Title: Diapositiva 1
1 Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
2ESTRUCTURA BÁSICA DEL ESTADO COLOMBIANO
- Legislativa
- Ejecutiva
- Judicial
Ramas del Poder Público
- Ministerio Público
- Defensoría del Pueblo
- Contraloría General de la Nación
Organismos de Control
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
3ESTRUCTURA BÁSICA DEL ESTADO COLOMBIANO
Consejo Nacional Electoral Registraduría Nacional
del Estado Civil
Organización Electoral
Fuerzas militares Policía nacional
Fuerza Pública
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
4ESTRUCTURA BÁSICA DEL ESTADO COLOMBIANO
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
5RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
6RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
7RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
8RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
9RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
10RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
11RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
12RAMA LEGISLATIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
13RAMA EJECUTIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
14RAMA EJECUTIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
15RAMA EJECUTIVA
- Régimen presidencial Colombia
- Porque los ministros son nombrados libremente por
el jefe del Estado sin obligación de temas,
encuestas, las opiniones predominantes en el
parlamento. - De igual manera separa de su cargo a los
ministros - Los ministros son independientes del parlamento
y tienen obligación de renunciar por censura. - El jefe del Estado ejerce realmente la función
ejecutiva y los ministros son consejeros suyos y
colaboradores responsables por los actos de la
administración.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
16RAMA EJECUTIVA
CLASIFICACIÓN DE LAS FUNCIONES
- Dirigir las relaciones internacionales
- Dirigir la fuerza pública
- Conservar el orden público y restablecerlo donde
fuere turbado - Dirigir las operaciones de guerra
- Proveer la seguridad exterior de la República
- Instalar y clausurar el Congreso
- Expedir carta de naturalización a los extranjeros
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
17RAMA EJECUTIVA
JEFE DE GOBIERNO 189 C.N.
- Nombrar y separar libremente a los ministros y
directores de Departamentos Administrativos - Sancionar y promulgar las leyes
- Ejercer la potestad reglamentada para la cumplida
ejecución de las leyes, mediante la expedición de
decretos, ordenes y resoluciones - Nombrar a los gerentes de los establecimientos
públicos nacionales.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
18RAMA EJECUTIVA
SUPREMA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
- Crear, suprimir o fusionar los empleos de la
administración central - Modificar la estructura de los organismos
nacionales con sujeción a los principios que
establezca la ley - Conceder permisos a los empleados públicos para
aceptar cargos o mercedes de gobierno extranjero - Velar por la estricta recaudación de los caudales
públicos - Ejercer la inspección y vigilancia de la
enseñanza conforma la ley.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
19RAMA EJECUTIVA
SUPREMA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
- Ejercer la inspección y vigilancia de las
instituciones de utilidad común - Organizar el crédito público, reconocer la deuda,
modificar el régimen de aduanas, regular el
comercio exterior - Conceder patentes temporales a los inventores de
acuerdo con la ley.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
20RAMA EJECUTIVA
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21RAMA EJECUTIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
22RAMA EJECUTIVA
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23RAMA EJECUTIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
24RAMA EJECUTIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
25RAMA EJECUTIVA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
26RAMA EJECUTIVA
- Faltas absolutas Vicepresidente
- Su muerte
- Su renuncia aceptada
- Incapacidad física permanente
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
27RAMA EJECUTIVA
- Faltas absolutas vicepresidente
- En caso de falta absoluta del Vicepresidente de
la República, el Congreso en pleno procederá a su
elección, observando el siguiente procedimiento - Presentada la vacancia, el Presidente del
Congreso dispondrá de 10 días para convocar al
Congreso en pleno con el fin de elegir el
reemplazo. - La citación se hará en forma personal y por
escrito con 8 días de anticipación, a todos los
congresistas. En ella se indicará fecha, hora y
causa que origina la elección.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
28RAMA EJECUTIVA
- Faltas absolutas Vicepresidente
- Abriendo la sesión, el Presidente del Congreso
concede la palabra para presentar candidatos del
mismo partido o movimiento al que pertenecía el
vicepresidente a reemplazar. Sometidos a estudio
y consideración los distintos candidatos, se
abrirá el proceso de votación y finalmente se
declara electo el Vicepresidente de la República
por el resto del periodo.
29RAMA EJECUTIVA
- Ministros Calidades
- Ser ciudadano en ejercicio
- Tener más de 25 años de edad
- Son órgano de comunicación entre el gobierno y el
congreso - Presentan proyecto de ley
- Toman parte activa en los debates, plenarias,
comisiones - Asesorar al presidente en la orientación de su
respectivo sector administrativo - La determinación del número, nombre y orden de
precedencia de ministerios es una competencia del
Congreso de la Republica.
