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FACULTAD DE DERECHO

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En este caso nos encontramos ante un arbitraje econ mico El arbitraje jur dico laboral debe tener limitaciones en cuanto a la forma de su concertaci n. – PowerPoint PPT presentation

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Title: FACULTAD DE DERECHO


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  • FACULTAD DE DERECHO
  • CURSO
  • DERECHO PROCESAL DE TRABAJO
  • PROFESOR Dr. Fernando Elías Mantero

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PROFESOR DEL CURSO
  • Dr. Fernando Elías Mantero
  • Abogado (Universidad de San Marcos 1963)
  • Doctor en Derecho (Universidad de San Marcos
    1973)
  • Profesor Principal de la USMP desde 1971 en los
    cursos de Derecho Individual, Colectivo y
    Procesal de Trabajo
  • Profesor de la Sección de Posgrado en el Área
    Laboral
  • Director fundador de la Revista Actualidad
    Laboral (1975)
  • Autor de diversos libros en materia laboral
  • Miembro Honorario de la Sociedad Peruana de
    Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
    desde su fundación.

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AYUDANTE DE CATEDRA
  • Pettit Ostos Meza
  • Abogada USMP
  • Estudios de Maestría en Derecho del Trabajo USMP.
  • Funcionaria del Ministerio de Trabajo y PE

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Objetivo del curso Ideas Centrales
  • El propósito del curso es exponer los grandes
    lineamientos para la tramitación de las
    reclamaciones laborales.
  • El derecho procesal es un derecho dinámico en
    movimiento que tiene una finalidad preventiva,
    frente al derecho sustantivo que es
    fundamentalmente estático y preventivo.
  • El abogado litigante tiene un perfil especial de
    contenido sicológico, intelectual y de
    personalidad. Estas características son más
    necesarias a partir de la entrada en vigencia de
    la Nueva Ley Procesal de Trabajo.

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OBJETIVO DEL CURSO
  • El curso sienta las bases de preparación para la
    litigación (especialmente la oral) , pero
    recuerden

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RECUERDEN
  • SOLO SE APRENDE A LITIGAR..
  • LITIGANDO
  • En el caso de los estudiantes de derecho
    observando como se litiga.

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IMPORTANCIA DEL MOMENTO PROCESAL ACTUAL
  • ESTAMOS PRESENCIANDO EL CAMBIO DE MODELO DE
    LITIGACION DEJANDO UN ESQUEMA DE RAICES ESCRITAS
    POR UN SISTEMA DE LITIGACION ORAL.
  • EL ABOGADO MODERNO REQUIERE DE NUEVOS
    CONOCIMIENTOS, HABILIDADES, APTITUDES Y TECNICAS.
    La litigación oral requiere entrenamiento
    permanente y continuo
  • A COMENZAR..

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TEMARIO DE LA PRIMERA CLASE Introducción al
Derecho Procesal de Trabajo.Visión de un sistema
de solución de conflictos laborales
  • Ubicación del Derecho Procesal del Trabajo dentro
    del espectro de las disciplinas jurídicas Y
    vinculación con el derecho sustantivo del
    trabajo.
  • La controversia laboral diferencia entre los
    conflictos jurídicos (de aplicación) o económicos
    (de revisión)
  • Concepto de controversia Análisis general de
    los mecanismos relacionados con la solución de
    controversias. Visión panorámica de la forma
    como se plantean y solucionan los conflictos
    laborales en el Perú. Visión panorámica de la vía
    administrativa, judicial y arbitral en el
    planteamiento y solución de los conflictos
    laborales. El conflicto laboral colectivo.

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DERECHO DEL TRABAJOCómo está dividido?
  • Derecho Individual de Trabajo.
  • Derecho Colectivo de Trabajo
  • Derecho Procesal de Trabajo
  • EXISTE RELACION ENTRE LAS TRES RAMAS DOS DE LAS
    CUALES CONFLUYEN ( SE APLICAN) EN EL DERECHO
    PROCESAL DE TRABAJO

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DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
  • 1) La relación entre los sujetos es desigual
  • 2) Como consecuencia de ello el punto de partida
    es la desigualdad tendencia a igual lo que
    determina su CARÁCTER PROTECTOR.
  • 3) Se persigue eliminar la desigualdad a través
    de la legislación
  • Es un derecho eminentemente legal.
  • POR QUÉ SON IMPORTANTES ESTAS REFLEXIONES?

