Title: Explicaci
1Explicación de la Ley de Protección al Ciudadano
del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos
- Ley N 8220,
- Alcance 22, LG 49 del 11-3-02
2Los temas
- Objetivo de la Ley
- Contenido de la Ley.
- Qué podemos hacer juntos?
3Contenido de la Ley N 8220
- Protección al ciudadano del exceso de trámites y
requisitos administrativos
4Objetivo de la Ley
- Proteger al ciudadano de
- corrupción
- ineficiencia administrativa.
- Aplicable a toda la Administración Pública,
- excepto Poderes (Judicial, TSE), defensa y
seguridad nacional, derecho de intimidad.
5Objetivo de la Ley
- Cómo?
- Pasos únicos
- Respeto de competencias
- Trámites de conocimiento público
- Plazos y calificación únicos
- Responsabilidades de funcionarios
6Contenido de la Ley N 8220
- Protección al ciudadano del exceso de trámites y
requisitos administrativos
7No duplicar pasos en una misma institución (Art 2)
- En una misma institución
- No puede solicitarse dos veces la misma
información al administrado, para un mismo
trámite u otro (salvo certificaciones personería
jurídica, documentos que pierdan vigencia). - No puede solicitarse información que la misma
entidad posea. - Implica coordinación entre departamentos.
8Zapatero a tu zapato (Art 3)
- Concentrarse en su competencia.
- No cuestionar o revisar autorizaciones firmes de
otras entidades u órganos, - excepto nulidades.
- No pueden solicitarse requisitos o información
que esté en trámite en otra administración.
9Condiciones para exigir trámites y requisitos
(Art 4).
- Todo trámite o requisito para poder exigirse
deberá - Sujetarse a la ley (no se puede inventar)
- Estar publicado en La Gaceta junto con
instructivos, manuales, formularios, etc. (3
meses).
10Publicidad de trámites y requisitos (Art 4)
- Trámites y requisitos de ley deben
- Pegarse en un lugar visible
- Publicar aviso sobre publicación en un diario
nacional. - Divulgar trámites y requisitos por medios
electrónicos (actualizados).
11Obligación de informar sobre trámites
(Art 5)
- Obligación de brindar información sobre trámites
y requisitos realizados en oficinas. - No exigir presencia física del administrado,
salvo ley. - Fundamentar trámites y requisitos en ley y
reglamento, indicando fecha de publicación.
12Observaciones en un solo momento y por escrito
(Art 6).
- Obligación de
- verificar requisitos y resolver en plazo.
- Observaciones una única vez y por escrito.
- Observación suspende el plazo,
- administrado 10 días hábiles para completar,
- No interrumpe el plazo.
- Ejm observaciones 29, 10 días ciudad, 1 día Adm.
13Aplicación silencio positivo (Art 7)
- Tal como LGAP (no cambia, mismos casos).
- Formas de probar el silencio positivo
- Presentar una nota a Adm. haciendo constar que la
solicitud completa no se resolvió en tiempo. (1
día hábil para Adm. emita nota). - Certificación mediante acta notarial.
14Coordinación Interinstitucional (Art 8)
- Adm debe obtener por sus medios,
- copias, constancias, certificaciones, etc
emitidas por otra Adm - cuando la requiera para resolver.
- Fiscalización de cumplimiento de pagos u
obligaciones (al día) no recargarlas al ciudadano
con constancias, - suministrar información a otras entidades.
15Pasos únicos ante la Administración como un todo
(Art 9).
- Administrado no deberá acudir a más de una
instancia, para un mismo trámite o requisito con
un mismo fin. - Adms. deberán ponerse de acuerdo.
- Si no lo hacen en 3 meses, el P. Ejecutivo lo
hará por Decreto.
16Responsabilidades de funcionarios (Art 10).
- Derecho del administrado de exigir
responsabilidad (Adm. y funcionario) por
incumplimiento de la ley. - Responsabilidad administrativa y civil y penal
del funcionario.
17Qué podemos hacer juntos?
- Hacer valer los derechos.
- Divulgarla.
- Implementarla