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Jos Emilio Magro

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Minist rio do Trabalho e Emprego. Rep blica ... MG. ES. RJ. SP. RR. AP. PE. SE. AL. PB. PR. SC. RS. SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL SUR ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Jos Emilio Magro


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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
  • José Emilio Magro
  • Inspector del Trabajo
  • Ministerio del Trabajo y Empleo

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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Información básica sobre la gente de mar
  • 8.000km de costa
  • 28 puertos organizados
  • 40 puertos autorizados
  • 500 terminales privados
  • 111.067 marítimos nacionales portadores de
    certificados emitidos pela Autoridad Marítima
  • flota mercante con capacidad bruta de 2.269.000
    (World Fleet Statistics 2005-2006)
  • 131 buques de bandera nacional en cabotaje e
    largo curso y los de bandera extranjera en
    navegación de largo curso
  • más de 218 embarcaciones de bandera extranjera
  • Apoyo Marítimo
  • Apoyo Portuario

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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Estructura administrativa relativa a cuestiones
sobre trabajo marítimo
SIT Secretaria de Inspección del Trabajo
DEFIT Departamento de Fiscalização do Trabajo
DSST Departamento de Seg. e Salud del Trabajo
CONITPA Coordenación Nacional
CONITPA Coordenación Nacional
DRT Delegacia Regional del Trabajo
CORITPA (15) Coordenación Regional
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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
RR
AP
AM
PA
MA
CE
RN
PI
PB
AC
PE
TO
AL
RO
SE
MT
BA
GO
MG
ES
MS
SP
RJ
PR
SC
RS
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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Leyes y reglamentaciones relativas al trabajo
marítimo, indicando en qué medida la legislación
satisface los requisitos del Convenio sobre
Trabajo Marítimo
  • Constitución Federal Brasileña - CF/1988
    Capitulo II De los direitos sociales Art. 7
    direitos sociales de los trabajadores Art. 177 y
    Art. 178 permitiendo el transporte de
    mercancías em cabotaje y la navegación interior
    por embarcaciones extranjeras.
  • Consolidación de las Leyes del Trabajo - CLT
    (Decreto-Ley nº 5.452 de 1º de mayo de 1943) -
    Art. 150 a 152, 231 la Sección VI De los
    equipajes de las embarcaciones de la marina
    mercante nacional, de navegación fluvial e
    lacustre, del trafico em los puertos e de la
    pesca del Capítulo I Disposiciones Especiales
    Sobre Duración y Condiciones de Trabajo (Art. 248
    a 252), la Sección V De las Disposiciones
    Especiales sobre la nacionalización de la Marina
    Mercante del Capítulo II de la Nacionalización
    del Trabajo (Art. 368 a371), ambos capítulos del
    Título III De las Normas Especiales de Tutela
    del Trabajo.
  • Ley nº 9.537, de 11 de diciembre de 1997
    regulamentada por el Decreto nº 2.596/98 Ley de
    Securidad del Tráfico Acuaviario (LESTA)

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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Leyes y reglamentaciones relativas al trabajo
marítimo, indicando en qué medida la legislación
satisface los requisitos del Convenio sobre
Trabajo Marítimo
  • Ley nº 8.212, de 24 de julio de 1991 dispone
    sobre la organización de la Seguridad Social e
    instiuy Plan de Costeo
  • Ley nº 8.213, de 24 de julio de 1991 dipone
    sobre los Planes de Benefícios de la Previdencia
    Social
  • Decreto nº 3.048, de 6 de mayo de 1999 que
    aprueba el Reglamento de la Previdencia Social
  • Ley nº 9.872, de 26 de enero de 1999 Define el
    Sistema Nacional de Vigilancia Sanitaria, crea la
    Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria
  • Decreto-Ley n 190, de 24 de febrero de 1967
    dispone sobre el despacho de embarcaciones y da
    otras providencias
  • Resolución RDC n 217, de 21 de noviembre de
    2001- aprueba el Reglamento Técnico, com vistas a
    la promoción de la vigilancia sanitaria en los
    Puertos de Control Sanitario instalados em el
    territorio nacional, embarcaciones que operem em
    transportes de cargas y viajantes em esos
    locales
  • Normas de la Autoridad Marítima (NORMAM) 13
    que trata de las carreras y certificaciones de
    los trabajadores acuaviarios, a NORMAN 7 que
    trata de la Inspección Naval y la NORMAN 8,
    doende dice que la Autoridad Maritima informará
    al Ministerio do Trabajo y Empleo caundo o
    acuaviario no tuviere contrato de trabajo
    presentado por el responsable por la
    embarcación
  • Normas Reglamentadoras MTE (NR), principal NR
    30 Seguridad y la Salud en el Trabajo Acuaviario
  • Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo

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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Leyes y reglamentaciones relativas al trabajo
marítimo, indicando en qué medida la legislación
satisface los requisitos del Convenio sobre
Trabajo Marítimo
  • Ley nº 10.593, de 6 de deciembre de 2002, que
    reestructura las Carreiras de los Inspectores
    del Trabajo
  • Decreto n 4.552, de 27 de deciembre de 2002
    aproba lo Regulamiento de la Inspección del
    Trabajo
  • Portaria MTE n 210, de 30 de abril de 1999
    que dispone sobre inspección de las normas de
    protección al trabajo y de la vida a bordo C.
    147, Normas Minimas (marina mercante)
  • Instrución Normativa SIT n 19, de 27 de
    septiembre de 2000, que dispone sobre los
    procedimientos de la inspección de las
    condiciones del trabajo, seguridad, salud y vida
    a bordo
  • Decreto n 4.406, de 3 de octubre de 2002
    dispone sobre directrizes para la inspección em
    embarcaciones mercantes y de turismo
  • Portaria MTE n 450, de 7 de noviembre de 2002
    dispone sobre la organización y lo funcionamiento
    de las Unidades de Inspección del Trabajo
    Portuario y Acuaviario
  • Instrucción Normativa SIT n 61, de 18 de enero
    de 2006 sobre la organización de la
    Coordenación Naciolnal e Coordenaciones
    Regionales de Inspección del Trabajo Portuario e
    Acuaviario

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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Convenios sobre trabajo marítimo ratificados por
el país
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SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Convenios sobre trabajo marítimo ratificados por
el país
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SEMINARIO TRIPARTITO PARA PAISES DE AMERICA DEL
SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Progresos y posibles medidas orientadas a la
ratificación del Convenio sobre el Trabajo
Marítimo respecto de sus diversos capítulos
  • Preámbulo y Art. I a Art. XVI - ajuste na
    legislación brasileña Certificado de Trabajo
    Maritimo - Declaración de Conformidade Laboral
    Maritima
  • Título I. Requisitos Mínimos para Trabajar a
    Bordo de Buques son atendidos po la legislación
    nacional, el Brasil no posee servicios de
    contratación y colocación de maritimos
  • Título 2. Condiciones de Empleo la legislación
    brasileña atiende a las Reglas sobre Acuerdos de
    Empleo dos Marítimos, Salarios, Jornada de
    Trabajo y de Descanso, Derecho a Vacaciones,
    Niveles de Tripulación Mínima y Progresión
    Profesional ey Desarrollo de las Aptitudes y
    Oportunidades de Empleo de los Marítimos.
    Repatriacón uma Comisión Tripartita fue creada
    y elaboró propuesta de Decreto regulador.
  • Indemnización del maritimo em caso de perda de
    buque ou de naufragio paga por el armador- no
    existe aun previsión en la legislación nacional
  • Título 3. Alojamiento, instalaciones de
    esparcimiento, alimentación y servicio de fonda
    - necesita revisión de la Norma Reglamentadora 30
    do MTE NR 30

