Title: SEMINARIO
1SEMINARIO JORNADA SOBRE MERCADO DE CAPITALES Y
FINANCIAMIENTO DE LA ECONOMIA REALPANEL
1MERCADO DE CAPITALES SITUACION ACTUAL Y
FUTURO. ASPECTOS PRÁCTICOS PARA ACCEDER AL
MERCADO DE CAPITALES
- María Soledad CASTRO
- GERENTE DE INTERMEDIARIOS, BOLSAS Y MERCADOS
- scastro_at_cnv.gov.ar
- http//www.cnv.gov.ar
2AGENDA
- CNV ESTRUCTURA, ORGANIGRAMA, NORMAS, OBJETIVOS,
FUNCIONES, ENTIDADES e INSTRUMENTOS, INFORMACION
PUBLICA Y GRATUITA. - 2007/2010 CNV ACCIONES PROTECCION AL INVERSOR
ADVERTENCIA, RECOMENDACIONES, DIFUSION INICIO Y
FIN SUMARIOS Y SUSPENSIONES PREVENTIVAS,
CAPACITACION, ACCESOS REMOTOS PÀRA CONSULTAS Y
DENUNCIAS. - 2004/2010 CNV Y ENTIDADES REGIMEN INFORMATIVO
ELECTRONICO AIF CNV INMEDIATO, DIARIO,
SEMANAL, MENSUAL, TRIMESTRAL, ANUAL Y PERIODICO - CNV INFORME MENSUAL MERCADO DE CAPITALES y
NEWSLETTER.
3ESTRUCTURA CNV
- CNV ENTIDAD AUTÁRQUICA con jurisdicción en toda
la REPÚBLICA ARGENTINA. - CNV actúa dentro órbita de SUBSECRETARIA DE
SERVICIOS FINANCIEROS de SECRETARIA DE FINANZAS
del MEyFP (artículo 1º Ley Nº 17811). - CNV DIRECTORIO 5 Miembros designados por PEN por
7 años reelegibles (artículo 2º Ley Nº 17.811). - CNV PRESUPUESTO 2009 28.000.000
- CNV 190 AGENTES
- 54 Abogados
- 48 Contadores
- 13 Lic. Economía
- 9 Prof. en Sistemas
- 4 Lic. Administración
- 13 Otras Profesiones
- 48 Administrativos
4www.cnv.gov.ar y ESTANDARES INTERNACIONALES 2008
5www.cnv.gov.ar y ESTANDARES INTERNACIONALES 2008
- CUMPLE PROCEDIMIENTOS ENFOCADOS A PARTE
ESTRUCTURAL DE LA PAGINA
- CUMPLE REGLAS QUE RIGEN EL ASPECTO VISUAL DE LA
PAGINA
6PRINCIPALES NORMAS QUE DELEGARON FUNCIONES EN CNV
- Ley Nº 17.811 Oferta Pública de Títulos Valores
- Ley Nº 22.169 Funciones de la CNV como IGJ
- Ley Nº 23.576 Obligaciones Negociables
- Ley Nº 24.083 Fondos Comunes de Inversión
- Ley Nº 24.241 Fondos de jubilaciones y Pensiones
- Ley Nº 24.441 Fideicomisos Financieros
- Ley Nº 20.643 creación de CAJAS DE VALORES
- Decreto Nº 2284/91 Desregulación Económica
- Decreto Nº 656/92 Sociedades Calificadoras de
Riesgo - Decreto Nº 1926/93 Mercados de Futuros y Opciones
- Decreto Nº 174/93 Reglamentario de la Ley Nº
24.083 Fondos Comunes de Inversión - Ley Nº 25.246 Prevención de Lavado de Activos
- Decreto Nº 677/01 TRANSPARENCIA O.P.
7CNV OBJETIVOS ESTRATEGICOS
- Difundir MERCADO DE CAPITALES en REPUBLICA
ARGENTINA. - Establecer regulaciones y acciones para la
PROTECCIÓN DEL INVERSOR. - Fomentar el DESARROLLO ECONÓMICO a través de la
profundización del MERCADO DE CAPITALES. - Asegurar que el MERCADO DE CAPITALES se
desarrolle en forma sana, segura, transparente y
competitiva, para una eficiente asignación del
AHORRO hacia la INVERSIÓN PRODUCTIVA. - Desarrollar medidas para que las OPERACIONES se
desarrollen en un marco de INTEGRIDAD,
RESPONSABILIDAD y ÉTICA. - Establecer HERRAMIENTAS para que INVERSORES
cuenten con INFORMACIÓN plena y completa, para la
toma de decisiones de inversión.
