TEORIA DEL ESTADO LAS FUNCIONES DEL ESTADO- EJECUTIVA - PowerPoint PPT Presentation

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TEORIA DEL ESTADO LAS FUNCIONES DEL ESTADO- EJECUTIVA

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LAS FUNCIONES DEL ESTADO- EJECUTIVA Lucciola Trajtman Robles ... construir obras p blicas, proveer a la seguridad p blica, asegurar la educaci n p blica, ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: TEORIA DEL ESTADO LAS FUNCIONES DEL ESTADO- EJECUTIVA


1
TEORIA DEL ESTADOLAS FUNCIONES DEL ESTADO-
EJECUTIVA
  • Lucciola Trajtman Robles

2
  • Las funciones públicas del Estado
  • Al igual que los particulares, el Estado es una
    "persona jurídica" pero mientras nosotros somos
    personas de existencia visible ("personas
    físicas"), el Estado, en cambio, es una "persona
    jurídica de existencia ideal".
  • El Estado como los particulares, en tanto
    "personas", persiguen "fines".

3
  • Para satisfacer estos fines, tanto el Estado los
    particulares ejercen distintas "funciones".
  • Entre las funciones que ejerce el Estado y las
    funciones que normalmente ejercen los
    particulares hay una clara distinción, que es
    consecuencia de los distintos intereses que
    persigue aquél y nosotros.

4
  • Mientras los particulares normalmente tendemos a
    la satisfacción de nuestros propios intereses
    los intereses privados el Estado, en cambio,
    tiende a la satisfacción del interés de la
    colectividad, es decir al interés público.
  • Es por eso que las funciones que el Estado ejerce
    son "funciones públicas".

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  • A través de las funciones públicas se desarrolla
    toda la acción estatal, la que, a su vez, se
    desenvuelve en tres direcciones fundamentales
    dando lugar a
  • la función legislativa
  • la función ejecutiva,
  • la función jurisdiccional.

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  • Estas "funciones" constituyen una manifestación
    directa del "Poder" del Estado. Por lo tanto
    resultan inherentes a la naturaleza y a la
    existencia misma de Estado. Un Estado para ser
    tal debe necesariamente desarrollar estas
    "funciones".

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  • Delimitación con las otras funciones del estado,
    especialmente entre jurisdicción y administración
  • La delimitación de estas funciones puede hacerse
    desde, por lo menos, tres puntos de vista

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  • Material y objetivo es decir, según el contenido
  • Orgánico o subjetivo es decir, según el órgano
    o, en su caso, el sujeto que ejerce la función y,

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  • Formal es decir, según la forma en que se
    exterioriza la función. Desde este punto de
    vista, todos los actos emanados del ejercicio de
    una misma función (es decir, de un mismo Poder
    del Estado), adoptan una forma típica y adquieren
    al mismo tiempo una eficacia formal propia.

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  • 2.1. Las tres funciones del Estado desde el
    punto de vista material
  • Mediante la función legislativa el Estado
    constituye su propio ordenamiento jurídico, o sea
    sus propias normas jurídicas, mandatos de
    carácter general, abstractos, preventivos,
    obligatorios, destinados a regir las conductas de
    los particulares -y también de los órganos
    públicos- de manera general y abstracta.

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  • La función ejecutiva, en cambio, es la
    multiforme, compleja, constante e ininterrumpida
    actividad que despliega el Estado para alcanzar
    sus fines inmediatos y concretos.
  • Es la función que desarrolla el Estado cuando
    realiza actividades materiales y concretas tales
    como prestar servicios públicos, construir obras
    públicas, proveer a la seguridad pública,
    asegurar la educación pública, etc.

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  • Mediante esta función se asegura el estricto
    cumplimiento de las normas que dicta el Poder
    Legislativo. En el ámbito de la función ejecutiva
    también es necesario precisar dos aspectos la
    función administrativa y la función de gobierno o
    política.

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  • La función jurisdiccional es la actividad estatal
    que se encamina a comprobar y hacer valer
    concretamente, en los casos particulares, el
    ordenamiento jurídico del Estado, resolviendo las
    contiendas que se suscitan entre los individuos
    evitando que las partes se hagan justicia por
    mano propia.

