Title: LA ATRIBUCI
1NUEVOS DILEMAS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO
MULTILATERAL
- LA ATRIBUCIÓN DE INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES EN EL RÉGIMEN GENERAL. - CONVENO SUJETO VS. CONVENIO ACTIVIDAD
2ÁTRIBUCIÓN DE INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES RÉGIMEN GENERAL
- PROBLEMÁTICA PLANTEADA
- ATRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES. - CAUSA
- INEXISTENCIA DE PAUTAS EN LA NORMATIVA APLICABLE
(CM RG) QUE INDIQUEN EN FORMA CLARA Y PRECISA
EL CRITERIO A APLICAR PARA LAS DISTINTAS
ALTERNATIVAS. - CONSECUENCIA
- IMPREVISIBILIDAD ante los distintos criterios
imperantes en cada jurisdicción. - FALTA DE SEGURIDAD JURÍDICA el contribuyente no
adquiere nunca la estabilidad fiscal que deriva
del cumplimiento de las normas. - AJUSTES EN LA BASE IMPONIBLE DE CADA
JURISDICCIÓN por readecuación de los
coeficientes de ingresos determinados por el
contribuyente.
3ATRIBUCIÓN DE INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES RÉGIMEN GENERAL
- ARTICULO 2º - Salvo lo previsto para casos
especiales, los ingresos brutos totales del
contribuyente, originados por las actividades
objeto del presente Convenio, se distribuirán
entre todas las jurisdicciones en la siguiente
forma - ()
- b) El cincuenta por ciento (50 ) restante en
proporción a los ingresos brutos provenientes de
cada jurisdicción, en los casos de operaciones
realizadas por intermedio de sucursales, agencia
u otros establecimientos permanentes similares,
corredores, comisionistas, mandatarios, viajantes
o consignatarios, etcétera, con o sin relación de
dependencia. A los efectos del presente inciso,
los ingresos provenientes de las operaciones a
que hace referencia el último párrafo del
artículo 1º, deberán ser atribuidos a la
jurisdicción correspondiente al domicilio del
adquirente de los bienes, obras o servicios.
4ATRIBUCIÓN DE INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES CASOS PLANTEADOS
- 1º PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 2º DEL CM
- CASOS PLANTEADOS
- CASOS ESPECIALES
- SE PROCEDE CONFORME LO DISPONEN LOS ARTÍCULOS 6
AL 12 DEL CM. (LA COSTA PATAGÓNICA SA CA RESOL Nº
2/2012.) - CASOS GENERALES
- CONFORME INCISO b) DEL ARTÍCULO 2º DEL CM.
5ATRIBUCIÓN DE INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES - ACTIVIDADES
- CASOS GENERALES
- ACTIVIDADES CONEXAS O COMPLEMENTARIAS.
- SYUSA CA Nº 14/2000, 14/2001 Y CP 5/2001
- ACTIVIDADES INDEPENDIENTES ENTRE SI.
- EXISTENCIA DE UN PROCESO ÚNICO Y ECONÓMICAMENTE
INSEPARABLE (1º párrafo artículo 1º del CM)
convenio sujeto. - Camuzzi Gas del Sur SA CA Nº 58/2010 PETROBRAS
ENERGIA SA CA Nº 14/2011 PETROBRAS ENERGIA SA CA
Nº 1/2012, - INEXISTENCIA DE UN PROCESO ÚNICO Y ECONÓMICAMENTE
INSEPARABLE convenio actividad. COMPAÑÍA DE
TIERRAS DEL SUD ARGENTINO SA STJ 15/04/2009
6ATRIBUCIÓN DE INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES TIPOS DE OPERACIONES
- OPERACIONES ENTRE PRESENTES
- INGRESOS BRUTOS SE ATRIBUYEN A CADA JURISDICCIÓN
- EN LA QUE EXISTAN
- SUCURSALES, AGENCIAS U OTROS ESTABLECIMIENTOS
SIMILARES. - EN LAS QUE ACTÚEN
- CORREDORES, COMISIONISTAS, MANDATARIOS,
VIAJANTES O CONSIGNATARIOS, ETC, CON O SIN
RELACIÓN DE DEPENDENCIA. - OPERACIONES ENTRE AUSENTES
- OPERACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 1º
DEL CM - OPERACIONES REALIZADAS POR CUALQUIER MEDIO
- CORRESPONDENCIA, TELÉFONO, INTERNET, ETC.
- SE ATRIBUYEN AL DOMICILIO DEL ADQUIRENTE.
7ATRIBUCIÓN DE INGRESOS A LAS DISTINTAS
JURISDICCIONES TIPOS DE OPERACIONES
- OPERACIONES ENTRE PRESENTES
- LUGAR DE CONCERTACIÓN
- EIROA SA CA Nº 23/2001
- LUGAR DE ENTREGA
- ALFACAR SA CA Nº 29/2008
- LABORATORIOS LABBEY SA CA Nº 41/2010
- ENTRE AUSENTES PERO DE TRACTO SUCESIVO
- NIDERA SA CA Nº 12/2010,
- OPERACIONES ENTRE AUSENTES
- ESPÓRÁDICAS.
- NIDERA SA CA Nº 12/2010
- DOMICILIO DEL ADQUIRENTE (desde donde se hace el
pedido) - HONDA MOTOR ARGENTINA SA CA Nº 52/2008,
- MARÍTIMA CHALLACO SA CA Nº 12/2001 Y CP Nº
15/2001, - BASF ARGENTINA SA CA Nº 3/2000 Y CP Nº 12/2000,
- DOMICILIO DEL ADQUIRENTE LUGAR DE ENTREGA (donde
se entrega la mercadería) - MARÍTIMA CHALLACO SA CP Nº 12/2000
- ESTISOL SA CA Nº 38/2010,
- SIDERCA SA CA Nº 6/1996,