Title: La industria audiovisual europea y la excepcin cultural ________________________ Medidas de protecci
1La industria audiovisual europea y la excepción
cultural________________________ Medidas de
protección y fomento
2I. El audiovisual europeo en cifras
II. El sector audiovisual en el comercio
internacional. De la excepción cultural a la
diversidad cultural
III. La protección y el fomento de la
industria audiovisual. La directiva de
Televisión sin Fronteras y el programa MEDIA
3I. El audiovisual europeo en cifras
- La industria audiovisual
- El audiovisual como industria cultural
- Las particularidades de la industria audiovisual
- Las principales empresas del sector
- Balance comercial en el sector audiovisual
- EE.UU. UE
- Producción de largometrajes
- Coste medio del largometraje
- Cuotas de pantalla en EE.UU. Y Europa
- El mercado cinematográfico en España
- Los problemas de la industria audiovisual europea
4I. El audiovisual europeo en cifras
5La industria audiovisual
- Forma parte de las industrias culturales
- El concepto de Industria cultural nace en los
años 40 de la Escuela de Francfort - de acuerdo con las características
industrializadoras de la época, la cultura
también se industrializa (). Sin embargo se
trata, obviamente, de una industria un tanto
especial la industria de la cultura es una
industria de la conciencia. Es una industria que
afecta al nivel psíquico de las personas - (Miquel Rodrigo Alsina)
6El audiovisual como industria cultural
7La industria audiovisual
- La noción de audiovisual incluye la
cinematografía, la difusión (televisión y
radio), el video (dvd) y las industrias
multimedia.
8Las particularidades de la industria audiovisual
- Carácter prototipo de las películas
- Aceptación imprevisible
- Elevados costes de producción
- Largo plazo de amortización
- Sector arriesgado
- Dificultad para conseguir financiar los proyectos
9Las principales empresas del sector
Fuente Eurostat
10Balance comercial en el sector audiovisual EE.UU.
- UE
Fuente Observatorio Audiovisual Europeo
11Balance comercial en el sector audiovisual EEUU -
UE
Fuente Observatorio Audiovisual Europeo
12Producción de largometrajes
Fuente focus 2003
13Coste medio del largometraje
En millones de
Fuente Focus 2003
14Cuota de pantalla europea
Películas nacionales en su mercado 19,5
Otros 1,3
Películas nacionales fuera de su mercado 7,9
Películas EE.UU. 71,2
Fuente focus 2003
15Cuota de pantalla en EE.UU.
UE 4,6
Otros 1,5
EE.UU. 93,9
Fuente focus 2003
16El mercado cinematográfico en España
Cuota de mercado 1998-2003
Fuente informe Academia 2003
17El mercado cinematográfico en España
Distribución de presupuestos 2003
Fuente informe Academia 2003
18Los problemas de la industria audiovisual europea
19Barreras lingüísticas y culturales
- Homogeneidad del mercado norteamericano
- UE mercado fragmentado 25 países, diferentes
lenguas y culturas
20Falta de segundos mercados para los productos
- Dificultad para comercializar las obras fuera del
país de origen - Mercados muy pequeños para la rentabilización de
grandes inversiones
21Falta de escala en el sector de la distribución
Cuota de mercado de las 10 primeras
distribuidoras en España
22Tejido empresarial de escala muy reducida
Películas realizadas por productora en Europa
Fuente Banco Europeo de Inversiones
23Falta de visión empresarial del sector
- Déficit en el conocimiento de la gestión, empresa
audiovisual como empresa artesanal - Escasas inversiones en promoción de los productos
24Las dificultades de financiación del sector
- Las obras audiovisuales en Europa se financian
fundamentalmente por las ayudas públicas y las
precompras de las televisiones. - Dada su escasa dimensión, la empresa productora
europea para hacer frente a las fuertes
inversiones necesarias recurre a créditos a los
que tiene difícil acceso dada la intangibilidad
de sus avales. - Dificultad para realizar proyectos de envergadura
que puedan competir en igualdad con las
superproducciones de EE.UU..