14
  • En nuestro sistema constitucional a la función
    jurisdiccional también le corresponde el control
    de constitucionalidad sobre los actos de los
    otros Poderes.
  • Por ello, los jueces, al resolver un caso
    concreto, pueden, si encuentran una contradicción
    entre un decreto o una ley con la Constitución
    (nacional o provincial), declarar la
    inconstitucionalidad de tal ley o tal decreto y
    dejar de aplicarlos en ese caso.

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  • 2.2. Las tres funciones del Estado desde el punto
    de vista orgánico o subjetivo
  • La función legislativa es la ejercida por el
    órgano del Estado predispuesto para dicho
    ejercicio como función propia el Poder
    Legislativo.

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  • La función ejecutiva es la ejercida por el órgano
    del Estado predispuesto para dicho ejercicio como
    función propia el Poder Ejecutivo.
  • La función jurisdiccional es la ejercida por el
    órgano del Estado predispuesto para dicho
    ejercicio como función propia el Poder Judicial.

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  • 2.3. Las tres funciones del Estado desde el punto
    de vista formal.
  • En gran medida se identifica con el punto de
    vista orgánico o subjetivo, puesto que,
    normalmente, todo Poder realiza sus propios actos
    con una forma típica la ley formal, para el
    Poder Legislativo el decreto, para el Poder
    Ejecutivo y, por último, la sentencia, para el
    Poder Judicial.

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  • Si bien es cierto que el principio rector es el
    de "separación de poderes" o, en un sentido
    técnico más estricto, "distinción de funciones",
    también lo es que, en los hechos, las funciones
    tienen a entremezclarse siendo a veces ejercidas
    por varios de los Poderes estatales.

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  • Así, el Poder Legislativo realiza funciones
    administrativas cuando nombra asesores o contrata
    empleados, o realiza funciones jurisdiccionales
    cuando, dentro de sus atribuciones
    constitucionales, el Congreso juzga mediante
    juicio político al Presidente, o al Vice-
    presidente a los Ministros o los propios
    congresistas.

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  • También el Poder Ejecutivo realiza funciones
    legislativas no sólo cuando, dentro de sus
    atribuciones constitucionales, dicta decretos con
    carácter obligatorio general y abstracto
    (llamados "reglamentos") sino también cuando
    interviene en el proceso legislativo a través de
    la iniciativa y de la promulgación o incluso
    cuando ejerce su poder de veto total o
    parcialmente y realiza funciones
    jurisdiccionales cuando actúa resolviendo
    controversias suscitadas entre la Administración
    Pública y los particulares.

21
  • El Poder Judicial realiza funciones
    administrativas cuando nombra personal o contrata
    suministros necesarios para su funcionamiento, o
    incluso, realiza funciones de naturaleza
    legislativa cuando, por ejemplo, la Corte Suprema
    dicta reglamentos para el mejor desempeño del
    servicio de justicia.

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  • 3. Descripción y análisis de las funciones del
    Estado (Jurisdiccional y Ejecutiva)

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  • 3.1. LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL DEL ESTADO
  • El término jurisdicción deriva de las voces
    latinas "...jus, derecho, recto y dicere,
    proclamar, declarar, decir, significa proclamar
    el derecho" "La jurisdicción puede concebirse
    como una potestad atribuida a un órgano para
    dirimir litigios de trascendencia jurídica,
    aplicando normas sustantivas e instrumentales por
    un agente imparcial"

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  • Históricamente, todas las sociedades
    desarrollaron distintas instituciones y
    procedimientos para resolver los conflictos que
    se suscitaban entre los individuos que las
    componían.
  • Así, las contiendas entre sujetos eran resueltas
    por el jefe de la tribu, el sacerdote, los
    ancianos, los jefes militares, el "pater
    familiae", entre otros, y siguiendo distintos
    procedimientos ("consejos", ordalías, etc.).

25
  • En cambio, la noción de "función jurisdiccional
    del Estado" tal como hoy la conocemos surge con
    el advenimiento del Estado moderno y con la
    consolidación del denominado principio de la
    "división de poderes".

