Title: Normas de Informaci
1Normas de Información financiera
- NIF C-1
- EFECTIVO y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
2AGENDA
- Objetivo
- Alcance
- Definición de términos
- Normas de Valuación
- Reconocimiento posterior de los equivalentes de
efectivo - Normas de Presentación
- Normas de Revelación
- Vigencia
- Transitorios
3Objetivo
- Establecer normas de
- Valuación
- Presentación
- Revelación
- De partidas del rubro de efectivo y sus
equivalentes en el balance general o estado de
posición financiera.
4Alcance
Todo tipo de entidades que emitan estados
financieros en concordancia con lo dispuesto por
la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y
objetivos de los estados financieros deberán
aplicar lo dispuesto en esta NIF C-1
5Definición de términos
- Costo de adquisición Monto pagado en efectivo o
equivalentes por un activo o servicio al momento
de su adquisición. - Efectivo Moneda de curso legal en caja y en
depósitos bancarios disponibles, ejemplo - Disponibilidad en cuenta de cheques
- Giros bancarios, telegráficos o postales
- Remesas en tránsito
6Definición de términos
- Equivalentes de efectivo valores de gran
liquidez, corto plazo, convertibles en efectivo,
sujetos a cambios no riesgosos en su valor como - Moneda extranjera
- Metales preciosos amonedados
- Inversiones disponibles
- Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos
(Tienen ciertas limitaciones en disponibilidad de
tipo legal o contractual)
7Definición de términos
- Inversiones disponibles a la vista (disposición
de forma inmediata, generan rendimientos,,
riesgos poco importantes en cambio de valor como
inversiones de muy corto plazo, 3 meses de su
fecha de vencimiento, por ejemplo) - Valor neto de realización
- (Monto que se recibe en efectivo, equivalentes,
especie por venta o intercambio de un activo)
8Definición de términos
- Valor nominal
- (Cantidad de unidades monetarias expresadas en
billetes, monedas, títulos e instrumentos) - Valor razonable
- (Monto de efectivo o equivalentes que
participantes en el mercado estarían dispuestos a
intercambiar para - Compra o venta de un activo
- Asumir o liquidar un pasivo
- Operación entre partes interesadas
- dispuestas e informadas en un mercado de libre
competencia. - En ausencia de estos requisitos, se debe estimar
mediante técnicas de valuación
9Normas de Valuación
- Efectivo a su valor nominal
- Equivalentes de efectivo a su costo de
adquisición
10Normas de Valuación
- Reconocimiento posterior de los equivalentes de
efectivo - Metales preciosos amonedados a su valor razonable
- Utilizar su valor neto de realización a la fecha
de cierre de estados financieros. - Moneda extranjera al tipo de cambio vigente al
cierre de estados financieros. - UDI, deben reexpresarse a la medida de
intercambio correspondiente a la fecha de cierre
de estados financieros. - Inversiones disponibles a la vista a su valor
razonable, utilizando su valor neto de
realización al cierre de los estados financieros -
- Los efectos por cambios en su valor,
conversiones, reexpresiones y rendimientos
generados, deben registrarse en el estado de
resultados cuando se devenguen.
11Normas de Presentación
- En el balance general o estado de posición
financiera deben presentarse como Efectivo y
equivalentes de efectivo (E y E) en un solo
renglón como el primer rubro del Activo
Circulante o Activo a Corto Plazo, incluyendo el
restringido - Los cheques emitidos con anterioridad a la fecha
de los estados financieros y no entregados a los
beneficiarios (en poder de la entidad), deben
reincorporarse al rubro de Efectivo, reconociendo
el pasivo - Los sobregiros bancarios deben presentarse como
un pasivo a corto plazo, solo cuando NO exista un
convenio de compensación con la institución de
crédito (BANCO)
12Normas de Presentación
- Según lo dispuesto en la NIF B-3 Estado de
Resultados deben presentarse en el Resultado
Integral de Financiamiento (RIF) - Los intereses generados por el efectivo y
equivalentes de efectivo - Las fluctuaciones cambiarias de la moneda
extranjera o en alguna otra medida de intercambio - 3. Los ajustes a valor razonable de los
equivalentes de efectivo
13Normas de Revelación
- En Notas a los Estados Financieros debe revelarse
lo siguiente - Integración del E y E
- Política de valuación
- Moneda o medida de intercambio de su denominación
- Cuando exista E y E restringidos, revelar su
importe, razones de su restricción y la fecha de
su expiración (de la restricción) - E y E destinados a un fin específico por la
Administración - 6. Efecto de hechos posteriores que modifiquen
el E y E entre - La fecha de los EF y la fecha de emisión (Tomar
en cuenta lo dispuesto por la NIF B-13, Hechos
posteriores a la fecha de los estados financieros)
14Vigencia
A partir del 1 de enero de 2010
15Transitorios
Esta NIF C-1 modifica algunos términos incluidos
en la NIF B-2 del párrafo 9 También se modifican
en la NIF B-2 TODAS las referencias al rubro de
Efectivo para quedar como Efectivo y equivalentes
de efectivo
En esta NIF C-1 también encontramos un Apéndice
A-Bases para conclusiones, que NO forma parte de
esta NIF. Sirvió al CINIF para alcanzar las
conclusiones establecidas en esta NIF y asimismo
incluye razones para aceptar ciertos puntos de
vista y otras reflexiones.
16Preguntas y respuestasdudascomentariosapreciaci
ones
17Gracias por su atención