Title: Presentaci
1Bienvenidos
Mtro. Jesús Alberto Guerrero Rojas Director
Jurídico Pericial CONAMED 2009
2 LOS MÉDICOS TRABAJAN PARA CONSERVARNOS LA
SALUD, LOS COCINEROS PARA DESTRUIRLA PERO ESTOS
ÚLTIMOS ESTÁN MÁS SEGUROS DE SU LABOR DIDEROT
3código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
Cap. III Del homicidio', sec. 297 De las
personas que, ejerciendo la medicina, cuidan mal
o matan los enfermos, se lee
"Cuando los que ejercen la medicina o la
cirugía sin entenderlo, administren drogas u
operen con instrumentos punzantes o cortantes
contrarios a los que la práctica tiene
establecidos, y por consiguiente contribuyan a la
muerte del enfermo,
4código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
los magistrados llamarán a otros hombres del
mismo arte para que examinen la naturaleza del
remedio que han propinado o de la herida que han
hecho, y a los que han seguido la muerte del
enfermo. Si se reconoce que no puede acusársele
sino de haber obrado con error, sin deseo de
perjudicar,
5código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
el médico o cirujano podrá rescatar la pena
señalada para el homicidio del modo establecido
para los casos en que se mata por accidente, pero
quedará obligado a abandonar la profesión para
siempre.
6código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
"Cuando muera una persona, y el médico o
cirujano que le haya asistido en su enfermedad
sea convicto de haber causado daño en su salud
con intención, sufrirá la muerte por degüello,
después de estar en prisión hasta la estación
ordinaria".
7código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
Cap. III Del homicidio', sec. 297 De las
personas que, ejerciendo la medicina, cuidan mal
o matan los enfermos, se lee
"Si un médico compone por inadvertencia para el
emperador bebidas purgantes que no autoriza la
práctica ordinaria, o al mismo tiempo da la
descripción de las drogas que se encuentran en su
composición, con la manera de administrarlas,
será castigado con 100 (cien) golpes.
8código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
Si aun siguiendo el uso acostumbrado, los
ingredientes empleados por este medio no son ni
de buena calidad ni mezclados con cuidado,
recibirá 60 golpes".
9código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
C O M E N T A R I O S
- Cita a los médicos y a los cirujanos.
- 2. Habla de impericia "Cuando los que ejercen la
medicina o la cirugía sin entenderlo,
administren drogas u operen". - 3. Se refiere a la imprudencia "contrarios a los
que la práctica tiene establecidos".
10código penal de la antigua china o "ta tsin leu
lee"
C O M E N T A R I O S
4. Determina la existencia de peritos médicos
"Los magistrados
llamarán a otros hombres del mismo arte para que
examinen la naturaleza del remedio que han
propinado o de las heridasque han hecho, y a los
que han seguido la muerte del enfermo. 5.
Configura la culpa "si se reconoce no puede
acusársele sino de haber obrado con error, sin
deseo de perjudicar".
11código penal de la antigua china o ta tsin leu
lee"
C O M E N T A R I O S
6. Hace lo propio con el dolo "Si parece que un
médico o cirujano no ha seguido las reglas
establecidas por la práctica separándose de ellas
con intención y diciendo". 7. Igualmente con el
robo "La suma que tome por este medio se
considerará robada, y la pena se le impondrá en
proporción a loshonorario recibidos".
12código penal de la antigua china o ta tsin leu
lee"
C O M E N T A R I O S
8. Determina la inhabilitación absoluta y
definitiva cuando se habla de culpa"podrán
rescatar la pena (...) pero quedarán obligados a
abandonar la profesión para siempre". 9. Las
penas que incluye se distribuyen en los casos de
culpa, acarreando inhabilitación, de mediar dolo,
la muerte por degüello,de haber intención de
robar, multa en proporción a los honorarios
percibidos.
13código penal de la antigua china o ta tsin leu
lee"
C O M E N T A R I O S
10. Habla de lex artis, al decir que no
autoriza la práctica ordinaria.
14código penal de la antigua china o ta tsin leu
lee"
C O M E N T A R I O S
De lo expuesto surge que los chinos tenían
perfectamente determinadas prácticamente todas
las variantes que hoy en día, después de
muchísimos años, contemplan las legislaciones más
adelantadas, y que otras civilizaciones
posteriores a la china no observaban en absoluto,
siendo muy importante el hecho de existir ya los
peritos médicos.
15código de hammurabi (1692)
Existían dos clases de médicos los expertos en
magia (ashipu) y el práctico y farmacéutico
(asu) suponían que las enfermedades las
producían los demonios y se conocían varios
escritos farmacológicos y médicos.
