Title: Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono
1Protocolo de Montreal relativo a las sustancias
que agotan la capa de ozono
- PNUMA
- Secretaría del Ozono
- Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente. - Publicado en 2000 por
- La Secretaría del Convenio de Viena
- Laura A. Mtz. Carmona
2- El análisis de los datos científicos recientes ha
confirmado los crecientes temores respecto del
continuo agotamiento de la capa de ozono
estratosférico de la Tierra debido al cloro y
bromo reactivos procedentes de los
clorofluorocarbonos (CFC), los halones y otras
sustancias afines artificiales.
3- Dada la alta estabilidad de los CFC, una vez
liberados son transportados por las masas de aire
a la estratosfera que se encuentra entre los
15-50 km. de altitud. Las corrientes de aire en
la tierra tienden a transportar a los CFC
primordialmente al polo sur. La forma por la cual
se destruye el ozono es bastante sencilla. La
radiación UV arranca el cloro de una molécula de
clorofluorocarbono (CFC). Este átomo de cloro, al
combinarse con una molécula de ozono la destruye,
para luego combinarse con otras moléculas de
ozono y eliminarlas. Así ocurre un agotamiento en
la capa de ozono.
4(No Transcript)
5- Elaborada a partir de Scientific Assessment of
Ozone Depletion 2002. Twenty questions and
answers about the ozone layer. OMM. 2002.
6- Los CFC y otros gases que destruyen la capa de
ozono son, asimismo, poderosos gases a efecto
invernadero y contribuyen al recalentamiento
global, el llamado cambio climático.
7Tabla 1. Compuestos que aportan cloro a la
estratosfera.
Sustancias agotadoras de Ozono Aporte de cloro a la estratosfera () Vida media atmosférica (años) Potencial de agotamiento de ozono (ODP) Emisiones (miles de toneladas/año)1 Emisiones (miles de toneladas/año)1
Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas
CFC-12 32 100 1 130-160 130-160
CFC-11 23 45 1 70-110 70-110
CFC-113 (CCl2FCClF2) 7 85 1 10-25 10-25
CCl4 12 26 0,73 70-90 70-90
CH3CCl3 4 5 0,12 20 20
HCFC 4 1-26 0,02 - 0,12 340-370 340-370
Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales
CH3Cl 16 1.3 0,02 0,02 3.000-4.000
Elaborada a partir de Scientific Assessment of
Ozone Depletion 2002. Twenty questions and
answers about the ozone layer. OMM. 2002. 1
Emisiones globales en el año 2000.
8Tabla 2. Compuestos que aportan bromo a la
estratósfera.
Sustancias agotadoras de Ozono Aporte de bromo a la estratosfera () Vida media atmosférica (años) Potencial de agotamiento de ozono (ODP) Emisiones (miles de toneladas/año)1 Emisiones (miles de toneladas/año)1
Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas Emitidas por actividades humanas
Halon-1211 20 16 6 10 10
Halon-1301 14 65 12 3 3
CH3Br 5-20 0,7 0,38 160-200 160-200
Otros halones 4
Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales Fuentes naturales
CH3Br 27-42 0,7 0,38 0,38 160-200
Gases de corta vida como el Bromoformo. 15 1
Elaborada a partir de Scientific Assessment of
Ozone Depletion 2002. Twenty questions and
answers about the ozone layer. OMM. 2002 1
Emisiones globales en el año 2000.
9- El monitoreo de la capa de ozono en la región
data de los años cincuenta, pero fue en octubre
de 1985 que se dio la señal de alarma al
detectarse la aparición del llamado agujero en
el polo sur, con la reducción del 95 del ozono
en el área de medición.
10Protocolo de Montreal
- El Protocolo de Montreal, suscrito el 16 de
septiembre de 1987 y ratificado por 191 países,
busca eliminar el uso de sustancias que destruyen
la cubierta gaseosa estratosférica que filtra las
radiaciones solares dañinas para la vida en el
planeta. Controla en la actualidad noventa y seis
productos químicos.
