Title: UNIVERSIDAD DE JA
1Acceso a las enseñanzas universitarias oficiales
de Grado y procesos de Admisión (REAL DECRETO
1892/2008)
2Acceso a las enseñanzas universitarias de Grado
y procesos de Admisión (Real Decreto 1892/2008)
1. Acceso a los estudios universitarios de Grado
2. Prueba de Acceso para quienes posean título
de Bachiller o equivalente
3. Otras Vías de Acceso a la Universidad
4. Admisión a las universidades públicas
españolas
5. Aplicabilidad normativa del Real Decreto
1892/2008
3 1. Acceso a los estudios universitarios de Grado
Quiénes pueden acceder a la Universidad?
Capítulo I del Real Decreto 1892/2008
- Quienes estén en posesión de un título oficial de
Grado - Quienes estén en posesión de un título
universitario oficial de Diplomado, Arquitecto
Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado,
Arquitecto o Ingeniero - Quienes hayan cursado estudios universitarios en
el extranjero y la Universidad les reconozca un
mínimo de 30 créditos - Quienes tengan el título de Bachiller o
equivalente y superen, o tengan superada, la
Prueba de Acceso a la Universidad - Quienes procedan de sistemas educativos de
Estados miembros de la Unión Europea o de otros
Estados que tengan acuerdos suscritos con España,
y cumplan los requisitos de Acceso a la
Universidad en su país de origen. Deberán
superar, además, una Prueba Lingüística
4Quiénes pueden acceder a la Universidad?
Capítulo I del Real Decreto 1892/2008
- Los estudiantes procedentes de sistemas
educativos extranjeros con la homologación del
título de origen al título español de Bachiller.
Tienen que superar la Prueba de Acceso a la
Universidad - Quienes posean el título de Técnico Superior de
FP, Técnico Superior de Enseñanzas Artísticas o
Técnico Deportivo Superior - Quienes superen la Prueba de Acceso para Mayores
de 25 años - Quienes acrediten experiencia laboral o
profesional, siendo mayor de 40 años y mediante
entrevista personal - Quienes superen la Prueba de Acceso para Mayores
de 45 años
5 2. Prueba de Acceso para quienes posean título
de Bachiller o equivalente (Capítulo II del
Real Decreto 1892/2008)
2.1. Cuestiones de carácter general
- Los alumnos con título de Bachiller o
equivalente tendrán que superar la Prueba de
Acceso, a la que se refiere el Capítulo II del
REAL DECRETO 1892/2008, para poder acceder a
enseñanzas universitarias oficiales de Grado - La Prueba de Acceso se adecuará al currículo del
Bachillerato y versará sobre materias de segundo
curso - Dos convocatorias anuales
- No se establece límite de convocatorias para
superar la Prueba - Estructura de la Prueba Fase General y Fase
Específica
6 2.2. Estructura de la Prueba de Acceso
Fase General (obligatoria)
Fase Específica (voluntaria)
Comentario de Texto
Historia de la Filosofía o Historia de España
Materias adscritas a alguna rama de conocimiento
Lengua Extranjera
Materia de modalidad
7 Fase General (obligatoria)
Comentario de Texto Relacionado con
capacidades y contenidos de la materia de
Lengua Castellana y Literatura Dos opciones
de examen (a elegir una)
Historia de la Filosofía o Historia de
España Dos opciones de examen en cada caso (a
elegir una)
Lengua Extranjera Dos opciones de examen (a
elegir una)
Materia de modalidad Dos opciones de examen (a
elegir una)
Duración de los ejercicios 1 hora y 30
8 Fase General (obligatoria)
- La duración de cada uno de los ejercicios será
de una hora y media - Intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de
un ejercicio y el inicio del siguiente - Cada ejercicio se calificará entre 0 y 10
puntos, con dos cifras decimales - La calificación de la Fase General será la media
aritmética de las calificaciones de los cuatro
ejercicios
9 - Disposición final segunda. Ejercicio de Lengua
Extranjera
- El tercer ejercicio de Lengua Extranjera no
incluirá la valoración de la comprensión y
expresión oral hasta dos cursos después de la
implantación del Bachillerato establecido en la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
es decir, en el curso académico 2011-2012 - Dos años antes de la implantación de la prueba