16código de hammurabi (1692)
Art. 218 Si un médico ha tratado a un hombre
libre una llaga grave con el punzón de bronce
(bisturí) y ha hecho morir al hombre, si ha
abierto la nube del ojo (cataratas) con el punzón
de bronce y ha saltado el ojo del hombre se le
cortarán las manos.
17código de hammurabi (1692)
Art. 219 Si un médico ha tratado una llaga
grave al esclavo de un muchkinu (aparentemente
eran llamados así los libertos, habitantes de las
tierras que ocupó el invasor babilónico y que
voluntariamente se quedaron a vivir en estos
territorios ocupados) con el punzón de bronce y
le ha matado devolverá esclavo por esclavo.
18código de hammurabi (1692)
Art. 226 Si un cirujano sin saberlo el dueño
del esclavo ha impreso (sobre él) una marca de
esclavo inalienable, se le cortarán las manos a
ese cirujano.
19código de hammurabi (1692)
Art. 227 Si un hombre ha engañado a un
cirujano y éste ha impreso una marca de esclavo
inalienable se dará muerte al otro y se enterrará
en su casa, el cirujano jurará "Yo no lo marqué
conscientemente", y quedará libre.
20C O M E N T A R I O S
- 1. Cita únicamente a los cirujanos.
- 2. Distingue la responsabilidad médica según el
enfermo sea hombrelibre o esclavo. - 3. Es digno de mencionar que ya se habla hace
casi cuatro milenios de operaciones de cataratas.
21C O M E N T A R I O S
4. En lo que hace a las penas amputación de
manos, esclavo por esclavo, es decir, aplicación
de la ley del talión. 5. Libera la
responsabilidad del médico cuando es engañado y
operando marca a un esclavo, quedando libre sólo
por medio de su juramento "Yo no lo marqué
conscientemente".
22C O M E N T A R I O S
6. No se determina pena capital para el médico,
ni inhabilitación del mismo.
23En el siglo XIX, una Comisión formada por la
Academia de Medicina de París para resolver una
demanda por posible mala práctica médica, en una
de sus conclusiones, el Dr. Doublé, Presidente de
esta Comisión refiere la actitud de muchos
médicos que por temor a ser demandados, practican
lo que se ha dado en llamar medicina defensiva,
con lo que se produce un incremento enorme en los
costos médicos que redundan en un notorio
perjuicio en la salud de todos
24En la misma época Brouardell al referir las notas
de Valpeau (Reconocido médico Parisino del siglo
XIX), dice Tenéis en en vuestras manos el
poder de la cirugía. La cuestión interesa al
público más que al médico. Sí condenáis al
cirujano que ha empleado el cloroformo nadie se
atreverá a emplearlo más ningún médico lo
utilizará de nuevo si sabe que, a consecuencia de
un accidente imposible de prever, incurre en
responsabilidad. Vosotros sois los que vais a
mantener la abolición del dolor, o a instalarlo
otra vez en sus perdidos dominios. Brouardel,
Paul C.H. Less asphyxys por le gas, les vapeaux
et les anestesiques, Paris p. 175.
25Carlos Bonicattio (Vicepresidente de la Cámara
Baja Provincial, en Argentina) aseveró .es
necesario llegar a un punto de equilibrio y
permitir que el médico trabaje sin temor. Hay que
ver el derecho legítimo del paciente pero también
adecuar sobre todo los trámites procesales para
que no haya abuso en las demandas Judiciales
26El Dr. Bajo Arenas Presidente de la Sociedad
Española de Ginecología y Obstetricia
comenta Es necesario adoptar una serie de
medidas para ejercer la profesión con un poco
menos de angustia.
27Para el doctor Alcalá-Zamora, el dictamen
pericial presenta varias deficiencias, tanto
desde el punto de vista de su contenido como en
la apreciación del juzgador lo primero porque a
pesar del desarrollo de la ciencia y de la
técnica en nuestros días, el perito no deja de
ser humano y por lo mismo susceptible de que
priven sus sentimientos sobre sus conocimientos
esto es, debe atender no sólo al interés de quien
cubre sus honorarios, sino al objetivo que se
persigue con la prueba, pues raro es el caso del
perito que ajusta su análisis al criterio
imparcial que debiera imperar en el examen de
hechos positivos.
28Decálogo Médico legal
Expuesto por el Dr. Nerio Rojas distinguido
médico forense de nacionalidad argentina que
sujetaba el actuar de los peritos en base a las
siguientes reglas 1.El perito debe actuar con
la ciencia del médico, la veracidad del testigo y
la ecuanimidad del juez. 2.Es necesario abrir
los ojos y cerrar los oídos. 3.La excepción puede
tener tanto valor como la regla. 4.Desconfiar de
los signos patognomónicos.
