Title: Diapositiva 1
1Reforma Fiscal 2006
2Ley del Impuesto sobre la Renta
Personas Morales. Requisitos de las Deducciones
- Pagos por salarios cumpliendo las obligaciones
siguientes - Efectuar retenciones
- Entregar CAS a los trabajadores
- Cumplir con requisitos para acreditar CAS
- Inscriban a trabajadores en IMSS
Art. 31, fracción V último párrafo y XX Art. 118
fracción I y Art. 119 LISR
3Ley del Impuesto sobre la Renta
Personas Morales. Conceptos No Deducibles
- Las cantidades que entregue de CAS en su carácter
de retenedor a las personas que le presten
servicios personales subordinados
Art. 32, fracción I, último párrafo LISR
4Ley del Impuesto sobre la Renta
Saldo Promedio Anual de las Deudas
- No se considerará dentro del cálculo del saldo
promedio anual de las deudas, los créditos que se
sujeten a condiciones o términos que limiten al
deudor para - Distribuir utilidades o dividendos,
- Reducir su capital,
- Enajenar sus activos fijos,
- Contratar nuevos créditos o
- Transmitir de cualquier forma la titularidad de
la mayoría de su capital social, así como que
permitan que el acreedor pueda intervenir en la
determinación del destino de los créditos.
Art. 32, fracción XXVI 48 tercer párrafo y
Artículo Segundo, fracción IV, de Disposiciones
de Vigencia Anual para 2006 LISR
5Ley del Impuesto sobre la Renta
Reglas aplicables a Reservas para fondo de
pensiones o jubilaciones
- Podrán invertirse en certificados de
participación emitidos por las instituciones
fiduciarias de los fideicomisos siempre que - Su fin sea la adquisición o construcción de
inmuebles destinados al arrendamiento y la
enajenación posterior de ellos después de haber
sido otorgados en arrendamiento - La inversión no exceda del 10 de la reserva para
estos fondos
Art. 33 fracción II, primer párrafo y artículo
224 LISR.
6Ley del Impuesto sobre la Renta
Porcentaje de depreciación para montacargas
Se aplicará el por ciento de deducción que
actualmente establece la Ley para vehículos
automotrices, (25).
Art. 40, fracción VI LISR
7Ley del Impuesto sobre la Renta
Sociedades Cooperativas de Producción. Cálculo
ISR por actividades que realicen
Podrán aplicar lo dispuesto en la Sección I del
Capítulo II del Título IV de la LISR (Actividad
Empresarial y Profesional de las personas
físicas) en lugar de lo dispuesto por el Título
II (personas morales) siempre que estén
constituidas únicamente por socios personas
físicas
Art. 85-A LISR
8Ley del Impuesto sobre la Renta
Sociedades Cooperativas de Producción.
Consideraciones cuando opten por tributar en el
Régimen de Actividades Empresariales y
Profesionales
- Calcularán el impuesto del ejercicio de cada uno
de sus socios, determinando la parte de la
utilidad gravable del ejercicio que le
corresponda a cada socio por la participación en
la sociedad. - Llevar cuenta de utilidad gravable.
- No efectuarán pagos provisionales de ISR por los
ingresos que obtenga la sociedad cooperativa. - Los rendimientos y anticipos que otorguen a sus
socios, se considerarán ingresos asimilados a
salarios y se aplicará lo dispuesto en los
artículos 110 y 113 de la LISR.
Art. 85-A LISR
9Ley del Impuesto sobre la Renta
Sociedades Cooperativas de Producción. Opción de
tributar en el capítulo
- Quienes opten por aplicar las disposiciones del
Capítulo en comento, no podrán variar la opción
en ejercicios posteriores, salvo cuando cumplan
requisitos del Reglamento de la LISR. - Quiénes dejen de pagar el impuesto en términos de
este Capítulo, en ningún caso podrán volver a
tributar en los términos del mismo.
Art. 85-B LISR
10Ley del Impuesto sobre la Renta
Obligaciones de las Personas Morales que celebran
operaciones con partes relacionadas
Métodos de precios
de transferencia
Considerar en primer término el método de precio
comparable no controlado, antes de aplicar
cualquier otro.