oral se realizará un estudio para determinar las
características específicas de la prueba y, en su
caso, tomar las decisiones oportunas sobre su
implantación
10 Fase Específica (voluntaria)
- Cada estudiante se podrá examinar de cualquiera
de las materias de modalidad de segundo de
Bachillerato, distintas de la materia elegida
para el cuarto ejercicio de la Fase General - En los ejercicios de cada materia habrá una
única opción de examen - La duración de cada uno de los ejercicios será
de una hora y media - Intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de
un ejercicio y el inicio del siguiente - Cada ejercicio se calificará entre 0 y 10
puntos, con dos cifras decimales - Se considerará superada la materia cuando se
obtenga una calificación igual o superior a 5
puntos
11 2.3. Superación de la Prueba de Acceso
Se considerará que un estudiante ha superado la
Prueba de Acceso cuando haya obtenido una nota
igual o mayor a 5 puntos como resultado de la
media ponderada del 60 de la nota media de
Bachillerato y el 40 de la calificación de la
Fase General, siempre que haya obtenido un mínimo
de 4 puntos en la calificación de la Fase General
CFG 4 0,6NMB 0,4CFG 5 CFG.-
Calificación Fase General NMB.- Nota Media de
Bachillerato
12 2.4. Nota de Admisión a las enseñanzas
universitarias de Grado
- Nota de Admisión 0,6NMB 0,4CFG aM1 bM2
- NMB Nota media del Bachillerato
- CFG Calificación de la Fase General
- M1, M2 Las dos mejores calificaciones de las
materias superadas de la Fase Específica (Dirá
aM1 bM2 mayor?) - a, b Parámetros de ponderación de las materias
de la Fase Específica. Estarán entre 0,1 y 0,2, y
deberán ser hechos públicos por las universidades
al comienzo del curso académico - Se aplicarán los coeficientes sólo en el caso en
el que las materias estén adscritas a la rama de
conocimiento correspondiente a la titulación
universitaria que el interesado solicite
13 2.5. Materias de 2º de Bachillerato adscritas
a las ramas de conocimiento
- Artes y Humanidades
- Dibujo Artístico II
- Dibujo Técnico II
- Diseño
- Geografía
- Griego
- Historia de la Música y de la Danza
- Historia del Arte
- Latín II
- Literatura Universal
- Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica
- Ciencias Sociales
- y Jurídicas
- Economía de la Empresa
- Geografía
- Latín II
- Literatura Universal
- Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales
14- Ciencias
- Biología
- Ciencias de la Tierra y Mediambientales
- Física
- Matemáticas II
- Química
- Ingeniería y Arquitectura
- Dibujo Técnico II
- Electrotecnia
- Ciencias de la Tierra y Mediambientales
- Física
- Matemáticas II
- Química
- Tecnología Industrial II
- Ciencias de la Salud
- Biología
- Ciencias de la Tierra y Mediambientales
- Física
- Matemáticas II
- Química
15- Anualmente se celebrarán dos convocatorias
ordinaria y extraordinaria - Los estudiantes podrán presentarse en sucesivas
convocatorias para mejorar la nota, tanto de la
Fase General como de la Fase Específica - La superación de la Fase General tiene validez
indefinida - Las calificaciones de las materias de la Fase
Específica tienen validez durante los dos cursos
académicos siguientes a la superación de las
mismas
16- Disposición adicional tercera. Estudiantes con la
Prueba - de Acceso superada según normativas anteriores
- La nota de admisión de los estudiantes que hayan
superado la Prueba de Acceso según normativas
anteriores, será la calificación definitiva de la
Prueba de Acceso que obtuvieran en su momento. No
obstante lo anterior, podrán presentarse a la
fase específica. En este caso la nota de admisión
se obtendrá con la siguiente fórmula - Nota de admisión CDA aM1 bM2
- CDA Calificación definitiva de la Prueba de
Acceso anterior a la establecida en el Real
Decreto 1892/2008
17- Nota de Admisión 0,6NMB 0,4CFG aM1 bM2
Nota Media de Bachillerato 6,75 F. General
Leng.7Filos.8,5Inglés3Dibujo Tco5 ? CFG
5,875 F. Específica Matemáticas 6,2 Física 5
Tcgía. Industrial 7
Notas de Admisión
a y b Arquitecto Aeronáut.