8CNV FUNCIONES PRINCIPALES
- Llevar registro, autorizar y reglamentar la
OFERTA PÚBLICA de VALORES NEGOCIABLES. - CONTROLAR SOCIEDADES POR ACCIONES QUE HAGAN
OFERTA PÚBLICA, tomando funciones de IGJ, siendo
competencia exclusiva y excluyente de la CNV a)
Prestar conformidad administrativa con relación a
las reformas estatutarias b) Fiscalizar toda
variación de capital, así como la disolución y
liquidación de las sociedades c) Fiscalizar
permanentemente el funcionamiento de las
sociedades. - ASESORAR AL PEN en autorización de BOLSAS DE
COMERCIO CON MERCADO DE VALORES ADHERIDO y
MERCADOS DE VALORES. Solicitar al PEN el retiro
de autorización cuando no cumplan funciones que
les asigna la Ley Nº 17.811. - AUTORIZAR BOLSAS DE COMERCIO SIN MERCADO DE
VALORES ADHERIDO. - Fiscalizar funcionamiento de BOLSAS DE COMERCIO
CON y SIN MERCADOS DE VALORES ADHERIDO y MERCADO
DE VALORES. Aprobar sus normas y
reglamentaciones. - AUTORIZAR, fiscalizar, regular los MERCADOS DE
FUTUROS Y OPCIONES y CÁMARAS DE COMPENSACIÓN de
FUTUROS Y OPCIONES, el MERCADO ABIERTO
ELECTRÓNICO S.A., la CAJA DE VALORES S.A., las
ENTIDADES DE LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES. Aprobar
sus normas y reglamentaciones. - Llevar el registro, autoriza, fiscalizar y
regular las SOCIEDADES GERENTES, SOCIEDADES
DEPOSITARIAS de FCI, autorizando a los FCI
Abiertos y Cerrados y a los AGENTES COLOCADORES
de cuotapartes de FCI. - Llevar el registro, fiscalizar y regular los
FIDUCIARIOS FINANCIEROS y FIDUCIARIOS ORDINARIOS
PÚBLICOS, autorizando FIDEICOMISOS FINANCIEROS
(Ley Nº 24.441). - Llevar el registro, fiscalizar y regular
funcionamiento de SOCIEDADES CALIFICADORAS DE
RIESGO (Decreto Nº 656/92).
9QUÉ ES LA OFERTA PÚBLICA?
Ley Nº 17.811 Invitación que se hace a personas
en general o a sectores o grupos determinados
para realizar cualquier acto jurídico con VN...
por medio de ... cualquier ... procedimiento de
difusión. ARTICULO 16.- Se considera oferta
pública la realizar invitación que se hace a
personas en general o a sectores o grupos
determinados para cualquier acto jurídico con
títulos valores, efectuada por los emisores o por
Organizaciones unipersonales o sociedades
dedicadas en forma exclusiva o parcial al
comercio de aquéllos, por medio de ofrecimientos
personales, publicaciones periodísticas,
transmisiones radiotelefónicas o de televisión,
proyecciones cinematográficas, colocación de
afiches, letreros o carteles, programas,
circulares y comunicaciones impresas o cualquier
otro procedimiento de difusión.
Actualmente OFERTA PÚBLICA cuando se contacta al
INVERSOR a través de ofrecimientos personales,
publicaciones, transmisiones de radio o
televisión, proyecciones cinematográficas,
colocación de afiches, letreros o carteles,
internet, o cualquier otro procedimiento de
difusión.
10 QUÉ SON LOS VALORES NEGOCIABLES?
- Ley Nº 17.811 ARTICULO 17.- Pueden ser objeto de
oferta pública únicamente los títulos valores
emitidos en masa, que por tener las mismas
características y otorgar los mismos derechos
dentro de su clase, se ofrecen en forma genérica
y se individualizan en el momento de cumplirse el
contrato respectivo. Decreto Nº 2284/91 artículo
80 amplía concepto oferta pública FUTUROS Y
OPCIONES. Decreto Nº 677/01 Dentro OFERTA
PUBLICA CONTRATOS A TÉRMINO, DE FUTUROS U
OPCIONES. - Decreto Nº 677/01 artículo 1º Concepto VN
Títulos valores artículo 17 de la Ley N 17.811 y
sus modificatorias, emitidos tanto en forma
cartular así como a todos aquellos valores
incorporados a un registro de anotaciones en
cuenta incluyendo, en particular, a los valores
de crédito o representativos de derechos
creditorios, a las acciones, a las cuotapartes de
fondos comunes de inversión, a los títulos de
deuda o certificados de participación de
fideicomisos financieros o de otros vehículos de
inversión colectiva y, en general, a cualquier
valor o contrato de inversión o derechos de
crédito homogéneos y fungibles, emitidos o
agrupados en serie y negociables en igual forma y
con efectos similares a los títulos valores, que
por su configuración y régimen de transmisión
sean susceptibles de tráfico generalizado e
impersonal en los mercados financieros. Son
aplicables a los valores negociables todas las
disposiciones de la Ley N 17.811 y sus
modificaciones relativas a los títulos valores.
11QUÉ NO SON VALORES NEGOCIABLES?