29Decálogo Médico legal
5.Hay que seguir el método cartesiano. 6.No
fiarse de la memoria. 7.Una autopsia no puede
rehacerse 8.Pensar con claridad para escribir con
precisión. 9.El arte de las conclusiones consiste
en la medida. 10.La ventaja de la medicina legal
está en no formar una inteligencia exclusiva y
estrechamente especializada.
30Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
1.- Progresivo deterioro de la relación médico
paciente. 2.- Despersonalización de la atención
médica. 3.- Constante disminución del respeto
hacia el médico por parte de la comunidad. 4.-
Pérdida de la credibilidad del médico. 5.-
Deficiencia en la formación de pregrado.
31Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
6.- Desinterés y/o imposibilidad (de tiempo y
económico) de mantener educación médica
continua. 7.- Inexistencia del control real y
efectivo de la actividad profesional la
certificación y/o recertificación profesional (se
limita en la mayoría de los casos aun trámite de
coste económico). 8.- Sistema global de salud
hipertrofiado e insatisfactorio, inoportuno e
ineficaz.
32Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
9.- Trastrocamiento y confusión en el rol social
que le corresponde al Estado, como a quienes les
compete legislar, a la administración de
justicia, al sistema de salud, al enfermo y al
médico y a la sociedad en su conjunto. 10.- El
mercantilismo (tanto en la prestación de
servicios de salud como en la emisión de
dictámenes periciales).
33Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
11.- La reducción de espacios, tiempos e insumos
en la prestación de servicios de salud Estatales
y/o Federales, que no cuentan en la mayoría de
las veces con tiempo para darle una explicación
clara y contundente al paciente, prescribir
insumos ad hoc a su padecimiento o
infraestructura adecuada (Responsabilidad
Institucional). 12.- Constante bombardeo de
parte de los medios periodísticos, que en su afán
de informar a la población y en ocasiones por
mero sensacionalismo, las mas de las veces
confunden a la población y comprometen al médico
o a la institución.
34Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
13.- El que la población otorgue certeza de
valor a toda la información virtual a la que
tienen acceso, exigiendo al médico que debe hacer
o que no debe. 14.- Negación o reticencia de
los médicos por adecuarse a los cambios éticos y
legales. 15.- Desmesurado, a la par que
infundado, interés por parte de numerosos
abogados que piensan que se encuentran ante un
verdadero filón de oro cuando tienen cuando
tienen la mínima posibilidad de iniciar una
demanda por responsabilidad médica.
35Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
16.- Desinterés de abogados por acudir a un
correcto y fundamentado análisis por
profesionales de la salud (perito médico legal)
de los asuntos puestos a su consideración.
17.- Existencia de médicos que,
lamentablemente, entregan a abogados informes o
dictámenes plagados de errores, carentes de
fundamentación, seriedad, criterio, imparcialidad
y objetividad científica.
36Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
18.- Desequilibrio procesal, ya que es muy fácil
iniciar una instancia principalmente penal por
parte de un paciente y al ser derrotado en el
proceso no asume ninguna carga procesal. 19.-
El advenimiento de lo que se ha dado en llamar
medicina defensiva que trae aparejadas
consecuencias directas e indirectas.
37Veinte Factores que intervienen en la
Judicialización
20.- La existencia de irregulares empresas de
defensa que se hacen llamar seguros sin contar
con los requisitos legales y económicos para
ello, que apoyan la judicialización de los
asuntos esperando no ser condenados o, que el
contratado, desista de sus servicios.
38Consecuencias de una tensión Judicial
1.- Pérdida de la confianza de la sociedad hacía
los sistemas y prestadores de salud. 2.-
Aumento en los costos de sanidad. 3.- Freno a
la introducción de novedades tecnológicas.
39Consecuencias de una tensión Judicial
4.- Desigualdad en el trato clínico. 5.-
Implantación de la medicina defensiva.
40Medidas Preventivas
1.- No dar publicidad de una demanda hasta que
haya sido resuelta en definitiva por los
tribunales, respetar la presunción de inocencia
de los inculpados. 2.- Formar jueces
especializados en temas de derecho
sanitario.
41Medidas Preventivas
3.- Promover los medios alternos de solución de
conflictos. 4.- Potenciar el conocimiento sobre
los principios que rigen la práctica médica para
abogados, principalmente los que defienden a
pacientes.
42Medidas Preventivas
5.- Peritación objetiva, ya sea por personas
físicas o por sociedades de prestadores de
servicios de salud.
43G R A C I A S Por su Atención