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Organizaci

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Psicomotricidad, Educaci n f sica, M sica, Pl stica, Actividades pr cticas Equipo t cnico Trabajadora social Psic logos Psicopedagogos Fonoaudi logos . – PowerPoint PPT presentation

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Title: Organizaci


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Organización Escolar
  • Rol del Kinesiólogo en Educación Especial
  • 2013
  • Lic. Claudia Cansler

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Educación y derechos
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Convención sobre los Derechos del Niño. ONU. (
1989)
  • Art. 28 los Estados Partes reconocen el derecho
    del niño a la educación...............los Estados
    deberán implantar un sistema de enseñanza
    primaria obligatoria y gratuita, fomentar el
    desarrollo de la enseñanza secundaria, asegurarse
    de que todos tengan acceso a ella y tomar medidas
    para permitir la asistencia regular a la escuela.
  • Art. 2 se refiere a la no discriminación de los
    niños con discapacidad.
  • Art. 23, consagrado por completo a este mismo
    asunto
  • Los Estados Partes reconocen que el niño
    mental o físicamente impedido deberá disfrutar de
    una vida plena y decente en condiciones que
    aseguren su dignidad, le permitan llegar a
    valerse por sí mismo y faciliten la participación
    activa del menor en la comunidad.

4
La Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad (2006)
  • Derecho a la educación
  • Los Estados Partes reconocen el derecho de
    las personas con discapacidad a la educación. Con
    miras a hacer efectivo este derecho sin
    discriminación y sobre la base de la igualdad de
    oportunidades, los Estados Partes asegurarán un
    sistema de educación inclusiva a todos los
    niveles así como la enseñanza a lo largo de la
    vida, ...
  • Los Estados Partes deben velar por que
  • Los niños con discapacidad no queden excluidos de
    la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni
    de la enseñanza secundaria
  • Los adultos con discapacidad tengan acceso
    general a educación terciaria, la formación
    profesional, educación de adultos y el
    aprendizaje permanente
  • Las personas con discapacidad reciben el apoyo
    necesario, dentro del sistema general de
    educación, para facilitar su formación efectiva.

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Se estima que los Estados Partes deben adoptar
medidas apropiadas, tales como
  • apoyar el aprendizaje del Braille, la escritura
    alternativa, aumentativos y alternativos de
    modos, medios y formatos de comunicación y
    habilidades de orientación y movilidad, y
    facilitar el apoyo entre pares y la tutoría
  • apoyar el aprendizaje de la lengua de señas y la
    promoción de la identidad lingüística de las
    personas sordas
  • defendiendo que la educación de las personas,
    especialmente niños, que son ciegos y / o sordos,
    se entrega en la mayoría de los idiomas
    apropiados y medios de comunicación para el
    individuo, y
  • que emplean a los maestros, incluidos maestros
    con discapacidad, que estén cualificados en
    lengua de señas o Braille y para formar a los
    profesionales de la educación y la concienciación
    del personal acerca de la discapacidad, el uso de
    aumentativos y alternativos de los modos y
    formatos de comunicación y técnicas educativas y
    materiales para apoyar a las personas con
    discapacidad.

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Legislación Argentina
  • Constitución nacional
  • Art. 5- Cada provincia dictará para sí una
    Constitución bajo el sistema representativo
    republicano, de acuerdo con los principios,
    declaraciones y garantías de la Constitución
    Nacional y que asegure su administración de
    justicia, su régimen municipal, y la educación
    primaria. Bajo de estas condiciones, el Gobierno
    federal, garante a cada provincia el goce y
    ejercicio de sus instituciones.
  • Art. 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan
    de los siguientes derechos conforme a las leyes
    que reglamenten su ejercicio a saber de
    trabajar y ejercer toda industria lícita de
    navegar y comerciar de peticionar a las
    autoridades de entrar, permanecer, transitar y
    salir del territorio argentino de publicar sus
    ideas por la prensa sin censura previa de usar y
    disponer de su propiedad de asociarse con fines
    útiles de profesar libremente su culto de
    enseñar y aprender.

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Ley 26.061
  • DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS
    NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
  • Promulgada el 26 de octubre de 2005, crea un
    sistema de protección de los derechos de todos
    los niños, niñas y adolescentes del país, en cuya
    base se encuentra el conjunto de políticas
    públicas básicas y universales para el pleno
    desarrollo de los chicos en todas las áreas
    educación, salud, cultura, recreación,
    participación ciudadana, etc. y define las
    responsabilidades de la familia, la sociedad y el
    Estado en relación con esos derechos

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Ley N 26206 Ley de Educación Nacional
(14/12/2006)
  • Entre los distintos fines y objetivos de la
    política educativa nacional se destaca el de
    garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a
    los derechos de los/as niños/as y adolescentes
    establecidos en la Ley N 26.061. Acorde a ello
    la nueva Ley de Educación Nacional establece la
    OBLIGATORIEDAD de extender la escolaridad desde
    la edad de cinco (5) años hasta la finalización
    del nivel de la Educación Secundaria en todo el
    Territorio Nacional.

