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LA PROTECCI N DE DATOS PERSONALES EN LA ADMINISTRACI N P BLICA Nuevos retos en el horizonte de las Administraciones P blicas I Seminario Nacional de Gesti n P blica – PowerPoint PPT presentation

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1
LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Nuevos retos en el
horizonte de las Administraciones Públicas I
Seminario Nacional de Gestión Pública Murcia, 3
de abril de 2003
2
El desarrollo de las tecnologías de la
información es un hecho positivo.En el ámbito
administrativo, las tecnologías de la información
contribuyen a mejorar los servicios públicos en
beneficio del interés general.
3
(No Transcript)
4
  • Las tecnologías de la información también
    suponen riesgos. La frontera digital. El
    surgimiento de una nueva discriminación.

5
Preocupación las tecnologías de la información
pueden entrar en conflicto con el derecho a la
intimidad.
6
Artículo 18 de la Constitución Española de
19781. Se garantiza el derecho al honor, a la
intimidad personal y familiar y a la propia
imagen.4. La Ley limitará el uso de la
informática para garantizar el honor y la
intimidad personal y familiar de los ciudadanos y
el pleno ejercicio de sus derechos.
7
  • Directiva 95/46 CE del Parlamento Europeo y el
    Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la
    Protección de las Personas Físicas en lo que
    respecta al Tratamiento de Datos Personales y a
    la Libre Circulación de estos Datos.
  • Convenio del Consejo de Europa para la Protección
    de las Personas con respecto al Tratamiento
    Automatizado de los Datos de Carácter Personal
    Convenio 108, Estrasburgo, de 28 de enero de
    1981-.

8
  • Ley Orgánica, 5/1992, de 29 de octubre, de
    Regulación del Tratamiento Automatizado de los
    Datos de Carácter Personal.
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
    Protección de Datos de Carácter Personal.

9
Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de
Carácter Personal
  • (Art.2) ÁMBITO DE APLICACIÓN Será de
    aplicación a los datos de carácter personal
    registrados en soporte físico, que los haga
    susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad
    de uso posterior de esos datos por los sectores
    público y privado.

10
Diferencias
  • Principio de calidad de los datos. Derecho de
    cancelación.
  • Principio de consentimiento del afectado.
  • Datos especialmente protegidos.
  • Comunicación de los datos entre Administraciones
    públicas.

11
Creación, modificación o supresión de ficheros
art. 20 y 26-. Los ficheros públicos a través de
disposición de carácter general, que se publica
en el Diario Oficial.Infracciones y sanciones
art. 43 y ss-. Régimen sancionador común en la
Administración pública para los ficheros
públicos sanciones económicas para los ficheros
privados.
12
Los ficheros públicos y los ficheros privados son
cualitativamente distintos.
13
La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad
de Madrid se crea en la Ley 13/1995, de 21 de
abril, modificada por la Ley 13/1997, de 16 de
junio, todo ello al amparo de la LORTAD.
  Recientemente se ha aprobado la Ley 8/2001, de
13 de julio, de Protección de Datos de Carácter
Personal en la Comunidad de Madrid, al amparo de
la LOPDCP.
14
La Agencia es un Ente de Derecho Público, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar.   Forma parte de la categoría de las
Administraciones independientes actúa en el
ejercicio de sus funciones con plena
independencia de la Administración de la
Comunidad de Madrid art. 1.1-.   Garantías
formales y sustanciales de independencia Razones
para la independencia.
15
(Art. 41 Ley Orgánica 15/1999 , de 13 de
diciembre Las funciones de la Agencia de
Protección de Datos serán ejercidas, cuando
afecten a ficheros de datos de carácter personal
creados o gestionados por las Comunidades
Autónomas y por la Administración Local de su
ámbito territorial, por los órganos
correspondientes de cada Comunidad, que tendrán
la consideración de autoridades de control, a los
que garantizarán plena independencia y
objetividad en el ejercicio de sus
funciones. Las Comunidades Autónomas podrán
crear y mantener sus propios registros de
ficheros para el ejercicio de las competencias
que se les reconoce sobre los mismos.
16
Finalidad -Velar por el cumplimiento de la
legislación sobre protección de
datos. -Garantizar los derechos de los ciudadanos
en este ámbito.
17
Funciones de la APDCM (1)
  • Informar, con carácter preceptivo, los proyectos
    de disposiciones generales de creación,
    modificación o supresión de ficheros de datos de
    carácter personal.
  • Inscribir los ficheros en el Registro de
    Ficheros de Datos de Carácter Personal.
  • Velar por la publicidad de los ficheros
    existentes.