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DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
  • 1.- El punto de partida es la igualdad de las
    partes ( Sindicatos, pliegos de reclamos etc)
  • 2.- No hay necesidad de establecer muchos
    mecanismos de protección los proporciona el
    carácter colectivo de los sujetos.
  • 3.- Es un derecho fundamentalmente contractual
    más que legal.
  • 4.- Las normas de derecho colectivo son
    fundamentalmente instrumentales.

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DERECHO PROCESAL
  • 1.- Es un derecho instrumental vía de aplicación
    de los derechos sustantivos.
  • 2.- En el confluye tanto el derecho individual
    como colectivo de trabajo.
  • 3.- Se sustenta en la autonomía del derecho
    sustantivo ( individual y colectivo).
  • 4.- Como derecho sirviente está hecho para
    facilitar los objetivos del individual y
    colectivo.
  • En el proceso laboral se presenta la necesidad de
    aplicar los principios del derecho individual y
    colectivo de trabajo y sobre todo los derechos
    constitucionales referidos al trabajo.

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Ejemplos de aplicación
  • 1.- El Juez Laboral tiene que cuidar que el
    trabajador no renuncie a derechos laborales.
  • 2.- El Juez laboral interviene para aprobar
    ciertos actos de disposición de derechos por
    parte del trabajador
  • Limitación en el uso de ciertas formas de
    solución de las controversias laborales (el
    arbitraje)
  • CASO DEL DESISTIMIENTO Y DIFERENCIA DE SU
    APLICACIÓN EN LO CIVIL Y LABORAL.
  • Tiene el trabajador plena libertad para
    desistirse de la acción, de la pretensión o de un
    medio impugnatorio?

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PORQUE EXISTE EL DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO?
  • Es una disciplina de aplicación (derecho
    sirviente).
  • Tiene que estar hecho a imagen y semejanza de
    las disciplinas que sirve.
  • Porque otras disciplinas procesales no son
    compatibles para cumplir con los fines que se
    impone el Derecho del Trabajo.
  • NO SE NOS OCURRIRIA TRAMITAR UN RECLAMO LABORAL
    CON UN PROCESO CIVIL.

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Disciplinas relacionadas con el Derecho Procesal
de Trabajo.
  • Derecho Procesal Civil
  • Derecho Administrativo.
  • Normas de solución alternativa de conflictos
  • Derecho Individual de Trabajo.
  • Derecho Colectivo de Trabajo
  • Ley Orgánica del Poder Judicial.
  • DERECHO CONSTITUCIONAL

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DE LA MISMA MANERA QUE EL MEDICO CONVIVE CON LA
ENFERMEDAD,EL ABOGADO TAMBIEN DEBE HACERLO CON
RESPECTO AL CONFLICTO PARA SER TECNICO EN LA
SOLUCION DEL MISMO.
  • EL DERECHO PROCESAL ESTA VINCULADO AL CONCEPTO DE
    CONFLICTO O CONTROVERSIA

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NOCION DE CONTROVERSIA
  • DICCIONARIO Discusión larga y reiterada entre
    dos personas.
  • La existencia de controversias obliga a la
    sociedad a la creación de mecanismos para su
    solución.
  • El abogado debe ser considerado como un experto
    en la solución de conflictos y no un promotor de
    conflictos (picapleitos)

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Conflicto ACEPCIONES DEL RAE
  • 1. (Del lat. conflictus. ) m. Combate, lucha,
    pelea. Ú. t. en sent. fig.
  • 2. Enfrentamiento armado.
  • 3. fig. Apuro, situación desgraciada y de difícil
    salida.
  • 4. fig. Problema, cuestión, materia de discusión.
  • 6. Psicol. Coexistencia de tendencias
    contradictorias en el individuo, capaces de
    generar angustia y trastornos neuróticos.
  • Colectivo. El de orden laboral, que enfrenta a
    trabajadores y empresarios.

