Title: II. LA IDEOLOGIA DE LA DEFENSA SOCIAL
1II. LA IDEOLOGIA DE LA DEFENSA SOCIAL
2Escuela Clásica
Escuela Positiva
Modelos de ciencia penal integrada, donde la
ciencia jurídica y la concepción gral. del H y de
la S se encuentran muy ligadas
Afirmación de una ideología de la defensa social
como nudo teórico y político del sistema
científico
3(No Transcript)
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5Las diferencias no residen tanto en el contenido
de la ideología de la defensa social y de los
valores fundamentales considerados dignos de
tutela, sino más bien al actitud metodológica
general respecto a la explicación de la
criminalidad.
- Explicación causal del comportamiento criminal
basada en la doble hipótesis del carácter
complementario determinado del comportamiento
criminal, y de una diferencia fundamental entre
individuos criminales y no criminales.
- El objeto es el crimen mismo y así queda ligado a
la idea del libre arbitrio, del mérito y del
demérito individual y de la igualdad sustancial
entre criminales y no criminales.
6Escuela Clásica
Escuela Positivista
Plantean diferencias respecto a la actitud
interior del delincuente.
Principio de culpabilidad
Significado moral-normativo (disvalor, condena
moral)
Significado socio-psicológico (revelador de
peligrosidad social)
Ideología de un sistema penal basado en la
defensa social.
7Objeto del ensayo para Baratta
- Mostrar que en algunas perspectivas, las teorías
sociológicas de la criminalidad contemporáneas
están críticamente más avanzadas que la ciencia
penal y - que ofrecen importantes puntos de vista para una
crítica y una superación del concepto de defensa
social. - Naturalmente, las teorías sociológicas no tienen
corpus homogéneo de datos ni de tesis
compatibles e integrables entre sí.
8Función legitimadora desplegada por la ideología
de la defensa social en relación con el sistema
penal
- Límites al estudio proporcionar un análisis
crítico exhaustivo del desarrollo de la
sociología criminal contemporánea. - Pone particular atención a las indicaciones
teóricas e hipótesis de investigación que pueden
concurrir a la fundamentación de una economía
política de la pena y de la criminalidad.
9Función legitimadora desplegada por la ideología
de la defensa social en relación con el sistema
penal
- Respecto a la metodología
- Crítica externa del pensamiento penal, que parte
de los resultados y argumentos extraídos del
desarrollo de la sociología criminal
estadounidense y europea de los últimos 50 años. - El retraso de la ciencia jurídica frente al
pensamiento criminológico contemporáneo más
avanzado es tal que, en efecto, obliga a
considerar que no puede éste ser recuperado hoy
por medio de una crítica inmanente o de una
autocrítica situada en el seno de la ciencia
jurídica. - Esto significa hacer un análisis crítico de la
situación actual de la ciencia penal y no hacer
de esta situación un modelo para la ciencia
penal. En el sentido de modelo, subsistirá como
válido el de la integración entre dogmática del
delito y ciencia social de la criminalidad.
10Teoría sobre la criminalidad integrada a la
ciencia del derecho penal
11Teoría sobre la criminalidad integrada a la
ciencia del derecho penal
- Critica el concepto de defensa social
corresponde a una ideología caracterizada por una
concepción abstracta y ahistórica de sociedad
entendida como una totalidad de valores e
intereses. - Se caracteriza por elementos antitéticos a la
ideología de la defensa social dicha teoría
opera con un concepto situado, una abstracción
determinada correspondiente a específicas
formaciones económico-sociales y a los problemas
y contradicciones inherentes a éstas. Ej en
lugar de un estado de Naturaleza se parte de una
sociedad capitalista o de transición. - Análisis de los conflictos de clase y las
contradicciones específicas que caracterizan la
estructura económico-social de las relaciones de
producción de una determinada fase de desarrollo
de una formación económico-social.