bs As distingue entre normas generales que son
las que establecen el marco de referencia y las
normas especiales que comprenden los principios
técnicos, clientela, publicidad, secreto
profesional, honorarios y solidaridad e incluye
a continuación un capítulo sobre
incompatibilidades. Las sanciones por violacion
al Código no estan dentro del Código sino dentro
de la ley de ejercicio profesional en el capítulo
de la potestad disciplinaria y
son Advertencia amonestación amonestación en
presencia del Consejo directivo censura
pública suspensión de hasta un año en el
ejercicio profesional y cancelación de la
matrícula. Existen fallos de la justicia donde
se declara que la cancelación de la matrícula no
puede ser sine die estableciendose un plazo
máximo de cinco años. 
58
En el año 1983 el Tribunal de Disciplina del
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la
Capital rechaza la apelación de una sanción
impuesta a un profesional que reconoce no haber
actuado con independencia porque podía haber
perdido su fuente de trabajo con los siguientes
argumentos nadie puede ignorar el sufrimiento
que deriva del riesgo del desempleo pero no
compete al Consejo ablandar su función rectora
del cumplimiento de las obligaciones inherentes a
la condición profesional de sus matriculados sin
que la colectividad argentina le reproche a su
turno, no haberla protegido como corresponde del
ejercicio espurio de una profesión para cuya
consecución la misma colectividad ha suministrado
los fondos
59
RESPONSABILIDAD LEGAL - RESPONSABILIDAD
CIVIL La responsabilidad civil es la que surge de
la aplicación de la leyes civiles compendiadas
en el Código Civil y cuyas penas tienen
consecuencias patrimoniales.  Esta
responsabilidad puede estar originada
en 1.       Incumplimiento de contrato Siendo
que el contrato de auditoría constituye una
locación de obra, el incumplimiento de las
convenciones hechas entre el auditor y su
cliente acarrea la posibilidad de un
resarcimiento a cargo de la parte
incumpliente. Por este motivo es que resulta
ampliamente conveniente que el auditor deje
expresamente establecido en una carta convenio,
cuáles han de ser las obligaciones de las partes
y en particular 
60
RESPONSABILIDAD LEGAL - RESPONSABILIDAD CIVIL
(Cont.) A. Cual es la información sujeta a
revisión, B. Propósito de la auditoría C.
Naturaleza del trabajo, D. Información a ser
provista por el cliente E. Fechas de inicio y
finalización de las tareas F. Honorarios
convenidos y forma de pago G. Otros necesarios
para que la labor no de lugar a errores de
interpetación
61
 Esta carta convenio no es obligatoria en nuestro
país, en cambio la NIA 210 dispone que el
auditor y su cliente deben acordar los términos
del compromiso. Los términos deben ser
confirmados en una carta propuesta o en cualquier
otra forma de contrato.   También establece
normas específicas para aquellos casos en que
antes de la finalización de su trabajo, sea
requerido el auditor para cambiarlo por otro con
un menor nivel de fiabilidad, disponiendo que no
debe aceptar el cambio si concluye que no existe
justificación razonable para hacerlo. Recuerden
cuando hablabamos de las limitaciones impuestas
por el contratante a la labor de auditoría y que
debíamos preguntarnos si no nos estaban
comprando un dictamen con abstención para
escapar del dictamen adverso.  
62
  2.       EJECUCIÓN NEGLIGENTE La negligencia
existe cuando el auditor no realiza su trabajo o
no prepara su informe con el cuidado profesional
esperado, pero sin intención de engañar.   Las
normas del Código Civil establecen la obligación
de reparar cuando el que ejecuta un hecho con
culpa o negligencia ocasiona un daño a
outro 3.       DELITO Cuando el auditor ejecuta
su tarea con intención de perjudicar a un
tercero, queda dentro de las normas relativas a
los delitos. El acto ilícito puede ser un hecho
negativo o de omisión o un hecho positivo y hace
nacer la obligación de reparar el perjuicio que
por él resultare a otra persona, tanto al
damnificado directo como al indirecto, por
ejemplo tanto al cliente como a un tercero que
basó sus decisiones en dichos EECC
63
RESPONSABILIDAD PENAL Cuando se habla de
responsabilidad penal siempre se comienza
analizando las disposiciones que hacen
referencia al denominado comunmente delito de
balance falso.   El artículo 300 inc. 3º del
Código Penal en el Libro Segundo de los Delitos,
Título XII Delitos contra la fe pública y en el
capítulo de los fraudes al comercio y a la
industria, establece que será reprimido con
prisión de seis meses a dos años el fundador,
director, administrador, liquidador o síndico de
una S. A. o cooperativa o de otra persona
colectiva, que a sabiendas publicare, certificare
o autorizare un inventario, un balance, una
cuenta de ganancias y pérdidas o los
correspondientes informes, actas o memorias,
falsos o incompletos o informare a la asamblea o
reunión de socios con falsedad o reticencia,
sobre hechos importantes para apreciar la
situación económica de la empresa, cualquiera que
hubiere sido el propósito perseguido al
verificarlo 
64
Cual es la acción castigada? Inventario falso o
incompleto, Balance falso o incompleto, Cuenta de
ganancias y pérdidas falsa o incompleta, Informes
falsos o incompletos Como puede verse la
expresión más usada es balance falso pero debería
llamarse tal vez estados contables e informes
falsos o incompletos. Cuales son los principales
aspectos de la norma? 1.  Debe ser a
sabiendas 2. El delito ocurre por la simple
autorización de los instrumentos falsos, por
ejemplo por el tratamiento por el directorio 3. 
Solo debe demostrarse la voluntad de engañar. No
importa la finalidad 4.  El delito se produce por
acción, por ejemplo incorporando un dato falso a
los estados como una partida de mercadería
inexistente o por omisión, cuando no se comunica
un hecho importante, por ejemplo un siniestro
ocurrido con posterioridad al cierre del
ejercicio 5.  La norma incluye a todo el cuerpo
de los estados contables.
65
Como puede observarse el contador como auditor no
está contemplado expresamente por lo que no
podría ser acusado de balance falso. Está claro
que el sindico podría responder por este delito.
  A este respecto la RT 15 deja aclarado en la
carta de indemnidad que los accionistas se
comprometen a no iniciar acciones contra el
síndico en relación con sus funciones y actuación
excepto en el caso de negligencia por mal
desempeño del cargo y de aquellos actos
intencionados de su parte que, con propositos
ilícitos, pudieran tener por objeto causar daño a
la sociedad, a sus accionistas o a terceros lo
que parece como totalmente correcto pues la
negligencia y los actos intencionados no deben
ser ocultados 
66
La falsedad a que se refiere la norma del Código
penal está referida a la falsedad documental con
un evidente daño a la fe y una falsedad
ideológica pues el documento es extrínsecamente
