Title: SVS-Chile
1COMENTARIOS SVS A NORMA IFRS SOBRE VALORIZACION
DE INVERSIONES FINANCIERAS
2Contexto
- Normativa contable internacional está cambiando
rápidamente. - IFRS 9 fue publicado en noviembre de 2009.
- Borrador de IFRS para Instrumentos Financieros
Costo Amortizado y Deterioro, fue publicado el
05.11.2009, comentarios expiraron el 30.06.2010
(metodologÃa de impairment). - IASB espera publicar Borrador IFRS sobre
contabilidad de cobertura antes segundo semestre
de 2011. - SVS en Oficio N 10051 del 21/06/2010 establece
que se posterga entrada en vigencia de IFRS al
01/01/2012 y que se mantendrá la gradualidad en
la aplicación de las tablas de mortalidad
RV-2004, B-2006 y MI-2006.
3Norma y principios IFRS
- Comentario general
- Borrador de norma SVS no estarÃa alineado con
los principios IFRS, dado que en su aplicación se
imponen criterios y se dan instrucciones
especÃficas que prevalecerÃan sobre IFRS. -
- Comentario SVS Se mantendrán las instrucciones
de aplicación de IFRS. En general, no se estima
que éstas sean contrarias a los principios de
IFRS las reglas definidas no obstan el
cumplimiento de las normas IFRS. Para el
regulador es importante mantener cierta
homogeneidad en los EEFF. Lo anterior, sin
perjuicio de la opinión de los AAEE.
4Consistencia en la aplicación de IFRS
- Se debe aclarar cuándo aplicar IFRS 9 y NIC 39.
- Se solicita se aclare el concepto de cómo y
cuándo se aplica IAS 39 e IFRS 9. Se presenta una
mezcla de conceptos entre IAS 39 e IFRS 9. - a) Posible divergencias debido a libre elección
entre IAS 39 e IFRS 9 y la falta de
comparabilidad entre compañÃas. - b) Si las compañÃas eligen IAS 39 deberán hacer
los cambios de todas maneras a IFRS 9 en el 2013. -
- Se propone la aplicación anticipada de IFRS 9
para todo el mercado (por consistencia y para
anticipar el cambio) -
- Comentarios SVS Se recogen ambos puntos, se
aplicará anticipadamente IFRS 9 en forma
obligatoria, para vida y generales, salvo en las
materias no definidas totalmente en IFRS 9. En
estos casos se aplicará IAS 39 (por ejemplo, caso
cobertura derivados). - La elección anticipada de dicha norma, antes del
1 de Enero de 2012, tiene el beneficio para las
compañÃas de no necesitar modificar los perÃodos
comparativos.
5Clasificación de las inversiones
- Si las cÃas. deben clasificar las inversiones en
carteras separadas en función de la naturaleza de
sus pasivos, le traerá costos administrativos,
sin una razón que provenga de IFRS para ello. - Comentario SVS Las compañÃas deberÃan hacer
esta separación para efectos de gestionar su ALM
y aunque no hicieran esto último, no se ven
costos excesivos en su aplicación y finalmente
para la aplicación del CBR lo deberán realizar de
todas formas.(ej cálculo del efecto riesgo tasa
de interés por descalce de duraciones entre
activos y pasivo) -
- En la norma de inversiones no se especifica en
las distintas clasificaciones (generales, vida,
CUI, inversiones que respalden rentas vitalicias
y seguros corto plazo) si los cambios de valor
van a resultados o directo a patrimonio. -
- Comentario SVS Se recoge el punto. Se
Establecerá en la norma cuándo los cambios en
fair value van a resultados o a patrimonio.
6Excepciones a IFRS
- Valorización a costo de la renta variable, en
IFRS9 no acepta costo histórico, requiere valor
razonable. Dado que se adhiere a IFRS 9, no se
podrán valorizar a costo amortizado. - Comentario SVS Se recoge el punto, no se acepta
la valorización a costo de la renta variable sin
cotización bursátil, se realizará a fair value de
acuerdo a IFRS 9. - Excepción a IFRS 9 ? Renta fija de corto plazo a
costo amortizado, genera problemas en el informe
de auditorÃa impidiendo pronunciarse sobre IFRS. - Comentario SVS Se recoge el punto, se aplicará
IFRS 9 sin excepciones.
7Contabilización de Derivados
- Se instruye valorar a valor razonable todos los
derivados, haciendo referencia a los principios
IFRS. Hay que considerar que hay una cantidad
significativa de derivados cuyo subyacente son
inversiones que respaldan obligaciones de largo
plazo, que se deberÃan valorizar a costo y no a
valor razonable. Se debe cuidar la simetrÃa de
tratamiento. La norma IFRS 9 (4.7) permitirÃa en
este caso valorizar a costo amortizado los
instrumentos hÃbridos. -
- Comentarios SVS Se recoge el punto en parte.
Los derivados se deben valorizar a valor justo,
según IAS 39. Cuando existe una cobertura de
flujos de caja, como el caso de pasar a UF un
bono extranjero denominado en dólares, las
diferencias de tasa de interés y de tipos de
cambio se pueden pasar por patrimonio, si el test
de efectividad marcó una correlación entre 80 y
125 (párrafo 88, IAS 39). - La valorización a costo de los derivados de
cobertura no se permitirá. En esta materia se
adherirá a IAS 39 hasta que no haya definición
propia de IFRS 9. - En el caso de derivados implÃcitos dentro de un
instrumento financiero, como el caso de una nota
estructurada, IFRS 9 permite, de no ser posible
la separación del derivado implÃcito, clasificar
el instrumento como un todo. Como resultado de
esa clasificación se podrÃa valorizar a costo el
instrumento hÃbrido. -
8Contabilización de Derivados
- Incluir una mención expresa que para los efectos
de determinar si aplica la contabilidad de
cobertura se sujetará a lo dispuesto en IFRS,
además de lo establecido en la NCG N200. - Comentarios SVS Se recoge el punto.
