Title: Agotamiento de la v
1- Agotamiento de la vía interna y preparación del
caso ante la CIDH - Javier La Rosa Calle
- Profesor de la Facultad de Derecho de la
- Pontificia Universidad Católica del Perú
2Marco jurídico interamericano
- Declaración Americana de los derechos y deberes
del hombre (1948) - Convención Americana sobre Derechos Humanos
(1969/1978) - Carta de la Organización de Estados Americanos
(1948 y modificada 1967, 1985, 1992 y 1993) - Carta democrática interamericana (Lima, 11
septiembre 2001)
3Marco jurídico interamericano
- 5. Convención Interamericana para prevenir y
sancionar la tortura (1985/1987) - 6. Protocolo adicional a la Convención Americana
sobre derechos humanos en materia de derechos
económicos, sociales y culturales, Protocolo de
San Salvador (1988/1999) - 7. Protocolo a la Convención Americana sobre
derechos humanos relativo a la abolición de la
pena de muerte (1990/1991) - 8. Convención Interamericana para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer, Convención de Belem du Pará (1994/1995).
4Marco jurídico interamericano
- 9. Convención Interamericana sobre desaparición
forzada de personas (1994/1996) - 10. Convención Interamericana para la eliminación
de todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad (1999/2001). - 11. Declaración de principios sobre libertad de
expresión (adoptada por CIDH en 108 periodo de
sesiones de octubre 2000). Criterios de
interpretación - 12. Principios y buenas prácticas sobre la
protección de las personas privadas de libertad
en las Américas (adoptados por CIDH en 131
periodo de sesiones de marzo 2008). Criterios de
interpretación -
5Marco jurídico interamericano
- 13. Estatuto de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (aprobado por Asamblea General
OEA en 1979) - 14. Estatuto de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (aprobado por Asamblea General
OEA en 1979) - 15. Reglamento de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (aprobado por CIDH en 2009) - 16. Reglamento de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (aprobado por Corte en 2009)
6Marco jurídico interamericanojurisprudencia CIDH
y CoIDH
- Importancia de jurisprudencia Comisión y Corte
- CIDH emite informes art. 50º (preliminar) y art.
51º (final) que constituyen la jurisprudencia de
la Comisión. - CoIDH emite opiniones consultivas.
- CoIDH emite sentencias de fondo, de reparaciones
o de cuestiones preliminares. - Esta jurisprudencia desarrolla el marco jurídico
interamericano. La Corte es el guardián último
de los derechos en la Región según el TC.
7Órganos del Sistema interamericano de derechos
humanos (SIDH)
- Comisión interamericana de derechos humanos
(CIDH) - Sede Washington DC
- Conformación
- 7 comisionados no permanentes elegidos por
Asamblea general OEA por un periodo de 4 años.
Pueden ser reelegidos por una sola vez. No
representan a los Estados. - Secretaría ejecutiva permanente con staff de
abogados. - Relatoría especial para libertad de expresión.
- Otras relatorías (mujer, niños, pueblos
indígenas, etc.)
8Órganos del Sistema interamericano de derechos
humanos (SIDH)
- Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH)
- Sede San José de Costa Rica
- Conformación
- 7 jueces no permanentes elegidos por la Asamblea
general OEA por un periodo de 6 años. Pueden ser
reelegidos por una sola vez. No representan a los
Estados. - Secretaría Ejecutiva permanente con staff de
abogados. - Posibilidad excepcional de jueces ad hoc sólo en
casos interestatales (art. 20º Reglamento CoIDH y
Opinión consultiva Nº OC-20/09 del 2009).
9CIDHFunciones
- Art. 41º-43º CADH
- Formular recomendaciones a los Estados miembros
de la OEA. - Preparar y publicar i) informes temáticos (p.e.
acceso a la justicia de las mujeres, terrorismo,
seguridad ciudadana y derechos humanos, etc.),
ii) de países (p.e. Perú, Venezuela) y iii) un
informe anual ante la Asamblea. - Pedir información a los Estados miembros de la
OEA. - Absolver las consultas que le formulen los
Estados miembros de la OEA (p.e. juzgamiento de
Montesinos en base naval) - Recibir y tramitar las peticiones individuales
(casos) sobre violaciones a derechos consagrados
en marco jurídico interamericano.
10CIDHFunciones
- Disponer medidas cautelares en casos graves y
urgentes (art. 25º reglamento de CIDH). - Emitir comunicados públicos.
- Llevar a cabo visitas in loco a los Estados
miembros de la OEA. - CIDH es la única que recibe las peticiones
individuales (casos). De esta manera, funciona
como filtro de la solución jurisdiccional de la
Corte. - Ofrece a los peticionarios un abanico de
soluciones no-jurisdiccionales audiencias
públicas, visitas in loco, acuerdos de solución
amistosa, comunicados públicos, informes
temáticos o por país, absolución de consultas de
los Estados, informes art. 50º y art. 51º.