verdadero. Se ataca la falsedad ideológica ya
que los estados contables son verdaderos en
cuanto a sus formas externas y falsos en cuanto
al contenido material que expresan o representan,
es decir que la estructura material del
documento es correcta pero las cifras que
contienen no representan adecuadamente el
patrimonio. Este cambio de valores económicos
permite que el fraude se materialice
67
Otras disposiciones que pueden afectar al
auditor Defraudación Violación del secreto
profesional Blanqueos impositivos Actos ilegales
de clientes Fraudes y errores Ley penal
tributaria  
68
Defraudación Esta situación seria aplicable
cuando el auditor engañara a su cliente sobre el
alcance de la tarea que realizó, por lo que
podría denominarse de calidad simulada del
servicio (prisión de un mes a seis
años)   Violación del secreto profesional El
art. 156 reprime la divulgación sin causa justa
de secretos que puedan causar daño El
profesional sólo puede revelar conocimientos
adquiridos en ocasión de su labor cuando resulte
de una obligación legal o para su defensa en
actuaciones, judiciales, administrativas y
profesionales y sólo en la medida que sea
necesaria  
69
Blanqueos impositivos Se ha presentado en
numerosas oportunidades cuando el fisco
establece normas de excepción para la
regularización impositiva liberando a sus
responsables de las acciones penales que pudiera
corresponderles. En muchos casos significa un
reconocimiento a una labor realizada con
negligencia o con dolo. Actos ilegales de
clientes El auditor no es un detector de actos
ilegales de clientes. El auditor no es
responsable de detectar los actos ilegales de los
clientes en la medida que haya realizado su
tarea cumpliendo con las normas de auditoría. La
RT 7 no contiene apreciaciones al respecto.
70
Actos ilegales de clientes (Cont.) Actos
ilegales relacionados con normas previsionales,
impositivas y l aborales deberían ser detectados,
pero también otros que podrían estar
relacionados con medio ambiente, seguridad e
higiene, derechos de patentes, convenios de
regalias y otros. Actualmente tenemos una ley
relacionada con la legitimación de activos
provenientes de ilícitos y con la obligación de
denunciar operaciones sospechosas que agregará
un riesgo de auditoría más. Por el tipo de
operaciones que se trata nos encontraríamos
frente a un riesgo inherente, pues no ha de
esperarse que los sistemas de control lo
detecten cuando resulta de una decisión
empresaria.  Si el auditor detecta un acto que
aparenta ser ilegal debería hacerse asesorar por
un especialista, luego si efectivamente es
ilegal debería cuantificar su efecto,
determinando la magnitud de la contingencia e
informarlo a las más altas autoridades del
cliente.  
71
Fraudes y errores Las Normas Internacionales
dentro del capítulo de las obligaciones y
deberes disponen que al planificar y llevar a
cabo los procedimientos de auditoría así como al
evaluar sus resultados y al informar sobre los
mismos, el auditor debe tener en cuenta el
riesgo de irregularidades significativas en los
estados contables resultantes de posibles fraudes
o errores.
72
Ley penal tributaria La ley penal tributaria
castiga con prisión a quienes defrauden al fisco
o realicen maniobras de las que pueda surgir un
perjuicio patrimonal para el fisco Señala a la
doble contabilidad, registraciones falsas o
engañosas y estados contables falsos o engañosos
o inexactos En el art. 13 se establece la pena
que les corresponda por su participación en el
hecho y la de inhabilitación por el doble de la
condena Para Fowler no cambia la situación de
auditores y síndicos, no obstante establece una
norma penal específica aún cuando no se han
visto casos.
73
EJERCITACION SOBRE RESPONSABILIDAD DEL
AUDITOR   1.El Socio Gerente de AA. SRL le pide
que ya que Ud es el Síndico de la Sociedad sea
también el auditor, sobre todo porque estando
los honorarios del síndico relacionados con los
resultados según surge del Contrato social, se
podría hacer algún incremento para que se
incluyeran ambos servicios.   2.Uno de los dueños
de BB SA recurren a Ud por cuanto su actual
auditor ha enfermado y ha decidido prescindir de
sus servicios al tener mucho apuro para terminar
la tarea encargada.   3.Dada la relación que
existe con los administradores de CC Soc. Col.,
Ud. ha decidido no establecer por escrito las
condiciones de contratación de sus servicios
habiéndolos convenido verbalmente.  
74
4.En el transcurso de la auditoría de los EECC de
DD Ud. descubre que no se respetan diversas
normas sobre el tratamiento de efluentes
industriales. Conversado con el Presidente, éste
le informa que si bien no es legal nunca ha
pasado nada, por lo que continuarán con esa
política hasta que exista un reclamo
concreto. 5. Habiendo advertido una diferencia
entre el monto de mercaderías declarado por el
cliente a la fecha de cierre del ejercicio y la
incluída en los estados contables a esa fecha que
Ud. auditó, el Gerente del Banco
Agrícolo-Ganadero lo intima para que concurra a
sus oficinas y brinde las explicaciones del
caso, porque de lo contrario realizará una
denuncia penal por los perjuicios.   6.El
inspector de la DGI que está inspeccionando un
cliente suyo, advierte algunas diferencias entre
sus determinaciones y las cifras expuestas en
los estados contables, por lo que concurre a sus
oficinas y le pide los papeles de trabajo a
efectos de no hacer ninguna incriminación contra
su persona. 
75
  7.El cliente EE le informa que ha decidido
prescindir de sus servicios porque no advirtió
el fraude que se estaba cometiendo con las
mercaderías devueltas por supuestas fallas y que
lo denunciará por incumplimiento de
contrato.   8. Uno de los accionistas de FF S.A.
le advierte que le va a iniciar acciones
judiciales por su actitud negligente cuanto
habiendo advertido que la empresa no depositaba
en término las retenciones impositivas no hizo
la correspondiente denuncia ante la AFIP. 9. El
cliente GG SRL le informa su disconformidad con
la auditoría que Ud. realizó, sintiendose
defraudado por el dolo cometido en su actuación
ya que la calidad de la tarea deja mucho que
desear.
76
LAVADO DE DINERO LEGITIMACIÓN DE
ACTIVOS PROVENIENTES DE ILÍCITOS
77
LAVADO DE DINERO
DEFINICIONES TODA OPERACIÓN, COMERCIAL O
FINANCIERA TENDIENTE A LEGALIZAR LOS RECURSOS,
BIENES Y SERVICIOS PROVENIENTES DE ACTIVIDADES
DELICTIVAS LA TRANSFORMACIÓN DE DINEROS
OBTENIDOS EN FORMA ILEGAL, EN VALORES
PATRIMONIALES, CON EL PROPÓSITO DE APARENTAR QUE
SE TRATA DE UNA GANANCIA LEGAL O LEGÍTIMA
78
  • LEY 25.246 (BO 11/05/00)
  • Art. 277 SERÁ REPRIMIDO CON PRISIÓN DE SEIS
    MESES A TRES AÑOS, EL QUE ...
  • AYUDARE A ELUDIR LAS INVESTIGACIONES
  • OCULTARE RASTROS, PRUEBAS, DINERO O EFECTOS
    DEL DELITO,
  • NO DENUNCIARE LA PERPETRACIÓN DEL DELITO, o
  • AYUDARE AL AUTOR
  • EXCEPCIÓN SI SE OBRA A FAVOR DEL CÓNYUGE O
    PARIENTES DENTRO DE CIERTOS GRADOS