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EL CONFLICTO Y LA NATURALEZA HUMANA
  • EXISTEN DIVEROS TIPOS DE CONFLICTOS.
  • EL ABOGADO ES TECNICO EN SOLUCION DE CONFLICTOS
    JURIDICOS.
  • LOS CONFLICTOS SON ENFRENTADOS POR DIVERSOS
    PROFESIONALES

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Características del conflicto laboral
  • a.- Existencia de un conflicto de posiciones
    entre los sujetos de la relación laboral lo que
    uno paga de menos le significa mayor beneficio.
    El trabajador quiere trabajar lo menos que pueda
    y ganar lo más que puede. Lo contrario sucede por
    parte del empleador.
  • b.- El conflicto tiene un contenido eminentemente
    economico y de subsistencia no sólo para el
    trabajador sino también para su familia
  • c.- La continuidad de la relación laboral conduce
    a un ejercicio permanente de conciliación

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MECANISMOS PARA LA SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS
  • NEGOCIACION DIRECTA
  • NEGOCIACION ASISTIDA
  • SISTEMA DE CONCILIACION
  • SISTEMA ARBITRAL
  • SISTEMA ESTATAL
  • a) mecanismos administrativos
  • b) mecanismos judiciales

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Evolución de los sistemas de solución de
conflictos
  • Inicialmente no existían mecanismos
    especializados para la solución de conflictos
    laborales.
  • Con la promulgación de la Ley 4916 se instituye
    el arbitraje como instrumento obligatorio de
    solución de los conflictos laborales.(fundamento
    Constitución 1920)
  • Posteriormente por Ley 6871 se crean Juzgados de
    Trabajo en sustitución del arbitraje.
  • Durante muchos años el Ministerio de Trabajo
    asumió un rol fundamental en la solución de
    conflictos de trabajo.
  • Hoy en día hay hegemonía judicial en la solución
    de los conflictos de trabajo.

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Evolución de los sistemas de solución de
conflictos en el Perú
  • Comienza la solución de conflictos laborales en
    la vía administrativa.
  • a) antes de la creación del Ministerio de Trabajo
    (1948)
  • b) Después de la creación del Ministerio de
    Trabajo.
  • Fuero Privativo de Trabajo
  • Poder Judicial.

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Evolución de los sistemas de solución de
conflictos en el Perú.
  • Tendencia a trasladar la solución de los
    conflictos laborales a la vía judicial.
  • SITUACION ACTUAL
  • A) Tendencia a que los problemas sean resueltos
    en la vía judicial.
  • B) En materia de negociación colectiva a que sean
    resueltos por arbitraje.
  • C) El procedimiento de Inspección como sistema
    para solucionar prontamente conflictos laborales.

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Evolución de los sistemas de solución de
conflictos en el Perú
  • Conflictos que se solucionan en la vía judicial
  • a.- Vía judicial laboral (Juez de Trabajo)
  • b.- Otras vías judiciales (Via Constitucional)
  • Conflictos que se solucionan en la vía arbitral.
  • a) arbitraje jurídico
  • b) arbitraje económico
  • Conflictos que se solucionan en la vía
    administrativa. (Procedimiento de Inspección)
  • Relatividad de la vía arbitral en la solución de
    conflictos laborales individuales.

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CONFLICTOS LABORALES
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Relacionamiento entre los diversos medios de
solución de los conflictos laborales.(I)
  • 1.- Los procedimientos seguidos ante la
    Administración de Trabajo pueden ser objeto de
  • a) Acciones contencioso administrativas.
  • b) Procesos de amparo por afectación de derechos
    constitucionales.
  • 2.- Los procedimientos económicos desarrollados
    por vía de arbitraje pueden ser objeto de
    impugnación ante el Poder Judicial a través del
    procedimiento señalado en la LPT. También podrían
    ser cuestionados por vía de proceso
    constitucional si se diera el caso.

