MARPOL 73/78 - PowerPoint PPT Presentation

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MARPOL 73/78

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MARPOL 73/78 Anexo V - Reglas para la prevenci n de la contaminaci n por basuras BASURAS R tulos Plan de Gesti n Libro Registro de Basuras ROTULOS: Ambito de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: MARPOL 73/78


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MARPOL 73/78
  • Anexo V - Reglas para la prevención de la
    contaminación por basuras

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BASURAS
Son toda clase de víveres, salvo el pescado
fresco y porciones del mismo, así como los
residuos restantes de las faenas domésticas y
trabajo rutinario del buque en condiciones
normales de servicio, los cuales suelen echarse
desde el buque en forma continua o periódica. El
término no incluye los hidrocarburos, las aguas
sucias ni las sustancias nocivas líquidas.
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  • Rótulos
  • Plan de Gestión
  • Libro Registro de Basuras

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ROTULOS Ambito de aplicación
  • Buques de eslora igual o superior a 12 metros.
  • Plataformas costa afuera.

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Rótulos distribución a bordo.
  • Comedores.
  • Salas de estar.
  • Pasillos principales de circulación.
  • Cubiertas de trabajo.
  • Cuartos de máquinas.
  • Puente de navegación.

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(No Transcript)
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(No Transcript)
8
(No Transcript)
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PLAN DE GESTION Ambito de aplicación
  • Buques de arqueo bruto igual o superior a 400
    unidades o que estén autorizados a transportar 15
    o más personas.
  • Plataformas costa afuera.

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Plan de Gestión de Basuras
  • Equipos y medios.
  • Procedimientos operacionales de
  • - recolección
  • - almacenamiento
  • - tratamiento y
  • - evacuación.

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LIBRO REGISTRO DE BASURAS Ambito de
aplicación.
  • Buques de arqueo bruto igual o superior a 400
    unidades o que estén autorizados a transportar 15
    o más personas.
  • Plataformas costa afuera.

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Libro Registro de Basuras
  • Descargas de basuras a las aguas
  • - fecha y hora de la descarga
  • - posición del buque
  • - volumen estimado por categoría de
    basura
  • - firma del oficial a cargo de la
    operación.
  • Descargas de basuras en instalaciones receptoras
    (incluye embarcaciones y vehículos terrestres)
  • - fecha y hora de la descarga
  • - puerto denominación de la
    instalación,buque o vehículo
  • - volumen estimado por categoría de
    basura
  • - firma del oficial a cargo de la
    operación.

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Libro Registro de Basuras
  • Incineración de basuras
  • - fecha y hora de la operación
  • - posición del buque
  • - volumen estimado de las basuras
    incineradas
  • - firma del oficial a cargo de la
    operación.
  • Descargas accidentales u otras descargas
    excepcionales
  • - fecha y hora del acaecimiento
  • - puerto o posición del buque
  • - volumen estimado y categoría de la
    basura descargada
  • - circunstancias de la eliminación,
    derrame o pérdida sus
  • razones y observaciones generales.

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(No Transcript)
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  • Habilitación por la Administración (casos
    particulares)
  • Asientos luego de cada operación y con la firma
    del Capitán, al igual que cada página.
  • Idioma el del Estado de bandera para buques de
    cabotaje nacional, y francés o inglés para buques
    que realizan viajes internacionales por mar.
  • Disponibilidad Estará siempre disponible en un
    lugar adecuado y podrá ser inspeccionado por el
    Estado rector del puerto.

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Excepciones
  • La Administración podrá eximir de llevar el Libro
    Registro de Basuras a
  • los buques que realicen viajes de 1 hora
    como máximo y que estén autorizados a transportar
    15 personas o más, y
  • las plataformas fijas o flotantes.