79
Art. 278 SERÁ REPRIMIDO CON PRISIÓN DE DOS A
DIEZ AÑOS, EL QUE ...
  • CONVIRTIERE, TRANSFIRIERE, ADMINISTRARE,
  • VENDIERE, GRAVARE O APLICARE DINERO U OTRA
    CLASE DE BIENES PROVENIENTES DE UN DELITO
    EN EL QUE NO HUBIERE
    PARTICIPADO
  • SI SU VALOR SUPERA LOS 50.000
  • si el monto no supera los 50.000 se aplica el
    artículo 277 precedente

80
DEBER DE INFORMAR
  • 1. SUJETOS OBLIGADOS (art. 20)
  • ENTIDADES FINANCIERAS, AFJP
  • COMPRAVENTA DE DIVISAS
  • QUIENES EXPLOTEN JUEGOS DE AZAR,
  • AGENTES Y SOCIEDADES DE BOLSA,
  • REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO,
  • FISCALIZACION DE PERSONAS JURÍDICAS
  • REGISTROS PROPIEDAD INMUEBLE Y AUTOMOTOR
  • COMPRAVENTA DE OBRAS DE ARTE Y JOYAS
  • ASEGURADORAS, EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,
  • ESCRIBANOS,
  • TRANSPORTE DE CAUDALES
  • ENTES QUE RECIBEN DONACIONES O APORTES DE 3ros.
  • Y .......... ????????????????????????????

