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... en funci n de activos, conforme al art culo 9A LISR Se incluye como ... alteraci n de datos por ... de bienes o negociaci n ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Presentaci


1

Reformas Fiscales Código Fiscal 2010
2
Actualización cantidades
  • Se modifica procedimiento para actualizar
    cantidades previstas en código
  • Cuando inflación exceda del 10
  • Finalidad de que se incluya noviembre anterior al
    más antiguo del periodo

3
Udis
  • Se incorpora procedimiento BANXICO para cálculo
    diario del valor de las UDIS
  • Finalidad de legalidad tributaria, seguridad
    jurídica

4
Contribuyentes obligados a dictaminar
  • Se precisa que contribuyentes obligados a
    dictaminar sus estados financieros en función de
    activos, conforme al artículo 9A LISR
  • Se incluye como sujeto obligado a los que lleven
    a cabo programas de redondeo en ventas al público
    en general con la finalidad de utilizar u otorgar
    fondos, para sí o con terceros

5
Facultades de comprobación
  • Visitas domiciliarias a efecto de verificar el
    cumplimiento de obligaciones fiscales en materia
    de comprobantes, también para materia aduanera
  • Verificar el cumplimiento de obligaciones en
    materia aduanera derivadas de autorizaciones,
    concesiones o de cualquier padrón o registro

6
Facultades de comprobación (2)
  • Obtención Información
  • Hacer más expeditas facultades en materia de
    comprobación y cobro de contribuciones
  • A través de CNBV, CNSF, CONSAR o directamente de
    las entidades financieras o sociedades
    cooperativas de ahorro y préstamo

7
Facultades de comprobación (3)
  • Definición de entidades financieras
  • Comprende instituciones de crédito, de seguros
    que ofrecen seguros de vida, AFORES, Uniones de
    Crédito, Casas de Bolsa, Sociedades Financieras
    Populares, Sociedades de Inversión en Renta
    Variable, Sociedades de Inversión en Instrumentos
    de Deuda, Sociedades Operadoras de Sociedades de
    Inversión, Sociedades que presten servicios de
    distribución de acciones de sociedades de
    inversión, sociedades cooperativas de ahorro y
    préstamo
  • Relevante para emisión de estados de cuenta,
    obligación de proporcionar información,
    inmovilización de cuentas y aplicación de
    garantías.

8
Facultades de comprobación (4)
  • Declaraciones complementarias
  • Una vez iniciado el ejercicio de facultades de
    comprobación no tendrán efectos las de ejercicios
    anteriores cuando tengan repercusión en el
    ejercicio revisado
  • Evitar alteración de datos por contribuyentes que
    incidan en ejercicio revisado (exposición)
  • No se precisa en qué momento si surten efectos

9
Facultades de comprobación (5)
  • Medidas de apremio
  • Aseguramiento precautorio de bienes o negociación
    en caso de oposición u obstaculización del
    ejercicio de facultades
  • Autoridad debe levantar acta circunstanciada
    precisando forma de oposición u obstáculo de
    inicio o desarrollo
  • Observar disposiciones de embargo en PAE
  • Uso de fuerza pública consiste en acciones
    necesarias para que autoridades ingresen al lugar
    a iniciar o continuar el acto de fiscalización y
    seguridad de visitadores

10
Comprobantes Fiscales
  • Medidas para evitar evasión y defraudación fiscal
    por falsificación y comercialización de
    comprobantes
  • Entrada en vigor 1/I/2011
  • 3 tipos de comprobante
  • - Digital
  • Regla general
  • A través de página SAT
  • Deben contener folio asignado por SAT o
    proveedor de certificación y sello digital SAT

11
Comprobantes Fiscales (2)
  • Deber de remitir comprobante a SAT a través de
    mecanismos digitales para validar cumplimiento de
    requisitos, asignar folio e incorporar sello
    digital
  • Se puede autorizar a proveedores de
    certificación actividades anteriores
  • Obligación para contribuyente que deduzca o
    acredite consultar página SAT si fue autorizado
    al emisor y si certificado que ampara sello
    digital está registrado y no cancelado
  • Devolución en 20 días
  • Multa por no remitir comprobantes a través de
    mecanismos digitales
  • Delito el darle efectos fiscales a
    comprobantes que no reúnan requisitos

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Comprobantes Fiscales (3)
  • - Impreso
  • Operaciones no mayores a 2,000.00
  • Adherir dispositivo de seguridad que cumpla
    requisitos y características
  • En caso de no usarse en 2 años a partir de fecha
    de adquisición deben destruirse
  • Solicitar asignación de folios a SAT a través de
    página internet
  • Transitorio. Los emitidos a la entrada en vigor
    se podrán usar hasta agotarlos
  • Proporcionar información trimestral a SAT por
    medios electrónicos sobre expedidos y folios
  • Comprobar autenticidad del dispositivo de
    seguridad y correspondencia con datos del emisor
    del comprobante en página del SAT
  • Se presume cierta información