30RAMA EJECUTIVA
- Número, denominación, orden y precedencia de los
ministerios - El número de ministerios es trece. La
denominación, orden y procedencia de los
ministerios es la siguiente - Ministerio del Interior y de Justicia
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Ministerio de Defensa Nacional
- Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
31RAMA EJECUTIVA
- Número, denominación, orden y precedencia de los
ministerios - Ministerio de la Protección Social
- Ministerio de Minas y Energía
- Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
- Ministerio de Educación Nacional
- Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial - Ministerio de Comunicaciones
- Ministerio de Transporte
- Ministerio de Cultura.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
32RAMA EJECUTIVA
- Departamentos Administrativos
- De la Presidencia de la República
- De Seguridad DAS
- Nacional de Esatdística DANE
- Nacional de Planeación DNP
- De la Función Pública DAFP
- Nacional de Cooperativas DANCOOP hoy Departamento
Administrativo Nacional de la Economía Solidaria
- DANSOCIAL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
33RAMA EJECUTIVA
- Superintendencias
- Notario y Registro
- Bancaria
- Valores
- Vigilancia y Seguridad Privada
- Subsidio Familiar
- Nacional de Salud
- Insdustria y Comercio
- Sociedades
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
34RAMA EJECUTIVA
- Superintendencia
- General de Puesrtos y Transporte.
Supertransporte - Servicios Públicos Domiciliarios
- De Economía Solidaria
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
35RAMA EJECUTIVA
LA DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADA,
FUNCIONAL O POR SERVICIOS
- Entidades descentralizadas del orden nacional
- Los organismos adscritos
- Los organismos vinculados
- Otras entidades descentralizadas
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
36RAMA JUDICIAL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
37RAMA JUDICIAL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
38RAMA JUDICIAL
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
39RAMA JUDICIAL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
40RAMA JUDICIAL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
41RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
42ORGANISMOS DE CONTROL
- Contraloría General de la República
- Auditoría General de la República
- Ministerio Público
- Defensoría del Pueblo
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
43ORGANISMOS DE CONTROL
Ejercicio del Control Fiscal Contralor General de
la República
El control fiscal es una función pública que
ejercerá la Contraloría General de la República,
la cual vigila la gestión fiscal de la
administración y de los particulares o entidades
que menejen fondos o bienes de la Nación. Dicho
control se ejercerá en forma posterior y
selectiva conforme a los procedimientos, sistemas
y principios que establezca la ley. Ésta podrá
sin embargo, autorizar que, en casos especiales,
la vigilancia se realice por empresas privadas
colombianas escogidas por concurso público de
méritos, y contratadas previo concepto del
Consejo de Estado.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
44ORGANISMOS DE CONTROL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
45ORGANISMOS DE CONTROL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
46ORGANISMOS DE CONTROL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
47ORGANISMOS DE CONTROL
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48ORGANISMOS DE CONTROL
Atribuciones del Contralor General
- Prescribir los métodos y la forma de rendir
cuentas los responsables del manejo de fondos o
bienes de la Nación e indicar los criterios de
evaluación financiera, operativa y de resultados
que deberán seguirse. - Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar
los responsables del erario y determinar el grado
de eficiencia, eficacia y economía con que hayan
obrado. - Llevar un registro de la deuda pública de la
Nación y de las entidades territoriales.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
49ORGANISMOS DE CONTROL
Atribuciones del Contralor General
- Exigir informes sobre su gestión fiscal a los
empleados oficiales de cualquier orden y a toda
persona o entidad pública o privada que
administre fondos o bienes de la Nación. - Establecer la responsabilidad que se derive de la
gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias
que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la
jurisdicción coactiva sobre los alcances
deducidos de la misma.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
50ORGANISMOS DE CONTROL
Atribuciones del Contralor General
- Conceptuar sobre la calidad y eficiencia del
control fiscal interno de las entidades y
organismos del Estado. - Presentar al Congreso de la República un informe
anual sobre el Estado de los recursos naturales y
del ambiente. - Y Otros
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
51ORGANISMOS DE CONTROL
Auditoria General de la República
Vigilancia de Gestión Fiscal de la
Contraloría La vigilancia de la gestión fiscal
de la Contraloría General de la República, se
ejercerá por un auditor elegido para un periódo
de 2 años por el Consejo de Estado, de terna
enviada por la Corte Suprema de Justicia. La ley
determinará la manera de ejercer dicha vigilancia
a nivel departamental, distrital y municipal.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
52MINISTERIO PÚBLICO
Procurador General de la Nación El Procurador
General de la Nación es el supremo Director del
Ministerio Público.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
53MINISTERIO PÚBLICO
Funciones del Procurador
- Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las
leyes, las decisiones judiciales y los actos
administrativos. - Proteger los derechos humanos y asegurar su
efectividad, con el auxilio del Defensor del
Pueblo. - Defender los intereses de la sociedad.
