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Title: * PLAN VALLEJO * CEPAL


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PLAN VALLEJO CEPAL
  • JULIAN ESTEBAN GRAJALES

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PLAN VALLEJO
  • El Plan Vallejo es un instrumento de apoyo a las
    exportaciones colombianas tanto para personas
    naturales como jurídicas.
  • El Plan Vallejo se encuentra reglamentado por el
    Decreto Ley 444 de 1967 y  la Resolución 1860 de
    1999.

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PROGRAMAS DEL PLAN VALLEJO
  • Materias Primas e Insumos.
  • Bienes de Capital y Repuestos.
  • Reposición de Materias primas.

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Materias primas e Insumos
  • destinados a la mezcla, combinación, manufactura,
    procesamiento o ensamble materiales auxiliares o
    material utilizado en el empaque o envase del
    producto final o en la producción de dichos
    empaques o envases y los utilizados en reparación
    o reconstrucción.
  • Su exención es total

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tipos  de operaciones de materias primas e insumos
  • Operaciones según el artículo 172, Decreto Ley
    444 de 1967.
  • Operaciones de Maquila.
  • Operaciones según artículo 173, Decreto Ley 444
    de 1967.

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condiciones
  • Tener el carácter de empresarios productores,
    exportadores, comerciantes, entidades sin ánimo
    de lucro o cualquier otra forma de asociación
    empresarial reconocida por la ley. Las sociedades
    de comercialización internacional deben estar
    inscritas como C.I. ante el Ministerio de
    Comercio Exterior.
  • No presentar incumplimiento por obligaciones
    adquiridas en desarrollo de un programa Plan
    Vallejo al momento de presentar la solicitud
    correspondiente.
  • Estar inscritos en el Registro Nacional de
    Exportadores.

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Documentos requeridos
  • Formato de solicitud diligenciado y suscrito por
    el representante legal y un economista con
    matrícula profesional vigente.
  • Certificado de existencia y representación legal.
    Para el caso de personas naturales, es necesaria
    la matricula mercantil.  Estos documentos deben
    haber sido expedidos dentro de los treinta días
    anteriores a la fecha de radicación de la
    solicitud.
  • Balance general y estado de pérdidas y ganancias
    a diciembre 31 del año inmediatamente anterior a
    la fecha de la presentación de la solicitud,
    suscrito por el representante legal y el revisor
    fiscal o contador público, en caso de personas
    jurídicas y suscrito por el solicitante y
    contador público, en caso de personas naturales.

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  • Para importaciones no reembolsables se debe
    justificar la circunstancia del no reembolso,
    indicando cantidades, descripción de las materias
    primas, monto en dólares y período durante el
    cual se realizará dicha operación.
  • En el caso de operaciones indirectas deberá
    aportarse carta de compromiso del exportador, en
    la cual conste la responsabilidad que éste asume
    en la demostración de los respectivos compromisos
    de exportación y/o los contratos de suministro
    entre el importador y el productor.

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Pasos
  • 1. Autorización del programa
  • 2. Constitución de la garantía de cumplimiento
  • 3. Presentación de registros de importación
  • 4. Importación de materias primas
  • 5. Producción de bienes de exportación
  • 6. Presentación de cuadros insumo - producto
  • 7. Exportación de bienes
  • 8. Presentación estudio de demostración
  • 9. Verificación de cumplimiento de compromisos de
    exportación
  • 10. Régimen sancionatorio
  • 11. Cancelación de la garantía
  • 12. Actuación administrativa
  • 13. Terminación del programa.

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Bienes de Capital y Repuestos
  • Operaciones según artículo 173 literal C
  • Importación de maquinaria y equipos que se
    destinen a la ampliación de empresas siempre y
    cuando del incremento de la producción se
    destine  a la exportación al menos un 70. 
  • Operaciones según artículo 174
  • Esta operación sigue las mismas especificaciones
    de la operación anterior solo que en las
    operaciones señaladas en el artículo 174,  la
    exportación debe ser por lo menos de 1,5 veces el
    valor del cupo de la importación utilizado y los
    bienes de capital importados no estarán exentos
    de derechos de aduana
  • Esta modalidad no está exenta del pago del
    impuesto sobre las ventas.

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condiciones
  • Tener el carácter de empresarios productores,
    exportadores, comerciantes, entidades sin ánimo
    de lucro o cualquier otra forma de asociación
    empresarial reconocida por la Ley Las Sociedades
    de Comercialización Internacional deben estar
    inscritas en el Ministerio de Comercio Exterior.
  • No presentar incumplimiento por obligaciones
    adquiridas en desarrollo de un programa Plan
    Vallejo al momento de presentar la solicitud
    correspondiente.
  • Estar inscritos en el Registro Nacional de
    Exportadores.

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Documentos requeridos
  • Formato de solicitud diligenciado y suscrito por
    el representante legal y un economista con
    matrícula profesional vigente. 
  • Certificado de existencia y representación legal
    y para los casos de personas naturales, es
    necesaria la matrícula mercantil. Todos estos
    certificados deben haber sido expedidos  dentro
    de los treinta días anteriores a la fecha de
    radicación de la solicitud.
  • Balance general y estado de pérdidas y ganancias
    a diciembre 31 del año inmediatamente anterior a
    la fecha de la presentación de la solicitud,
    suscrito por el representante legal y el revisor
    fiscal o contador público en caso de personas
    jurídicas y suscrito por el solicitante y
    contador público, en caso de personas naturales.
  • Para importaciones no reembolsables se debe
    justificar la circunstancia del no reembolso.