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  • La justicia en el sentido moderno es darle a
    cada cual lo que le corresponde, lo que en
    términos de dictar justicia y resolver casos,
    significa, darle a cada parte en el litigio lo
    que le corresponde por Derecho. Esto implica que
    la Justicia es aplicar el Derecho con el objetivo
    de que cada cual sea tratado como merece según la
    Constitución y la ley.

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  • La función jurisdiccional constituye, pues, una
    función pública, esencial del Estado, que
    consiste, básicamente, en resolver las contiendas
    que se susciten entre los individuos por
    violaciones que se hayan cometido contra el
    ordenamiento jurídico de ese Estado,
    restableciendo y aplicando dicho ordenamiento.

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  • No puede concebirse una sociedad y mucho menos un
    Estado que no posea de una forma u otra un
    servicio de justicia. Ello sobre todo si
    consideramos que el Estado moderno reivindica
    para sí en forma privativa la función de
    administrar justicia.

29
  • De esta manera, la función jurisdiccional del
    Estado tiene como finalidad primordial la
    erradicación del uso de la fuerza ilegítima en el
    grupo social, para asegurar el mantenimiento de
    la paz y de la adecuada convivencia.

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  • Es necesario establecer los elementos
    diferenciadores entre "jurisdicción" y
    "administración" habida cuenta que el Ejecutivo,
    y la Administración Pública en general, realizan,
    una serie de actividades (por ej. imponer
    sanciones administrativas, resolver reclamos y
    recursos administrativos, entre otras) que tienen
    importantes puntos de contacto con la función
    jurisdiccional.

31
  • Así, mientras el Poder Judicial en el
    desenvolvimiento de su función (jurisdiccional)
    siempre es "impartial", es decir que no es
    "parte" al resolver un litigio generado entre dos
    sujetos, la Administración pública siempre es
    "parte" en los asuntos en que interviene (lo cual
    significa que en la función administrativa no
    existe la "impartialidad").

32
  • La función administrativa se actúa mediante una
    secuencia de actos denominada procedimiento
    administrativo que no tiene la misma estructura
    que la del proceso judicial. Entre otros aspectos
    es "informal" y consiste en una sucesión de actos
    ordenados y consecutivos que regulan una relación
    dinámica entre dos sujetos quien insta y la
    Administración que recibe esa "instancia".

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  • En cambio, la función jurisdiccional se actúa
    mediante la forma típica del "proceso judicial".
    Éste es esencialmente "formal" y se traduce en
    una relación entre tres sujetos actor, demandado
    (partes) y juez (tercero impartial e imparcial).

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  • Las sentencias dictadas por el Poder Judicial
    tienen autoridad de "cosa juzgada" adquiriendo
    eficacia definitiva e irretractable entre las
    partes. En otras palabras, la facultad de
    resolver controversias con alcance definitivo e
    irrevisable es privativa del Poder Judicial.

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  • En cambio, los actos administrativos que dictan
    el Poder Ejecutivo y la Administración no gozan
    de la eficacia jurídica propia de la "cosa
    juzgada" y, en general, pueden ser revisados,
    siempre que se cumplan ciertos requisitos
    formales y materiales exigidos por la ley, por el
    Poder Judicial.

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  • La especial naturaleza y las particulares
    características que tiene la función
    jurisdiccional hacen necesario que se asegure una
    plena independencia al órgano y a los sujetos que
    van a ejercerla.

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  • La independencia, resulta necesaria para que el
    juzgador pueda realmente ejercer su autoridad
    para procesar y sentenciar un litigio concreto,
    como así también para que todo el Poder Judicial
    pueda desempeñar efectivamente la actividad de
    control de constitucionalidad que en nuestro
    ámbito se le encomienda.

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  • El principio de independencia puede apreciarse
    desde dos perspectivas distintas por una parte,
    desde un punto de vista "orgánico-institucional"
    (independencia del Poder Judicial como "Poder"
    del Estado) y, por otra parte, desde una
    perspectiva "subjetiva", teniendo en cuenta al
    "órgano-individuo", esto es, la independencia del
    juzgador al tener que resolver una determinada
    causa.