- En IAS 39 no existen restricciones para calificar
un derivado como de cobertura. - Comentarios SVS IAS 39 exige el test de
efectividad para calificar un derivado como de
cobertura.
9Modelos internos de valoración
- SVS deberá explicitar los criterios para
determinar la robustez técnica de los modelos y
aclarar la forma de cumplir con las exigencias de
aprobación del Directorio y los AAEE. -
- Comentarios SVS Se recoge el punto, por lo cual
se explicitarán los referidos criterios para
modelos internos. - IFRS no requiere que los AAEE se pronuncien sobre
los modelos de valorización. - Comentario SVS Se insiste en la importancia del
pronunciamiento de las AAEE en relación a que los
modelos internos, el origen de la información y
la metodologÃa aplicada, que sea la comúnmente
utilizada en la industria financiera, según IFRS
(GA-76, IAS 39). Esta es una manera de fomentar
la transferencia de conocimientos y buenas
prácticas al interior de la industria
aseguradora, apoyando a las cÃas de menores
recursos.
10Modelos de deterioro
- Las provisiones de incobrabilidad de la SVS son
en función de estimaciones pasadas, IFRS
considera eventos ocurridos que impacten en los
flujos futuros. -
- A) Para MHE no se aprecian incentivos a
desarrollar modelos de deterioro propios si
provisiones son las mayores entre éstos y la
C.1360. - B) Este criterio de la mayor provisión no se
aplica en provisiones de créditos a personas
naturales. -
- Comentarios SVS Se recoge el punto. Se
Flexibilizará el criterio de provisiones para MHE
asemejándolo a préstamos (NCG N 208). Se
aceptarÃan modelos propios que den menores
provisiones a la norma SVS, naturalmente con
autorización previa.
11 COMENTARIOS SVS A NORMA IFRS SOBRE VALORIZACION
DE BIENES RAICES
12Clasificación y valorización de BBRRde uso propio
- El borrador de norma dice valorizar según IAS 16,
pero luego se norma en extenso. - Comentario SVS El borrador considera IAS16. Los
temas normados son precisiones analizadas en el
grupo de trabajo. - Se indica que si la tasación se realiza cada dos
años y corresponde al valor razonable, no tiene
sentido aplicar depreciación. -
- Comentario SVS La definición de tasación
corresponde a lo establecido en el IAS 16. Con
posterioridad a su reconocimiento como activo, un
elemento del inmovilizado material se
contabilizará por su valor revalorizado, que es
su valor razonable, menos la amortización
acumulada y el importe acumulado de las pérdidas
por deterioro de valor que haya sufrido.
13Clasificación y valorización de BBRRde uso propio
- No se determina que la tasación comercial será la
única opción para valorizar o en caso de
establecer otra metodologÃa, ésta esté de acuerdo
con IFRS especificar fecha y tipo de
valorización. Para la determinación de valor
residual (VR), especificar criterios y
requerimientos. Determinar qué se entiende por
especialista, externo o no a la cÃa. - Comentario SVS La tasación es una alternativa
aceptada en las NIC. Para determinar el valor
comercial deberá efectuarse tasación si hay otra
metodologÃa, deberá ser autorizada por la SVS. La
fecha de valorización se explicitará en el Anexo
Tasación. Los criterios y requerimientos para
determinar VR serán determinados por los propios
tasadores. La calidad de especialista se aclara
en Anexo de Tasación.
14Clasificación y valorización de BBRRde uso propio
- En Anexo Tasaciones agregar que las tasaciones
fueron realizadas contemplando IFRS. - Comentario SVS Se acoge comentario.
- La contrapartida producto de la retasación de
bienes raÃces impactará en resultados integrales. -
- Comentario SVS Se precisará en la norma.
15BBRR en construcción
- Especificar qué pasa con la activación de los
gastos financieros asociados cuando califiquen
como activos cualificados según IAS23, asà como
determinar el perÃodo que dicha norma considera
sustancial para poder calificar un activo como
cualificado. - Comentario SVS Se eliminará el numeral BBRR en
construcción, debido a las modificaciones
posteriores a las propuestas del grupo efectuadas
en IFRS, pudiendo considerarse para efectos de
clasificación y valorización como BBRR de uso
propio o de inversión. - Se estudiará explicitar en la norma la
activación de los gastos financieros asociados a
BBRR, materia tratada en IAS 23 (Costos por
Préstamos).
16Clasificación y valorización de BBRR de inversión
- El borrador dice valorizar según IAS 40, y luego
instruye aparatándose del mismo (IAS 40 usa valor
razonable sin depreciación). - Comentario SVS Se acoge el comentario. La norma
se apega a IAS 40. Se cambiará redacción de norma
acorde con comentario recibido. - Como costo atribuido sólo ha considerado costo
más corrección monetaria, no considerando lo
establecido en IFRS1 sobre el valor razonable de
las propiedades, lo cual serÃa una excepción. - Comentario SVS Se acoge el comentario y se
cambiará la redacción de norma. - DeberÃa darse validez al cambio de valor de una
propiedad por el cambio de la UF entre
tasaciones. - Comentario SVS No se acoge comentario porque en
IFRS no existe Corrección Monetaria.
17Anexo de tasación
- Agregar que a lo menos 2 enfoques deben ser
utilizados de ingresos y de costos o
mercado, y que deben ser conciliados al momento
de determinar un rango de valor. - Comentario SVS Efectivamente, entre los métodos
de valorización de IFRS están los dos enfoques
antes señalados. Se estudiará la materia y se
solicitará justificación de la propuesta.