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  • Contrato de Leasing en caso de la importación de
    un bien de capital objeto de una arrendamiento
    financiero, con vigencia al período de compromiso
    de exportación y en el cual se señale la
    descripción de los bienes, cantidad, el valor FOB
    de la importación en dólares con la cantidad de
    importación temporal de los mismos.
  • Catálogo de los Bienes de Capital que se vayan a
    importar o información técnica que sustituya
    dichos catálogos cuando no sea posible
    presentarlos.
  • Para bienes de capital usados se requiere
    certificación otorgada por el productor,
    fabricante o vendedor en el país de origen, en la
    cual exista constancia  de la fecha de
    fabricación o fecha de reparación o
    reconstrucción del mismo.
  • En el caso de operaciones indirectas deberá
    aportarse carta de compromiso del exportador, en
    la cual conste la responsabilidad que éste asume
    en la demostración de los respectivos compromisos
    de exportación.

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Reposición de Materias Primas o Plan Vallejo
Junior
  • quien exporte productos en cuya manufactura  se
    hayan utilizado materias primas e insumos
    importados por el conducto ordinario o
    reposición, conforme con  todos los requisitos
    legales, tendrá la opción  de importar una
    cantidad igual de aquellas las materias primas o
    insumos sin gravámenes, impuestos u otras
    contribuciones.
  • El término fijado para solicitar el derecho es de
    doce (12) meses, contados a partir del embarque
    de la respectiva exportación

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Documentos requeridos
  • Formato de solicitud diligenciado . 
  • Copia original de documentos de exportación donde
    se declare la utilización del mecanismo de
    reposición.
  • Copia original de las declaraciones aduaneras de
    importación.  El levante de las importaciones que
    sirvan como antecedente para solicitar la
    reposición,  tendría que  haberse autorizado
    durante los dos años anteriores a la fecha  de
    solicitud de reposición.
  • Contrato debidamente suscrito por los usuarios
    que intervengan en la operación en el cual se 
    demuestre la cesión del derecho si fuere el caso.
  • Aval de la solicitud suscrito por un economista
    con matrícula profesional vigente.
  • Archivo plano debidamente diligenciado que
    contenga la información de los documentos de
    exportación y declaraciones de importación  de
    conformidad con las especificaciones señaladas
    por el MINCOMEX.

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CEPAL
  • La Comisión Económica para América Latina (CEPAL)
    fue establecida por la resolución 106 (VI) del
    Consejo Económico y Social, del 25 de febrero de
    1948, y comenzó a funcionar ese mismo año. En su
    resolución 1984/67, del 27 de julio de 1984, el
    Consejo decidió que la Comisión pasara a llamarse
    Comisión Económica para América Latina y el
    Caribe.

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  • La CEPAL es una de las cinco comisiones
    regionales de las Naciones Unidas y su sede está
    en Santiago de Chile. Se fundó para contribuir al
    desarrollo económico de América Latina, coordinar
    las acciones encaminadas a su promoción y
    reforzar las relaciones económicas de los países
    entre sí y con las demás naciones del mundo.
  • La CEPAL tiene dos sedes subregionales, una para
    la subregión de América Central, ubicada en
    México, D.F. y la otra para la subregión del
    Caribe, en Puerto España, que se establecieron en
    junio de 1951 y en diciembre de 1966,
    respectivamente. Además tiene oficinas nacionales
    en Buenos Aires, Brasilia, Montevideo y Bogotá y
    una oficina de enlace en Washington, D.C.
  • Los 33 países de América Latina y el Caribe son
    miembros de la CEPAL, junto con algunas naciones
    de América del Norte, Europa y Asia

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  • Estados miembros de la CEPAL

 Antigua y Barbuda  España   Panamá  Suriname
 Argentina  Estados Unidos de América                     Paraguay  Trinidad y Tabago
 Bahamas   Francia  Perú  Uruguay
 Barbados  Granada  Portugal  Venezuela (República Bolivariana de)
 Belice  Guatemala  Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte                 Colombia
 Bolivia (Estado Plurinacional de)          Guyana  República de Corea  Costa Rica
 Brasil  Haití  República Dominicana  Cuba
 Canadá   Honduras  Saint Kitts y Nevis  Dominica
 Chile  Italia  San Vicente y las Granadinas  Ecuador
Alemania  El Salvador  Santa Lucía  Jamaica
México Nicaragua Países Bajos  Japón
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  • Miembros asociados de la CEPAL

Anguila Islas Vírgenes de los Estados Unidos Bermudas Islas Caimán
Aruba Martinica Curaçao Islas Turcas y Caicos
Guadalupe Puerto Rico San Martín Islas Vírgenes Británicas
Montserrat      
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cooperación
  • La cooperación técnica es uno de los principales
    instrumentos con que cuenta la CEPAL para
    ejecutar su programa de trabajo bienal, ya que
    complementa, a la vez que nutre, las labores
    analítica y normativa, de investigación aplicada
    y de generación y gestión del conocimiento.

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órganos subsidiarios
  • Órganos permanentes de la CEPAL que permiten la
    adopción de posiciones regionales y generan
    mandatos a la Secretaría de la Comisión.
  • Comité de Desarrollo y Cooperación del
    Caribe (CDCC)
  • Comité de Cooperación Sur-Sur
  • Conferencia de Ciencia, Innovación y Tecnologías
    de la Información y las Comunicaciones
  •  Comité Plenario de la CEPAL
  •  Conferencia Regional sobre Población y
    Desarrollo de América Latina y el Caribe
  • Conferencia Regional sobre Desarrollo Social de
    América Latina y el Caribe
  • Conferencia Regional sobre la Mujer de América
    Latina y el Caribe
  • Consejo Regional de Planificación del ILPES
  • Conferencia Estadística de las Américas
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