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Comprobantes Fiscales (4)
  • - Estado de cuenta
  • Además de emitidos por instituciones de crédito y
    casas de bolsa, entidades financieras, sociedades
    cooperativas de ahorro y préstamo, personas
    morales autorizadas para emitir tarjetas de
    crédito, débito, servicio o monederos
    electrónicos
  • En caso de que datos contenidos en estados de
    cuenta no correspondan con información de los
    estados de cuenta proporcionados por las
    entidades, no surtirán efectos de comprobante
  • No opera secreto fiscal respecto de información
    que proporciones el SAT para verificar
    información contenida en los comprobantes

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Comprobantes Fiscales (5)
  • Determinación presuntiva por no presentar
    declaración
  • Después del tercer requerimiento se hace efectiva
    cantidad igual al monto mayor determinado a cargo
    en cualquiera de las 6 últimas declaraciones de
    la contribución (no exime)
  • Una vez presentada declaración, saldo a favor
    sólo compensable en declaraciones subsecuentes
  • PAE a partir del 3er día siguiente a aquél de
    notificación de adeudo, sin suspensión
  • Recurso Revocación sólo vs. PAE y se pueden
    incluir agravios vs. determinación crédito
  • Incumplimiento de 3 ó más requerimientos respecto
    de la misma obligación se pondrán hechos en
    conocimiento de autoridad competente por
    desobediencia a mandato legítimo de autoridad
    competente
  • Multa por no atender requerimientos de
    información y documentación fuera de
    procedimiento de fiscalización

15
Aseguramiento Precautorio
  • Límite adeudo fiscal presunto determinado en
    forma provisional por autoridad
  • Para calcularlo cualquier procedimiento para
    ingresos brutos, valor de actos, actividades o
    activos sobre los que procede el pago de
    contribuciones
  • Contribuyente puede fungir como depositario, debe
    rendir cuentas mensuales

16
Embargo
  • Son bienes de fácil realización o venta para su
    señalamiento los componentes de ahorro o
    inversión asociados a seguros de vida que no
    formen parte de la prima que haya de erogarse
    para el pago de dicho seguro o cualquier otro
    depósito en moneda nacional o extranjera que se
    realicen en cualquier tipo de cuenta que tenga a
    su nombre el contribuyente en alguna entidad
    financiera o sociedad cooperativa de ahorro y
    préstamo
  • No aplica a depósito en cuenta individual de
    ahorro para el retiro hasta por el monto de las
    aportaciones obligatorias y voluntarias hasta por
    20 salarios mínimos elevados al año

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Inmovilización de cuentas
  • En embargo por créditos fiscales firmes
  • Además de inmovilización de depósitos bancarios,
    otros en moneda nacional o extranjera, cuentas de
    inversión, seguros y valores que tenga a su
    nombre contribuyente en entidades financieras o
    sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
  • No aplica para depósito en cuenta individual de
    ahorro para el retiro incluidas aportaciones
    voluntarias hasta por el monto de las
    aportaciones que se hayan realizado conforme a la
    ley
  • Hasta por importe de crédito y sus accesorios o,
    hasta por el importe en que la garantía ofrecida
    no alcance a cubrir crédito
  • Autoridad fiscal que ordene inmovilización gira
    oficio a unidad administrativa de CNBV, CNSF,
    CONSAR o entidad financiera o sociedad
    cooperativa de ahorro y préstamo a fin de que
    inmovilice y conserve fondos

18
Inmovilización de cuentas (2)
  • Una vez inmovilizada cuenta SAT notifica a
    contribuyente
  • Si cuenta no tiene recursos suficientes, entidad
    financiera efectúa búsqueda en su base de datos
    para otras cuentas con recursos suficientes y, en
    su caso, efectuar inmovilización y conservación
    fondos hasta por el monto del crédito fiscal
  • Si particular no ofreció otra forma de garantía
    antes de que crédito fiscal quede firme,
    autoridad ordena transferencia de los recursos
    hasta por el importe del crédito o hasta por el
    importe que no alcance con otra garantía
  • Si crédito está garantizado de otra forma a
    depósito en dinero, carta de crédito o fianza,
    autoridad requiere pago en 5 días. En caso
    contrario, indistintamente hace efectiva garantía
    o embargo y transferencia de recursos. En éste
    último caso notificar liberación en 3 días de
    garantía

19
Inmovilización de cuentas (3)
  • Si transferencia mayor a crédito fiscal, se
    deberá probar documentalmente ante SAT. Si
    procede devolución en 20 días, si no se notifica
    para recurso de revocación

20
Delitos fiscales
  • En relación con infracciones derivadas de la
    alteración o destrucción de aparatos de control,
    sellos, marcas oficiales, máquinas registradoras,
    así como por el uso indebido de marbetes,
    precintos o dispositivos de seguridad de los
    comprobantes fiscales y la impresión indebida de
    los mismos, se elimina como presupuesto la
    actuación dolosa de contribuyentes
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