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LA JURISDICCI

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El rgano del Poder Judicial en su funci n de hacer justicia puede basarse tambi n, adem s de la ley en los principios generales del derecho, ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: LA JURISDICCI


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LA JURISDICCIÒN COMO ATRIBUCIÒN DEL ESTADO
  • TEORIA GENERAL DEL PROCESO
  • EDWIN STAHL RODRIGUEZ

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QUE ES JURISDICCIÒN ?
  • La Jurisdicción es entendida como el poder de
    decir o declarar el derecho.
  • Es el conjunto de atribuciones que tiene el
    estado para ejercerlas por medio de alguno de sus
    órganos

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FUNCIONES JURISDICCIONALES DEL ESTADO
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FUNCIÒN DE JURISDICCIÒN JUDICIAL
  • Corresponde al Poder Judicial mediante sus
    órganos
  • la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los
    Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales
    Unitarios, y Juzgado de Distrito en materia
    federal
  • y Supremo Tribunal de Justicia y Juzgados en
    materia Común, la aplicación y observancia de las
    leyes mediante el proceso.

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FUNCIÒN DE JURISDICCIÒN JUDICIAL
  • La finalidad de la función Judicial es la
    solución de controversias o litigios, mediante la
    aplicación del Derecho, es una función pública de
    hacer justicia la cual impartirá conforme a
    derecho.
  • En ejercicio de esta función el juzgador debe
    tomar conocimiento del conflicto a través de las
    afirmaciones de hecho y las argumentaciones
    jurídicas expresadas por las partes, y con base
    en las pruebas aportadas resolver el litigio,
    contando con las facultades de imperio o jus
    imperium o facultad de hacer cumplir sus
    determinaciones.
  • El órgano del Poder Judicial en su función de
    hacer justicia puede basarse también, además de
    la ley en los principios generales del derecho,
    en la equidad o en criterios de interpretación
    jurídica o jurisprudencia.

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FUNCIÒN DE JURISDICCIÒN ADMINISTRATIVA
  • La función administrativa es entendida como la
    actividad del estado destinada a la atención de
    la administración publica y a la dotación de los
    servicios públicos dentro de la exacta
    observancia de la leyes.
  • Esta jurisdicción es una de las bases sobre las
    cuales se sustenta y se manifiesta el poder
    soberano del estado, se le considera una función
    suprema que pretende evitar la anarquía y
    garantizar la seguridad social de los gobernados.

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FUNCIÒN DE JURISDICCIÒN ADMINISTRATIVA
  • La función administrativa es actividad técnica en
    la cual el derecho es un medio, la actividad
    administrativa esta regulada por la ley pero no
    constituye su fin, como en el poder judicial en
    donde la aplicación de la ley es la finalidad
    primordial. Así vemos que el Ejecutivo ejerce un
    acto administrativo cuando ordena la apertura de
    una calle o la clausura de una establecimiento.
  • Sin embargo el Ejecutivo también ejerce un acto
    jurisdiccional además del administrativo, cuando
    resuelve la queja de un particular contra sus
    mismo actos, así por ejemplo la dirección de
    pensiones ejecuta actos de administración cuando
    recibe aportaciones, organiza su personal, y
    ejecuta un acto jurisdiccional cuando resuelve
    sobre la jubilaciones las acuerda o las niega.

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FUNCIÒN DE JURISDICCIÒN ADMINISTRATIVA
  • La función jurisdiccional administrativa es la
    actividad concreta del estado que satisface las
    necesidades colectivas en forma directa, continua
    y permanente con sujeción al ordenamiento
    jurídico vigente.
  • La función jurisdiccional administrativa también
    se dirige a la ejecución de leyes. Esta ejecución
    de leyes en que se hace consistir la función
    administrativa se lleva a cabo mediante la
    publicación de leyes la realización de las tareas
    que las leyes confían al gobierno, el
    mantenimiento del orden publico y el
    funcionamiento de los servicios públicos.

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FUNCIÒN DE JURISDICCIÒN LEGISLATIVA
  • Corresponde básicamente al Estado mediante la
    función de jurisdicción Legislativa la creación
    de las normas jurídicas.
  • En un estudio integral la función Legislativa
    atiende a la promulgación de las normas generales
    que regulan jurídicamente la vida de la
    colectividad.
  • A diferencia de la función Judicial que aplica la
    ley a las situaciones concretas o individuales,
    la función Legislativa genera situaciones
    jurídicas abstractas, esto es que previene de una
    manera apersonal las conductas impuestas por la
    ley tocándole al juzgador aplicarlas en forma
    personal.

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FUNCIÒN DE JURISDICCIÒN LEGISLATIVA
  • La función legislativa consiste en crear normas
    jurídicas generales, abstracta e impersonales, a
    las que se denominan LEYES. Así dentro de los
    Estados democráticos de derecho, se da el nombre
    de ley a las normas jurídicas generales expedidas
    por el órgano legislativo, que reúne a
    representantes electos por medio del voto
    popular.
  • Aún cuando los poderes Ejecutivo y Judicial
    expiden normas, es evidente que ni la expedición
    de reglamentos por el Ejecutivo, ni la expedición
    de acuerdos o creación de tesis jurisprudenciales
    por el poder judicial constituyen ejercicio de
    función legislativa por que su contenido y la
    naturaleza del órgano que las expide son muy
    distinto de la ley y del órgano Legislativo.

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OTRAS ATRIBUCIONES DEL ESTADO
  • El Estado tiene otras atribuciones
    jurisdiccionales además de la legislativa, la
    administrativa y la judicial. Así tenemos la
    facultad de firmar convenios y tratados
    internacionales conforme al articulo 89 de la
    Constitución Federal.
  • También el Estado por conducto de las Juntas de
    Conciliación y Arbitraje, resuelve problemas
    laborales
  • Por otra parte, resuelve asimismo problemas de
    naturaleza agraria por medio de los Tribunales
    Agrarios, tribunales que no dependen del Poder
    Judicial, sino en forma directa del Ejecutivo.
  • Otra función pública y atribución del estado, es
    la resolución de conflictos entre proveedor,
    comerciante y consumidor por medio de la
    Procuraduría Federal del Consumidor.
  • Es también el estado, por medio de la
    Procuraduría General de la República, quien se
    encarga de la investigación y persecución de los
    delitos.
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