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Title: Sin t


1
MESA AGROFORESTAL SANTAFESINA RED
AGROFORESTAL CHACO ARGENTINA 2do Taller sobre
"Acciones Legales para la Defensa de los
Ecosistemas Agroforestales MARCO JURÍRICO
NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS MÍNIMOS DANIEL
A. SABSAY FUNDAPAZ, INCUPO - Facultad de
Ciencias Forestales UNSE Universidad Nacional
Santiago del Estero 6 de abril del 2004.
2
DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo Principio 1 El hombre tiene el
derecho fundamental a la libertad, la igualdad y
el disfrute de condiciones de vida adecuadas en
un medio de calidad tal que le permita llevar una
vida digna y gozar de bienestar, y tiene la
solemne obligación de proteger y mejorar el medio
para las generaciones presentes y futuras.
3
DECLARACIÓN DE RÍO Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo Principio 10 El mejor modo de tratar
las cuestiones ambientales es con la
participación de todos los ciudadanos
interesados, en el nivel que corresponda. En el
plano nacional, toda persona deberá tener acceso
adecuado a la información sobre el medio ambiente
de que dispongan las autoridades públicas,
incluida la información sobre los materiales y
las actividades que encierran peligro en sus
comunidades, así como la oportunidad de
participar en los procesos de adopción de
decisiones. Los Estados deberán facilitar y
fomentar la sensibilización y la participación de
la población poniendo la información a
disposición de todos. Deberá proporcionarse
acceso efectivo a los procedimientos judiciales y
administrativos, entre éstos el resarcimiento de
daños y los recursos pertinentes.
4
MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
Distribución Constitucional de Competencias
Ambientales
5
Artículo 41 CN Todos los habitantes gozan del
derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto
para el desarrollo humano y para que las
actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las
generaciones futuras y tienen el deber de
preservarlo. El daño ambiental generará
prioritariamente la obligación de recomponer,
según lo establezca la ley. Las autoridades
proveerán a la protección de este derecho, a la
utilización racional de los recursos naturales, a
la preservación del patrimonio natural y cultural
y de la diversidad biológica, y a la información
y educación ambientales. Corresponde a la Nación
dictar las normas que contengan los presupuestos
mínimos de protección, y a las provincias, las
necesarias para complementarlas, sin que aquéllas
alteren las jurisdicciones locales.Se prohíbe el
ingreso al territorio nacional de residuos actual
o potencialmente peligrosos, y de los
radiactivos.
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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • COMPETENCIAS AMBIENTALES
  • Organización Federal
  • Carácter transversal de la cuestión ambiental
  • Relaciones entre jurisdicciones
  • Nación-Provincias, Nación Ciudad de Buenos
    Aires, Provincias-Municipios

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • COMPETENCIAS AMBIENTALES
  • Relación dominio jurisdicción
  • Dominio originario de los recursos naturales
  • Presupuestos mínimos de protección ambiental
  • Facultades que surgen del resto de las cláusulas
    constitucionales Legislación de fondo,
    navegación, comercio interprovincial, tratados
    internacionales, establecimientos de utilidad
    nacional, etc.

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • COMPETENCIAS AMBIENTALES
  • Problemas y Dificultades
  • Superposición de normas
  • Superposición de responsabilidades y otros
  • Posibilidades de resolución
  • Métodos adversariales Corte Suprema de Justicia
  • Métodos no adversariales Concertación

9
MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN
  • Régimen Municipal - Artículo 5 CN
  • Cada provincia dictará para sí una Constitución
    bajo el sistema representativo republicano, de
    acuerdo con los principios, declaraciones y
    garantías de la Constitución Nacional y que
    asegure su administración de justicia, su régimen
    municipal, y la educación primaria. Bajo estas
    condiciones el Gobierno Federal, garante (sic) a
    cada provincia el goce y ejercicio de sus
    instituciones.

10
MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
Artículo 123 Cada provincia dicta su propia
Constitución, conforme lo establece el artículo
5, asegurando la autonomía municipal y reglando
su alcance y contenido en el orden institucional,
político, administrativo, económico y
financiero.
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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • LEY GENERAL DEL AMBIENTE Nº 25.675
  • Ley Mixta
  • - Presupuestos mínimos de protección ambiental
    Objetivos, Principios, Instrumentos de la
    Política Ambiental Nacional y el Sistema Federal
    Ambiental.
  • - Normativa de fondo daño ambiental.