- Los VALORES INDIVIDUALES o NO EMITIDOS EN MASA
Fuera de Ley Nº 17.811. - CHEQUE DE PAGO DIFERIDO, FACTURAS DE CREDITO,
PLAZOS FIJOS, PAGARÉ, LETRA DE CAMBIO, y
WARRANTS. - Decreto Nº 386/03 CHEQUES DE PAGO DIFERIDO
Sustituyó el artículo 56 del Capítulo XI del
Anexo I a la Ley Nº 24.452 para establecer 1)
que el CHEQUE DE PAGO DIFERIDO es libremente
transferible por endoso con la sola firma del
endosante, 2) que serán negociables en las Bolsas
de Comercio y Mercados de Valores autorregulados
de la REPUBLICA ARGENTINA, conforme a sus
respectivos reglamentos, los que a este efecto
deberán prever un sistema de interferencia de
ofertas con prioridad precio-tiempo, 3) que la
oferta primaria y la negociación secundaria de
los cheques de pago diferido no se considerarán
oferta pública comprendida en el artículo 16 y
concordantes de la Ley Nº 17.811 y no requerirán
autorización previa. - Decreto Nº 1047/05 estableció que los
CERTIFICADOS DE PLAZO FIJO CONSTITUIDOS A
TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) DÍAS o por el
plazo mayor que al efecto pueda establecer el
BCRA 1) podrán ser negociados en Bolsas de
Comercio y Mercados de Valores autorregulados de
la REPUBLICA ARGENTINA por medio de modalidades
de negociación que garanticen la interferencia de
ofertas con prioridad precio-tiempo, 2) que la
oferta primaria y la negociación secundaria de
los certificados mencionados no se considerarán
oferta pública en los términos de los artículos
16 y concordantes de la Ley Nº 17.811, 3) que no
se requerirá autorización previa, y 4) que la CNV
será Autoridad de Aplicación respecto de la
regulación y supervisión de la negociación de los
certificados de plazo fijo en las Bolsas y
Mercados de Valores autorregulados, junto con el
control de las actividades a que hace mención el
artículo 59 de la Ley Nº 20.64. - FACTURAS DE CRÉDITO Ley Nº 24.760 Artículo 6
establece que la oferta primaria y la
negociación secundaria en bolsas de comercio de
la factura de crédito no se considerarán oferta
pública comprendida en el artículo 16 y cctes. de
la Ley Nº 17.811, y no requerirán autorización
previa.
12QUÉ NO SON VALORES NEGOCIABLES?
CHEQUE DE PAGO DIFERIDO CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO PROYECTO LEY WARRANTS1 FACTURA DE CREDITO
Decreto 386/03 Decreto 1047/05 (Actual Ley 9643) Ley 24.760
NEGOCIACIÓN. Autoridad de Aplicación respecto de la negociación. Art. 4º La COMISION NACIONAL DE VALORES, será la Autoridad de Aplicación del presente decreto, a los fines de la regulación y supervisión de la negociación en las Bolsas de Comercio y Mercados de Valores autorregulados, y de lo establecido en el Artículo 59 de la Ley Nº 20.643. NEGOCIACIÓN. Autoridad de Aplicación respecto de la negociación.- Art. 4º la COMISION NACIONAL DE VALORES será Autoridad de Aplicación respecto de la regulación y supervisión de la negociación de los certificados de plazo fijo en las Bolsas y Mercados de Valores autorregulados, junto con el control de las actividades a que hace mención el Artículo 59 de la Ley Nº 20.643. NEGOCIACIÓN. Autoridad de Aplicación respecto de la negociación.- Art. 19.- () La COMISION NACIONAL DE VALORES será autoridad de aplicación específica de la presente ley, con carácter exclusivo y excluyente, a los fines de la regulación y supervisión de la negociación de los certificados de depósito o warrants en las Bolsas de Comercio con Mercado de Valores Adherido, y de lo establecido en el Artículo 59 de la Ley 20.643.- Esta Ley no contempla este artìculo
AMBITO NEGOCIACIÓN "ARTICULO 56.- El cheque de pago diferido es libremente transferible por endoso con la sola firma del endosante. Los cheques de pago diferido serán negociables en las Bolsas de Comercio y Mercados de Valores autorregulados de la REPUBLICA ARGENTINA, conforme a sus respectivos reglamentos, los que a este efecto deberán prever un sistema de interferencia de ofertas con prioridad precio-tiempo. La oferta primaria y la negociación secundaria de los cheques de pago diferido no se considerarán oferta pública comprendida en el Artículo 16 y concordantes de la Ley Nº 17.811 y no requerirán autorización previa. AMBITO NEGOCIACIÓN "ARTICULO 2º.-Los certificados de plazo fijo constituidos a TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días o por el plazo mayor que al efecto pueda establecer el BCRA, podrán ser negociados en Bolsas de Comercio y Mercados de Valores autorregulados por medio de modalidades de negociación que garanticen la interferencia de ofertas con prioridad precio-tiempo. La oferta primaria y la negociación secundaria no se considerarán oferta pública en los términos de los Artículos 16 y concordantes de la Ley Nº 17.811 y no requerirán autorización previa." AMBITO NEGOCIACIÓN Art. 19.- Los certificados de depósito o warrants podrán ser objeto de negociación en las Bolsas de Comercio con Mercado de Valores Adherido, conforme a sus respectivos reglamentos, los que a éste efecto deberán prever un método de interferencia de ofertas con prioridad precio-tiempo la negociación en estas entidades no se considerará oferta pública comprendida en el Artículo 16 de la Ley 17.811. ().- AMBITO DE NEGOCIACIOÓN ARTÍCULO 6-Las facturas de crédito serán negociables en las bolsas de comercio y mercados de valores autorregulados. La oferta primaria y la negociación secundaria de la factura de crédito no se consideraran oferta pública.