25II. El sector audiovisual en el comercio
internacional. De la excepción cultural a la
diversidad cultural
26II. El audiovisual en el comercio internacional
- El sector audiovisual dentro del comercio
internacional - Consecuencias de la plena liberalización de los
servicios AV - Enfrentamiento EE.UU. UE
- La excepción cultural
- Contra la excepción cultural
- La ronda de negociación actual el programa de
Doha - La influencia del cine
27El sector audiovisual como industria cultural
28El sector audiovisual dentro del comercio
internacional
- Dentro del marco del comercio internacional, el
sector audiovisual se encuadra en el AGCS
(Acuerdo general para el comercio de servicios). - El AGCS es regulado por la OMC (Organización
mundial del comercio), organización que rige las
relaciones comerciales entre sus miembros. - La trayectoria de la OMC se caracteriza por el
impulso de medidas liberalizadoras en todos los
ámbitos del comercio.
29Consecuencias de la plena liberalización de los
servicios AV
- La liberalización supone la posibilidad de que
cualquier empresa actúe en cualquier país en
igualdad de condiciones. - Supondría la desaparición de las ayudas a la
producción audiovisual o las cuotas de exhibición
de los productos europeos.
30El sector audiovisual dentro del comercio
internacional
- El audiovisual entra en el AGCS en la Ronda
Uruguay (1986-1994). - Enfrentamiento entre EE.UU. y la UE
- EE.UU. a favor de su entrada y la UE en contra.
- Finalmente el sector entra aunque sujeto a una
serie de excepciones que permiten mantener a la
UE las medidas de protección y fomento de la
industria.
31Enfrentamiento EE.UU. - UE
- EE.UU.
- Por qué una cuota comunitaria? Sus defensores,
los mismos que construirían en el muro de la
vergüenza exclaman !Nuestra cultura está en
juego!. Puede ser esto cierto? Se pueden
colapsar mil o dos mil años de cultura de una
nación por la exhibición de programas americanos
de televisión? Se encuentra la cultura de
cualquier país europeo tan poco sujeta, tan
débilmente enraizada, que los espectadores
europeos deben ser enjaulados y cegados para que
sus lazos con su honorable y distinguido pasado
no se desvanezcan de repente como una estrella al
explotar en el cielo?. - Jack Valenti (presidente de la MPAA)
32Enfrentamiento EE.UU. - UE
- UE
-
- Las creaciones del espíritu no son simplemente
mercancías los elementos de la cultura no son
simples negocios. Defender el pluralismo de las
obras de arte y la libertad del público para
elegir es una obligación. Lo que está en juego es
la identidad cultural de nuestras naciones. Es el
derecho de las gentes a su propia cultura, la
libertad para crear y elegir nuestras propias
imágenes. Una sociedad que deja en manos de otros
la responsabilidad de mostrar su reflejo, el modo
en el que presentarse a sí misma, es una sociedad
esclavizada. -
- Francois Miterrand. Presidente de la República de
Francia en 1993.
33La excepción cultural
- Que es?
- La excepción cultural es el reconocimiento de la
diferencia entre los bienes y servicios
culturales (incluidos los audiovisuales) y el
resto de mercancías con el objetivo de que los
primeros puedan ser objeto de protección y
promoción por parte de las administraciones
correspondientes.
34Contra la excepción cultural
- Despotismo ilustrado del S.XXI los gobiernos dan
ayudas e imponen cuotas para que sus ciudadanos
sepan lo que tienen que ver. - Supone el reconocimiento de la identidad cultura
nacional de un país, de una nación, además de
ser una ficción confusa, conduce inevitablemente
a justificar la censura, el dirigismo cultural y
la subordinación de la vida intelectual y
artística a una doctrina política el
nacionalismo.
Mario Vargas Llosa. Razones contra la excepción
cultural. El país, 5-8-2004
35La ronda de negociación actual el programa de
Doha
- Actualmente la OMC trabaja para la puesta en
marcha del programa de Doha. - EEUU presiona para la liberalización del
comercio online con independencia del producto.