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SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Progresos y posibles medidas orientadas a la
ratificación del Convenio sobre el Trabajo
Marítimo respecto de sus diversos capítulos
  • Título 4. Protección de la salud, atención
    médica, bienestar y protección social
  • Revisión de la NR-30 Norma de Seguridad y Salud
    en Trabajo Acuaviario atenderá a las Reglas de
    Atención Médica a Bordo e en Tierra,
    Responsabilidad del Armador y Protección de la
    Seguridad y Salud y Prevención de Accidentes.
  • Acceso a las instalaciones de Bienestar del
    Marítimo, el Brasil ratificó el C163 y atiende a
    lo dispuesto, por intermedio de organizaciones
    benefícienles, religiosas o de los sindicatos de
    la categoría.
  • Seguridad Social, el Brasil ya proporciona al
    marítimo sujeto a su legislación social los
    mismos derechos que a los trabajadores en tierra
  • Marítimos extranjeros residentes en el exterior,
    ya existen algunos acuerdos regionales y
    bilaterales previendo garantizar derechos
    otorgados mediante sistemas adquiridos. La OIT
    pide que el país especifique los sectores de
    protección disponibilizados para sus marítimos,
    para progresivamente conseguir un cubrimiento
    completo de seguridad social, entre los
    siguientes atención médica auxilio-enfermedad
    auxilio-accidente profesional salario-familia
    auxilio-maternidad jubilación por invalidez
    beneficios por supervivencia complementares sobre
    atención médica (Regla 4.1) y sobre la
    responsabilidad del armador (Regla 4.2, sobre
    protección financiera en enfermedad, lesión y
    muerte en el local de trabajo).

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SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Progresos y posibles medidas orientadas a la
ratificación del Convenio sobre el Trabajo
Marítimo respecto de sus diversos capítulos
  • Título 5. Cumplimiento y control de la aplicación

Brasil cuenta con una Inspección del Trabajo
Marítimo especializada, con procedimientos
normalizados para fiscalización a bordo de
embarcaciones nacionales y de bandera extranjera,
trabajando junto con la aparcería de la Autoridad
Marítima, Ministerio Público del Trabajo y
Sindicatos, habiendo solamente necesidad de
actualizar esos procedimientos, incluyendo
disposiciones relativas a las Declaraciones y
Certificaciones del Trabajo Marítimo.
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SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Tareas realizadas con el fin de ratificación
  • Portaría nº 181 del MTE, de 20 de noviembre de
    2006 instituye Comisión Tripartita con la
    finalidad de analizar el contenido del Convenio
    con fin de someterlo al Congreso Nacional
  • Portaría nº 11/2007 do MTE designa los
    integrantes de la Comisión Tripartita instituida
    pela Port. n 181
  • 1ª Reunión de la Comisión Tripartita 30 de
    enero de 2007 -favorable a la ratificación .

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SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Evaluación de la necesidad de aclaraciones,
asesoramiento o asistencia para facilitar la
implementación del Convenio sobre el Trabajo
Marítimo
  • celebración de acuerdos multilaterales o
    regionales sobre procedimientos para aplicación
    del Convenio
  • adaptación del Acuerdo de Viña del Mar, con la
    inclusión de la Inspección Laboral en los
    términos previstos en el Convenio
  • la asistencia técnica a los Miembros, incluida la
    creación de capacidad de las administraciones
    nacionales y la elaboración de leyes nacionales
    para cumplir los requisitos del Convenio
  • el desarrollo de material de formación para los
    inspectores y otros miembros del personal
  • la formación de inspectores
  • el desarrollo de material de promoción y de
    herramientas de sensibilización sobre el
    Convenio, y
  • la organización de seminarios nacionales y
    regionales, así como de talleres sobre el
    convenio.

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SURCONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARITIMO, 2006
Gracias
José Emilio Magro josee.drtes_at_mte.gov.br www.mte.
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