132010 CNV RG 565/10 REGLAMENTACION NEGOCIACION
CHEQUES DE PAGO DIFERIDO GARANTIZADOS x
WARRANTS
- CNV establece pautas mínimas que Mercados de
Valores y Bolsas de Comercio deberán contemplar
cuando implementen en sus ámbitos la negociación
de los CHEQUES DE PAGO DIFERIDO GARANTIZADOS POR
WARRANTS. - ANTECEDENTE CIRCULAR Nº 799 del MERCADO DE
VALORES DE ROSARIO S.A. para negociación de
cheques de pago diferido garantizados por
warrants dentro de la modalidad directa. - OBJETIVO PRINCIPAL abrir nuevas fuentes de
financiamiento para las empresas medianas y
pequeñas, vinculadas a los sectores agropecuario,
industrial o comercial, y generar nuevos
instrumentos en el mercado de capitales para la
realización de inversiones tanto por parte de
inversores institucionales como de inversores
individuales. - CNV continua con iniciativas para el desarrollo
de la economía real de nuestro país y, en este
caso en particular, de las economías regionales.
13
14CNV ORGANIGRAMA (DTO. 2041/06)
220 ENTIDADES (30 PYMES)
23 ENTIDADES (631 INTERMEDIARIOS)
1139 ENTIDADES E INSTRUMENTOS
4 SCR 39 SG FCI 24 SD FCI 260 FCI 19 FF y
FOP 550 FID.
15ENTIDADES E INSTRUMENTOS BAJO COMPETENCIA CNV
- SOCIEDADES EMISORAS 220
- SOCIEDADES CALIFICADORAS DE RIESGO 4
- SOCIEDADES GERENTES FONDOS COMUNES DE INVERSION
39 - SOCIEDADES DEPOSITARIAS FONDOS COMUNES DE
INVERSION 24 - FONDOS COMUNES DE INVERSION 260
- FIDUCIARIOS FINANCIEROS y O.P. REGISTRADOS EN
CNV 19 - FIDEICOMISOS FINANCIEROS 550
- MERCADOS DE VALORES 6
- MERCADOS DE FUTUROS Y OPCIONES 2
- ENTIDADES AUTORREGULADAS NO BURSÁTILES 1
- BOLSAS DE COMERCIO CON MERCADO DE VALORES
ADHERIDO 6 - BOLSAS DE COMERCIO SIN MERCADOS DE VALORES
ADHERIDO 5 - CAJAS DE VALORES 1
- ENTIDADES DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 1
- CÁMARAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE FUTUROS
Y OPCIONES 1 - TOTAL 1139
16ENTIDADES E INSTRUMENTOS en www.cnv.gov.ar
1139 ENTIDADES E INSTRUMENTOS
17ESTRUCTURA NORMAS CNV
Libro 1. EMISORAS Capítulo I Acciones y otros
valores negociables Capítulo II Asambleas y
Modificaciones Estatutarias Capítulo III Órganos
de administración y fiscalización. auditoría
externa Capítulo IV Dividendos Capítulo V
Fiscalización Societaria (Ley Nº 22.169) Capítulo
VI Oferta Pública Primaria Capítulo VII
Emisoras extranjeras y cedears y ceva Capítulo
VIII Prospecto Capítulo IX Reorganización
Societaria Capítulo X Retiro del Régimen de la
Oferta Pública LIBRO 2. FONDOS COMUNES DE
INVERSIÓN Capítulo XI Fondos Comunes de
Inversión Capítulo XII Fondos comunes
cerrados Capítulo XIII Fondos comunes de
dinero Capítulo XIV Otras Disposiciones para los
Fondos Comunes de Inversión Libro 3.
FIDEICOMISOS Capítulo XV Fideicomisos Libro 4.
CALIFICADORAS DE RIESGO Capítulo XVI
Calificadoras de Riesgo Libro 5. NEGOCIACIÓN Y
CUSTODIA DE VALORES NEGOCIABLES Capítulo XVII
Oferta Pública Secundaria Capítulo XVIII Bolsas
de Comercio y Mercados de Valores Capítulo XIX
Agentes de Entidades Autorreguladas No
Bursátiles Capítulo XX Cajas de Valores Libro 6.
