Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas - PowerPoint PPT Presentation

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Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas

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Title: Sociedades Cooperativas Author: Ver nica L. Serna Campos Last modified by: Preferred Customer Created Date: 9/18/2006 10:36:41 PM Document presentation format – PowerPoint PPT presentation

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Title: Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas


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Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas
  • Comité Nacional de Estudios Fiscales
  • Sociedades Cooperativas de Producción
  • Régimen Legal y Fiscal

C.P. Teresa Cortés Martínez C.P. Noé Hernández
Ortíz
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Sociedades Cooperativas de Producción
  • Régimen legal y fiscal

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Ley General de Sociedades Cooperativas
  • La sociedad cooperativa es una forma de
    organización social integrada por personas
    físicas con base
  • En intereses comunes y
  • En los principios de solidaridad, esfuerzo propio
    y ayuda mutua,
  • Con el propósito de satisfacer necesidades
    individuales y colectivas.
  • A través de la realización de actividades
    económicas de producción, distribución y consumo
    de bienes y servicios.

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Principios que deberán observar las sociedades
cooperativas
  • Libertad de asociación y retiro voluntario de los
    socios.
  • Administración democrática.
  • Limitación de intereses a algunas aportaciones de
    los socios si así se pactara.
  • Distribución de los rendimientos en proporción a
    la participación de los socios.
  • Fomento de la educación cooperativa y de la
    educación en la economía solidaria.
  • Participación en la integración cooperativa.
  • Respeto al derecho individual de los socios de
    pertenecer a cualquier partido político o
    asociación religiosa, y
  • Promoción de la cultura ecológica.

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Aspectos legales
  • Actividades a las que se podrán dedicar
  • ..a cualquiera actividades economicas licitas.
  • Nulidad de las sociedades cooperativas.
  • Serán nulas de pleno derecho y estarán sujetas a
    las sanciones que establezcan las leyes
    respectivas, las sociedades que
  • Simulen constituirse en sociedades cooperativas o
  • Usen indebidamente las denominaciones alusivas a
    las sociedades cooperativas.

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Requisitos para su constitución
  1. Se reconoce un voto por socio, independientemente
    de sus aportaciones.
  2. Serán de capital variable.
  3. Habrá igualdad esencial en derechos y
    obligaciones de sus socios e igualdad de
    condiciones para las mujeres.
  4. Tendrán duración indefinida, y
  5. Se integraran con un mínimo de cinco socios.
  6. Aplicación supletoria LGSM

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Aspectos legales relevantes
  • Momento en que las sociedades cooperativas
    cuentan con personalidad jurídica propia
  • A partir del momento de la firma de su acta
    constitutiva
  • Contaran con personalidad jurídica
  • Tendrán patrimonio propio y
  • Podrán celebrar actos y contratos, así como
  • Asociarse libremente con otras para la
    consecución de su objeto social.

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Aspectos legales relevantes
  • Responsabilidad de los socios
  • Los socios pueden adoptar el régimen de
    responsabilidad limitada o suplementada.
  • Momento en que surtirá efectos el régimen de
    responsabilidad de los socios
  • A partir de la inscripción del acta constitutiva
    en el registro publico de comercio.

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Clases y categorías de las sociedades cooperativas
  • De consumidores de bienes y/o servicios, y
  • De productores de bienes y/o servicios,
  • De ahorro y préstamo.
  • Sociedades cooperativas de productores
  • Son aquellas cuyos miembros se asocien para
    trabajar en común en la producción de bienes y/o
    servicios aportando su trabajo
  • Personal
  • Físico o
  • intelectual

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Distribución de los rendimientos anualesArt. 28
  • Los rendimientos anuales que reporten los
    balances de las sociedades cooperativas de
    productores se repartirán
  • De acuerdo al trabajo aportado por cada socio
    durante el ejercicio
  • El trabajo puede evaluarse a partir de los
    siguientes factores
  • Calidad
  • Tiempo
  • Nivel técnico y escolar

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Del funcionamiento y la administración
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Fondos que podrán constituir las Sociedades
Cooperativas
  • Fondo social de reserva
  • Fondo de previsión social y
  • Fondo de educación cooperativa
  • Fondo de previsión social
  • (Art. 57 de la LGSC )
  • Destino
  • Reservas para cubrir los riesgos y enfermedades
    profesionales
  • Formar fondos de pensiones y haberes de retiro de
    socios, primas de antigüedad y
  • Para fines diversos

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Análisis Fiscal del Régimen
  • Opcional para las cooperativas de producción.
  • Qué únicamente se encuentren constituidas por
    socios personas físicas?
  • ISR, aplicar disposiciones personas físicas con
    actividad empresarial.
  • Otras obligaciones, Título II LISR.

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Cálculo ISR anual
  • La utilidad gravable la determina la Sociedad
    Cooperativa, pero
  • El ISR se calcula para cada uno de los socios
    atribuyéndoles una parte de la utilidad gravable.
  • Aplicar procedimiento artículo 177 LISR.

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(No Transcript)
16
(No Transcript)
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Consideraciones
  • Acumulación de ingresos al cobro.
  • Deducción de compras.
  • Deducción de anticipos y rendimientos?
  • No aplica ajuste por inflación.
  • Cálculo ISR por cada socio, es menor al 29.

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Diferimiento del Impuesto
  • Posibilidad de diferir el ISR hasta que se
    distribuyan las utilidades.
  • Determinación de la cuenta de utilidad gravable.

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Distribución de Utilidades
  • Cuando efectivamente se paguen.
  • Cuando se inviertan en activos financieros ?
    C x C clientes.
  • Inversión en recursos diferentes a los necesarios
    para la actividad.
  • Activos financieros?

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Cálculo ISR. Por distribución de la cuenta de
utilidad gravable
  • Aplicar tarifa Art. 177
  • Subsidio?

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Transmisión de la Cuenta de Utilidad Gravable
  • Por escisión.
  • Por fusión.
  • En fusión Pago ISR Art. 177?

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Permanencia en el Régimen
  • No puede variarse opción.
  • Posibilidad de variar si se cumplen requisitos
    del Reglamento.
  • Requisitos del Reglamento?

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Rendimientos y anticipos a socios
  • Ingreso asimilable a salario.

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Impuesto al Activo
  • Pagos provisionales?
  • Acreditamiento ISR retenido por rendimientos y
    anticipos contra IMPAC?
  • Acreditamiento ISR anual.
  • Disposición transitoria.

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Abuso de las Cooperativas
  • Qué ha pasado con el criterio del SAT?
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