Video On Demand a través de Internet.
36La influencia del cine
- Campaña de FAPAE (federación de asociaciones de
productoras audiovisuales españolas) de fomento
del cine español. - bateador.exe
- halloween.exe
- taxi.exe
37III. La protección y el fomento de la
industria audiovisual. La directiva de
Televisión sin Fronteras y el programa MEDIA
38Contenido
- La protección y el fomento de la industria
audiovisual en la UE - La directiva de TSF
- La promoción del sector audiovisual en el TSF
- La transposición de la directiva en España
- El programa MEDIA
- Las ayudas al sector cinematográfico en España
39La protección y el fomento de la industria
audiovisual en la UE
- La política audiovisual europea se articula
- en dos ejes fundamentales
- La directiva de TSF
- El programa MEDIA
40La directiva de Televisión Sin Fronteras
- Creada en 1989, modificada en 1997 y 2007
- Marco de actuación para todos los países miembros
en el campo de la emisión y recepción televisiva,
la defensa del espectador y la promoción de la
industria audiovisual europea. - Regula los siguientes campos
- Promoción de la distribución y de la producción
de programas televisivos. - Publicidad por televisión, patrocinio y
televenta. - Protección de los menores y orden público.
- Derecho de réplica.
-
41La promoción del sector audiovisual en el TSF
- Art. 4 los estados miembros velarán (...), para
que los organismos de radiodifusión televisiva
reserven una proporción mayoritaria de su tiempo
a obras europeas. -
- Art. 5 los estados velarán para que los
organismos de radiodifusión reserven como mínimo
un 10 de su tiempo o su presupuesto de
programación a productores europeos
independientes.
42Publicidad por televisión, patrocinio y televenta
(I)
- La publicidad televisada y la televenta no
deberán - a) atentar contra el respeto a la dignidad
humana - b) incluir elementos de discriminación por raza,
sexo o nacionalidad - c) atentar contra las convicciones religiosas o
políticas - d) fomentar comportamientos perjudiciales para la
salud o para la seguridad - e) fomentar comportamientos perjudiciales para la
protección del medio ambiente.
43Publicidad por televisión, patrocinio y
televenta. (II)
- Queda prohibida cualquier forma de publicidad
televisada y de televenta de cigarrillos y demás
productos del tabaco. - La publicidad televisada y la televenta de
bebidas alcohólicas deberán respetar los
criterios siguientes - a) no podrá estar dirigida específicamente a los
menores ni, en particular, - presentar a menores consumiendo dichas bebidas
- b) no deberá asociar el consumo de alcohol a una
mejora del rendimiento - físico o a la conducción de vehículos
- c) no deberá dar la impresión de que el consumo
de alcohol contribuye - al éxito social o sexual
- e) no deberá estimular el consumo inmoderado de
bebidas alcohólicas - u ofrecer una imagen negativa de la abstinencia
o de la sobriedad - f) no deberá subrayar como cualidad positiva de
las bebidas su alto - contenido alcohólico.
44Protección de los menores y orden público.
- Los Estados miembros adoptarán las medidas
oportunas para garantizar que las emisiones de
televisión de los organismos de radiodifusión
televisiva bajo su jurisdicción no incluyan
ningún programa que pueda perjudicar seriamente
el desarrollo físico, mental o moral de los
menores y, en particular, programas que incluyan
escenas de pornografía o violencia gratuita
45Protección de los menores y orden público (II)
- Transposición española ley 22/1999
- La emisión de programas susceptibles de
perjudicar el desarrollo físico, mental o moral
de los menores sólo podrá realizarse entre las
veintidós horas del día y las seis horas del día
siguiente, y deberá ser objeto de advertencia
sobre su contenido por medios acústicos y
ópticos. Cuando tales programas se emitan sin
codificar, deberán ser identificados mediante la
presencia de un símbolo visual durante toda su
duración. - Al comienzo de la emisión de cada programa de
televisión y al reanudarse la misma, después de
cada interrupción para insertar publicidad y
anuncios de televenta, una advertencia, realizada
por medios ópticos y acústicos, y que contendrá
una calificación orientativa, informará a los
espectadores de su mayor o menor idoneidad para
los menores de edad.