Art. 86, Fracción XV LISR
11Ley del Impuesto sobre la Renta
Obligaciones de las Personas Morales
- Informar, sobre contraprestaciones recibidas en
efectivo, en moneda nacional o extranjera, así
como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea
superior a cien mil pesos, conforme a lo
siguiente - A más tardar el día 17 del mes inmediato
posterior a aquel en el que se realice la
operación. - A través de los medios y formatos electrónicos
que el SAT señale, mediante reglas de carácter
general. - Mantener dicha información a disposición de la
SHCP
Art. 86, Fracción XIX LISR
12Ley del Impuesto sobre la Renta
Personas Morales con Fines no Lucrativos
Se incorporan las organizaciones dedicadas al
apoyo en la defensa y promoción de los derechos
humanos.
Art.95, Fracción VI, inciso h), LISR
Requisitos para ser donataria autorizada
Informar sobre donativos recibidos en efectivo,
en moneda nacional o extranjera, así como en
piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior
a cien mil pesos. En los mismos términos que las
obligaciones para las personas morales del Título
II
Art. 97, Fracción VI LISR
13Ley del Impuesto sobre la Renta
Sueldos y Salarios
- No retención a quienes únicamente perciban en el
mes un SMG de su área geográfica - La retención se calculará sobre totalidad de
ingresos obtenidos en el mes, disminuidos del
impuesto local cuando la tasa no exceda del 5 - Se eliminan conceptos de ingreso bruto y
exclusión general
Art. 113 LISR
14Ley del Impuesto sobre la Renta
Subsidio Acreditable
Se iba a determinar considerando el salario
bruto mensual, el cual se ubicaría en los límites
de la tabla y se proporcionaría al trabajador
Se calculará considerando el ingreso y el
impuesto determinado conforme al artículo 113,
aplicando lo dispuesto en el artículo 114
Art. 114 y 178 LISR
15Ley del Impuesto sobre la Renta
Subsidio Acreditable
- Aplicable para
- Sueldos y salarios
- Actividad Empresarial
- Actividad Profesional
- Arrendamiento
Si obtienen ingresos de dos o más Capítulos, sólo
aplicarán subsidio en uno de ellos. Cuando
obtengan ingresos por salarios y otros capítulos,
el subsidio se aplicará sólo en salarios.
Art. 114 LISR
16Ley del Impuesto sobre la Renta
Crédito al Salario
Suma salarios otras prestaciones Menos ISR
retenido del mes de enero 2006 Más Subsidio para
el empleo de enero 2006
Suma salarios otras prestaciones Menos ISR
determinado conforme disposiciones de Dic.
2005 Más CAS de diciembre 2005
Se va a determinar considerando la base gravable,
la cual se ubicará en los límites de la tabla
para conocer el monto que le corresponda, mismo
que se restará al impuesto subsidiado, en caso de
haber un remanente a favor, se entregará
efectivamente al trabajador
Art. 115 LISR
17Ley del Impuesto sobre la Renta
Determinación ISR anual por salarios
Salario Bruto Anual Menos Impuesto Local
Retenido Exclusión General Anual Igual Base del
Impuesto Aplicación Tarifa Artículo
177 Igual Impuesto Artículo 177 Menos Subsidio
Acreditable Artículo 178 Igual Impuesto
Subsidiado Menos Retenciones o Pagos
provisionales Igual Saldo a cargo o a favor
Ingresos Totales Menos Ingresos Exentos Impuesto
Local Retenido Igual Base del Impuesto Aplicación
Tarifa Artículo 177 Igual Impuesto Artículo
177 Menos Subsidio Acreditable Artículo
178 Igual Impuesto Subsidiado Menos Retenciones
o Pagos Provisionales Igual Saldo a cargo o a
favor
No entran en vigor las disposiciones relativas a
determinar el ISR anual sobre el Salario Bruto y
la disminución de la Exclusión General
Art. 116 LISR
18Ley del Impuesto sobre la Renta
Determinación ISR anual por salarios
2005
2006
No se realizará cálculo anual cuando hayan
iniciado la prestación de servicios con
posterioridad al 1 de enero del año de que se
trate o hayan dejado de prestar servicios al
retenedor antes del 1 de diciembre del año por el
que se efectúe el cálculo
Art. 116 LISR
19Ley del Impuesto sobre la Renta
Obligaciones de los Trabajadores
- Solicitar constancias
- Comunicar al empleador, si prestan servicios a
otro empleador y les aplica CAS, a fin de que no
se duplique
Art. 117 fracciones II y IV LISR
20Ley del Impuesto sobre la Renta
Obligaciones de los Patrones
Art. 118, fracciones I, IV segundo párrafo y V
LISR
21Ley del Impuesto sobre la Renta
Obligaciones de los Patrones
Se elimina la referencia a aplicar la exclusión
general a los trabajadores.