11Artículo 1 Definiciones
- Por "sustancia controlada" se entiende una
sustancia enumerada en el anexo A al presente
Protocolo, bien se presente aisladamente o en una
mezcla. Sin embargo, no se considerará sustancia
controlada cualquier sustancia o mezcla de ese
tipo que se encuentre en un producto
manufacturado, salvo si se trata de un contenedor
utilizado para el transporte o almacenamiento de
la sustancia enumerada en el anexo.
12Anexo A Sustancias controladas
- Grupo Sustancia Potencial
de agotamiento
ozono - Grupo I
- CFCl3 (CFC-11) 1,0
- CF2Cl2 (CFC-12) 1,0
- C2F3Cl3 (CFC-113) 0,8
- C2F4Cl2 (CFC-114) 1,0
- C2F5Cl (CFC-115) 0,6
-
- Grupo II
- CF2BrCl (halón-1211) 3,0
- CF3Br (halón-1301) 10,0
- C2F4Br2 (halón-2402) 6,0
-
- Estos valores de potencial de agotamiento del
ozono son estimaciones basadas en los
conocimientos actuales y serán objeto de revisión
y examen periódicos.
13Anexo B Sustancias controladas
- Grupo Sustancia Potencial de
agotamiento del ozono - Grupo I
- CF3Cl (CFC-13) 1,0
- C2FCl5 (CFC-111) 1,0
- C2F2Cl4 (CFC-112) 1,0
- C3FCl7 (CFC-211) 1,0
- C3F2Cl6 (CFC-212) 1,0
- C3F3Cl5 (CFC-213) 1,0
- C3F4Cl4 (CFC-214) 1,0
- C3F5Cl3 (CFC-215) 1,0
- C3F6Cl2 (CFC-216) 1,0
- C3F7Cl (CFC-217) 1,0
-
- Grupo II
- CCl4 tetracloruro de carbono 1,1
-
- Grupo III
- C2H3Cl3 1,1,1-tricloroetano (metilcloroformo) 0,
1 -
14Producción y consumo
- Por "producción" se entiende la cantidad de
sustancias controladas producidas menos la
cantidad de sustancias destruidas mediante las
técnicas que sean aprobadas por las Partes. - Por "consumo" se entiende la producción más las
importaciones menos las exportaciones de
sustancias controladas.
15Artículo 2 Medidas de control
- Cada Parte se asegurará de que, en el período de
12 meses contados a partir del primer día del
séptimo mes siguiente a la fecha de entrada en
vigor del presente Protocolo, y en cada período
sucesivo de 12 meses, su nivel calculado de
consumo de las sustancias controladas que figuran
en el grupo I del anexo A, y en el grupo II del
anexo A no supere su nivel calculado de consumo
de 1986.
16Artículo 2A CFC
- Cada Parte se asegurará de que, en el período de
12 meses contados a partir del primer día del
séptimo mes siguiente a la fecha de entrada en
vigor del presente Protocolo, y en cada período
sucesivo de 12 meses, su nivel calculado de
consumo de las sustancias controladas que figuran
en el Grupo I del anexo A no supere su nivel
calculado de consumo de 1986.
17- A partir del 1º de enero de 2010, y en cada
período sucesivo de doce meses, su nivel
calculado de producción de las sustancias
controladas que figuran en el Grupo I del anexo A
(clorofluorocarbonos (CFC) y halones) para las
necesidades básicas internas de las Partes que
operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 no
sea superior a cero.
18Clorofluorocarbonos CFCs (CxFyClz)
- Debido a su estabilidad, y a no ser tóxicos,
corrosivos o inflamables, se usaron profusamente
en refrigeradores, acondicionadores de aire, como
propelente de aerosoles, disolventes, espumas y
otras aplicaciones. Su Potencial de Agotamiento
de Ozono (PAO) en general es 1, -de hecho el del
CFC-11 se utiliza como unidad para el cálculo de
este índice-. En nuestro país está permitido
únicamente su uso en inhaladores médicos contra
enfermedades pulmonares, principalmente asma, si
bien se está avanzando en la eliminación de este
uso calificado como esencial.