81
DEBER DE INFORMAR
LOS PROFESIONALES MATRICULADOS CUYAS ACTIVIDADES
ESTÉN REGULADAS POR LOS CPCE, EXCEPTO CUANDO
ACTÚEN EN DEFENSA EN JUICIO
  • NO PODRÁN INVOCARSE
  • SECRETO BANCARIO O FISCAL
  • SECRETO PROFESIONAL
  • LOS COMPROMISOS DE CONFIDENCIALIDAD
  • SI EL REQUERIMIENTO LO FORMULA UN JUEZ COMPETENTE

82
  • 2. OBLIGACIONES (art. 21)
  • 2.1.RECABAR DE SUS CLIENTES DOCUMENTOS QUE
    PRUEBEN
  • IDENTIDAD,
  • PERSONERÍA JURÍDICA,
  • DOMICILIO y
  • DEMÁS DATOS PARA REALIZAR CUALQUIER TIPO DE
    ACTIVIDAD DE LAS QUE TIENEN POR OBJETO. SI ACTÚAN
    EN NOMBRE DE TERCEROS IDENTIFICAR POR QUIÉNES
    ACTÚAN.
  • 2.2. INFORMAR CUALQUIER HECHO U OPERACIÓN
    SOSPECHOSA INDEPENDIENTEMENTE DE SU MONTO
  • 2.3. ABSTENERSE DE REVELAR AL CLIENTE O TERCEROS
    LAS ACTUACIONES QUE SE ESTÁN REALIZANDO

83
OPERACIONES SOSPECHOSAS
  • AQUELLAS QUE DE ACUERDO CON
  • USOS Y COSTUMBRES DE LA ACTIVIDAD DE QUE SE
    TRATE
  • COMO ASÍ TAMBIEN DE LA EXPERIENCIA E IDONEIDAD
    DE LAS PERSONAS OBLIGADAS A INFORMAR,
    RESULTEN
  • INUSUALES,
  • SIN JUSTIFICACIÓN
  • ECONÓMICA o JURÍDICA, o
  • DE COMPLEJIDAD INUSITADA o
  • INJUSTIFICADA,
  • SEAN REALIZADAS EN FORMA AISLADA
  • O REITERADA