18
Decreto 99/2002, de 13 de junio, del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid de regulación
del procedimiento de elaboración de disposiciones
de carácter general de creación, modificación y
supresión de ficheros que contienen datos de
carácter personal, así como su inscripción en el
Registro de Ficheros de Datos Personales.
19
(No Transcript)
20
  • CUADRO COMPARATIVO DE LOS FICHEROS DECLARADOS POR
    LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA DE MADRID Y COMPARLO
    CON OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

21
(No Transcript)
22
Funciones de la APDCM (2)
  • Velar por el cumplimiento de la legislación
    sobre protección de datos y controlar su
    aplicación, en especial en lo relativo a los
    derechos de información, acceso, oposición,
    rectificación y cancelación.
  • Atender a las peticiones y resolver las
    reclamaciones formuladas por los interesados en
    ejercicio de su derecho de tutela.
  • Garantizar el derecho de consulta al registro
    general de protección de datos.

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Funciones de la APDCM (3)
  • Desarrollar una actividad inspectora, tanto de
    oficio como a instancia de parte instruir y
    resolver los procedimientos de infracción
    administrativa.
  • Proponer la iniciación de procedimientos
    disciplinarios contra quienes estime responsables
    de las infracciones al régimen de protección de
    datos.
  • Dictar, en su caso, las instrucciones para
    adecuar los tratamientos de datos de carácter
    personal a la legislación, requerir a los
    responsables y encargados del tratamiento la
    adopción de las medidas necesarias y, en su caso,
    ordenar la cesación de los tratamientos y la
    cancelación de los ficheros.

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Funciones de la APDCM (4)
  • Proporcionar a los ciudadanos información acerca
    de sus derechos de acceso, oposición,
    rectificación y cancelación.
  • Contribuir a la formación de los empleados
    públicos en protección de datos.
  • Asesorar a los centros directivos, a los
    responsables de los ficheros y a los encargados
    de tratamiento en el cumplimiento de la
    legislación. declaración de ficheros,
    implantación de medidas de seguridad-.

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(No Transcript)
26
 
PLANNING JORNADAS Ejercicio 2002
FECHA OBJETIVOS

n      25 Abril Colegios Profesionales  (Informativa responsables de ficheros)
n      7 Mayo Jornada sobre medidas nivel de seguridad alto y auditorias
n      23 Mayo Jornada Sanidad (Informativa responsables de ficheros)
n      25 Junio  Ayuntamientos (Informativa responsables de ficheros)
n      29 Octubre Universidades (Se unifica la del 25 de junio, Informativa responsables de ficheros y un ponente de Tecnología de la Seguridad).
n     13 Noviembre Jornadas en el ámbito de la Educación y de Las Artes (Centros educación especial, equipos orientación, inspección. Responsables de archivos generales y municipales)
n      26 Noviembre III Jornadas de Protección de Datos Sociales, dirigidas principalmente al personal de los centros asistenciales
n      12 - 13 Diciembre Consejo de Europa
 
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(No Transcript)
28
(No Transcript)
29
(No Transcript)
30
La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad
de Madrid desarrolla una labor de apoyo y de
control en los centros públicos que facilita un
mejor cumplimiento de la legislación de
protección de datos.
31
       
   
   
32
(No Transcript)
33
La Administración desarrolla una labor positiva
de garantía de la efectividad de los derechos
fundamentales, que se desarrolla a través de
ficheros públicos. La protección de datos como
algo positivo y necesario.
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