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CAPÍTULO VIII EDUCACIÓN ESPECIAL
  • ART 42.- La Educación Especial es la modalidad
    del sistema educativo destinada a asegurar el
    derecho a la educación de las personas con
    discapacidades, temporales o permanentes, en
    todos los niveles y modalidades del Sistema
    Educativo. La Educación Especial se rige por el
    principio de inclusión educativa, de acuerdo con
    el inciso n) del artículo 11 de esta ley. La
    Educación Especial brinda atención educativa en
    todas aquellas problemáticas específicas que no
    puedan ser abordadas por la educación común. El
    Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en
    acuerdo con el Consejo Federal de Educación,
    garantizará la integración de los/as alumnos/as
    con discapacidades en todos los niveles y
    modalidades según las posibilidades de cada
    persona.

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  • ART. 43.- Las Provincias y la Ciudad Autónoma de
    Buenos Aires, en el marco de la articulación de
    niveles de gestión y funciones de los organismos
    competentes para la aplicación de la Ley N
    26.061, establecerán los procedimientos y
    recursos correspondientes para identificar
    tempranamente las necesidades educativas
    derivadas de la discapacidad o de trastornos en
    el desarrollo, con el objeto de darles la
    atención interdisciplinaria y educativa para
    lograr su inclusión desde el Nivel Inicial.

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  • ART. 44.- Con el propósito de asegurar el derecho
    a la educación, la integración escolar y
    favorecer la inserción social de las personas con
    discapacidades, temporales o permanentes, las
    autoridades jurisdiccionales dispondrán las
    medidas necesarias para
  • a) Posibilitar una trayectoria educativa integral
    que permita el acceso a los saberes tecnológicos,
    artísticos y culturales.
  • b) CONTAR CON EL PERSONAL ESPECIALIZADO
    SUFICIENTE QUE TRABAJE EN EQUIPO CON LOS/AS
    DOCENTES DE LA ESCUELA COMÚN.
  • c) Asegurar la cobertura de los servicios
    educativos especiales, el transporte, los
    recursos técnicos y materiales necesarios para el
    desarrollo del currículo escolar.
  • d) Propiciar alternativas de continuidad para su
    formación a lo largo de toda la vida.
  • e) GARANTIZAR LA ACCESIBILIDAD FÍSICA DE TODOS
    LOS EDIFICIOS ESCOLARES.

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  • ART. 45.- El Ministerio de Educación, Ciencia y
    Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de
    Educación, creará las instancias institucionales
    y técnicas necesarias para la orientación de la
    trayectoria escolar más adecuada de los/as
    alumnos/as con discapacidades, temporales o
    permanentes, en todos los niveles de la enseñanza
    obligatoria, así como también las normas que
    regirán los procesos de evaluación y
    certificación escolar. Asimismo, participarán en
    mecanismos de articulación entre ministerios y
    otros organismos del Estado que atienden a
    personas con discapacidades, temporales o
    permanentes, para garantizar un servicio
    eficiente y de mayor calidad

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(No Transcript)
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Secretaría de Educación. Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
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Orientación educativa
  • Gabinetes Centrales orientar la trayectoria
    escolar de niños/as, y jóvenes con discapacidad,
    o algún tipo de restricción conductual o
    cognitiva, a fin de definir la modalidad escolar
    más adecuada. Gabinete Central Zona I , II ,
    III  y IV 
  • Centros Educativos para la Prevención y Atención
    de la Primera Infancia (CEPAPI) detectar y
    atender a niños/as de 0 a 5 años con discapacidad
    o alguna restricción motora, sensorial,
    conductual o cognitiva en sectores poblacionales
    en situación de riesgo socio ambiental que
    requieren de apoyos específicos para su inserción
    o reinserción en el sistema educativo. CEPAPI I
    al VII
  • Los equipos se conformaron por docentes
    profesionales (Psicólogas, Psicopedagogas,Fonoaudi
    ólogas, Psicomotricistas, T. Sociales, Esp. en
    Estimulación Temprana) No tienen kinesiólogos.
  • Equipo de Contención Docente equipo de
    profesionales psicólogos de la Dirección de
    Educación Especial que atienden las demandas de
    docentes en escuelas que atraviesan situaciones
    conflictivas y de crisis.

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Integración escolar
  • Implica la posibilidad de inserción educativa en
    la escuela común de los niños/as con discapacidad
    o restricciones cognitivas, conductuales,
    sensoriales o motoras.
  • Se plantea como un compromiso conjunto y una
    tarea en colaboración con actores de otras áreas.
  • La Dirección de Educación Especial gestiona y
    coordina dispositivos que se constituyen en
    recursos para hacer posible la inclusión de
    nuestros alumnos/as.

