Title: EL CONTRATO ADMINISTRATIVO. CARACTERES GRALES, ESPECIFICOS. ASPECTOS DISTINTIVOS.
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- EL CONTRATO ADMINISTRATIVO. CARACTERES GRALES,
ESPECIFICOS. ASPECTOS DISTINTIVOS.
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2DERECHO ADMINISTRATIVO CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
- CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.
- Son una especie del genero Contratos. La A.P.
participa como sujeto en la relación jurídica
contractual. - Si la jurisdicción es contencioso-administrativa
el contrato es un Contrato Administrativo. - El contrato administrativo implica cláusulas
exorbitantes del derecho común y un régimen de
derecho público. - Definición ES UN ACTO DE DECLARACIÓN DE LA
VOLUNTAD COMÚN PRODUCTOR DE EFECTOS JURÍDICOS
ENTRE UN ÓRGANO ESTATAL EN EJERCICIO DE SU
FUNCIÓN ADMINISTRATIVA Y UN PARTICULAR U OTRO
ENTE ESTATAL.
3CONTRATO ADMINISTRATIVO INTRODUCCIÓN Y
CONCEPTUALIZACIÓN BREVE
El Estado busca cumplir sus fines. La AP actúa o
puede actuar de dos formas
1. Ejercer por si la actividad respectiva
2. Utilizar al Administrado para que
colabore con ella A su vez la colaboración que
el Estado requiere del particular puede ser
a. Forzosa carga pública o
prestación personal
obligatoria. b. Voluntaria
dá lugar a los contratos de la AP.
4CONTRATO ADMINISTRATIVO INTRODUCCIÓN Y
CONCEPTUALIZACIÓN BREVE
TIPOS DE CONTRATOS DE DERECHO PÚBLICO
- Interno
- Comprende entre otros a los
- CONTRATOSADMINISTRATIVOS
- Celebrados entre la AP y los
- Administrados para determinados
- fines o funciones.
- Internacional
- Son los tratados - contratos
- 3. Contratos Administrativos
- Administrativos propiamente dicho ej. Celebrados
con otros entes adm. o con particulares o
administrados. - De Derecho Común.
5CONTRATO ADMINISTRATIVO INTRODUCCIÓN Y
CONCEPTUALIZACIÓN BREVE
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
- ASPECTOS CARACTERÍSTICOS
- Desigualdad de las partes. Lo destacable se halla
en la finalidad y en la igualdad proporcional, y
no cuantitativa, aritmética, de los derechos de
las partes. - Prerrogativas especiales a favor de la AP durante
el lapso de ejecución y vigencia del contrato. - Finalidad propia de la AP cumplimiento de fines
estatales típicos.
CONCEPTO Es el acuerdo de voluntades,
generador de obligaciones, celebrado entre
un órgano del Estado, en ejercicio de las
funciones administrativas que le competen,
con otro órgano administrativo o un
particular o administrado, para satisfacer
necesidades públicas.
6CONTRATO ADMINISTRATIVO INTRODUCCIÓN Y
CONCEPTUALIZACIÓN BREVE
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
CLASIFICACIÓN
- Contratos de Colaboración y de atribución
- Colaboración el contratista privado es un
colaborador de la función administratrativos
tienen un rigorismo mayor que los 2. - Atribución lo esencial es la prestación del
Estado y el contratista resulta la contrapartida
de las ventajas que obtiene el Estado
- Según su Tipicidad
- Típicos y Atípicos en la medida que se
hallen regulados o no por una disciplina concreta
y detallada en la ley. - c) Nominados e innominados Independiente si
están o no regulados por ley específica -
7CONTRATO ADMINISTRATIVO
CARACTERES ESPECIFICOS
De estos derivan una serie de prerrogativas a
favor de la AP
Regla General Dentro de ciertos límites la AP
puede ejercer sobre su co-contratante un control
de alcance excepcional puede modificar
unilateralmente las cláusulas del CA dar
directivas e incluso declarar extinguido el
contrato, etc..
Carácter típico El CA crea, según los casos, una
obligación personal o un derecho personal a cargo
o a favor del co-contratante, según estemos en
presencia de un contrato de colaboración o de
atribución.