46Derecho de réplica
- Cualquier persona física o jurídica,
independientemente de su nacionalidad, cuyos
legítimos derechos, en particular en relación con
su honor y su reputación, hayan sido lesionados
como consecuencia de una afirmación errónea
realizada en un programa de televisión, deberá
poder disponer de un derecho de réplica o de
medidas equivalentes. - La réplica se emitirá en un plazo razonable
después de que haya quedado justificada la
solicitud, en condiciones tan semejantes como sea
posible a las de la emisión a las que se refiera
la solicitud.
47La transposición de la directiva en España (I)
- Directiva marca fines dejando abiertos los
medios. - Los países miembros han de incluir en sus leyes
los métodos para cumplir con la directiva.
48La transposición de la directiva en España (II)
- Ley 22/1999
- Los operadores de televisión deberán reservar el
51 por 100 de su tiempo de emisión anual a la
difusión de obras audiovisuales europeas. Para el
cumplimiento de esta obligación, deberán destinar
como mínimo, cada año, el 5 por 100 de la cifra
total de ingresos devengados durante el ejercicio
anterior, conforme a su cuenta de explotación, a
la financiación de largometrajes cinematográficos
y películas para televisión europeas. -
49El programa MEDIA (I)
- Programa de la UE de ayudas para proyectos
audiovisuales. No otorga ayudas directas a la
producción del proyecto, sino a su desarrollo
(concepción), su distribución, su promoción o su
financiación.
50El programa MEDIA (II)
- Acción positiva pero muy limitada
- Presupuesto muy escaso (100 m. /año) para 15
países. - La Comisión ha propuesto una ambiciosa reforma
para el dotar al programa con mil millones de
para su próxima edición. Probablemente será
desestimada por los Estados.
51El programa MEDIA (III)
- Un ejemplo de la actuación de MEDIA la red
Europa Cinemas - Cines Multis y Renoir en Bilbao y cines Golem en
Pamplona. - Reciben subvenciones con la obligación de emitir
más de un 70 de largometrajes europeos.
52Las ayudas al sector cinematográfico en España (I)
- En España el organismo encargado de la Gestión de
las ayudas al cine es el ICAA (instituto de la
cinematografía y de las artes audiovisuales)
dependiente del Ministerio de Cultura. - El presupuesto para el fondo nacional de
cinematografía es de 63,13 millones de .
53Las ayudas al sector cinematográfico en España
(II)
- En la actualidad la mayor parte de las ayudas se
otorgan en función de los resultados de taquilla
de las películas. - Las ayudas a fondo perdido sólo continúan para
los jóvenes realizadores y proyectos
experimentales
54Las ayudas al sector cinematográfico en España
(II)
- Sistema de cuotas de exhibición
- 1. Las salas de exhibición cinematográfica
estarán obligadas a programar dentro de cada año
natural obras cinematográficas de Estados
miembros de la Unión Europea en versión original
o dobladas, en forma tal que al concluir cada año
natural se haya observado la proporción de un día
como mínimo de obra cinematográfica comunitaria
por cada tres días de exhibición de películas de
terceros países en versión doblada a cualquier
lengua oficial española. - 2. En sustitución de la proporción anterior se
aplicará la de un día de obra cinematográfica
comunitaria por cada cuatro días de exhibición de
películas de terceros países, cuando éstas se
exhiban en todas las sesiones ordinarias de un
mismo día dobladas a alguna lengua oficial
española propia de una Comunidad Autónoma. Igual
proporción se aplicará a los días de proyección
de las películas comunitarias que se proyecten en
salas o complejos cinematográficos que en el
transcurso del año de cómputo obtengan una
recaudación bruta inferior a 90.000 euros.
55Las ayudas al sector cinematográfico en España
(III)
- Ayudas a la amortización concedidas en diferentes
convocatorias del ICAA