19Artículo 2B Halones
- Cada Parte velará por que en el período de 12
meses contados a partir del 1º de enero de 1992,
y en cada período sucesivo de 12 meses, su nivel
calculado de consumo de las sustancias
controladas que figuran en el Grupo II del anexo
A, no supere, anualmente, su nivel calculado de
consumo de 1986. Cada Parte que produzca una o
más de estas sustancias velará por que, en los
mismos períodos, su nivel calculado de producción
de esas sustancias no supere, anualmente, su
nivel calculado de producción de 1986.
20Halones (CtFxBryClz)
- Por las propiedades del Br como inhibidor de la
combustión, su escasa toxicidad, y por no dañar
los bienes protegidos, se usaron en sistemas
contra incendios. Sus PAO son elevados, oscilando
entre 3 del H-1211 empleado en extintores y 10
del H-1301, empleado fijos. Los halones se
retiraron de los sistemas de manera general en
2004, si bien está permitido su uso en una serie
de aplicaciones críticas aviación y usos
militares, principalmente.
21- Cada Parte velará por que en el período de doce
meses contados a partir del 1º de enero de 2010,
y en cada período sucesivo de doce meses, su
nivel calculado de producción de las sustancias
controladas que figuran en el Grupo II del anexo
A (Halones)para las necesidades básicas internas
de las Partes que operan al amparo del párrafo 1
del artículo 5 no sea superior a cero.
22Otras sustancias
- Artículo 2C Otros CFC completamente halogenados.
A partir del 1º de enero de 1993, su nivel de
consumo no supere, anualmente, el ochenta por
ciento de su nivel de consumo de 1989. A partir
del 1º de enero de 2010, su nivel de producción
no sea superior a cero. - Artículo 2D Tetracloruro de carbono. A partir
del 1º de enero de 1995 su nivel de consumo no
supere, anualmente, el quince por ciento de su
nivel de consumo de 1989. A partir del 1º de
enero de 1996, su nivel de consumo no sea
superior a cero. - Artículo 2E 1,1,1-Tricloroetano
(Metilcloroformo). A partir del 1º de enero de
1993 su nivel de consumo no supere, anualmente,
su nivel de consumo de 1989. A partir del 1º de
enero de 1996, su nivel de consumo no sea
superior a cero.
23Tetracloruro de carbono(CCl4) y metilcloroformo
(1,1,1- tricloroetano)
- Se utilizaron como disolventes, si bien su uso
está prohibido en la actualidad. Su PAO es de 1.1
y 0.1 respectivamente.
24Artículo 2F Hidroclorofluorocarbonos.
- A partir del 1º de enero de 1996 su nivel de
consumo no supere, anualmente, la cantidad de a)
2,8 su nivel de consumo en 1989 y b) su nivel
de consumo en 1989. A partir del 1º de enero de
2030, su nivel de consumo no sea superior a cero.
25Hidroclorofluorocarbonos HCFCs (CtHxFyClz)
- Fueron desarrollados como el principal remplazo
de los CFC. Debido a su menor PAO, de 0.005 a
0.520, han desarrollado un papel de transición
desde los CFCs a los HFCs ya de PAO 0. No
obstante se está eliminando su uso y en la
actualidad sólo se permite para el mantenimiento
de equipos de refrigeración y aire acondicionado.
26- Artículo 2G Hidrobromofluorocarbonos.A partir
del 1º de enero de 1996 su nivel de consumo no
sea superior a cero. - Artículo 2H Metilbromuro. A partir del 1º de
enero de 1995 su nivel de consumo no supere,
anualmente, su nivel de consumo de 1991. A partir
del 1º de enero de 2015, su nivel de producción
no sea superior a cero. - Artículo 2I Bromoclorometano. A partir del 1º de
enero de 2002, su nivel de consumo y producción
no sea superior a cero.
27Hidrobromofluorocarbonos (CtHxFyBrz) y
Bromoclorometano (CH2BrCl)
- Los primeros no se emplean mucho, pero se
prohibió su uso de forma preventiva. Su PAO
oscila entre 0.3 y 7.5. Lo mismo ocurrió con el
segundo, que fue prohibido para evitar un aumento
se su uso como disolvente y contra incendios. Su
PAO es de 0.12.
28Bromuro de metilo (CH3Br)
- Aún puede emplearse para la fumigación de
mercancías y bienes contra plagas de cuarentena.
