Title: SEP Enciclomedia II (SECUNDARIA)
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2EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
MARCO JURÍDICO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
- Regula y sienta las bases para la administración
y manejo de los recursos económicos del Estado,
bajo principios de igualdad, libre concurrencia,
publicidad, eficacia, eficiencia, economía,
imparcialidad y honradez. - Establece como regla general la licitación
pública en la contratación de adquisiciones,
arrendamientos y enajenaciones de bienes,
prestación de servicios y de obras públicas. - Dispone que dicha Licitación Pública como
procedimiento de contratación, se realice
mediante convocatoria pública, para que
libremente se presenten proposiciones solventes
en sobre cerrado, que será abierto públicamente. - Ordena asegurar al Estado las mejores condiciones
de contratación disponibles, en cuanto a precio,
calidad, financiamiento, oportunidad y demás
circunstancias pertinentes. - Establece que cuando la licitación no resulta
idónea para asegurar esas condiciones las Leyes
establecerán las bases, procedimientos, reglas,
requisitos, a través de procedimientos de
excepción que aseguren las mejores condiciones de
contratación. - Vincula la administración y manejo de los
recursos económicos del Estado al régimen de
responsabilidades de los servidores públicos.
3REQUERIMIENTOS DEL MARCO JURÍDICO
- Principios Constitucionales Art. 134
4ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL
Las Mejores Condiciones
5OBJETO DE LAASSP Y LOPSRM
Cumplimiento del Art. 134 Constitucional
Regulación de la Contratación Pública
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ETAPAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
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ETAPAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
8ATRIBUCIONES DE LA SFP EN MATERIAS DE
CONTRATACIONES
ATRIBUCIONES DE LOS OIC (LAASSP Y LA LOPSRM)
Los OIC pueden solicitar
- A los organismos de certificación autorizados por
la SECON, verificar que los bienes cumplan con el
grado de contenido nacional. - ADQ Art. 28, complemento 20/feb/2007 LAASSP OP
Art. 7 RLOPSRM - A los proveedores y contratistas, información y/o
documentación relacionada con los contratos, con
motivo de las auditorias, visitas o inspecciones
que practiquen. - ADQ Art. 68-A RLAASSP OP Art. 75 LOPSRM
9LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DEBEN REMITIR A LOS
OIC
- Un informe mensual de los contratos formalizados
al amparo del artículo 41 de la LAASSP y 42 de la
LOPSRM, acompañando copia de la justificación del
ejercicio de la opción y del dictamen de análisis
de la o las propuestas y las razones para la
adjudicación del contrato. - ADQ Art. 40 LAASSP OP Art. 41 LOPSRM
- La autorización del titular de la dependencia o
del órgano de gobierno en las entidades para
erogar un porcentaje mayor al 20 del presupuesto
de adquisiciones, o de obra pública, en
contrataciones por monto. - ADQ Art. 42 LAASSP OP Art. 43 LOPSRM
- Invitación para participar en los actos de los
procedimientos de I3P. - ADQ Art. 43 LAASSP OP Art. 44 LOPSRM
- Tratándose de servicios de consultorías,
asesorías, estudios e investigaciones, copia del
informe al titular de la convocante, en el cual,
con base en los entregables, se evalúe el
resultado y se indique como contribuyeron al
logro del objetivo. - ADQ Art. 10 RLAASSP OP Art. 45-III
RLOPSRM
10ATRIBUCIONES DE LOS OIC (LAASSP Y LOPSRM)
- Asesorar a los comités de las dependencias y
entidades. - ADQ Art. 14 RLAASSP OP Art. 13 RLOPSRM
- Atención de las inconformidades en procedimientos
de contratación de LAASSP y LOPSRM. - ADQ Art. 65-70 LAASSP OP Art. 83-88 LOPSRM
- Imponer sanciones e inhabilitar temporalmente a
los licitantes o proveedores y contratistas que
infrinjan las disposiciones de la Ley de la
materia - ADQ Art. 59-64 LAASSP OP Art. 77-82 LOPSRM
- Tramitar las quejas (conciliaciones) presentadas
por los proveedores y contratistas con motivo de
incumplimiento del contrato por parte de las
convocantes (CFE, IMSS, PEMEX, SCT). - ADQ Art. 71-73 LAASSP OP Art. 89-91 LOPSRM
- Emitir autorización para contratar con servidores
públicos que desempeñen un cargo, empleo o
comisión en el servicio público o con las
sociedades de las que formen parte. - ADQ Art. 58-B RLAASSP OP Art. 28-A RLOPSRM
11LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DEBEN REMITIR A LOS
OIC
- Invitación para participar en el sorteo por
insaculación cuando el fallo no se lleve en junta
pública. - ADQ Art. 44 RLAASSP OP Art. 37-F RLOPSRM
- La justificación respectiva, en caso de que las
dependencias y entidades no estén en posibilidad
de realizar pagos a través de medios de
comunicación electrónica. - ADQ Art. 68-C RLAASSP OP Art.99-A RLOPSRM
- La consulta correspondiente, cuando las
dependencias y entidades presuman que personas
inhabilitadas se encuentran participando en algún
procedimiento. - ADQ Art. 70-A RLAASSP OP Art. 218-A RLOPSRM
12ATRIBUCIONES DE LA SFP EN MATERIAS DE
CONTRATACIONES
Atribuciones de la UNAOPSPF (Reglamento Interior
- RI -)
- Proponer normas de carácter general respecto de
las adquisiciones de bienes muebles, la
prestación de servicios, y de las obras públicas
que contraten las dependencias y entidades. - Interpretar para efectos administrativos la
LAASSP y LOPSRM, así como asesorar, capacitar y
dar orientación a las demás áreas de la SFP. - Art. 24 RI
13ATRIBUCIONES DE LA SFP EN MATERIAS DE
CONTRATACIONES
Atribuciones de la UNAOPSPF (Reglamento Interior
- RI -)
- Realizar revisiones técnico normativas en materia
de LAASSP y LOPSRM, y requerir a la Unidad de
Auditoria Gubernamental investigaciones de
oficio. - Verificar y supervisar el trámite de los
expedientes de sanciones que impongan los OIC a
proveedores y contratistas, y proponer criterios
y lineamientos, para agilizar y perfeccionar la
sustanciación de los mismos. - Llevar por si o por conducto de los OIC (CFE,
IMSS, PEMEX, SCT), los procedimientos de
conciliación. - Art. 24 RI
14ATRIBUCIONES DE LA SFP EN MATERIAS DE
CONTRATACIONES
Atribuciones de la UNAOPSPF (Reglamento Interior
- RI -)
- Dictar las resoluciones en los recursos de
revocación en contra de las resoluciones de las
inconformidades previstas en LAASSP y LOPSRM, y
de sanciones a proveedores y contratistas. - Resolver las inconformidades por los actos
interpuestos que contravengan la LAASSP y la
LOPSRM. - Imponer las sanciones a los licitantes,
proveedores y contratistas, en los términos de
LAASSP y LOPSRM. - Art. 66 y 67 RI