Art. 118, último párrafo LISR
22Ley del Impuesto sobre la Renta
Requisitos para Acreditamiento del CAS
- Cumplir con las obligaciones de las fracciones
I,II,V y VI del artículo 118 - Llevar registros de pagos efectuados
- Conservar comprobantes
- Haber pagado aportaciones de seguridad social y
las mencionadas en el artículo 109 de la LISR
Art. 119 LISR
23Ley del Impuesto sobre la Renta
Actividad Empresarial y Profesional. Deducciones
Se elimina la deducción autorizada relativa al
8 sobre la utilidad
Art. 123, último párrafo LISR
Se elimina la aplicación de la exclusión general,
manteniéndose la disminución de la PTU pagada en
el ejercicio, para la determinación de los pagos
provisionales
Art. 127 LISR
24Ley del Impuesto sobre la Renta
Actividad Empresarial y Profesional,
Arrendamiento y Enajenación de Bienes.
Obligaciones
Informar de las contraprestaciones recibidas en
efectivo en moneda nacional o extranjera, así
como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea
superior a cien mil pesos.
Art. 133, fracción VII 145 fracción V y 154
Ter. LISR
25Ley del Impuesto sobre la Renta
Régimen de Pequeños Contribuyentes. Determinación
ISR
Total de Ingresos Menos 4 VSMG del área
geográfica del contribuyente Base del
Impuesto Por Tasa del 2 Impuesto mensual
Art. 138, primer párrafo LISR
26Ley del Impuesto sobre la Renta
Arrendamiento y de los Demás Ingresos. Exclusión
General
Se elimina la referencia a la aplicación de la
exclusión general
Art. 143 segundo párrafo y 170 segundo párrafo
LISR
27Ley del Impuesto sobre la Renta
Requisitos de las Deducciones
- Pagos por salarios cumpliendo las siguientes
obligaciones - Efectuar retenciones
- Entregar CAS a los trabajadores
- Cubrir requisitos para acreditar CAS
- Inscribir a trabajadores en IMSS
Art. 172 fracción VII LISR
28Ley del Impuesto sobre la Renta
No serán Deducibles
Las cantidades que el retenedor entregue por
concepto de CAS a las personas que le presten
servicios personales subordinados
Art. 173, fracción I, segundo párrafo LISR
29Ley del Impuesto sobre la Renta
Residentes en el Extranjero. Intereses Exentos
- Provenientes de
- Créditos concedidos al Gobierno Federal o al
Banco de México - Títulos de créditos emitidos por el Gobierno
Federal o por el Banco de México, colocados en
México entre el gran público inversionista - Siempre que
- Los beneficiarios efectivos sean residentes en el
extranjero
Art. 196, Fracción IV LISR
30Ley del Impuesto sobre la Renta
Residentes en el Extranjero. Operaciones
Financieras Derivadas de deuda
- Se exime del pago del ISR por las operaciones
financieras derivadas de deuda referidas a - La Tasa de Interés Interbancario de Equilibrio o
- A Títulos de crédito emitidos por el Gobierno
Federal o por el Banco de México y - Cualquier otro que determine el Servicio de
Administración Tributaria mediante reglas de
carácter general - Siempre que se realicen en bolsa de valores o
mercados reconocidos y los beneficiarios
sean Residentes en el extranjero
Art. 199, penúltimo párrafo LISR
31Ley del Impuesto sobre la Renta
Residentes en el Extranjero. Operaciones
Financieras Derivadas de deuda
- Se exime a los socios liquidadores por las
operaciones financieras derivadas de deuda de - No retención
- No obligación solidaria
- Cuando
- No sea posible identificar al beneficiario
efectivo residente en el extranjero de las
ganancias provenientes de las citadas operaciones
Art. 199, último párrafo LISR
32Ley del Impuesto sobre la Renta
Regímenes Fiscales Preferentes. Tratamiento
ingresos
Cuando el país no tenga en vigor un acuerdo
amplio de intercambio de información tributaria
con México Ingresos distintos de los ingresos
pasivos, no se considerarán como sujetos a
regímenes fiscales preferentes, siempre
que El contribuyente y las entidades o
figuras jurídicas a través de las cuales se
generen ingresos sujetos a regímenes fiscales
preferentes, dictaminen sus estados financieros
Art. 212, octavo párrafo LISR
33Ley del Impuesto sobre la Renta
Empresas Multinacionales. Precios de transferencia
- Orden de aplicación
- Considerar primero, el método de precio
comparable no controlado y cuando no sea el
apropiado, se aplicarán los siguientes - Precio comparable no controlado
- Precio de reventa