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Relacionamiento entre los diversos medios
de solución de los conflictos laborales.cionamient
o entre los diversos (II)
  • Los pronunciamientos judiciales son susceptiles
    de cuestionamiento en la vía constitucional a
    través del proceso de amparo cuando en ellos se
    afectan derechos constitucionales.
  • (Caso en que se declaró fundada una demanda de
    amparo contra la decisión de una Sala Laboral
    declarando fundada excepción de prescripción
    cuando ella no procedía)

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Clases de Conflictos Laborales
  • JURIDICOS O DE APLICACION
  • Aquéllos que persiguen el cumplimiento de una
    norma legal o contractual existente.
  • ECONOMICOS O DE REVISION

Aquéllos que persiguen La generación de una
obligación Que será de aplicación al grupo De
trabajadores. (Negociación Colectiva) Después de
generada una obligación, en caso de
incumplimiento puede generar un conflicto de
aplicación.
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Temas de REFLEXION PARA LOS ALUMNOS CON RESPECTO
AL TEMA
  • De que manera se expresa la vinculación
    existente entre el derecho sustantivo y procesal
    de trabajo? 
  • Ventajas y desventajas de cada uno de los
    mecanismos existentes para la solución de los
    problemas laborales?
  • Criterios para establecer el mejor mecanismo
    para la solución de cada tipo de conflicto
    laboral?
  • Existen mecanismos para agilizar la solución de
    los conflictos laborales? 
  • Cuáles son las principales características de
    cada uno de los mencionados sistemas?

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REPASO
  • El concepto de controversia está íntimamente
    vinculada a la actividad del abogado.
  • El abogado actúa de dos maneras frente a la
    controversia
  • A) preventivamente creando las condiciones para
    que ella en lo posible en lo posible.
  • B) Tratando de solucionar las controversias de la
    mejor manera.

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MECANISMOS PARA LA SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS
  • NEGOCIACION DIRECTA
  • NEGOCIACION ASISTIDA
  • SISTEMA DE CONCILIACION
  • SISTEMA ARBITRAL
  • SISTEMA ESTATAL
  • a) mecanismos administrativos
  • b) mecanismos judiciales

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SOLUCION CONFLICTOS LABORALES
  • Conflictos que se solucionan en la vía
    administrativa.
  • Conflictos que se solucionan en la vía arbitral.
  • Conflictos que se solucionan en la vía judicial
  • Conflictos que se solucionan en la vía
    constistucional.

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CONFLICTOS
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Características principales vía administrativa
  • 1) Se desarrolla ante el Ministerio de Trabajo.
  • 2) Sus resoluciones son administrativas y por lo
    tanto susceptibles de ser cuestionadas ante el
    Poder Judicial mediante la acción contencioso
    administrativa.
  • 3) Hay cierto grado de influencia política en
    tanto el Ministerio de Trabajo es un órgano del
    Poder Ejecutivo. (Concepto variable de acuerdo
    con quién esta en el Gobierno)
  • 4) Se desarrolla principalmente en funciones de
    inspección y conciliación.

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VIA ARBITRAL principales características
  • Es una vía eminentemente facultativa. Es
    obligatoria a titulo de excepción.
  • Los árbitros son generalmente designados o
    escogidos por las partes.
  • Es una vía que por lo general es más costosa.
  • No obstante ello en algunos casos es conveniente
    por la celeridad de la misma.

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VIA ARBITRAL (I)
  • Es una excepción a la vía judicial y
    administrativa de solución de conflictos
    laborales.
  • Tiene sus ventajas y desventajas
  • Ventaja rapidez en la resolución dedicación
    exclusiva del Tribunal ad hoc
  • Desventajas elevado costo frente a la vía
    judicial
  • Debe ser limitada en materia de relaciones
    individuales de trabajo.

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Vía arbitral II
  • Se utiliza en la negociación colectiva como
    alternativa de la huelga en la solución de
    conflictos laborales.
  • En este caso nos encontramos ante un arbitraje
    económico
  • El arbitraje jurídico laboral debe tener
    limitaciones en cuanto a la forma de su
    concertación.