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  • Desde el primer punto de vista el principio de
    independencia importa la existencia de la
    administración de justicia como un poder estatal
    institucionalmente "separado" y "diferenciado" de
    los otros poderes, con una organización
    especializada y competencias o atribuciones
    públicas específicas y exclusivas.

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  • Desde el punto de vista señalado en segundo lugar
    (subjetivo o del órgano-individuo), el principio
    de la independencia implica que los jueces no
    deben sufrir la coacción de gobernantes,
    legisladores y políticos, como tampoco de otros
    sectores de la sociedad puesto que son los
    máximos garantes de la verdadera vigencia de los
    derechos de todos.

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  • Por lo tanto, los jueces al momento de resolver
    un caso no pueden estar sujetos a órdenes del
    gobierno o de cualquier otro detentador del
    poder, sea éste político, económico o de
    cualquier otra clase.
  • Sólo la Constitución y las leyes imponen
    obligaciones a los jueces. Ni siquiera los
    órganos judiciales de instancia superior pueden
    intervenir en el dictado de las sentencias o
    resoluciones de los de instancia inferior,
    excepto cuando la ley expresamente les otorga
    dicha facultad a través de recursos "revisores"

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  • 3.2. FUNCIONES DEL ESTADO- EJECUTIVA
  • Desde las civilizaciones antiguas las sociedades
    humanas han debido suministrar los recursos con
    los cuales hacían y hacen frente a sus constantes
    necesidades.

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  • Inicialmente el grupo que controlaba el poder en
    la comunidad era el mismo que determinaba cuál
    era la mejor forma de satisfacer los
    requerimientos comunales.
  • Con el advenimiento de la Ilustración en
    occidente, la precisión de los elementos que
    integran el Estado moderno, tal y como hoy lo
    conocemos, se conformaron plenamente.

44
  • El gobierno se entendió, a partir de las ideas de
    los filósofos políticos de la época, sólo como
    uno de los elementos del fenómeno estatal, al
    cual, la población que es la esencia de la
    existencia del Estado, le puede organizar,
    estructurar y modificar para lograr el beneficio
    de la sociedad.

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  • Hoy la mayor parte de los Estados han conformado
    su estructura gubernamental según las pautas de
    la división de poderes que fue la respuesta que
    Montesquieu encontró para ofrecer una solución al
    absolutismo despótico que privó en Europa hasta
    el fin de la edad Media.

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  • Era necesario definir quien elaboraba las
    políticas públicas y ejecutaba la ley y se
    dedicaba a tareas de gobierno vinculadas a
    procesos de decisión en materia de economía,
    seguridad interna y externa, Justicia, relaciones
    exteriores, etc.

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  • La administración
  • La palabra administración tiene su origen en el
    latín, y se compone por el prefijo a o dar, y la
    frase ministrare, servir. Ello en su sentido
    antiguo se traduce como gobernar, como ejercer la
    autoridad o el mando sobre un territorio y sobre
    las personas que lo habitan.

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  • Hoy aún puede adoptarse cono sinónimo del
    ejercicio de la dirección de una institución, o
    en otros casos más comunes como el acto de
    suministrar, proporcionar o distribuir alguna
    cosa.

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  • La administración consiste en la actividad que
    desempeñan los individuos o las empresas en
    virtud de la necesidad que deben proveer en la
    cotidianeidad y a partir de los recursos
    materiales, humanos, e incluso intangibles de los
    que pueden disponer.

50
  • Se refleja pues en la gestión que los individuos
    hacen de los bienes con que cuentan, con el
    propósito de rendir de ellos el máximo
    aprovechamiento posible en su aplicación a las
    carencias del momento. Como se desprende, tanto
    las personan como las entidades públicas pueden
    practicar los actos que tiendan a la
    administración de sus bienes.

51
  • Las entidades públicas primero se administran y
    ulteriormente realizan los actos tendientes a
    ejecutar su función para cumplir con la sociedad
    y realizar el bien público.