11CIDHFunciones
- De todas las peticiones recibidas, una reducida
parte es admitida y una más reducida parte es
demandada ante la Corte. - Los informes temáticos, por país y el anual de la
CIDH, establecen estándares interamericanos que
deben ser observados por los Estados y son
tomados como criterios de interpretación del
marco jurídico interamericano. - Los comunicados públicos, las audiencias y las
visitas in loco, son útiles para posicionar en la
agenda pública de un Estado o de la OEA un
problema de derechos humanos. - Las audiencias públicas pueden ser de peticiones
o temáticas. - CIDH cumple un papel mediador a través de las
soluciones amistosas. - CIDH cumple un papel asesor de los Estados y de
OEA absolviendo consultas.
12CoIDHFunciones
- Corte es un órgano jurisdiccional.
- Ejerce una función consultiva y emite opiniones
consultivas a solicitud de la CIDH y de los
Estados. - Ejerce una función contenciosa y abre procesos y
emite sentencias, a solicitud de la CIDH (regla
general) y de los Estados (excepcional). - Dispone medidas provisionales en casos graves y
urgentes (art. 63.2º CADH), de oficio o a pedido
de la CIDH. - Peticionarios ahora son parte procesal (sujeto
del DIDH), al igual que CIDH y Estado demandado.
13CIDHProcedimiento
- Toda persona, grupo de personas u ONG (en
representación de víctimas) puede interponer una
PETICIÓN. - Excepción Defensorías del Pueblo (Estado)
también pueden interponer peticiones. - Formato de petición puede ser bajado de web site
de CIDH (www.cidh.org). Puede ser presentada por
email, fax o carta tradicional. - Personas jurídicas no pueden ser peticionarios.
- Toda petición es RECIBIDA (no admitida), se le
asigna un número y es notificada al Estado para
que conteste.
14CIDHProcedimiento (admisibilidad)
- CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD
- Criterio de subsidiariedad del SIDH respecto a
los sistemas nacionales de justicia. - Tiene que haber víctima concreta.
- Tiene que haber vulneración de un derecho
consagrado en el marco jurídico interamericano
(CADH y otros instrumentos). - No haber sido sometido a otra instancia
internacional. - Tiene que haberse agotado las vías internas.
- Una vez agotadas las vías internas, que la
petición se presente dentro del plazo de 6 meses. - Hay excepciones al agotamiento de vías internas y
plazo de 6 meses (art. 46.2º CADH).
15CIDHProcedimiento
- Ante una petición, pueden haber hasta tres
pronunciamientos de CIDH de admisibilidad (o
inadmisibilidad) (art. 36º reglamento CIDH) y de
fondo (arts. 50º y 51º CADH). - Si bien teóricamente decisión de admisibilidad no
es un adelanto de la decisión de fondo (art.
36.2 Reglamento CIDH), en la práctica si lo es
(mínima parte de casos admitidos son luego
declarados infundados). - En la actualidad, CIDH demora 3 años en
pronunciarse sobre la admisibilidad o no de una
petición. Excepción hiper-salto.
16CIDHProcedimiento
- Mapa del procedimiento i) interposición de
petición, ii) recepción de la misma, asignación
de número y traslado al Estado, iii) Decisión de
admisibilidad o no de petición, iv) posibilidad
de solución amistosa, v) actuación de pruebas,
audiencias públicas y reuniones de trabajo, vi)
informe art. 50º y, alternativamente vii)
informe art. 51º ó viii) demanda ante Corte. - Informe art. 51º también es de obligatorio
cumplimiento para Estado (polémica no es
obligatorio, si lo es). - Demanda ante Corte ya no es discrecional como en
el pasado para que caso no pase a Corte, pleno
de CIDH debe motivar decisión.
17CIDHProcedimiento
- FÓRMULA DE LA CUARTA INSTANCIA
- Que no es atribución de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos actuar como
órgano cuasi-judicial de cuarta instancia y
revisar las decisiones de los tribunales
nacionales de los Estados miembros de la OEA. La
función de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos es actuar a base de las denuncias que se
le presentan de acuerdo con los Artículos 44 a 51
de la Convención Americana (Resolución Nº
29/88, caso Clifton Wright vs. Jamaica)
18CIDHProcedimiento
- FÓRMULA DE LA CUARTA INSTANCIA
- El carácter de esa función (subsidiaria)
constituye también la base de la denominada
"fórmula de la cuarta instancia" aplicada por la
Comisión, que es congruente con la práctica del
sistema europeo de derechos humanos. La premisa
básica de esa fórmula es que la Comisión no puede
revisar las sentencias dictadas por los
tribunales nacionales que actúen en la esfera de
su competencia y aplicando las debidas garantías
judiciales, a menos que considere la posibilidad
de que se haya cometido una violación de la
Convención. (Informe 39/96, caso Santiago
Marzioni vs. Argentina)
19CIDHProcedimiento
- Audiencias públicas
- Excepcionalmente pueden ser privadas (cuando la
integridad de los peticionarios corre peligro). - Pueden ser de casos (p.e. ciudadano chino que
China pide a Perú extraditar) o temáticas (p.e.
informar sobre los D. Leg. 1094, 1095 y 1096 en
Perú). - Pueden ser nacionales o regionales (p.e. la
libertad de expresión en la región andina). - Reuniones de trabajo
20FLUJOGRAMA DE PROCEDIMIENTO ANTE CIDH
DDA. ANTE CORTE IDH
INFORME ART. 51 (definitivo)
o
- Actores legitimados
- Cualquier individuo
- Grupo de personas
- ONG reconocida
- Defensoría del Pueblo (excepcional)
- Requisitos
- Agotar vía previa.