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Vía arbitral III
  • Artículo 104 de la Ley Procesal de Trabajo
  • Las controversias jurídicas en materia laboral
    pueden ser sometidas a arbitraje, pudiendo las
    partes acogerse a lo dispuesto en la Ley General
    de Arbitraje en lo aplicable u optar por otro
    procedimiento arbitral

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NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO (LEY 29497)
  • SEXTA DISPOSICION COMPLEMENTARIA.- Las
    controversias jurídicas en materia laboral pueden
    ser sometidas a arbitraje, siempre y cuando el
    convenio arbitral se inserte a la conclusión de
    la relación laboral y, adicionalmente, la
    remuneración mensual percibida sea, o haya sido,
    superior a las setenta (70) Unidades de
    Referencia Procesal (URP).

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VIA JUDICIAL
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Característica de la vía judicial
  • Es la expresión del monopolio jurisdiccional del
    Estado.
  • Es una vía menos onerosa que la arbitral.
  • Los jueces son designados por el Estado y por lo
    general el litigante no tiene mayor posibilidad
    de escogerlo o designarlo
  • Es una vía lenta y congestionada.

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Ministerio de Trabajo
  • FUNCIONES
  • INSPECTIVA (Preventiva y fiscalizadora)
  • CONCILIADORA Promotor de soluciones
  • ASESORA De orientación para la mejor aplicación
    de las normas legales, evitando los conflictos
    laborales.


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MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO.
  • Interviene en los conflictos laborales en vía
    preventiva y conciliatoria.
  • La vía preventiva se desarrolla a través de los
    servicios de inspección de trabajo.
  • La vía conciliatoria es a través de los servicios
    y mecanismos de conciliación.
  • Tiene un rol importante en los temas de HIGIENE y
    SEGURIDAD OCUPACIONAL
  • Tiene un rol secundario en asuntos de negociación
    colectiva.

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FUNCION PREVENTIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO
  • SERVICIOS DE INSPECCION
  • Qué es la Inspección de Trabajo?
  • Cómo se desarrolla la inspección de trabajo.
  • Usos prácticos de los servicios de inspección de
    trabajo.
  • SERVICIOS DE CONCILIACION
  • Cuál es la finalidad de los servicios de
    conciliación?
  • Son eficaces los servicios de conciliación?

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INTERVENCION DEL MINISTERIO DE TRABAJO EN LA
NEGOCIACION COLECTIVA
  • Como regla general no tiene facultades
    trascendentales en temas de negociación
    colectiva.
  • Abre el expediente de negociación colectiva.
  • Toma conocimiento de los convenios colectivos.
  • Designa Presidentes de Tribunales Arbítrales en
    algunos casos.

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Trabajo práctico Fecha 26 de MARZO
  • 1.- Qué señala la jurisprudencia con respecto al
    arbitraje laboral?
  • 2.-Lo permite de manera irrestricta?
  • 3.-Existen limitaciones para su aplicación?
  • 4.- De que manera puede perjudicar al trabajador
    la posibilidad de pactar un arbitaje obligatorio
    para la solución de conflictos laborales?
  • 5.- Ventajas que ofrece el arbitraje para
    solucionar controversias originadas por
    diferencias interpretativas en el convenio
    colectivo de trabajo.?

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PROBLEMAS EN EL ARBITRAJE
  • Que sucede cuando el empleador coloca en el
    contrato de trabajo escrito una cláusula por la
    cual toda controversia laboral deba ser resuelta
    obligatoriamente en la vía judicial?
  • De que manera podría esta situación perjudicar
    al trabajador?
  • Que solución se podría dar legislativamente para
    solucionar una situación como la señalada?
  • Cuál es el tratamiento del arbitraje en la Ley
    26636?
  • Cuál es la posición actual de la jurisprudencia
    con respecto al arbitraje?
  • Que dice la Nueva Ley Procesal de Trabajo con
    respecto al arbitraje?
  • (3 páginas como máximo)
  • IDEAS ORIGINALE NO COPIA DE INTERNET

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APOYO DIDACTICO
  • Página WEB www.revista-actualidadlaboral.com
  • (normas legales, artículos y material de interés,
    formatos)
  • Correo electrónico
  • derlaboral1_at_gmail.com
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