- III. Costo adicionado
- IV. Partición de utilidades
- V. Residual de partición de utilidades
- VI. Márgenes transaccionales de utilidad de
operación
Art. 216 LISR
34Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Aportación a fideicomisos
inmobiliarios
- Los fideicomitentes al aportar inmuebles
- Determinarán la ganancia por enajenación, en los
términos de los Títulos II, IV o V de la LISR,
según corresponda - Acumularán la ganancia en los siguientes
momentos - Enajenen los certificados de participación
- Cuando la Institución Fiduciaria enajene los
bienes aportados - La ganancia se actualizará desde el mes en el
que se obtuvo y hasta el mes en que se acumule
Art. 223 LISR
35Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Aportación a fideicomisos
inmobiliarios
Exención del pago del ISR
- Se exenta la ganancia tratándose de
- Enajenaciones realizadas por una persona física o
un residentes en el extranjero - Cuando el enajenante sea un fideicomitente
persona física o residente en el extranjero - La Institución Fiduciaria no realizará pagos
provisionales de ISR e IMPAC por las actividades
del fideicomiso
Art. 223 LISR
36Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Certificados de Participación
Art. 223-A LISR
37Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones a Instituciones
Fiduciarias
- Determinar en los términos del Título II la LISR,
el resultado fiscal del ejercicio por las
actividades realizadas a través del fideicomiso - Retenciones de ISR del ejercicio a tenedores de
certificados (28) - Llevar una cuenta de resultado fiduciario
- Presentar información y proporcionar constancias
La tasa que se aplicará durante 2006 será del
29
Art. 223-B y Art. Segundo, fracción II de
Disposiciones de Vigencia Anual LISR
38Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones a tenedores de
certificados de aportación en fideicomisos
- Personas físicas residentes en México
- Acumular el resultado fiscal del ejercicio que
les corresponda y los ingresos que no provengan
de la cuenta de resultado fiduciario y acreditar
el impuesto retenido - Proporcionar información a institución
fiduciaria o a intermediarios financieros - Inscripción ante el RFC, en su caso
- Presentar declaración anual
Art. 223-C LISR
39Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones a tenedores de
certificados de aportación en fideicomisos
- Residentes en el extranjero
- Proporcionar información a institución fiduciaria
o a intermediarios financieros - Los Fondos de pensiones y jubilaciones deberán
inscribirse en el Registro de Bancos, Entidades
de Financiamiento, Fondos de Pensiones y
Jubilaciones y Fondos de Inversión del Extranjero
Art. 223-C LISR
40Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones a Fideicomisos
Inmobiliarios para gozar del estímulo fiscal
- Entre otras
- Que el fin sea la adquisición o la construcción
de bienes inmuebles que se destinen al
arrendamiento y la enajenación posterior de ellos
después de haber sido otorgados en arrendamiento - Distribuir a tenedores de certificados, la
cantidad que resulte de aplicar al resultado
fiscal la tasa del 28
La tasa que se aplicará durante 2006 será del 29
Art. 224 y Art. Segundo, fracción II de
Disposiciones de Vigencia Anual LISR
41Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones a Fideicomisos
Inmobiliarios para gozar del estímulo fiscal
- En fideicomisos cuyos certificados de
participación no se encuentren colocados entre el
gran público inversionista, deberán tener al
menos diez tenedores, y cada uno de ellos no
podrá tener una participación mayor al 20 del
monto total de las aportaciones al fideicomiso
Art. 224 LISR
42Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Sociedades Mercantiles con
fin igual a Fideicomisos Inmobiliarios
- Se otorgan diversos estímulos, entre los cuales
se encuentran - Cuando los accionistas aporten inmuebles podrán
diferir la ganancia por la enajenación de esos
bienes en forma proporcional - No realizarán pagos provisionales por concepto de
ISR e IMPAC - Cuando tengan accionistas que sean fondos de
pensiones y jubilaciones, deberán entregarles un
crédito fiscal por un monto equivalente al
resultado de multiplicar el impuesto del
