Title: ETICA EN EL SERVICIO PUBLICO Mauricio Merino CIDE.
1El Servicio Profesional de Carrera y la Nueva
Función Pública
2Retos y oportunidades del SPC desde la visión
normativa
3Retos y Oportunidades
En esta presentación veremos
- Por qué es importante el SPC y su impacto desde
el punto de vista normativo. - Qué áreas de oportunidad podemos identificar
desde el punto de vista normativo. - Conclusiones.
4Retos y Oportunidades
- Por qué es importante el SPC y su impacto
normativo. - Los valores de imparcialidad, mérito, lealtad,
eficiencia y responsabilidad son propios de la
convivencia social. La gobernabilidad depende de
la calidad del sistema institucional y de las
capacidades de gobernación de los actores
sociales (Prats I Catala). - En la transición democrática mexicana el servicio
profesional de carrera es un paso necesario e
ineludible para fortalecer las instituciones y
organizaciones públicas.
5Retos y Oportunidades
Por qué es importante el SPC y su impacto
normativo.
- Las nuevas condiciones democráticas y el
debilitamiento del presidencialismo constituyen
factores decisivos para superar la subcultura de
las lealtades personales e implantar una cultura
de lealtad institucional. - Establecer nuevas condiciones jurídicas para
regular las relaciones del Estado con los
servidores públicos. - Generar las condiciones administrativas que
orienten el servicio público a resultados en una
cultura de eficiencia, transparencia y desarrollo
profesional.
6Retos y Oportunidades
Por qué es importante el SPC y su impacto
normativo.
De conformidad con el artículo 1o de la LSPC,
ésta tiene por objeto establecer las bases para
la organización, funcionamiento y desarrollo del
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en las
dependencias de la Administración Pública Federal
Centralizada. La Ley concibe al servicio
profesional como un Sistema, que será dirigido
por la Secretaría de la Función Pública y cuya
operación correrá a cargo de las dependencias de
la APF. El Sistema es un mecanismo para
garantizar la igualdad de oportunidades en el
acceso a la función pública con base en el
mérito.
7Retos y Oportunidades
- Por qué es importante el SPC y su impacto
normativo. - La expedición de la LSPC complementada con su
Reglamento representa la instauración de un nuevo
régimen jurídico para los servidores públicos en
México. - De acuerdo a la fracción XIV, del apartado B, del
artículo 123 constitucional los trabajadores de
confianza sólo gozarán de las medidas de
protección al salario y de los beneficios de la
seguridad social, mas no de estabilidad en el
empleo. - La LSPC es el primer ordenamiento jurídico que le
reconoce a un tipo de trabajadores de confianza
que serán los servidores públicos de carrera,
derechos fundamentales de carácter laboral tales
como estabilidad en el servicio, así como a
recibir una indemnización cuando hayan sido
despedidos de manera injustificada.
8- Por qué es importante el SPC y su impacto
normativo - Los trabajadores a los que se les reconocen
derechos son los servidores públicos de carrera,
es decir aquéllos que hayan obtenido su
nombramiento cumpliendo los requisitos que al
efecto establecen la Ley y el Reglamento del
Servicio Profesional de Carrera. - La ley no otorga a estos servidores públicos
inamovilidad como a los trabajadores de base,
sino que les da permanencia sujeta a su
desempeño. - Este concepto implica que si un servidor público
de carrera no cumple con las obligaciones
establecidas en el artículo 11 de la LSPC no
tiene un desempeño eficiente no aprueba sus
evaluaciones o no certifica las capacidades
necesarias para su permanencia, entonces puede
ser separado de manera justificada.