- Solicitud dentro de los 6 mesesde agotada vía
interna. - No haya otra proceso internacional
- No haya sido resuelto internacionalmente.
- Sólo derechos consagrados en la CADH
- Fórmula de la cuarta instancia
- Necesidad que haya víctima.
SOLICITUD a la Comisión
A los 3 meses de notificado el Estado
Confidencial -Hechos -Alegaciones -conclusiones -
recomendaciones
INFORME ART. 50 (preliminar)
No admisibilidad
Admisibilidad
NO SOL. AMISTOSA
SOL. AMISTOSA
Trámite de las peticiones ante la Comisión
La Comisión realizará -Visitas in
loco -Audiencias, etc. -Excepcionalmente medidas
cautelares
La Comisión acepta -Doc. públicos y
privados -Testimonios -Presunciones -Otros medios
probatorios
Se busca que las partes lleguen a una Solución
Amistosa de ser Posible, que será homologado por
CIDH. La Comisión evaluará si peticionario se
desiste.
21CoIDHProcedimiento
- CIDH interpone demanda ante Corte (art. 51º CADH)
- Un Estado también puede demandar a otro Estado
(art. 61º CADH). Supuesto muy excepcional. - Interpuesta la demanda, los peticionarios
adquieren la calidad de parte procesal
(co-demandante), al igual que la CIDH y el Estado
demandado. Presenta un escrito similar a una
demanda (p.e. puede ofrecer nuevas pruebas,
distintas a las ofrecidas por CIDH o invocar la
violación de otros derechos consagrados en la
CADH) - Es un gran cambio respecto al pasado
(peticionarios entraban al proceso como
asistentes de la CIDH). Cancado Trinidade
individuo como sujeto del DIDH.
22CoIDHProcedimiento
- Estado demandado contesta la demanda CIDH y el
escrito de los peticionarios. - CoIDH admite las pruebas y convoca a audiencia
pública para actuar pruebas, escuchar los
testimonios de las víctimas y los alegatos de las
partes. - Antes emitía sentencias de cuestiones
preliminares, de fondo y de reparaciones. Ahora
junta todo en una sola sentencia. - Luego de emitida la sentencia, la CoIDH ha
abierto la posibilidad de audiencias públicas de
seguimiento del cumplimiento de las sentencias
por parte de los Estados (p.e. Palamara vs. Chile
el 2009).
23Algunas temas desarrollados por SIDH
- Libertad de expresión.
- Justicia militar e independencia judicial.
- Extensión de debido proceso a todo tipo de
procesos (caso TC vs. Perú). - Protección indirecta de DESC a través de derechos
civiles (caso 5 pensionistas vs. Perú, pueblos
indígenas) - Desarrollo de los derechos humanos de los Pueblos
indígenas (propiedad, derecho de consulta y
consentimiento ante peligro de extinción, caso
Saramaca vs. Suriname) - Acceso a la justicia de mujeres que sufren
violencia. - Seguridad ciudadana y derechos humanos.
- Defensores y defensoras de derechos humanos.
- Terrorismo y derechos humanos.
- Derechos de niño(a).
- Salud materna.
- Lineamientos de indicadores de progreso de los
DESC.
24Reconocimiento de reinvindicaciones
- Una de las principales reinvindicaciones de los
pueblos indígenas el derecho a sus tierras
tradicionales. - La CIDH considera que los pueblos indígenas han
encontrado en el derecho a la propiedad
(institución del derecho occidental) una
protección a varios derechos tradicionales
propios de sus culturas. - Ambos derechos confluyen, según la CIDH, y
reinterpretan el significado, originalmente
individualista, de la propiedad.
25Aplicación de SIDH por tribunales nacionales
- TC ha establecido que la CoIDH es la máxima
intérprete de la CADH y que lo resueltos por el
SIDH es de obligatorio cumplimiento en el ámbito
nacional (sentencias TC en caso Alfredo Crespo y
otros) - Ley Nº 27775, procedimiento de ejecución de
sentencias de Tribunales Supranacionales. - Cada vez más, las altas Cortes (Constitucional y
Suprema) del continente vienen incorporando la
jurisprudencia del SIDH Argentina, Colombia,
Costa Rica, Perú. Una excepción es Venezuela.
26TOTAL 1450 Casos y Peticiones en trámite por PAÍS
2009 (Fuente Informe 2009 CIDH)
27PROMEDIO DE DURACIÓN (meses) de los casos
contenciosos(desde la presentación de la demanda
hasta la sentencia donde se hable de
reparaciones) Fuente Informe Anual 2009 Corte
IDH