TRANSPARENCIA Capítulo XXI Transparencia en el
Ámbito de la Oferta Pública Capítulo XXII
Prevención del lavado de dinero y la financiación
del terrorismo Libro 7. RÉGIMEN
INFORMATIVO Capítulo XXIII Régimen Informativo
Periódico Libro 8. FUTUROS Y OPCIONES Capítulo
XXIV FUTUROS Y OPCIONES Libro 9. OTRAS
DISPOSICIONES
1823 ENTIDADES COTIZACION, NEGOCIACION, CUSTODIA Y
LIQUIDACION DE VN
BOLSAS DE COMERCIO CON MERCADO
MERCADOS DE VALORES
MERCADOS DE FUTUROS Y OPCIONES
ENTIDAD EXTRA BURSATIL
ENTIDADES DE CUSTODIA Y LIQUIDACION
CORDOBA
CORDOBA
BOLSAS DE COMERCIO SIN MERCADO DE
VALORES ADHERIDO
MERCADO A TERMINO DE BUENOS AIRES
MAE S.A.
CAJA DE VALORES S.A.
BUENOS AIRES
BUENOS AIRES
MERCADO A TERMINO DE ROSARIO
ROSARIO
ROSARIO
ARGENCLEAR S.A.
LA PLATA
MENDOZA
MENDOZA
BAHIA BLANCA
ARGENTINA CLEARING S.A.
TUCUMAN
SANTA FE
LITORAL
CONFEDERADA
LA RIOJA (NO ACTIVA)
LA RIOJA (NO ACTIVO)
INTERMEDIARIOS
SALTA
INTERMEDIARIOS
INTERMEDIARIOS
19ENTIDADES e INTERMEDIARIOS
ENTIDADES Y AGENTES/INTERMEDIARIOS TOTAL AGENTES 10/09/08 TOTAL AGENTES 24/09/09 TOTAL AGENTES 21/01/10
MERCADO DE VALORES BUENOS AIRES S.A. 134 131 131
MERCADO DE VALORES CÓRDOBA S.A. 37 37 38
MERCADO DE VALORES MENDOZA S.A. 26 48 44
MERCADO DE VALORES ROSARIO S.A. 37 38 38
MERCADO DE VALORES LITORAL S.A. 17 18 17
MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO S.A. 75 73 72
SUBTOTAL 1 326 345 340
MERCADO A TERMINO DE BUENOS AIRES S.A. 84 84 84
MERCADO A TÉRMINO DE ROSARIO S.A. 105 112 114
ARGENTINA CLEARING S.A. 80 88 93
SUBTOTAL 2 269 284 291
TOTAL 595 629 631
20ENTIDADES en www.cnv.gov.ar
21ENTIDADES e INFORMACION PUBLICA en www.cnv.gov.ar
CODIGO DE PROTECCION AL INVERSOR INFORME
EXPLICATIVO DEL CODIGO
22ENTIDADES e INFORMACION PUBLICA en www.cnv.gov.ar
CODIGO DE PROTECCION AL INVERSOR
232007/2010 CNV ACCIONES PROTECCIÓN DEL INVERSOR
- ADVERTENCIA CNV en www.cnv.gov.ar
- RECOMENDACIONES en www.cnv.gov.ar
- DIFUSION DE INFORMACION CAPACITACION en
www.cnv.gov.ar y SEMINARIOS CNV con ENTIDADES - DENUNCIAS por www.cnv.gov.ar MANUAL
PROCEDIMIENTOS INTERNO PARA TRAMITACION DENUNCIAS - DIFUSION en www.cnv.gov.ar de RESOLUCIONES INICIO
Y FIN SUMARIO, de RESOLUCIONES SUSPENSIONES
PREVENTIVAS, de RESOLUCIONES CESE OFERTA PÚBLICA
NO AUTORIZADA - REEMPLAZO PAPEL por AIF CNV (DOCUMENTOS LISTA
ARTÍCULO 11). REGIMEN INFORMATIVO DIARIO,
SEMANAL, MENSUAL, TRIMESTRAL, ANUAL Y PERIODICO - REEMPLAZO RESUMEN TRIMESTRAL CAJA DE VALORES S.A.
POR ACCESO ON LINE SUBCUENTA COMITENTE
24www.cnv.gov.ar ADVERTENCIA y LISTA INTERMEDIARIOS
DE MERCADOS
25www.cnv.gov.ar y LISTA INTERMEDIARIOS REGISTRADOS
26www.cnv.gov.ar y PLANILLA INTERMEDIARIOS
27CNV RECOMENDACIONES
28COMPRUEBE. Quién es quién. Verifique que el
intermediario se encuentre autorizado para operar
valores negociables con oferta pública. Invertir
su dinero o sus valores negociables en una
entidad no autorizada, o a través de individuos
no autorizados por la COMISION NACIONAL DE
VALORES, puede implicar un alto riesgo de pérdida
de capital, dado que los mismos actúan
irregularmente. Corrobore en la página de la CNV
la lista de entidades autorreguladas autorizadas
por la COMISION NACIONAL DE VALORES y la NOMINA
actualizada de INTERMEDIARIOS de cada una de
ellas en http//www.cnv.gov.ar/Advertencias/Listad
o/NominaDeAgentes.asp CONTROLE. Ojos que no ven
Dado que la CAJA DE VALORES S.A. es la entidad
depositaria de valores negociables, asegúrese de
RECIBIR TRIMESTRALMENTE EL RESUMEN DEL ESTADO DE
SU CUENTA COMITENTE (abierta en CAJA DE VALORES
S.A.) que ésta debe remitirle. En caso de no
recibir este resumen de cuenta trimestral, exija
al intermediario una impresión del mismo,
solicite al intermediario que verifique si los
datos de su domicilio están actualizados, y en
caso de ser informado que su cuenta comitente
está bloqueada, diríjase a CAJA DE VALORES S.A.