9- Por qué es importante el SPC y su impacto
normativo. - Esto nos lleva al problema de dilucidar la
naturaleza jurídica de la LSPC. - La primera impresión que se tiene al leer el
dictamen de la LSPC es de que trata de una norma
administrativa y no laboral, ya que no se funda
en el artículo 123 constitucional. - Sin embargo al analizar la Ley, la cual remite a
normas, instancias y procedimientos laborales se
concluye que desborda el carácter administrativo
y entra a lo plenamente laboral. - Con esto se llenaría en parte, la laguna jurídica
existente en cuanto a la regulación de las
condiciones laborales de los trabajadores de
confianza.
10- Áreas de Oportunidad.
- La implantación del SPC requiere de un marco
normativo que garantice la estabilidad en el
empleo y la posibilidad de una carrera
administrativa a los servidores públicos. Para
ello es necesario reformar el marco normativo
laboral, revisar las estructuras que tienen la
encomienda de su operación, así como la propia
LSPC y su Reglamento. En tal virtud se analizarán
los siguientes aspectos - Diseñar una reforma constitucional para darle
sustento al SPC - La reforma a la Ley Federal de los Trabajadores
al Servicio del Estado - Una propuesta estructural para fortalecer
institucional y orgánicamente el Sistema de
Servicio Profesional de Carrera, y - Revisar la LSPC y su Reglamento para mejorar y
agilizar sus subsistemas y procedimientos.
11- Los elementos que integrarían una reforma
constitucional sobre - esta materia serían a grandes rasgos los
siguientes - Reconocer al Servicio Profesional de Carrera
- Que se considere a los servidores públicos de
carrera, como un tipo de trabajadores de
confianza con características y derechos propios - Que se reconozca a las instituciones y órganos
del Sistema de Servicio Profesional de Carrera - La posibilidad de que las entidades federativas
establezcan sistemas semejantes para sus
servidores públicos. - Blindar jurídicamente el SPC.
12- Resulta evidente que en el artículo 123,
Apartado B de la Constitución Federal no está
contemplado el SPC, ni los servidores públicos de
carrera, ni las instituciones (principios, normas
y órganos) que le dan vida a este sistema. - Para ello, sería conveniente adicionar la
fracción XIV, del artículo 123, para definir a
los servidores públicos de carrera como un grupo
específico dentro de los trabajadores de
confianza, señalar las características
principales de su régimen jurídico, el cual se
regula por una Ley específica así como su
derecho a la permanencia (que no inamovilidad)
sujeta a buen desempeño, capacitación y
certificación de sus capacidades. -
13- En cuanto a las instituciones es conveniente que
se tenga un reconocimiento de los principios que
sustentan el SPC, señaladamente los de mérito e
igualdad de oportunidades. - Así mismo, establecer que el régimen jurídico
laboral de los servidores públicos de carrera se
regulará a través de una norma específica, en
donde además se establecerán los órganos,
subsistemas y procedimientos encargados de su
operación.
14- Es importante que se abra la puerta a que las
entidades federativas desarrollen sus propios
Sistemas de Servicio Profesional, para lo cual es
indispensable señalar los principios e
instituciones mínimas a que deberán sujetarse. - En tal virtud, se podría reformar la fracción
VI, del artículo 116 constitucional, para que se
pudieran expedir leyes que sustentaran sistemas
semejantes, respetando la atribución de las
legislaturas locales para emitir leyes que
regulen las relaciones de trabajo entre los
estados, los municipios y sus trabajadores.
15- El sustento constitucional del SPC se
constituiría en un dique a las tentaciones
políticas que pretendieran abrogar la ley a
través de un proceso legislativo ordinario. Al
consagrarse constitucionalmente se tendría que
seguir el proceso establecido en el artículo 135
constitucional que requiere de una mayoría
calificada en el Congreso de la Unión (las dos
terceras partes de los individuos presentes), así
como la mayoría de las legislaturas estatales. - Si bien la reforma constitucional que diera
sustento al SPC tendría que pasar por este
proceso, una vez establecido, se constituiría en
un blindaje para evitar su abrogación
legislativa.