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(No Transcript)
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Dispositivos para la integración
  • Maestro/a de Apoyo Pedagógico
  • Maestro/a de Apoyo a la Integración
  • Maestro/a de Apoyo Psicológico (MAP) 
  • Maestro/a Psicólogo/a Orientador/a (MPO)- CENTES
  • Asistentes Celadores para alumnos con
    Discapacidad Motora (ACDM)
  • Acompañante personal no docente (Febrero 2013)

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Instituciones Educativas
  • Escuelas de Recuperación 6-14 años.
    Dificultades de aprendizaje. Transitorio.
    Coordinan Maestros de Apoyo Pedagógico.
  • Centros Educativos de Recursos Interdisciplinarios
    (C.E.R.I.) Coordinan Maestros/as de Apoyo
    Pedagógico escuelas comunes primario, y de
    inicial. Orientadas a evitar el fracaso escolar y
    la deserción en la escuela común.
  • Escuelas Domiciliaria domicilios particulares,
    hospitales, hoteles, pensiones y hogares. Todos
    los niveles.(común, especial u otras). No menos
    de 20 días, para casos temporales.
  • Escuelas Hospitalarias Brindan atención educativa
    en los niveles inicial y primario a niños/as y
    adolescentes que se encuentren internados/as por
    más de 15 días en los Hospitales Dr. Ricardo
    Gutiérrez, Dr. Juan Garrahan o Dr. Pedro Elizalde
  • Escuelas para la Atención de Alumnos con
    Trastornos Emocionales Severos (CENTES) de 4 a 26
    años, con problemáticas emocionales severas que
    requieren la elaboración de un dispositivo
    especial para la construcción de los aprendizajes
    y para su socialización. Maestros/as
    Psicólogos/as Orientadores/as (MPO)
  • Escuelas de Educación Especial

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(No Transcript)
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Educación Especial
  • Nivel inicial y primario 45 días a 15 años.
    Discapacidades sensoriales, motoras o
    intelectuales
  • Formación Laboral de 14 a 30 años. Educativo y
    especialidades arte, gastronomía, informática,
    construcciones, entre otras.
  • Proyectos para graduados de 30 a 35 años
  • Proyecto de educación permanente para adultos/as
    mayores de 30 años sin límite de edad.
  • Pasantías laborales para alumnos/as, que sirven
    como capacitación en espacios de trabajo.
  • Discapacidades sensoriales (ceguera, disminución
    visual, sordera e hipoacusia), atención educativa
    de nivel primario para jóvenes y adultos sin
    límite de edad.
  • Integración escolar Maestros/as de Apoyo a la
    Integración y Equipos interdisciplinarios que
    organizan diversas configuraciones de apoyo para
    niños/as, adolescentes, jóvenes y adultos/as con
    discapacidad. Todos los niveles y modalidades.

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(No Transcript)
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Rol del KinesiólogoMaestro/a Especial de
Psicomotricidad
  • Evaluar el desarrollo psicomotor del niño, joven
    o adulto y sus capacidades funcionales
  • Realizar el abordaje Kinésico-psicomotor
  • - individual
  • - grupal
  • Asesorar/Orientar a docentes. Interconsultas con
    profesionales
  • Planificar conjuntamente con los docentes del
    grupo o desarrollar actividades relacionadas con
    la planificación docente.
  • Participar en el proceso de integración (intra o
    interistitucional)
  • Elaborar adaptaciones curriculares (aula)
  • Integrar/visitar escuelas comunes
  • Asesorar a padres sobre la continuidad de los
    tratamientos.
  • Participar y evaluar el Proyecto Educativo ( P.E)

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Nivel inicialGabinete Materno Infantil
  • Niños de 45 días a 5 años
  • Estimulación temprana 0-3 años
  • Psicopedagogía inicial 4-5 años
  • Abordaje kinésico-psicomotor individual
  • Interconsulta
  • Integración

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(No Transcript)
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Nivel primario
  • Niños de 6 a 14/15 años
  • Abordaje kinésico-psicomotor grupal o individual
  • Varía según la modalidad de la escuela
  • Sensoriales Auditivos
  • Visuales
  • Motores
  • Mentales
  • Emocionales
  • Integración

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Grupo escolar. Mentales
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(No Transcript)
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Grupo escolar. Motores
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Multi déficit
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Adaptaciones
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Sensoriales
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Formación laboral
  • Adolescentes/jóvenes de 15 a 30 años
  • Abordaje kinésico-psicomotor grupal o individual.
  • Varía según la modalidad sensoriales, motores,
    mentales.
  • Participación activa en talleres

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Formación Laboral. Mentales
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Pensemos juntos
  • Puede vestirse solo?
  • Sostiene objetos con ambas manos?
  • Traslada objetos de un sitio a otro con
    precisión?
  • Tiene conservación de cantidad, de sustancia?
  • .........

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(No Transcript)
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Taller de cocina
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(No Transcript)
39
Taller de Artesanías
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(No Transcript)
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Taller de Huerta Orgánica
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Taller de informática
  • Adaptaciones
  • Mouse, pantalla, asientos
  • Puede seguir visualemente el desplazamiento del
    cursor?
  • Clickear el mouse?
  • ..........

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(No Transcript)
44
Gracias!
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