con su DNI pidiendo el desbloqueo de su cuenta y
la modificación de su domicilio, para que el
resumen trimestral le llegue en debida
forma. CORROBORE. Mas vale prevenir que curar.
Lea atentamente el texto del convenio de
apertura de cuenta que le proporciona el
intermediario antes de firmarlo. Verifique que
los datos han sido cargados correctamente y
asegúrese de tener un recibo por toda entrega de
valores que realice. Si tiene dudas, no firme y
no entregue el dinero. COMPARE. No compre gato
por liebre. Preste especial atención si un
intermediario le ofrece rendimientos que estén
muy por encima de la media de mercado, o que
resulten en exceso atractivos. Infórmese bien
antes de invertir. COMPRENDA. Su pregunta no
molesta. Antes de concretar la operación
asegúrese de entender correctamente la operación
financiera en la que va a invertir su dinero. No
dude en consultar y realizar todas las preguntas
que quiera a su intermediario. Si aún así sigue
sin entender la operatoria, contáctese con la
CNV, Gerencia de Intermediarios, Bolsas y
Mercados, 4329-4794.
29www.cnv.gov.ar y PUBLICIDAD RESOLUCIONES INICIO Y
FIN SUMARIO
30CNV DENUNCIAS www.cnv.gov.ar
31www.cnv.gov.ar y ACCESOS REMOTOS PARA CONSULTAS
GRATUITAS
32 www.cnv.gov.ar y CAPACITACION EDUCACION
FINANCIERA
33www.cnv.gov.ar y CAPACITACION CLAVES PARA EL
INVERSOR
34www.cnv.gov.ar y CAPACITACION CLAVES PARA EL
INVERSOR
352009 CNV RG 561/09 DIFUSION POR www.cnv.gov.ar
RESOLUCIONES DISCIPLINARIAS A INTERMEDIARIOS
35
362007/2009 CNV NORMAS PROTECCION DEL INVERSOR
RG 529/08 y RG 542/08 CODIGO DE PROTECCIÓN AL
INVERSOR e INFORME EXPLICATIVO CODIGO DE
PROTECCIÓN AL INVERSOR
CODIGO DESDE 01/03/09 POR AIF CNV TODAS
ENTIDADES (MENOS EMISORAS) NORMAS DIRIGIDAS A
PREVENCION, FISCALIZACION Y SANCION CONDUCTAS
CONTRARIAS A DEBER DE LEALTAD HACIA INVERSOR,
QUE PUDIERAN CONDUCIR A MANIPULACION DE MERCADO,
EN PERJUICIO DE SU TRANSPARENCIA Y DE PROTECCION
DEL INVERSOR
INFORME EXPLICATIVO SÓLO ENTIDADES CON CONTACTO
CON PUBLICO INVERSOR. INTRODUCCION, PRINCIPIOS
GENERALES Y VALORES, CONDUCTAS ESPECIALMENTE
EXIGIDAS, CONDUCTAS PROHIBIDAS, SANCIONES
APLICABLES, DERECHOS DEL CLIENTE
OTRAS REGLAMENTACIONES QUE ENTIDADES
AUTORREGULADAS DICTEN NORMAS PARA
CONVENIOS DE APERTURA DE CUENTA CONOCIMIENTO
PERFIL CLIENTE (CUESTIONARIO OPTATIVO)
AUTORIZACIONES GENERALES AL INTERMEDIARIO
AUTORIZACIONES GENERALES AL TERCEROS
RESULTADOS EN AIF CNV Y PAGINAS INTERNET
ENTIDADES 91 TEXTOS CODIGOS DE PROTECCION 68
TEXTOS INFORMES EXPLICATIVOS NORMAS VIGENTES
MERCADOS DE VALORES, MAE Y MERCADOS DE FUTUROS Y
OPCIONES
372010 CNV NORMAS PROTECCION INVERSOR REEMPLAZO
RESUMEN TRIMESTRAL PAPEL CAJA DE VALORES S.A. POR
ACCESO ON LINE (RG 564/10)
- NORMAS CNV CAPITULO XX ACCESO ELECTRONICO
VOLUNTARIO A SALDOS Y MOVIMIENTOS SUBCUENTAS
COMITENTES (ARTICULO 9) - A opción del titular de una subcuenta comitente,
las cajas de valores deberán brindar acceso en
línea (ON LINE) a su estado de cuenta por
medios electrónicos - Las cajas de valores deberán reglamentar los
procedimientos que se aplicarán a los efectos de
la implementación de esta modalidad informativa.