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Instalaciones y servicios de recepción
  • Los Gobiernos de las Partes en el Convenio se
    comprometen a garantizar que en los puertos y
    terminales se establecerán adecuadas
    instalaciones y servicios de recepción de
    basuras.
  • Los Gobiernos de las Partes notificarán a la OMI,
    para que ésta lo comunique al resto de las Partes
    interesadas, todos los casos en que las
    instalaciones no cumplan los requisitos básicos
    estipulados.

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Zonas especiales del Anexo V
  • Mar Mediterráneo.
  • Mar Báltico.
  • Mar Negro.
  • Mar Rojo.
  • Zona de los Golfos.
  • Mar del Norte
  • Zona del Antártico.
  • Región del Gran Caribe.

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Fuera de las zonas especiales está prohibida la
descarga de ...
  • materias plásticas (de cualquier forma y
    composición)
  • tablas, forros de estiba y materiales de embalaje
    que puedan flotar, a menos de 25 mn de la tierra
    más próximay
  • restos de comidas, productos de papel, trapos,
    vidrios, metales, botellas, loza y otros
    materiales similares, a menos de 12 mn de la
    tierra más próxima si estas basuras fueron
    previamente trituradas o desmenuzadas (deberán
    pasar por cribas de 25 mm), podrán arrojarse al
    mar a una distancia no menor a 3 mn de la tierra
    más próxima.

20
Dentro de las zonas especiales está prohibida
la descarga de ...
  • materias plásticas (de cualquier forma y
    composición)
  • tablas, forros de estiba, materiales de embalaje,
    productos de papel, trapos, vidrios, metales,
    botellas, loza y otros materiales similares
  • restos de comida, a menos de 12 mn de la tierra
    más próxima
  • para el caso de la zona del Gran Caribe, los
    restos de comida podrán arrojarse al mar sólo
    si fueron previamente desmenuzados o triturados
    (pasarán por cribas de 25 mm) y nunca a menos de
    3 mn de la tierra más próxima.

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Prescripciones especiales para plataformas
  • Los restos de comida (previamente tratados por un
    desmenuzador o triturador) podrán echarse al mar
    siempre que la plataforma esté situada a más de
    12 mn de la tierra más próxima.
  • Se permitirá una descarga similar desde todo
    buque (supply) que se encuentre atracado a la
    plataforma o esté a menos de 500 m de ella (buque
    a la orden).
  • Todas las demás categorías de basuras no podrán
    ser evacuadas al mar desde la plataforma o desde
    todo buque (supply) que se encuentre atracado o
    esté a menos de 500 m de ella (buque a la
    orden).

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Excepciones a los regímenes de descarga
autorizados
  • Descargas de basuras cuando sea necesaria para
    garantizar la seguridad de la vida humana o la
    seguridad del buque.
  • Descargas de basuras resultantes de averías
    sufridas por el buque o sus equipos, salvo que el
    capitán o el propietario hayan actuado con
    intencionalidad, con impericia o imprudencia.

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Instalaciones o servicios de recepción en la
Zona del Antártico
  • Los Gobiernos de las Partes en el MARPOL cuyos
    puertos sean utilizados por buques en viajes de
    ida y vuelta a la Zona, se comprometen a
    garantizar la provisión de instalaciones y/o
    servicios de recepción de todas categorías de
    basuras, sin causar demoras innecesarias ni
    costes excesivos.
  • Los Gobiernos de las Partes en el MARPOL
    comprobarán que todos los buques que enarbolan su
    pabellón, estén dotados de medios adecuados para
    retener a bordo todas las basuras mientras operen
    en la zona, y hayan concertado acuerdos para
    descargar dichos residuos sólidos en
    instalaciones receptoras.

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IMPORTANTE
  • Cada Administración será responsable de cuidar
    que los buques no alcanzados por la norma según
    su eslora, asignaciones de arqueo bruto, número
    de pasajeros y tripulantes autorizados a
    transportar, cumplan con los regímenes
    autorizados de descarga de basuras sin excepción.
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