ejercicio por la participación accionaria
promedio diaria que los fondos tuvieron en el
mismo ejercicio
Art. 224-A LISR
43Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Producción Cinematográfica
Nacional
- Estímulo
- Acreditar el 10 del ISR que se cause en el
ejercicio por inversiones relacionadas a esta
actividad - Definición de proyecto de inversión productiva
- Elimina los gastos y sólo considera las
inversiones en territorio nacional
Art. 226 LISR
44Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Producción Cinematográfica
Nacional
- Publicación de informes
- Los Comités Técnicos estarán obligados a publicar
dentro de los meses de julio y enero de cada año,
un informe que contenga los montos erogados
durante el primero y segundo semestre del
ejercicio fiscal respectivo según corresponda
Art. 226 LISR
45Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Inversión en capital de
riesgo en el país
- Características de los fideicomisos donde se
realiza la inversión - Entre otras
- Se constituya conforme a leyes mexicanas y la
fiduciaria sea residente en México - El fin del fideicomiso sea invertir en el capital
de sociedades mexicanas residentes en México no
listadas en bolsa al momento de la inversión - Que al menos el 80 del patrimonio del
fideicomiso esté invertido en las acciones que
integren la inversión en el capital o en
financiamiento otorgados a las sociedades arriba
mencionadas - Que el fideicomiso tenga una duración máxima de
10 años
Art. 227 LISR
46Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones de las personas
que Inviertan en capital de riesgo en el país
- Causarán el impuesto en los términos de los
Títulos II, IV, o V de esta Ley, según les
corresponda, por los ingresos que les entregue la
fiduciaria provenientes de las acciones y valores
que integran el patrimonio del fideicomiso o que
deriven de la enajenación de ellos, así como de
los financiamientos otorgados a las sociedades
promovidas.
Art. 228 LISR
47Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones de las personas
que Inviertan en capital de riesgo en el país
- De la Institución fiduciaria
- Llevar una cuenta por tipo de ingreso que reciba
proveniente de acciones y valores, así como de la
enajenación de ellos, y los que provengan de
financiamientos otorgados a las sociedades
promovidas - Llevar una cuenta por cada persona que participe
como fideicomitente y fideicomisario en el
fideicomiso, en la que registre las aportaciones
efectuadas por cada una de ellas en lo individual
al fideicomiso
Art. 228 LISR
48Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones de las personas
que Inviertan en capital de riesgo en el país
- De la Institución fiduciaria
- Retener el impuesto que proceda por el tipo de
ingreso que entregue en los términos del Titulo
IV o V de la LISR, respectivamente, cuando los
fideicomisarios sean personas físicas residentes
en el país o personas residentes en el extranjero
Art. 228 LISR
49Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones de las personas
que Inviertan en capital de riesgo en el país
- De la Institución fiduciaria
- Dar constancia de los ingresos entregados y en su
caso, del impuesto retenido por ellos, así como
del reembolso de aportaciones, a las personas que
los reciban como fideicomisarios - Del fideicomisario
- Cuando ceda los derechos que tenga en el
fideicomiso, deberá determinar su ganancia en la
enajenación de los bienes integrantes del
fideicomiso que implica dicha cesión, conforme a
la fracción VI del artículo 14 del CFF
Art. 228 LISR
50Ley del Impuesto sobre la Renta
Estímulos Fiscales. Obligaciones de las personas
que Inviertan en capital de riesgo en el país
- Del fideicomisario
- Cuando no se cumpla alguno de los siguientes
requisitos - Que las acciones de las sociedades promovidas no
se enajenen antes de transcurrir 2 años a partir
de la fecha de adquisición - Que el fideicomiso tenga una duración máxima de
10 años - Causarán el impuesto a la tasa establecida en
el primer párrafo del artículo 10 de la LISR por
la utilidad fiscal que derive de los ingresos que
reciba la institución fiduciaria, a partir del
año inmediato posterior a aquel en que ocurra el
incumplimiento.
Art. 228 LISR