- La adopción voluntaria de esta modalidad
informativa de acceso en línea (ON LINE) a su
estado de cuenta por medios electrónicos por
parte del titular de la subcuenta comitente,
reemplaza el RESUMEN TRIMESTRAL en formato papel. - CAPITULO XXXI DISPOSICIONES TRANSITORIAS
(ARTÍCULO 115) Antes del 28 de febrero de 2010,
CAJA DE VALORES S.A. deberá adoptar las medidas
necesarias a los efectos de la implementación de
la nueva modalidad informativa. - 2.400.000 de SUBCUENTAS COMITENTES
- 500.000 de SUBCUENTAS COMITENTES CON SALDO
37
382004/2010 AIF CNV Y REEMPLAZO PAPEL
- CAPITULO XXVI de las NORMAS (N.T. 2001)
- INTEGRIDAD INFORMACION (ARTÍCULO 1 ANEXO I DDJJ
VINCULANTE) - CREDENCIALES OPERADORES Y FIRMANTES CON FIRMA
ELECTRONICA (ARTÍCULO 1) - REEMPLAZO PAPEL (DOCUMENTOS LISTA ARTÍCULO 11)
- ENTIDADES E-MAIL VINCULANTE PARA RECIBIR
NOTIFICACIONES
392004/2010 CNV Y ENTIDADES REGIMEN INFORMATIVO
ELECTRONICO AIF CNV
- INMEDIATO
- PERIODICO
- MENSUAL
- TRIMESTRAL
- ANUAL
39
40REGIMEN INFORMATIVO INMEDIATO HECHOS RELEVANTES
41REGIMEN INFORMATIVO DIARIO BOLETIN DIARIO MAE
42REGIMEN INFORMATIVO DIARIO VALOR CUOTAPARTE
FONDOS COMUNES DE INVERSION ACTIVOS
43REGIMEN INFORMATIVO DIARIO PLANILLA VALOR
CUOTAPARTE FCI
43
44REGIMEN INFORMATIVO DIARIO PLANILLA VALOR
CUOTAPARTE FCI
DATOS POR FONDO
Patrimonio Actual
Patrimonio Dia Anterior
Market Share
Sociedad Depositaria
Sociedad Gerente
Calificación de RIESGO
Clasificación Por MONEDA, REGION, HORIZONTE
Cantidad de cuotapartes
Valor (mil cuotapartes) Actual y Dia Anterior
Variacion cuotaparte Dia Anterior y Mismo Dia año Anterior
Comision SUSCRIPCION
Comision RESCATE
Comision TRANSFERENCIA
Honorarios SG
Honorarios SD
Otros GASTOS
Honorarios de ÉXITO
44
45REGIMEN INFORMATIVO SEMANAL COMPOSICION CARTERAS
FONDOS COMUNES DE INVERSION
46REGIMEN INFORMATIVO MENSUAL VOLUMEN MERCADOS
47REGIMEN INFORMATIVO MENSUAL INFORMACION
ESTADISTICA FONDOS COMUNES DE INVERSION
48REGIMEN INFORMATIVO MENSUAL INFORMACION
ESTADISTICA FONDOS COMUNES DE INVERSION
49REGIMEN INFORMATIVO TRIMESTRAL ESTADOS CONTABLES
50REGIMEN INFORMATIVO ANUAL ESTADOS CONTABLES
51REGIMEN INFORMATIVO PERIODICO NOMINA AGENTES
52REGIMEN INFORMATIVO PERIODICO CIRCULARES MERCADOS
53REGIMEN INFORMATIVO PERIODICO CONTRATOS DE
FUTUROS Y OPCIONES
54REGIMEN INFORMATIVO PERIODICO CONTRATOS DE
FUTUROS Y OPCIONES
55www.cnv.gov.ar e INFORME MENSUAL DATOS MERCADOS
DE CAPITALES
56www.cnv.gov.ar e INFORME MENSUAL DATOS MERCADOS
DE CAPITALES
57www.cnv.gov.ar e INFORME MENSUAL DATOS MONTOS
COLOCADOS
58www.cnv.gov.ar e INFORME MENSUAL DATOS CHEQUES
PAGO DIFERIDO
59www.cnv.gov.ar e INFORME MENSUAL DATOS MONTOS
NEGOCIADOS
60www.cnv.gov.ar e INFORME MENSUAL DATOS FONDOS
COMUNES DE INVERSION
61www.cnv.gov.ar e INFORME MENSUAL DATOS FONDOS
COMUNES DE INVERSION
61
62www.cnv.gov.ar y NEWSLETTER MERCADOS DE CAPITALES
63www.cnv.gov.ar y NEWSLETTER MERCADOS DE CAPITALES
64TEMAS TRATADOS AGENDA
- CNV ESTRUCTURA, ORGANIGRAMA, NORMAS, OBJETIVOS,
FUNCIONES, ENTIDADES e INSTRUMENTOS, INFORMACION
PUBLICA Y GRATUITA. - 2007/2010 CNV ACCIONES PROTECCION AL INVERSOR
ADVERTENCIA, RECOMENDACIONES, DIFUSION INICIO Y
FIN SUMARIOS Y SUSPENSIONES PREVENTIVAS,
CAPACITACION, ACCESOS REMOTOS PÀRA CONSULTAS Y
DENUNCIAS. - 2004/2010 ACCESO GRATUITO E INMEDIATO A
INFORMACION PUBLICA REMITIDA POR ENTIDADES DESDE
AUTOPISTA DE LA INFORMACION FINANCIERA (AIF
CNV) (REEMPLAZO PAPEL). - REGIMEN INFORMATIVO ELECTRONICO AIF CNV
INMEDIATO, DIARIO, SEMANAL, MENSUAL, TRIMESTRAL,
ANUAL Y PERIODICO - CNV INFORME MENSUAL MERCADO DE CAPITALES y
NEWSLETTER.