16- En la propuesta para la reforma de la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado se distinguen tres cuestiones principales - Que se reconozca en esta ley a los servidores
públicos de carrera - Que se establezcan salas específicas en el
Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para
resolver las controversias entre los servidores
públicos de carrera y las dependencias, y - Que se establezca un proceso específico para
resolver estas controversias.
17- La actual Ley Burocrática sólo reconoce a los
trabajadores de base y excluye expresamente a los
de confianza. Con la aparición de la LSPC se hace
necesario que se reconozca en la norma laboral a
los servidores públicos de carrera, como un tipo
especial de trabajadores de confianza que sí
tienen derechos y que deben ser protegidos por
las instituciones correspondientes. - La tradicional clasificación de los trabajadores
al servicio del Estado como de base y confianza
se ha roto y tiene que reconsiderarse.
18- Se debe revisar la actual integración de las
salas del Tribunal Federal de Conciliación y
Arbitraje, ya que su actual conformación no
responde a las necesidades que impone el SPC. - Las salas se integran por tres magistrados, uno
representante del Gobierno, otro por los
sindicatos burocráticos y el tercero designado
por los dos anteriores. Los servidores públicos
de carrera como trabajadores de confianza no
tienen sindicato, por lo tanto serían sometidos a
una jurisdicción inadecuada. - Al respecto, sería conveniente establecer salas
específicas con una integración diferente, con
juzgadores especializados.
19- Sería deseable establecer asimismo un proceso
específico para dirimir las controversias entre
los servidores públicos de carrera y las
dependencias en el Tribunal Federal Burocrático. - Dada las características procesales y su
centralización los juicios son lentos. Al
respecto, se podría diseñar un proceso más ágil,
desconcentrado y expedito que, respetando los
derechos procesales de las partes, le permitiera
al Tribunal Burocrático tramitar y resolver las
controversias en un tiempo más corto.
20- Una propuesta estructural para fortalecer
institucional y orgánicamente el Sistema de
Servicio Profesional de Carrera. - Si bien es un acierto que la operación del SPC
sea desconcentrado en las dependencias de la APF
a través de los Comités de Profesionalización y
de Selección, podría pensarse en una estructura
más eficaz que pudiera fortalecer el SPC. - Al respecto, la doctrina jurídico-administrativa
ha identificado a los Departamentos
Administrativos como órganos de la Administración
Pública Centralizada con funciones técnicas y no
políticas. Las funciones que tienen que ver con
la planeación, regulación y control del SPC, se
podrían encargar a un Departamento que dependiera
directamente del Ejecutivo Federal. Además esta
figura está prevista constitucional y legalmente.
21- Por otra parte, los temas de formación y
certificación de las capacidades de los
servidores públicos de carrera son asuntos
prioritarios para la adecuada operación del SPC.
Es claro que se tiene que diseñar e implementar
políticas para la capacitación, desarrollo y
certificación de dichos servidores. - La existencia de una instancia coordinadora de
estas funciones, que establezca normas, que apoye
a las dependencias en estas tareas y que a la
postre certifique o autorice a las instancias
certificadoras sería un avance importante. - La propuesta es crear un organismo público
descentralizado, con autonomía jurídica,
presupuestal y administrativa para desarrollar
estas funciones y para poder suscribir convenios
con instituciones educativas nacionales y
extranjeras.
22- Revisar la LSPC y su Reglamento para mejorar y
agilizar sus subsistemas y procedimientos. Entre
los aspectos a revisar cabe destacar - Flexibilizar y precisar los procedimientos que se
contemplan en el Subsistema de Ingreso. - Normalizar las capacidades públicas.
- Revisar los procedimientos del Subsistema de
Separación sobre todo el aplicable por
incumplimiento de las obligaciones.
