Title: Caracteres identificadores de esta reforma:
1Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
Muñoz. Universidad de Sevilla
- Caracteres identificadores de esta reforma
- Reforma impulsada desde la órbita de la Unión
Europea por la Troika, ante la pasividad del
gobierno - Reforma del modelo de relaciones laborales,
iniciada por el gobierno Zapatero y profundizada
por el gobierno Rajoy - Reforma en un contexto de crisis múltiple
financiera, de modelo productivo, política y de
mercado laboral - Reforma compleja o múltiple en los contenidos
contrato de trabajo, negociación colectiva,
pensiones - Reforma no estructural y urgente del sistema de
relaciones laborales - Reforma redundante, reforma de la reforma
- Reforma tentativa (Fondo de Capitalización y
FOGASA) - Reforma legislativa, no reforma del modelo
económico y productivo - Reforma aislada y no coordinada con instrumentos
reformadores del entorno económico - Reforma no concertada socialmente ni
políticamente
2Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
Muñoz. Universidad de Sevilla
- Objetivos generales de la reforma laboral
- Reducción de la dualidad del mercado laboral
- Reforzamiento de los instrumentos de flexibilidad
interna - Elevar oportunidades de las personas desempleadas
- Ordenación, dinamización, agilización y
adaptación de la negociación colectiva a las
nuevas realidades empresariales
3Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
Muñoz. Universidad de Sevilla
- Cuadro normativo general de la reforma laboral
2010-2014 - Mercado de trabajo
- Ley 35/2010, de 17 septiembre, MURMT (RD-Ley
10/2010, de 16 junio) - RD 1796/2010, de 30 diciembre, agencias de
colocación - RD-Ley 1/2011, de 11 febrero, MUTEE (transición
empleo estable y recualificación profesional
desempleados) - RD-Ley 3/2011, 18 de febrero, medidas urgentes de
reforma para la empleabilidad y políticas activas
de empleo - RD-Ley 5/2011, de 29 de abril, regularización del
empleo sumergido - RD 801/2011, de 10 junio, Reglamento
procedimientos regulación empleo y traslados
colectivos - RD-Ley 10/2011, de 26 agosto, MUPEJ (fomento
empleo juvenil, estabilidad en empleo y programa
recualificación profesional desempleados) - Ley 3/2012, de 6 de julio, (RD-Ley 3/2012. de 13
de julio) - Negociación colectiva
- RD-Ley 7/2011, de 10 junio, MURNC
4Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
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- Reformas incidentales sobre la flexibilidad
interna y externa - Modificaciones en los arts. 40 y 41 ET, movilidad
geográfica y modificación sustancial de
condiciones de trabajo - Modificaciones en los arts. 47 y 51 ET,
suspensiones y extinciones colectivas - Reforma del art. 82 ET, procedimientos de
inaplicación del convenio (cláusula de
descuelgue) - Agencias de Colocación y Servicios Públicos de
Empleo. - Promoción del empleo de jóvenes, contrato para la
formación el aprendizaje, art. 11.2 ET fomento
de estabilidad en el empleo y programa de
recualificación profesional de desempleados - Contratos temporales, art. 15.1 ET. Suspensión de
la aplicación del art. 15.5 ET sobre
concatenación de contratos temporales
5Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
Muñoz. Universidad de Sevilla
- Actuaciones sobre la flexibilidad interna
- Movilidad geográfica, art. 40.2 ET
- Modificaciones sustanciales de condiciones de
trabajo, art. 41 ET - Inaplicación del régimen contractual completo,
art. 82.3 ET - Prioridad aplicativa del convenio de empresa
sobre el convenio de sector - Contenido obligatorio del convenio,
procedimientos de resolución extrajudicial para
MSCT y descuelgue salarial, art. 85.3 ET - Suspensión del contrato y reducción de jornada
por causas económicas, técnicas, organizativas y
de producción, art. 47
6Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
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- Actuaciones sobre la flexibilidad externa
entrada y salida del mercado de trabajo - Flexibilidad de entrada