65Muchas Gracias!
- María Soledad Castro
- GERENTE DE INTERMEDIARIOS, BOLSAS Y MERCADOS
- 08 de OCTUBRE de 2009
- E-mail scastro_at_cnv.gov.ar
- http//www.cnv.gov.ar
66CNV SANCIONES LEY 17.811
- Ley 17.811 articulo 10 (TEXTO Decreto Nº 677/01)
- Las PF y PJ que infrinjan las disposiciones de la
presente ley y las reglamentarias, sin perjuicio
de las acciones civiles o penales que fueren
aplicables, serán pasibles de las siguientes
sanciones - APERCIBIMIENTO.
- MULTA de PESOS MIL ( 1.000) a PESOS UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL ( 1.500.000) que podrá ser
elevada hasta CINCO (5) veces el monto del
beneficio obtenido o del perjuicio ocasionado
como consecuencia del accionar ilícito, si alguno
de ellos resultara mayor. - INHABILITACIÓN hasta CINCO (5) años para ejercer
funciones como directores, administradores,
síndicos, miembros del consejo de vigilancia,
integrantes del consejo de calificación,
contadores dictaminantes o auditores externos o
gerentes de emisoras autorizadas a hacer oferta
pública, o para actuar como tales en sociedades
gerentes o depositarias de fondos comunes de
inversión, en sociedades calificadoras de riesgo
o en sociedades que desarrollen actividad como
fiduciarios financieros, o para actuar como
intermediarios en la oferta pública o de
cualquier otro modo bajo fiscalización de la
COMISION NACIONAL DE VALORES. - SUSPENSIÓN de hasta DOS (2) años para efectuar
ofertas públicas o, en su caso, de la
autorización para actuar en el ámbito de la
oferta pública. En el caso de fondos comunes de
inversión, se podrán únicamente realizar actos
comunes de administración y atender solicitudes
de rescate de cuotapartes, pudiendo vender con
ese fin los bienes de la cartera con control de
la COMISION NACIONAL DE VALORES. - PROHIBICIÓN PARA EFECTUAR OFERTAS PÚBLICAS de VN
o, en su caso, de la autorización para actuar en
el ámbito de la oferta pública de valores
negociables o con contratos a término, futuros u
opciones de cualquier naturaleza.
67MERCADOS y SANCIONES A INTERMEDIARIOS
Ley Nº 17.811 articulo 11 Cuando CNV verifique
que un agente al realizar operaciones en un
mercado de valores ha transgredido disposiciones
de esta ley o reglamentarias, debe ponerlo En
conocimiento del respectivo mercado, a quien
compete aplicar las medidas disciplinarias
correspondientes.
SANCIONES QUE PUEDEN APLICAR LOS MERCADOS A SUS
INTERMEDIARIOS
MERCADO ABIERTO ELECTRONICO S.A. 1.
Apercibimiento. 2. Multa. Propuesta por MAE e
impuesta por CNV, con el destino y alcance
asignados en la legislación vigente. 3.
Suspensión de hasta dos años. 4. Cancelación de
la inscripción como Agente del MAE.
MERCADOS DE VALORES Ley Nº 17.811 (art. 59) 1.
Apercibimiento. 2. Suspensión. 3. Revocación de
la inscripción para actuar como agente de bolsa.
En estos casos el INTERMEDIARIO sólo puede pedir
nueva inscripción una vez transcurrido el plazo
de CINCO (5) años.
MERCADOS DE FUTUROS Y OPCIONES 1. Llamado de
atención. 2. Apercibimiento. 3. Suspensión hasta
TRES (3) meses. 4. Suspensión por tiempo
indeterminado o revocación de la autorización
para operar.