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UNIDAD PENAL JUVENIL

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EJECUCI N DE LAS SANCIONES PENALES JUVENILES UNIDAD PENAL JUVENIL DEFENSA P BLICA COSTA RICA ANTECEDENTES Ley de Justicia Penal Juvenil. Vigencia 30 de abril 1996 ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: UNIDAD PENAL JUVENIL


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EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES PENALES JUVENILES
  • UNIDAD PENAL JUVENIL
  • DEFENSA PÚBLICA
  • COSTA RICA

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ANTECEDENTES
  • Ley de Justicia Penal Juvenil. Vigencia 30 de
    abril 1996
  • Un solo proceso desde la etapa de investigación
    hasta finalizar la fase de ejecución
  • No existían juzgados especializados
  • Defensores en materia penal juvenil conocían
    desde el inicio del proceso hasta el cumplimiento
    de la sanción. Excepto en San José y Heredia
  • Juzgados de ejecución en materia de adultos
    conocían como recargo la materia de ejecución
    penal juvenil

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  • Especialidad de una plaza de defensor en
    ejecución penal juvenil en San José, adscrita a
    la Unidad Penal Juvenil.
  • Tenía a cargo las causas de San José y Heredia

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LEY DE EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES PENALES
JUVENILES
  • Vigencia 28 de noviembre del 2005
  • Dispone la creación de un juzgado especializado
    en la materia (Juzgado de Ejecución de las
    Sanciones Penales Juveniles)
  • Inicia labores hasta 16 de marzo del 2007, en la
    ciudad de San José, previo a esa fecha se
    mantenía el sistema anterior.

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JUZGADO DE EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES PENALES
JUVENILES
  • Centralización del proceso de ejecución
  • El defensor especializado en esta área recibe y
    se apersona a los procesos de ejecución de todo
    el país
  • Sobrecarga de trabajo
  • Apoyo de la jefatura para la creación de una
    segunda plaza de defensor de ejecución de la
    sanción penal juvenil

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  • Creación de una segunda plaza de defensor en
    ejecución de las sanciones penales juveniles
  • Redistribución de las causas de acuerdo a la
    división geográfica
  • Plaza 1 Plaza 2
  • Alajuela San José
  • Guanacaste Cartago
  • Puntarenas Heredia
  • Limón

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  • Carga de trabajo, necesidad de una tercer plaza
    de defensor
  • Apoyo de jefatura
  • Traslado de una plaza como apoyo
  • Redistribución de la carga de trabajo según
    división geográfica.
  • Plaza 1 Guanacaste, Puntarenas, Alajuela
  • Plaza 2 Limón, Cartago
  • Plaza 3 Heredia, San José

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  • LABORES DEL DEFENSOR DE
  • EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES
  • PENALES JUVENILES

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Asistencia técnica
  • Por imperativo legal, debe garantizarse
    asistencia letrada desde el inicio de la fase de
    ejecución y hasta su fenecimiento (Artículo 17 L.
    E.S.P.J. Y 22 L.J.P.J.)

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Tipos de Sanciones
  • No privativas de libertad
  • a) Sanciones socio-educativas.
  • 1.- Amonestación y advertencia.
  • 2.- Libertad asistida.
  • 3.- Prestación de servicios a la comunidad.
  • 4.- Reparación de los daños a la víctima.
  • b) Ordenes de orientación y supervisión.
  • 1.- Instalarse en un lugar de residencia
    determinado o cambiarse de él.
  • 2.- Abandonar el trato con determinadas personas.
  • 3.- Eliminar la visita a bares y discotecas o
    centros de diversión determinados.
  • 4.- Matricularse en un centro de educación formal
    o en otro cuyo objetivo sea enseñarle alguna
    profesión u oficio.
  • 5.- Adquirir trabajo.
  • Privativas de libertad
  • 1.- Internamiento domiciliario.
  • 2.- Internamiento durante tiempo libre.
  • 3.- Internamiento en centros especializados.