Su uso en cultivos está ya prohibido salvo para
ciertos usos críticos, en los que se está
avanzando en su eliminación. Su PAO es de 0.6.
29Artículo 4 Control del comercio con Estados que
no sean Partes en el Protocolo
- Al 1º de enero de 1990, toda Parte prohibirá la
importación de las sustancias controladas que
figuran en el anexo A procedente de cualquier
Estado que no sea Parte en el presente Protocolo. - A partir del 1º de enero de 1993, toda Parte
prohibirá la exportación de sustancias
controladas que figuran en el anexo A los Estados
que no sean Partes en el presente Protocolo. - Toda Parte se compromete a desalentar de la
manera más efectiva posible la exportación a
cualquier Estado que no sea Parte en el presente
Protocolo de tecnología para la producción y la
utilización de sustancias controladas que figuran
en los anexos A, B, C y E.
30- Las Partes se abstendrán de conceder nuevas
subvenciones, ayuda, créditos, garantías o
programas de seguros para la exportación a
Estados que no sean Partes en este Protocolo de
productos, equipo, fábricas o tecnologías que
pudieran facilitar la producción de sustancias
controladas que figuran en los anexos A, B, C, D
y E.
31Artículo 5 Situación especial de los países en
desarrollo
- Toda Parte que sea un país en desarrollo y cuyo
nivel calculado de consumo anual de las
sustancias controladas que figuran en el anexo A
sea inferior a 0,3 kg per cápita en la fecha en
que el Protocolo entre en vigor para dicha Parte,
o en cualquier otra fecha a partir de entonces
hasta el 1º de enero de 1999, tendrá derecho,
para satisfacer sus necesidades básicas internas,
a aplazar por diez años el cumplimiento de las
medidas de control enunciadas en los artículos 2A
a 2E.
32Artículo 6 Evaluación y examen de las medidas
de control
- A partir de 1990, las Partes evaluarán las
medidas de control, teniendo en cuenta la
información científica, ambiental, técnica y
económica de que dispongan. Al menos un año antes
de hacer esas evaluaciones, las Partes convocarán
grupos apropiados de expertos competentes en las
esferas mencionadas y determinarán la composición
y atribuciones de tales grupos. En el plazo de un
año a contar desde su convocación, los grupos
comunicarán sus conclusiones a las Partes, por
conducto de la secretaría.
33Artículo 7 Presentación de datos
- Toda Parte proporcionará a la secretaría
- datos estadísticos sobre su producción,
importaciones y exportaciones de cada una de las
sustancias controladas correspondientes a 1986 o
las estimaciones más fidedignas que sea posible
obtener de dichos datos, cuando no se disponga de
ellos .
34Producción nacional de SAO, 1989-1998
- SAO (Sustancias Agotadoras del Ozono)
- clorofluorocarbonos (CFC), bromuro de metilo
(MBR), tetracloruro de carbono (TET),
hidroclorofluorocarbonos (HCFC), Metilcloroformo
(MCF), bromuro de metilo (MBR) y lhalones
35Consumo nacional de CFCs, 1989-1998
36Artículo 8 Incumplimiento
- Las Partes, en su primera reunión, estudiarán y
aprobarán procedimientos y mecanismos
institucionales para determinar el incumplimiento
de las disposiciones del presente Protocolo y las
medidas que haya que adoptar respecto de las
Partes que no hayan cumplido lo prescrito.
37Artículo 9 Investigación, desarrollo,
sensibilización del público e intercambio de
información
- 1. Las Partes cooperarán, en fomentar,
directamente o por conducto de los órganos
internacionales competentes, la investigación, el
desarrollo y el intercambio de información sobre - a) Las tecnologías más idóneas para mejorar el
confinamiento, la recuperación, el reciclado o la
destrucción de las sustancias controladas, o
reducir de cualquier otra manera las emisiones de
éstas - b) Posibles alternativas de las sustancias
controladas, de los productos que contengan esas
sustancias y de los productos fabricados con
ellas y - c) Costos y ventajas de las correspondientes
estrategias de control.