CC. Tierra 0,125 0,100
Dibujo Tco. 0,200 0,200
Electrotecnia 0,125 0,175
Física 0,200 0,200
Matemáticas 0,200 0,200
Química 0,100 0,100
Tcgía. Indust. 0,100 0,200
Arquitecto 0,66,75 0,45,875
6,40 0,26,20 0,25,00 8,62
Aeronáutico 0,66,75 0,45,875
6,40 0,26,20 0,27,00 9,04
17
18 3. Otras Vías de Acceso a la Universidad
- 3.1. Estudiantes procedentes de otros sistemas
educativos (Capítulo III del Real Decreto
1892/2008)
- Los estudiantes procedentes de sistemas
educativos de Estados miembros de la Unión
Europea o los de otros Estados con los que España
haya suscrito Acuerdos internacionales aplicables
a este respecto, en régimen de reciprocidad, que
cumplan los requisitos académicos exigidos en sus
sistemas educativos para acceder a sus
universidades, podrán acceder a la universidad
española en las mismas condiciones que los
estudiantes que hayan superado la Prueba de
Acceso (En Andalucía deben superar Prueba
Lingüística) - Podrán presentarse a la Fase Específica
- Nota de admisión Calificación de credencial
aM1 bM2
19 Prueba de Acceso para estudiantes de sistemas
educativos extranjeros
- Los estudiantes de sistemas educativos
extranjeros podrán realizar la Prueba de Acceso
siempre que acrediten la homologación de sus
títulos al título de Bachiller español - Las Pruebas de Acceso se realizarán en sedes de
la UNED
- No obstante, podrán acceder a enseñanzas
universitarias de Grado todos aquellos
estudiantes que hayan cursado estudios
universitarios parciales extranjeros o,
habiéndolos finalizado, no hayan obtenido su
homologación en España, siempre que la
Universidad correspondiente les haya reconocido
al menos 30 créditos
20- 3.2. Acceso a la Universidad desde otras
titulaciones (Capítulo IV del Real Decreto
1892/2008)
- Quienes estén en posesión de los títulos de
Técnico Superior de Formación Profesional,
Técnico Superior de Artes Pláticas y Diseño, o
Técnico Deportivo Superior a que se refieren los
artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo de Educación, o títulos
equivalentes, podrán acceder, sin necesidad de
prueba de acceso, a cualquier título oficial de
Grado
21 Nota de Admisión (Técnicos Superiores)
- Nota de Admisión NMC aM1 bM2
- NMC Nota media del Ciclo Formativo
- M1, M2 Las dos mejores calificaciones de los
módulos de que se compone el Ciclo Formativo de
Grado Superior, quedando exceptuados los módulos
de Formación y Orientación Laboral, Formación en
Centros de Trabajo y Empresa y Cultura
Emprendedora - a, b Parámetros de ponderación de los módulos
del Ciclo Formativo. Estarán entre 0,1 y 0,2, y
deberán ser hechos públicos por las universidades
al comienzo del curso académico
22- 3.3. Otras vías de Acceso
- (Capítulo V del Real Decreto 1892/2008)
- Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de
25 años
- Acceso a la Universidad mediante la acreditación
de experiencia laboral o profesional (mayores de
40 años)
- Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de
45 años
23 4. Admisión a las universidades públicas
españolas (Capítulo VI del Real Decreto 1892/2008)
- 4.1. Reglas generales de Admisión
- Los estudiantes podrán presentar sus solicitudes
de admisión para cualquiera de las titulaciones y
centros de las universidades de su elección, con
independencia de donde obtuvieron sus requisitos
de acceso
- Los estudiantes que habiendo comenzado sus
estudios universitarios en un determinado centro,
tengan superado, al menos, 6 créditos, y los
hayan abandonado temporalmente, podrán
continuarlos en el mismo centro sin necesidad de
volver a participar en proceso de admisión alguno
24- 4.2. Cambio de Universidad y/o estudios
universitarios oficiales de Grado
- Las solicitudes de plazas de estudiantes que
deseen ser admitidos en otra universidad y/o
estudios universitarios, y se les reconozca un
mínimo de 30 créditos, serán resueltas por el
Rector de la Universidad, de acuerdo con los
criterios que determine el Consejo de Gobierno de
cada Universidad
25- CUPOS DE RESERVA
- Mayores de 25 años (mínimo del 2)
- Mayores de 45 años (entre el 1 y el 3)
- Estudiantes con discapacidad (5)
- Deportistas de alto nivel y alto rendimiento
(mínimo del 3) - Titulados universitarios (entre el 1 y el 3)
Selectividad y F.P. concurren en el mismo cupo
26 Adjudicación de plazas
- La adjudicación de plazas se realizará en función
de la nota de admisión a las enseñanzas
universitarias obtenida por el estudiante
conforme a lo dispuesto en el artículo 14.
- En todo caso, para la adjudicación de plazas,
tendrán opción preferente los estudiantes cuyo
cuarto ejercicio de la Fase General corresponda a
una materia vinculada a la rama de conocimiento
de la enseñanza a la que solicita acceder
- En todo caso, cuando se produzca empate para la
adjudicación de plazas, tendrán opción preferente
los estudiantes cuyo cuarto ejercicio de la Fase
General corresponda a una materia vinculada a la
rama de conocimiento de la enseñanza a la que
solicita acceder
Corrección de errores (BOE 28 de marzo de 2009)
27 5. Aplicabilidad normativa del Real Decreto
1892/2008
- La Prueba de Acceso para alumnos con título de
Bachiller o equivalente se aplicará en el curso
académico 2009-2010 - La Prueba de Acceso para mayores de 25 años será
de aplicación a partir del 1 de enero de 2010 - El Acceso a la Universidad mediante la
acreditación de experiencia laboral o profesional
(mayores de 40 años) será de aplicación a partir
del curso académico 2010-2011 - La Prueba de Acceso para mayores de 45 años será
de aplicación a partir del 1 de enero de 2010 - El Capítulo VI del Real Decreto 1892/2008, sobre
admisión a las universidades públicas españolas,
será de aplicación a los procedimientos de
admisión a la Universidad a partir del curso
académico 2010-2011
28Se van a introducir modificaciones mediante
orden o corrección de errores (Este archivo está
elaborado el día 23-04-2009)