- Reforma de la intermediación Agencias de
colocación y Servicios Públicos de Empleo - Reforma del art. 15 ET. Contratos Temporales y
concatenación de contratos - Reforma de la Disposición Adicional Primera Ley
12/2001, de 9 julio, contrato para el fomento de
la contratación indefinida Reforma del contrato
para la formación y el aprendizaje, art. 11.1 ET
y art. 11.2 ET, - Flexibilidad de salida
- Finalización de contrato temporal, art. 49.1.c)
ET - Causas económicas para la extinción, art. 51 y
52.c) ET
7Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
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- Actuaciones sobre la flexibilidad interna
- Movilidad geográfica, art. 40.2 ET
- La ausencia de representación de personal da
lugar a la aparición de un nuevo sujeto
legitimado para la negociación en periodo de
consulta comisión ad hoc del nuevo art. 41.4 ET - El periodo de consultas es sustituible, en
cualquier momento del proceso, por un
procedimiento de mediación o arbitraje de
aplicación en el ámbito de la empresa afectada
8Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
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- Actuaciones sobre la flexibilidad interna
- Modificaciones sustanciales de condiciones de
trabajo, art. 41 ET - Nuevo régimen jurídico en art. 41.4 ET tres vías
posibles - 1º. MSCT (col.) por procedimientos específicos
establecidos en NC (liberalización de los
procedimientos de consulta) - 2º. MSCT (col.) por periodo de consulta con
representantes colectivos - 3º. MSCT (col.) por medio de comisión ad hoc de 3
miembros elegidos democráticamente o por
designación de representantes por sindicatos más
representativos o representativos, no
necesariamente trabajadores de la empresa - Plazo de 5 días para la designación de la
comisión ad hoc, dentro del periodo máximo de 15
días - El periodo de consultas es sustituible, en
cualquier momento del proceso, por un
procedimiento de mediación o arbitraje de
aplicación en el ámbito de la empresa afectada - 41.6 ET
9Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
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- Actuaciones sobre la flexibilidad interna
- Inaplicación del régimen contractual del
convenio, art. 82.3 ET Reforzamiento de la
descentralización negociadora de los convenios
de ámbito superior a la empresa al acuerdo de
empresa - Sustitución de la lógica de la negociación por la
lógica de la consulta preponderancia del
procedimiento del art. 41.4 ET - El acuerdo de inaplicación fija la retribución
exacta y la programación de la progresiva
convergencia - Prioridad aplicativa del convenio de empresa
sobre el convenio del sector - La atomización de la negociación colectiva
- El convenio colectivo como herramienta de
competitividad - Contenido obligatorio del convenio,
procedimientos de resolución extrajudicial para
MSCT y descuelgue salarial, art. 85.3 ET - Nuevos contenidos mínimos para la negociación
colectiva procedimientos de resolución de
discrepancias en MSCT (art. 41.6 ET) y en
inaplicación del régimen salarial (art. 82.3 ET) - Posibilidad de adaptar en la negociación de
empresa los procedimientos de resolución
establecidos en acuerdos interprofesionales la
liberalización absoluta de los procedimientos de
resolución extrajudicial
10Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
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- Actuaciones sobre la flexibilidad interna
- Suspensión del contrato y reducción de jornada
por causas económicas, técnicas, organizativas y
de producción, art. 47 ET - Aparición de un nuevo sujeto legitimado en caso
de ausencia de representación legal comisión ad
hoc, procedimiento art. 41.4 ET - Sustitución en cualquier momento del periodo de
consulta por el procedimiento de mediación o
arbitraje que sea de aplicación - Reducción de 15 a 7 días naturales para la
resolución de la autoridad laboral en caso de
acuerdo, con silencio administrativo positivo.
11Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
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- Actuaciones sobre la flexibilidad externa
entrada y salida del mercado de trabajo - Flexibilidad de entrada
- Reforma de la intermediación Agencias de
colocación y Servicios Públicos de Empleo - Reforma del art. 15 ET. Contratos Temporales y
concatenación de contratos - Limitación de la concatenación a tres años,
ampliable a uno más, por convenio sectorial
estatal o inferior. También en la Administración
Pública, exart. 1.6 Ley 35/2010. - Los convenios de empresa pueden identificar los
trabajos con sustantividad propia susceptibles de
adoptar la forma de obra o servicio determinado - Sanción legal a la concatenación de contratos
temporales 24 meses en periodo de 30 meses, con
o sin solución de continuidad, mismo o diferente
puesto, misma empresa o grupo de empresas, dos o
más contratos temporales de igual o diferente
modalidad, incluidos contratos de puesta a
disposición - Exclusión de contratos formativos, relevo e
interinidad, contratos temporales programas
empleo-formación o contratos empresas inserción - Suspensión hasta el 31 agosto 2013 de la sanción
legal de concatenación de contratos
12Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
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- Actuaciones sobre la flexibilidad externa
entrada y salida del mercado de trabajo - Flexibilidad de entrada
- Reforma de la Disposición Adicional Primera Ley
12/2001, de 9 julio, contrato para el fomento de
la contratación indefinida - Ampliación a mujeres en los dos años
inmediatamente posteriores al parto, adopción o
acogimiento, que se reincorporen al mercado de
trabajo tras cinco años, violencia de género o
trata de seres humanos - Parados que lleven al menos (antes seis) un mes
inscritos como demandantes de empleo - Desempleados que durante los dos años anteriores
a la celebración del contrato hubiesen estado
contratados con contratos temporales o formativos - Desempleados despedidos en los dos años
anteriores con un contrato indefinido - Trabajadores con contratos temporales o
formativos anteriores al 18 junio 2010,
transformables antes del 31 diciembre 2010 - Trabajadores con contratos temporales o
formativos posteriores a 18 junio 2010,
transformables antes del 31 diciembre 2011 - Evitación del fraude en el despido disciplinario
revestido de despido objetivo - En caso de despido improcedente, habrá de
depositarse en juzgado de los social la
diferencia con la indemnización por despido
objetivo.
13Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
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- Actuaciones sobre la flexibilidad externa
entrada y salida del mercado de trabajo - Flexibilidad de entrada
- Reforma del contrato en prácticas y para la
formación y el aprendizaje, art. 11.1 ET y art.
11.2 ET, - Inclusión del Contrato de Fomento de Empleo para
Emprendedores, en empresas de menos de 50
trabajadores, con 1 año de periodo de prueba - Reforma del contrato eventual por circunstancias
de mercado. Para jóvenes desempleados menores de
30 años sin experiencia profesional - Flexibilidad de salida
- Finalización de contrato temporal, art. 49.1.c)
ET - Aplicación gradual de la indemnización de 12 días
de salario por año de servicio, desde los ocho
días de indemnización a doce días, en función del
momento de celebración del contrato por tiempo
determinado - Causas económicas para la extinción, art. 51 y
52.c) ET
14Reformas laborales 2010-2014 las exigencias de
flexibilidad de la UEProf. Dr. José Manuel Gómez
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- Ley 35/2010, 17 septiembre, MURMT
- Iniciar apertura a la colaboración
público-privada en la intermediación - Preservar la centralidad y el fortalecimiento del
Servicio Público de Empleo - Evitar la sustitución de la iniciativa pública
por la privada en el ámbito de la intermediación
y la colocación - Regulación de la actividad de las agencias de
colocación con ánimo de lucro como complemento a
la actividad de los SPE - Medidas generales
- Modificaciones a la Ley 56/2003, 16 diciembre, de
Empleo - Modificaciones al ET
- Modificaciones a la LGSS
- Modificaciones a la Ley 14/1994, 1 junio, ETT
- Modificaciones a la LISOS