38- Contenedores de refrigeración
- Vitrinas de refrigeración
Calefacción mediante suelo radiante
39- 2. Las Partes, cooperarán para favorecer la
sensibilización del público ante los efectos que
tienen sobre el medio ambiente las emisiones de
las sustancias controladas y de otras sustancias
que agotan la capa de ozono. - 3. En el plazo de dos años a partir de la entrada
en vigor del presente Protocolo y cada dos años
en lo sucesivo, cada Parte presentará a la
Secretaría un resumen de las actividades que haya
realizado de conformidad con lo dispuesto en el
presente artículo.
40Artículo 10 Mecanismo financiero
- Proporcionar cooperación financiera y técnica,
incluida la transferencia de tecnologías, a fin
de que éstas puedan aplicar las medidas de
control. El mecanismo establecido con arreglo al
párrafo 1 comprenderá un Fondo Multilateral. - Artículo 10A Transferencia de tecnología
- Los mejores productos sustitutivos y tecnologías
conexas disponibles y que no presenten riesgos
para el medio ambiente se transfieran en forma
expeditiva a las Partes.
41Problemas principales que plantea la transmisión
de tecnología
- Persuadir a los titulares de tecnologías que
fabrican sustancias alternativas como el HFC 134a
a que transmitan dichas tecnologías. Esto es muy
difícil cuando sólo algunas compañías poseen esta
tecnología y no están dispuestas a transmitirla,
o dan una autorización condicional. - Crear la infraestructura institucional necesaria
en los países en desarrollo para una introducción
rápida de las nuevas tecnologías. - Capacitar a los obreros y técnicos de los países
en desarrollo para la utilización de las nuevas
tecnologías.
42Artículo 11 Reuniones de las Partes (Tareas)
- Aplicación del presente Protocolo
- ajustes o reducciones de sustancias
- adición, inclusión o supresión de sustancias en
los anexos - establecer, directrices o procedimientos para la
presentación de información - solicitudes de asistencia técnica
- informes preparados por la Secretaría
- evaluar medidas de control
- examinar y aprobar, cuando proceda, propuestas
relativas a la enmienda de este Protocolo o de
cualesquiera de sus anexos o a la adición de todo
nuevo anexo - presupuesto para la aplicación de este Protocolo
- adoptar medidas que puedan requerirse para
alcanzar los objetivos del presente Protocolo.
43Artículos 12, 13 y 14
- Art. 12 Secretaría
- Hacer arreglos para la celebración de las
reuniones de las Partes previstas en el artículo
11 y prestar los servicios pertinentes. - Art. 13 Disposiciones financieras
- Los fondos necesarios para la aplicación de este
Protocolo, se sufragarán exclusivamente con cargo
a las cuotas de las Partes. - Art. 14 Relación del Protocolo con el Convenio
- Las disposiciones del Convenio relativas a sus
protocolos serán aplicables al presente
Protocolo.
44Artículos 15 y 16
- Art. 15 Firma
- El presente Protocolo estará abierto a la firma
de los Estados y organizaciones de integración
económica regional en Montreal, el día 16 de
septiembre de 1987, en Ottawa, del 17 de
septiembre de 1987 al 16 de enero de 1988, y en
la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, del
17 de enero de 1988 al 15 de septiembre de 1988. - Art. 16 Entrada en vigor
- Entrará en vigor el 1º de enero de 1989, siempre
que se hayan depositado al menos 11 instrumentos
de ratificación, aceptación o aprobación del
Protocolo o de adhesión al mismo por Estados u
organizaciones de integración económica regional
cuyo consumo de sustancias controladas represente
al menos dos tercios del consumo mundial estimado
de 1986.
45Artículos 17, 18, 19 y 20
- Art. 17 Partes que se adhieran al Protocolo
después de su entrada en vigor - Con sujeción a las disposiciones del artículo 5,
cualquier Estado u organización de integración
económica regional que pase a ser Parte en el
presente Protocolo después de la fecha de su
entrada en vigor asumirá las obligaciones
previstas en el artículo 2, 2A a 2I y en el
artículo 4. - Art. 18 Reservas
- No se podrán formular reservas al presente
Protocolo. - Art. 19 Denuncia
- Cualquiera de las Partes podrá denunciar el
presente Protocolo mediante notificación por
escrito transmitida al Depositario una vez
transcurrido un plazo de cuatro años después de
haber asumido las obligaciones establecidas en el
párrafo 1 del artículo 2A. - Artículo 20 Textos auténticos
- El original del presente Protocolo, cuyos textos
en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso
son igualmente auténticos, se depositará en poder
del Secretario General de las Naciones Unidas.