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  • Apersonamiento una vez que ingrese la causa al
    Juzgado de Ejecución de las Sanciones Penales
    Juveniles
  • Revisión y análisis del expediente
  • Procedimiento de revisión de sentencia
  • Modificación o corrección del auto de liquidación
    de la sanción.
  • Cualquier otra gestión que resulte necesaria para
    los intereses del joven sentenciado

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Jóvenes con sanciones no privativas de libertad
  • Plan de ejecución de acuerdo a lo ordenado en
    sentencia y mantenerse conforme a ésta
  • Contacto con el joven para informarle inicio de
    la sanción, fase de ejecución, obligaciones y
    consecuencias de incumplimiento

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Incumplimiento de sanciones alternas
  • Comunicación y asistencia letrada al joven
  • Utilización de redes de apoyo para la búsqueda y
    obtención de elementos probatorios
  • Unidad de Investigación de la Defensa Pública
  • Recursos familiares del joven
  • Visitas a diferentes instituciones

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AUDIENCIA ORAL POR POSIBLE INCUMPLIMIENTO DE LA
SANCIÓN
  • Audiencia obligatoria (Artículo 29 L.E.S.P.J.)
  • Asistencia y representación técnica a favor del
    joven sentenciado
  • Realizar interrogatorios, ofrecer prueba de
    descargo, realizar las oposiciones y
    ofrecimientos de prueba necesarios, emitir
    conclusiones
  • Interponer los recursos ordinarios contra la
    resolución que dicte el incumplimiento (recurso
    de Apelación y casación)
  • Audiencia oral de apelación ante el superior

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OTRAS FUNCIONES
  • Velar por que el plazo de la sanción no se
    extienda mas allá de lo legalmente dispuesto
  • Revisar y contestar los informes trimestrales
    sobre el cumplimiento de la sanción
  • Revisión de expedientes administrativos
  • Interposición de gestiones legalmente previstas
    cuando sea procedente
  • Incidente de cese por Prescripción, cese de
    sanción o cumplimiento del plazo
  • Incidentes para modificar, unificar, suspender o
    adecuar la sanción

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Jóvenes con sanciones privativas de libertad
  • Población más vulnerable
  • Visitas carcelarias generalmente una vez al mes
  • Información preliminar sobre el proceso de
    ejecución, derechos y obligaciones,
    funcionamiento del centro penal.
  • Frecuencia d las visitas
  • Sectorización traslado de jóvenes a centros
    penales para adultos (Artículo 6 L.E.J.P.J)
  • Presentación de incidentes
  • De queja
  • Por enfermedad
  • De traslado
  • De estudio
  • Etc.

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  • Revisión de informes trimestrales emitidos por el
    centro penal, fichas de cómputo, expedientes
    administrativos y médicos.
  • Entrevistas con autoridades y funcionarios de los
    diferentes centros penales cuando así se
    requiera.
  • Revisión de los informes de trayectoria
    carcelaria para establecer la obtención del
    beneficio del descuento y el cumplimiento de la
    sanción.
  • Asistencia y representación en procedimientos
    disciplinarios (Art. 110 L.E.S.P.J.)

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INCIDENTES SOBRE CAMBIO DE SANCIÓN
  • Análisis de la trayectoria del joven durante su
    prisionalización
  • Análisis y entrevistas de los recursos familiares
    y ofertas laborales
  • Asistencia y representación técnica a favor del
    joven sentenciado en la audiencia oral
  • Presentación oral de la gestión
  • Ofrecimiento de prueba
  • Interrogatorio
  • Emitir conclusiones
  • Confeccionar y presentar los recursos ordinarios
    contra la resolución que vulnere los derechos del
    joven

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Otras funciones
  • Atención al público (Jóvenes sentenciados,
    familiares de éstos o cualquier otra persona que
    ellos autoricen)
  • Visitas y reuniones con representantes de
    instituciones, organizaciones y grupos
    relacionados con el tema de la niñez y la
    adolescencia
  • Apoyo a la coordinación de la Unidad Penal
    Juvenil en cuanto a consultas, proyectos o
    estudios relacionados con la población
    penitenciaria, solicitados por diferentes
    organizaciones.

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MUCHAS GRACIAS
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