El co-contratante sin autorización expresa de la
AP no puede ceder o transferir el contrato,
colocando un 3 en lugar suyo. Ídem respecto de
la subcontratación. Estas prohibiciones se
imponen como principio en la materia
corresponden a la naturaleza de los CA, existen
por si misma
8CONTRATO ADMINISTRATIVO
CARACTERES ESPECIFICOS
Todo CA es esencialmente un Acto Administrativo
bilateral, de aquí que las reglas fundamentales
que constituyen el régimen de los AA sean en
principio aplicables a los CA. Dos aspectos
jurídicos del AA que tienen vigencia en materia
de CA a) Elementos del AA y b) Expresión de la
voluntad para la formación del AA. Otro aspecto
es el relacionado con las formas en los
supuestos de silencio de las normas rigen los
criterios aplicables a los AA. Por lo tanto a
falta de texto expreso que exija una forma
determinada rige el principio de libertad formal,
de aquí que puedan haber CA verbales todo ello
sin perjuicio de las dificultades que en tal caso
puedan suscitarse respecto de la prueba del CA.
9CONTRATO ADMINISTRATIVO CONCEPTO Y DISTINCIONES
Aspectos distintivos en los CA
1. Su interpretación El interés público juega un
papel esencial y autónomo como criterio
sustantivo de interpretación. Resulta una
prerrogativa de interpretación unilateral del
contrato. Cuando la interpretación no afecta la
finalidad o causa final sino solo al particular
el IP no juega.
2. La exceptio non adimpleti contractus y la
rescisión o resolución por incumplimiento de la
Administración. El funcionamiento de la exceptio
en determinados CA difiere de lo establecido para
los regidos por el DC o C La finalidad pública
viene a colocar en primer plano su cumplimiento
máxime cuando se trata de una OP y de un SP. El
atraso de magnitud en los pagos de la AP habilita
al concesionario a suspender la ejecución o pedir
la rescisión.
3. El poder modificatorio de la AP en los CA Se
trata de un poder que la AP puede ejercer
razonablemente dentro de los límites establecidos
en cada ordenamiento especial, a condición que no
se altere el fin del contrato, ni las
obligaciones esenciales y se efectúen las
respectivas compensaciones económicas que
mantenga el equilibrio financiero del mismo. (Ius
variandi)
10CONTRATO ADMINISTRATIVO FORMA del CA.
CLÁUSULAS EXORBITANTES
FORMA del C.A. Distinguir entre formalidades y
forma. La formalidad son los requisitos que
deben observarse en la celebración del contrato y
pueden ser anteriores, concomitantes o
posteriores al encuentro de las voluntades. La
forma es uno de los requisitos, es el modo como
se documenta el vínculo contractual. Generalmente
es escrita, no existe reglamentación orgánica, no
hay formas especiales genéricas. Regla general
es indispensable que el contrato conste por
escrito, forma que condiciona la validez del
mismo. Prueba depende de la forma. El
Reglamento de Contrataciones del Estado
establece forman parte del CA a) las
disposiciones del Reglamento b) las cláusulas
part. de la contratación y las especificaciones
c) la oferta adjudicada d) la adjudicación e)
la contrata.
11CONTRATO ADMINISTRATIVO FORMA del CA.
CLÁUSULAS EXORBITANTES
LAS PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
1. Desigualdad Jurídica la AP aparece investida
de una posición de privilegio, las partes se
encuentran en un plano de desigualdad, la AP en
un plano superior y en virtud de ello impone
condiciones. Facultades de la AP a) adaptar el
contrato a las necesidades públicas b)
ejecutarlo por si o por 3 en caso de incump. O
mora del co-contratante c) dejarlo sin efecto
unilateralmente en caso de incumpl.
2. Cláusulas exorbitantes son las inusuales en
el der. Común o que son ilícitas si se incluyen.
Están fuera de la órbita normal del der. priv. Es
una estipulación que tiene por objeto conferir a
las partes derechos y oblig. Extrañas por su
naturaleza a aquellas que son susceptibles de ser
libremente consentidas en el marco de las leyes
civiles y comerciales. Pueden ser a) virtuales o
implícitas y b) expresas o concretas, sus límites
están señalados por la juridicidad de la
actividad adm.
3.Derechos y obligaciones A cargo del
co-contratante a) intuitu personae b)
intransferibilidad prohibición de cesión sin
autorización expresa c) prohibición de
subcontratación sin autorización expresa
12DERECHO ADMINISTRATIVO CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
ELEMENTOS
- SUJETO Una de las partes es la AP.