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
Los Presupuestos Mínimos de Protección
Ambiental Ley General del Ambiente
(25.675)
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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • Principios de la Política Ambiental - Presupuesto
    Mínimo
  • Competencia Judicial
  • Bien Jurídico Protegido
  • - La política ambiental objetivos.
  • Instrumentos de la Política y la Gestión
    Ambiental
  • - Ordenamiento ambiental.
  • - Evaluación de Impacto Ambiental.
  • - Educación Ambiental.
  • - Información Ambiental.
  • - Participación Ciudadana.
  • - Autogestión.
  • Sistema Federal Ambiental
  • - Ratificación de Acuerdos federales.
  • Daño Ambiental
  • - Seguro ambiental y fondo de restauración.
  • - Fondo de compensación Ambiental.

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • LEY GENERAL DEL AMBIENTE Nº 25.675
  • Ley Mixta
  • - Presupuestos mínimos de protección ambiental
    Objetivos, Principios, Instrumentos de la
    Política Ambiental Nacional y el Sistema Federal
    Ambiental.
  • - Normativa de fondo daño ambiental.

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
CONCEPTO DE PRESUPUESTO MÍNIMO Artículo 6º LGA
Se entiende por presupuesto mínimo, establecido
en el artículo 41 de la Constitución Nacional, a
toda norma que concede una tutela ambiental
uniforme o común para todo el territorio
nacional, y tiene por objeto imponer condiciones
necesarias para asegurar la protección ambiental.
En su contenido, debe prever las condiciones
necesarias para garantizar la dinámica de los
sistemas ecológicos, mantener su capacidad de
carga y, en general, asegurar la preservación
ambiental y el desarrollo sustentable
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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • Constitución Nacional ? Nación - Provincias
  • Sistema Federal Ambiental instituido por la LGA
  • COFEMA ? Funciones
  • - Coordinación de políticas
  • - Dictado de recomendaciones o resoluciones
  • Pacto Federal Ambiental
  • ?
  • Objetivos coordinación interjurisdiccional e
    intrajurisdiccional

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN LGA
  • Cooperación.
  • Solidaridad.
  • Progresividad.
  • Congruencia.

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • PROYECTO FARN-UICN
  • Noción de presupuesto mínimo
  • Aspectos
  • - temáticos ? transversalidad? Protección
    ambiental
  • - Exigencias ? detalles de las normas
  • ?
  • Opinión mayoritaria
  • - Poder Legislativo
  • - Poder Ejecutivo ? Minimum
    minimorum

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • QUIÉN HACE QUÉ?
  • Potestades reglamentarias de los diversos niveles
    gubernamentales
  • Autoridad Nacional
  • Autoridad Provincial
  • - facultad de complementación.
  • - competencias de dictar norma
    administrativas.
  • - Principio de congruencia.

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
SISTEMA FEDERAL AMBIENTAL EN LA LGA Artículo 23.
Se establece el Sistema Federal Ambiental con el
objeto de desarrollar la coordinación de la
política ambiental, tendiente al logro del
desarrollo sustentable, entre el gobierno
nacional, los gobiernos provinciales y el de la
Ciudad de Buenos Aires. El mismo será
instrumentado a través del Consejo Federal de
Medio Ambiente (COFEMA). Artículo 24. El Poder
Ejecutivo propondrá a la Asamblea del Consejo
Federal de Medio Ambiente el dictado de
recomendaciones o de resoluciones, según
corresponda, de conformidad con el Acta
Constitutiva de ese organismo federal, para la
adecuada vigencia y aplicación efectiva de las
leyes de presupuestos mínimos, las
complementarias provinciales, y sus
reglamentaciones en las distintas jurisdicciones.

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MARCO JURÍRICO NACIONAL. LA LEY DE PRESUPUESTOS
MÍNIMOS
  • SISTEMA FEDERAL
  • Constitución Nacional ? Nación Provincias.
  • Sistema Federal Ambiental instituido por la LGA.
  • COFEMA ? Funciones
  • - Coordinación de políticas.
  • - Dictado de recomendaciones o resoluciones.
  • Pacto Federal Ambiental
  • ?
  • Objetivos coordinación interjurisdiccional e
    intrajurisdiccional.
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