23- Establecer mecanismos de ingreso más ágiles y
flexibles, que respetando los principios de
mérito e igualdad de oportunidades les ofrezca a
las dependencias opciones para ocupar las
vacantes. - Definir algunos aspectos de la selección como el
veto del superior jerárquico estableciendo las
causas válidas para ejercerlo. - Señalar un período de prueba para obtener la
titularidad del nombramiento una vez ganado el
concurso, para todos los puestos y no sólo para
los enlaces. - Establecer un período mínimo de permanencia en
los puestos una vez ganado el concurso, para
evitar el aspirantismo. -
24- Normalizar las capacidades públicas.
- Se hace necesario para dar solidez jurídica a
los procedimientos que involucran la evaluación y
certificación de capacidades, que éstas sean
normalizadas. Esto quiere decir, que a través de
comités especializados se definan sus contenidos,
características y niveles para aplicar a los
diferentes puestos. - La experiencia tanto nacional como internacional
demuestran la necesidad de establecer normas para
las capacidades. Una instancia encargada
específicamente de esta función como lo sería el
organismo público descentralizado propuesto,
apoyaría a la implantación y fortalecimiento del
SPC presidiendo los comités, generando las normas
y dando las bases para su certificación.
25- Revisar los procedimientos del Subsistema de
Separación sobre todo el aplicable por
incumplimiento de las obligaciones que impone la
LSPC (art. 60, fracción IV y 75, fracción IX). - Debido a las imprecisiones de la LSPC, el
Reglamento tuvo que desarrollar tres
procedimientos para la separación de los
servidores públicos de carrera. Normalmente
hubieran sido suficientes dos que resolvieran las
causas de terminación y de rescisión. - Sin embargo, se tuvo que reglamentar uno
específico que es sumamente complejo e involucra
dos procesos uno administrativo y otro laboral,
ya que debe haber una valoración de la Secretaría
de la Función Pública y además la sustanciación
ante el Tribunal Federal de Conciliación y
Arbitraje.
26- Conclusiones.
- La implantación del SPC es un elemento
fundamental para fortalecer la institucionalidad
democrática del país. La transición que vivimos
requiere del desarrollo de instituciones que le
den plena vigencia a la vida democrática y
ciudadana. Una de estas instituciones es el SPC. - Se requiere la institucionalización de un Sistema
que permita seleccionar, inducir, certificar,
capacitar, evaluar y mantener a los buenos
servidores públicos. Este Sistema debe ser
planeado pero flexible orientado a resultados
claro en sus partes y alcances, y sólido
jurídicamente para permitir su adecuada
implantación, control, retroalimentación y mejora.
27- Conclusiones (continuación).
- El identificar con claridad los retos, así como
diseñar adecuadamente las políticas públicas para
enfrentarlos, resulta una labor prioritaria que
permitirá integrar la agenda para resolver la
implantación definitiva del SPC. - Las propuestas que desarrollamos en esta
exposición pretenden fortalecer, blindar y
desarrollar los subsistemas, procedimientos y
herramientas que conforman el SPC, para darle
mayor solidez jurídica y orgánica. - Si bien es cierto, el costo de estas propuestas
puede percibirse como alto, el costo de regresar
al sistema de botín es sin duda mucho mayor. - El clientelismo, el nepotismo y la corrupción que
genera el sistema de botín son males mucho
mayores, que desgastan la gobernabilidad y
cancelan la vigencia de la institucionalidad
democrática.
28- Bibliografía.
- Cedillo Hernández, Miguel Ángel y Martínez Puón,
Rafael. El Servicio Profesional de Carrera como
alternativa de cambio en la Administración
Pública Mexicana, Conclusiones, Inédito, México,
2005. - Guerrero Amparán, Juan Pablo. Trabas y
Oportunidades para el Servicio Civil en un México
Democratizado en Visión Multidimensional del
Servicio Público Profesionalizado. UNAM y Plaza y
Valdés, México, 1999. - Prats, Joan. Servicio Civil y Gobernabilidad
Democrática Revista Iberoamericana de
Administración Pública No. 1 Julio- Diciembre de
1998. Instituto Nacional de Administración
Pública, Madrid, España.