- VOLUNTAD a) Consentimiento competencia de la AP
y - capacidad
para contratar del privado. - b) Formacion
del Contrato requiere de - voluntad
reciproca. - OBJETO Es la obligacion que se constituye.
- FORMA Y PRUEBA por las reglas del derecho civil.
13DERECHO ADMINISTRATIVO CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
CARACTERES ESPECIFICOS
- FORMALISMO
- PRERROGATIVAS de la AP a) posicion de privilegio
- b) clausulas exhorbitantes
del derecho comun - INTRASFERIBILIDAD
- DERECHOS y OBLIGACIONES PERSONALES a favor o
- Cargo del Co-contratante
- 5. EFECTOS RESPECTO DE TERCEROS
14DERECHO ADMINISTRATIVO CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
CARACTERES ESPECIFICOS
- 1) DESIGUALDAD JURÍDICA
- a) desaparecen a.1.) El principio de
igualdad entre las partes - a.2) El
principio de inalterabilidad de los -
contratos. Cede ante el ius variandi que -
tiene la AP para introducir modificaciones - y
que son obligatorias, dentro de límites
- de
razonabilidad, para el co-contratante. - b) Se manifiesta en la competencia
de la AP en 1.) Adaptarlo a las - necesidades
públicas variando ciertos límites obligacionales
del - contratista.
- 2. )Ejecutar el
contrato por si o por 3 frente al incumplimiento
o - mora del
empresario, en forma directa y por cuenta de
este. - 3.)Rescisión
contractual en razón de la desigualdad de
propósitos - a) la AP,
el interés público y, b) el contratista su
interés personal - económico.
15DERECHO ADMINISTRATIVO PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
- PROTECCIÓN ADMINISTRATIVA.
- Existe una diferencia entre proceso y
procedimiento. - PROCESO deviene de procesus que significa
avanzar hacia un objetivo a través de sucesivos
momentos. Es un concepto teleológico. - Es un conjunto de actos cuya finalidad esencial
es llegar al dictado de otro acto determinado (el
acto jurisdiccional). Es una secuencia de actos
lo cual implica el procedimiento. - Tiene por objeto la protección del derecho
subjetivo. En su relación hay que considerar
tanto al interés privado de terceros cuanto el
interés público en el mantenimiento del orden
jurídico. - Está reservado para la función judicial.
16DERECHO ADMINISTRATIVOEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
- PROTECCIÓN ADMINISTRATIVA
- PROCEDIMIENTO Es un concepto formal. Está
relacionado a los aspectos externos de actos que
se desenvuelven progresivamente. La mera sucesión
o serie de actos coordinados basta para
constituir un procedimiento, no alcanza para
caracterizar un proceso. - Es la serie de actos realizados en cumplimiento
de una función estatal. Ej. la función
legislativa, el procedimiento administrativo. - Es una serie de actos necesarios para dictar un
acto administrativo - Está reservado para la función administrativa.
- Concepto Es la parte del D.A. que estudia las
reglas y principios que rigen la intervención de
los interesados en la preparación e impugnación
de la voluntad administrativa (Gordillo)
17DERECHO ADMINISTRATIVO PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
PROTECCION ADMINISTRATIVA EL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
-
- P.A. y D.A. las normas reguladoras del P.A.
forman parte del D.A., el P.A. constituye una
parte de la materia reglada por el D.A. Hay una
relación de genero a especie. - Principios Jurídicos del P.A.
-
- Legalidad objetiva
- Oficialidad.
- Informalismo a favor del administrado
- Debido proceso- garantia de defensa
e. Igualdad f. celeridad-economia-sencillez y
eficacia g. Caracter escrito h. Ausencia de
costas
18DERECHO ADMINISTRATIVO PRINCIPIOS JURIDICOS DEL
PROC. ADM.
- PROTECCIÓN ADMINISTRATIVA. EL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO. Principios Jurídicos. - a) Legalidad Objetiva caracteres. 1.
Instructorio. 2. Impulsión de oficio. 3.Priva el
principio de verdad material. 4. El desistimiento
del recurrente no exime a la Administración de la
obligación de determinar si existe o no
ilegitimidad. - b) Informalismo características. 1. No es
menester calificar jurídicamente las peticiones.