84
REGIMEN PENAL ADMINISTRATIVO OMISIÓN DE INFORMAR
A LA UIF 1 a 10 VECES EL MONTO DE LA
OPERACIÓN SI NO SE PUEDE ESTABLECER EL VALOR DE
LOS BIENES 10.000 a 100.000
85
RESOLUCION UIF 3/2004 - Directiva sobre
reglamentación del articulo 21, incisos A) y B)
de la ley nº 25.246. OPERACIONES
SOSPECHOSAS MODALIDADES, OPORTUNIDADES Y LIMITES
DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE REPORTARLAS
PROFESIONALES MATRICULADOS CUYAS ACTIVIDADES
ESTEN REGULADAS POR LOS CPCE PROFESIONALES
ALCANZADOS 1. AUDITORES Y SÍNDICOS 1.1. cuando
se brinden servicios profesionales a las personas
físicas o jurídicas incluidas en el artículo
20 1.2. como así también a las no alcanzadas por
dicha norma que a) Posean un activo superior a
pesos tres millones, o b) Hayan duplicado su
activo o sus ventas en el término de un (1)
año, de acuerdo a información proveniente de
los EECC auditados.
86
  • Se establece que los sujetos obligados a
    informar operaciones sospechosas podrán entablar
    relaciones profesionales con por lo menos dos
    tipos de clientes
  • 1. Clientes habituales los que entablan una
    relación contractual con carácter de
    permanencia.
  • 2. Clientes ocasionales los que desarrollan una
    vez u ocasionalmente negocios con los sujetos
    obligados.
  • PRESUNTA ACTUACIÓN POR CUENTA AJENA Cuando
    existan dudas sobre si los clientes actúan por
    cuenta propia o cuando exista la certeza de que
    no actúan por cuenta propia, los sujetos
    obligados adoptarán medidas razonables a fin de
    obtener información sobre la verdadera identidad
    de la persona por cuenta de la cual actúan sus
    clientes.
  • El principio básico en que sustenta la presente
    Directiva es la internacionalmente conocida
    política conozca a su cliente.

87
  • Especial atención a los clientes no residentes
    en el País.
  • Se deberá intentar evitar las solicitudes de
    servicios a distancia mientras no se pueda
    realizar un contacto directo y permanente con
    el cliente.
  • Para las personas jurídicas extranjeras,
    solicitar la presentación de sus antecedentes y
    cumplimiento de la Res. IGJ 7/03.
  • En el caso de brindar servicios a clientes
    ocasionales se deberá obrar con mayor
    diligencia.
  • EXISTENCIA DE RELACIÓN JUSTIFICADA
  • y/o USUAL ENTRE
  • La actividad económica declarada y sus
    movimientos de fondos
  • La actividad económica declarada y los servicios
    profesionales demandados.

88
  • OPORTUNIDAD DE REPORTAR OPERACIONES INUSUALES O
    SOSPECHOSAS
  • Si de la labor efectuada surgieran operaciones
    inusuales o sospechosas, se deberá emitir el
    reporte, que mediante opinión fundada respecto
    de la inusualidad o sospecha de las
    transacciones informadas deberá ser remitido a
    la UIF dentro de las 48 horas, acompañado
    de la documentación
  • LÍMITE MÍNIMO PARA REPORTAR OPERACIONES INUSUALES
    O SOSPECHOSAS
  • 50.000 sea en un solo acto o por la
    reiteración de hechos diversos vinculados entre
    sí sniff...sniff...sniff...
  • (derogado Resolución 4/2005 B.O. 10/05/05)
    sniff...

89
  • GUÍA DE TRANSACCIONES INUSUALES O SOSPECHOSAS
    (- 38 supuestos - no taxativa -) a ser
    considerada cuando se presten servicios a entes
    no alcanzados por el art. 20
  • 1. Potencial cliente remiso a brindar
    información
  • 2. Ausencia de una relación coherente entre la
    actividad, fondos utilizados, inversiones y
    servicios demandados.
  • 3. La formación de empresas o fideicomisos sin
    aparente objeto comercial o de otra índole.
  • 4. El uso de asesores financieros para hacer
    figurar sus nombres como directores o
    fideicomisarios.
  • 5. Compra y venta de val
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