52
  • La Definición de Administración Pública.
  • La Administración Pública es el contenido
    esencial de la actividad correspondiente al Poder
    Ejecutivo o Gobierno y se refiere a las
    actividades de gestión, que el titular de la
    misma desempeña sobre los bienes del Estado para
    suministrarlos de forma inmediata y permanente, a
    la satisfacción de las necesidades públicas y
    lograr con ello el bien general

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  • Dicha atribución tiende a la realización de un
    servicio público, y se somete al marco jurídico
    especializado que norma su ejercicio y se
    concretiza mediante la emisión y realización del
    contenido de actos administrativos emitidos ex
    profeso.

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  • El Poder Ejecutivo  es el encargado de impulsar
    las políticas de un estado. Está constituido por
    el jefe de estado, sus ministros y la
    administración propiamente tal.
  • El Jefe de Estado  dependiendo del sistema puede
    ser el monarca o el presidente, siendo este
    último además de jefe de estado, jefe de gobierno
    o primer ministro.

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  • La  Administración Pública por su parte es la
    burocracia, aquella organización encargada de
    poner en la práctica las medidas tomadas por el
    gobierno. Es el enlace entre la ciudadanía y el
    poder político. Esta conformada por los
    funcionarios públicos. Son un ente
    profesionalizado y con una serie de ramas para
    atender la especificidad de cada ministerio del
    estado.

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  • El órgano superior del gobierno, esto es la
    cabeza del ejecutivo nacional puede estar
    conformado de diversas maneras, pede ser
    monocratico o unitario, dualista, directorial o
    colegiado.

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  • Monocratico o unitario- Una sola persona encabeza
    el ejecutivo- En gobiernos presidencialistas es
    la persona del presidente de la republica quien
    es jefe de Estado y Jefe de gobierno. También en
    las monarquías absolutas ( hoy en vías de
    extinción) en las cuales hay una sola cabeza es
    le rey o emperador.

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  • Dualista- Cuando el ejecutivo lo conforman dos
    personas. Una con el carácter de Jefe de Estado
    y otro Jefe de gobierno Esta figura se da en el
    sistema parlamentario en que el Jefe de Estado es
    el monarca( Gran Bretaña, Suecia y Japón) o
    presidente (Italia, Grecia e Israel) y el Jefe de
    Gobierno es le primer ministro elegido por la
    mayoría Parlamentaria.

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  • Jefe de Estado.- Funciones Formales,
    representa a la nación ve los asuntos
    internacionales
  • Jefe de Gobierno.- Conducción politica interna
    y administrativa.

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  1. Directorial- El ejecutivo esta constituido por
    mas de dos individuos en igualdad jerárquica que
    ostentan colectivamente la jefatura del estado
    con funciones de tipo formal y son los que
    designan a los integrantes del gobierno( Estados
    socialistas)

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  • Colegial.- Cuando a la cabeza del Ejecutivo hay
    mas de dos personas que se alternan
    sucesivamente el cargo de Jefe de Estado (suiza)

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  • Los organismos públicos descentralizados.
  • El Gobierno regional y local son otros niveles de
    Gobierno. Se arman sobre la base del territorio.
  • El ámbito del nivel regional de gobierno son las
    regiones y departamentos. El ámbito del nivel
    local de gobierno son las provincias, distritos
    y los centros poblados.

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  • Los gobiernos regionales tienen autonomía
    política, económica y administrativa en los
    asuntos de su competencia. Coordinan con las
    municipalidades sin interferir sus funciones y
    atribuciones.

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  • La estructura orgánica básica de estos gobiernos
    la conforman el Consejo Regional como órgano
    normativo y fiscalizador, el Presidente como
    órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación
    Regional integrado por los alcaldes provinciales
    y por representantes de la sociedad civil, como
    órgano consultivo y de coordinación con las
    municipalidades, con las funciones y atribuciones
    que les señala la ley.

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  • Contenido de la Función Ejecutiva o
    administrativa
  • Hacer cumplir las leyes- mediante la utilización
    de medios coercitivos como la fuerza publica
    -sistema carcelario.
  • Administrar los bienes del estado

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  • Ejercer la alta dirección politica del estado
    (plan de gobierno. Las líneas generales hacia
    donde debe orientarse la acción del Estado)
  • Dirigir las relaciones exteriores
  • Preservar el orden publico
  • Defender la integridad territorial
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