2. Los recursos pueden ser calificados
erróneamente. 3. Los Recursos Administrativos
deben interpretarse no de acuerdo con la letra
del recurrente, sino conforme la intención. 4. La
A.P. debe corregir los evidentes errores
administrativos. 5. La equivocación del
destinatario del recurso tampoco afecta su
procedencia. 6. Si no consta fecha de
notificación del acto impugnado o de la
presentación del R.A. debe entenderse como
interpuesto en término.
19DERECHO ADMINISTRATIVO PROC. ADMINIST.
PRINCIPIOS JURIDICOS
- PROTECCIÓN ADMINISTRATIVA.
- c) Debido proceso Presupone 1. Derecho a ser
oído, ello implica publicidad del procedimiento,
leal conocimiento de las actuaciones y
oportunidad para expresar razones. -
2. Derecho a ofrecer y producir pruebas. -
3. Derecho a decisión fundada. - PROTECCIÓN ADMINISTRATIVA
- Controla la legitimidad y la oportunidad de
los A.A. Ello puede hacerse de oficio, es la
fiscalización por parte de la misma A.P. es una
función de auto-control, puede extinguir o
modificar los actos viciados, siempre que no
lesione la estabilidad de las relaciones
jurídicas. - Puede hacerse a instancia de parte
Recursos, Reclamaciones (pedido) o Denuncias
20DERECHO ADMINISTRATIVO PROTECCION JURIDICA DEL
PROC. ADM.
- PROTECCIÓN ADMINISTRATIVA.
- Recursos Administrativos son el remedio de
protección jurídica del administrado para
impugnar actos y hechos administrativos que lo
afectan. Remedio para la defensa de sus derechos
respecto de la A.P. SE DEBE TRAMITAR Y RESOLVER -
ES UNA DECLARACIÓN DE VOLUNTAD. - Naturaleza jurídica En sentido amplio son los
medios de defensa de los derechos de los
particulares. En sustancia es un Derecho y en su
Forma es un Acto. - Clasificación 1. Reglados tienen su fuente en
la ley formal o reglamento. - 2. No Reglados son los
de existencia implícita. - Esta clasificación está en desuso, ley 19549
establece una regulación integral de los
recursos. HOY TODOS SON REGLADOS.
21DERECHO ADMINISTRATIVO PROTECCION ADMINISTRATIVA
- PROTECCIÓN ADMINISTRATIVA. Recursos.
- Clasificación de los Recursos Administrativos por
su finalidad - 1. Impugnativos Reconsideración - Apelación
jerárquica menor - Apelación jerárquica mayor -
Jerárquico directo - Jerárquico en subsidio -
Jerárquico interno o menor - De alzada - De
revisión - Denuncia de ilegitimidad - Reclamo
administrativo. - 2. Complementarios se interponen durante el
trámite De queja - De rectificación - De
aclaratoria. - Quienes sustancian y resuelven I. El mismo
órgano que dictó el Acto Administrativo - ( Reconsideración - Revisión - Rectificación
- Aclaración) - II. Órgano superior (Apelación jerárquica menor y
mayor - Jerárquico - Denuncia de ilegitimidad) - III. Órgano que dicta el acto general cuando se
impugnan actos individuales dictados en su
cumplimiento.
22DERECHO ADMINISTRATIVO DIFERENCIA ENTRE AA Y RA
DIFERENCIAS ENTRE ACTO Y RECURSO ADMINISTRATIVO
- 1. Por la Protección Jurisdiccional El A.A.
directamente puede extinguir el acto, en cambio
el R.A. es indirecto, tutela las situaciones
nacidas al amparo del reglamento. No tiene
efectos extintivos. - 2. Por la revocabilidad en sede administrativa
A.A. Irrevocable cuando es estable (cosa juzgada
administrativa), R.A. revocable. - 3. Por la gradación normativa jerárquica A.A.
Norma particular, decisión individual conforme a
la regla general establecida R.A. norma general
tiene prioridad jerárquica respecto del A.A. - 4. Por el sistema de publicidad (artículo 11 ley
19549)A.A. Notificación personal o semi personal
R.A. Publicación, conocimiento indirecto,
presunto o ficto. - 5. Por la retroactividad A.A. puede ser
retroactivo R.A. es irretroactivo - 6. Por la competencia administrativa A.A.
competencia amplia R.A. competencia restrinjida. - 7. Por la vigencia A.A. concreta - aislada R.A.
continua - permanente - Estable - Constante. - 8. Por la impugnación A.A. directa art. 23 ley
19549 R.A. Indirecta a través de los actos de
aplicación, artículo 24 ley 19549. -
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