- Defender los intereses colectivos, en especial el
ambiente. - Velar por el ejercicio diligente y eficiente de
las funciones administrativas.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
54MINISTERIO PÚBLICO
Funciones del Procurador
6. Ejercer vigilancia superior de la conducta
oficial de quienes desempeñen funciones públicas,
inclusive los de elección popular ejercer
preferentemente el poder disciplinario adelantar
las investigaciones correspondientes, e imponer
las respectivas sanciones conforme a la ley. 7.
Intervenir en los procesos y ante las autoridades
judiciales o administrativas, cuando sea
necesario en defensa del orden jurídico, del
patrimonio público, o de los derechos y garantías
fundamentales. 8. Rendir anualmente informe de su
gestión al Congreso.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
55MINISTERIO PÚBLICO
Funciones del Procurador
9. Exigir a los funcionarios públicos y a los
particulares la información que considere
necesaria 10. Las demás que determine la
ley. Para el cumplimiento de sus funciones la
Procuraduría tendrá atribuciones de policía
judicial, y podrá interponer las acciones que
considere necesarias.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
56DEFENSOR DEL PUEBLO
El Defensor del Pueblo formará parte del
Ministerio Público y ejercerá sus funciones bajo
la suprema dirección del Procurador General de la
Nación.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
57DEFENSOR DEL PUEBLO
Funciones del Defensor del Pueblo
- Orientar e instruir a los habitantes del
territorio nacional y a los colombianos en el
exterior en el ejercicio y defensa de sus
derechos ante las autoridades competentes o
entidades de carácter privado. - Divulgar los derechos humanos y recomendar las
políticas para su enseñanza. - Invocar el derecho de hábeas corpus e interponer
las acciones de tutela, sin perjuicio del derecho
que asiste a los interesados.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
58DEFENSOR DEL PUEBLO
Funciones del Defensor del Pueblo
- 4. Organizar y dirigir la defensoría pública en
los términos que señale la ley. - 5. Interponer acciones populares en asuntos
relacionados con su competencia. - 6. Presentar proyectos de ley sobre materias
relativas a su competencia. - Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento
de sus funciones. - Las demás que determine la ley.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
59DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES
- Consejo Nacional Electoral
- Registraduría Nacional del Estado Civil
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
60ATRIBUCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
D.L. 1010/2000 ART. 25-Funciones de Registrador
Nacional del Estado Civil Corresponde al
Registrador Nacional del Estado Civil, además de
las funciones señaladas en la Constitución y la
ley, ejercer las siguientes
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
61ATRIBUCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
- D.L. 1010/2000
- Fijar las políticas, planes programas y
estrategias para el desarrollo de la organización
y vigilancia electoral, la identificación de las
personas y el registro civil y de las demás
funciones asignadas a la Registraduría Nacional
del Estado Civil de conformidad con la
Constitución y la ley. - Fijar las políticas, planes, programas y
estrategias necesarias para el adecuado manejo
administrativo y financiero de la Registraduría
Nacional, en desarrollo de la autonomía
administrativa y presupuestal dentro de los
límites establecidos por la constitución y la ley.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
62ATRIBUCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
- D.L. 1010/2000
- Fijar las políticas, planes y programas para el
desarrollo, ejecución y control del sistema
presupuestal de la Registraduría Nacional del
Estado Civil - Dirigir como autoridad de la organización
electoral las labores administrativas y técnicas
de las diferentes dependencias de la
Registraduría Nacional del Estado Civil, de
acuerdo con la Constitución y la ley.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
63ATRIBUCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
- D.L. 1010/2000
- Llevar la representación legal, dentro del marco
de sus competencias que le correspondan al
interior de la organización electoral, de todos
los asuntos que en el ejercicio de sus funciones
se presenten a favor o en contra de la entidad. - Las demás que le señale la ley y el Consejo
Nacional Electoral.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
64ATRIBUCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
D.L. 1010/2000 ART. 27-Calidades, posesión y
faltas absolutas y temporales. Las calidades,
posesión y el lleno de las faltas absolutas o
temporales del Registrador Nacional del Estado
Civil, serán las definidas en la Constitución y
la ley.
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
65BANCA CENTRAL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
66BANCA CENTRAL
Elaboró María Isabel Rojas Vásquez
67Muchas Gracias
Fecha Junio de 2013 Elaboró María Isabel Rojas
Vásquez