46Logros de México ante el Protocolo de Montreal
- En la actualidad se ha reducido el consumo de
Clorofluorocarbonos (CFCs) en 87 en relación a
el consumo presentado en 1992 gracias a la
implementación de más de 100 proyectos en el
sector de refrigeración doméstica y comercial,
aires acondicionados, aerosoles, solventes y
espumas de poliuretano. - Asimismo, desde 1990, los productos en aerosol
distribuidos en México utilizan propelentes
alternativos, y a partir de 1997, todos los
refrigeradores domésticos y comerciales
producidos en nuestro país se encuentran libres
de CFCs. - Gracias a la ejecución de proyectos en los
sectores de solventes y espumas de poliuretano, a
partir de 2005 se elimina en México el uso de
CFCs en ambos sectores. - Desde diciembre de 2004, se encuentra en
operación el Banco de Halones Mexicano, que
propiciará el reciclaje y reuso de Halones en
sistemas de control de incendios que no tengas
alternativas.
47En el mundo
- Si bien el Convenio de Viena para la Protección
de la Capa de Ozono de 1985 y el Protocolo de
Montreal relativo a las sustancias que agotan la
capa de ozono de 1987 (en su forma enmendada en
Londres, 1990 Copenhague, 1992 Viena, 1995
Montreal, 1997 Beijing, 1999) fueron logros
importantes en el plano internacional, el
contenido total de cloro de las sustancias que
agotan la capa de ozono en la atmósfera ha
seguido aumentando. Esta tendencia puede
invertirse si se aplican las medidas de control
que figuran en el Protocolo.
48(No Transcript)
49- Los 191 signatarios del Protocolo de Montreal
para la Protección de la Capa de Ozono, el más
exitoso tratado internacional vinculante en
materia ambiental, se reunieron el 16 de
septiembre de 2007 en Canadá para conmemorar su
20 aniversario. - El Protocolo de Montreal, firmado el 16 de
septiembre de 1987, ha logrado reducir en más de
95 el uso de algunos de esos productos
químicos, como los CFC, con el objetivo de
restablecer, en 2075, la capa de ozono en el
nivel en que se encontraba en 1980. - Los científicos indican que a partir de 2050 se
verá una recuperación de la cubierta de ozono a
los niveles de 1980, pero, a la vez, se plantea
la necesidad de vigilar el efecto de nuevas
sustancias.
50El agujero de ozono en el año 2003, tuvo una
extensión máxima en superficie de 28 millones de
km² alcanzada a fines de septiembre. El área con
más del 50 de disminución del ozono alcanzó una
extensión récord igual a más de dos veces la
superficie de los Estados Unidos de América
51- Si bien el uso de los clorofluorocarbonos que
deterioran el ozono ha mermado, es necesario que
controlemos el consumo, evitando comprar a
empresas que utilizan, producen o envasan, las
sao. Recordemos que se rigen por la ley de la
oferta y la demanda, y es el consumidor el que
puede evitar el consumo de productos que
contengan sao.
52Bases para la acción
- La preocupación por el cambio climático y la
variabilidad climática, la contaminación del aire
y el agotamiento del ozono ha creado una nueva
demanda de información científica, económica y
social para reducir las incertidumbres que aun
quedan en esas esferas. Es necesario mejorar la
comprensión y la capacidad de predicción de las
diversas propiedades de la atmósfera y de los
ecosistemas afectados, así como de las
repercusiones sobre la salud y de su interacción
con los factores socioeconómicos. Es preciso
también, aplicar las ciencias con conciencia,
para resolver la explotación de la vida, toda,
reduciendo el consumo irracional , en pro de una
comprensión y sensibilización del concepto VIDA,
para respetarla y respetarnos. -