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Calificacin del concurso Rendicin de cuentas

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Disposiciones generales sobre la calificaci n del concurso, la formaci n de la ... liq. social a la cobertura del d ficit social. No procede en todo caso ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Calificacin del concurso Rendicin de cuentas


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Calificación del concurso Rendición de cuentas
  • Purificación Martorell Zulueta
  • 13 de febrero de 2008

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Primera Parte
  • Calificación del Concurso

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Regulación
  • Título VI de la LC Art. 163 a 175. Comprende
  • Disposiciones generales sobre la calificación del
    concurso, la formación de la Sección 6ª y la
    eventual determinación de cómplices.
  • La formación y tramitación de la sección de
    calificación, la eventual oposición a la
    calificación culpable del concurso y el contenido
    de la sentencia que pone fin al incidente.
  • Las especialidades de la calificación en caso de
    intervención administrativa.

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Disposiciones Generales
  • Cuándo procede la apertura de la sección?
  • Concurso culpable
  • Presunciones de dolo o culpa grave
  • Cómplices

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Cuándo procede la apertura de la pieza de
calificación?
  • En casos de aprobación de convenio con quita
    superior a 1/3 del importe de los créditos o
    espera superior a 3 años.
  • Siempre que tenga lugar la apertura de la fase de
    liquidación.

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Concurso fortuito
  • Se declarará cuando abierta la pieza de
    calificación el informe de la Administración
    concursal y el dictamen del Ministerio Fiscal
    sean coincidentes en orden a la procedencia de la
    declaración del mismo como fortuito.
  • O cuando seguida oposición a la solicitud de
    declaración culpable del concurso, así se
    pronuncie el Juez de lo mercantil en la Sentencia
    que ponga fin al incidente concursal.

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Concurso culpable (I)
  • Artículos 164 y 165 Ley Concursal
  • Regla general 164.1 dolo o culpa grave en la
    generación o agravación del estado de insolvencia
  • Supuestos del 164.2 (presunción iuris et de
    iure).
  • Incumplimiento del deber sustancial de llevanza
    de contabilidad
  • Doble contabilidad
  • Irregularidades contables relevantes
  • Inexactitudes graves en cualquiera de los
    documentos
  • Etc.
  • Supuestos del 165 (presunción iuris tantum).
  • Incumplimiento del deber de solicitud la
    declaración de concurso.
  • Incumplimiento del deber de colaboración con el
    Juez del concurso o la administración concursal
  • Falta de formulación de las cuentas anuales o de
    sometimiento a Auditoria, Etc.

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Cómplices
  • El Art. 166 las personas que, con dolo o culpa
    grave, hubieran cooperado con el deudor o, si los
    tuviere, con sus representantes legales, y en
    caso de personas jurídica, con sus
    administradores o liquidadores, tanto de Derecho
    como de hecho o con sus apoderados generales, a
    la realización de cualquier acto que haya fundado
    la calificación del concurso como culpable.

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Formación de la Sección VI
  • Art. 167 se refiere a la formación de la pieza
    en los supuestos que procede, a la resolución en
    que se acuerda y al testimonio de particulares
    con el que dicha pieza se debe encabezar.
  • Art. 168 personación de los interesados.
  • Art. 169 el informe de la administración
    concursal y el dictamen del fiscal.
  • Determinación de las personas a quienes deba
    afectar la calificación y de las consideradas
    cómplices.

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Tramitación Art. 170 y 171
  • Concurso fortuito
  • Concurso culpable
  • Audiencia al deudor.
  • Emplazamiento de afectados por la calificación
    del concurso.
  • Personación en plazo diez días para alegaciones
  • Personación extemporánea preclusión
  • Incomparecencia declaración de rebeldía
  • Oposición a la calificación Incidente Concursal
    que finaliza con Sentencia (Art. 172)
  • Ausencia de oposición Sentencia en el plazo de 5
    días

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Sentencia de Calificación.
  • Contenido y crítica del Art. 172
  • La declaración del concurso como fortuito
  • La ausencia de consecuencias
  • Declaración culpable del concurso
  • Los pronunciamientos del 172.2
  • Determinación de personas afectadas
  • Inhabilidad para administrar bienes ajenos y para
    representar o administrar a cualquier persona.
  • Pérdida de derechos como acreedores y condena de
    devolución de bienes y derechos e indemnización
    de daños.
  • El Apartado 3 del artículo 172 interpretación y
    críticas

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Tribunales calificación y responsabilidad
  • Posición de la Audiencia Provincial de Barcelona.
  • Sobre la aplicación retroactiva de la LC en
    referencia a hechos anteriores a la misma.
  • 172.3. Efectos sobre los administradores. Destino
    de la condena no es la masa sino la retribución
    de los concursales no satisfechos con la
    liquidación
  • El análisis de las conductas
  • Las irregularidades contables.
  • El alcance de la inhabilitación y las diversas
    preguntas y respuestas de la Sentencia de 27 de
    abril de 2007.

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II
  • Posición de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa
  • La interpretación del artículo 164 y los
    requisitos que han de concurrir para la
    calificación del concurso como culpable.
  • Posición de la A. Provincial de Pontevedra.
  • El criterio de atribución de responsabilidad no
    recae sobre la insolvencia sino sobre la
    conducta. Condena del deudor y del hijo cómplice.

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III
  • Posición de la Audiencia Provincial de Jaén
  • El incumplimiento del deber de solicitar el
    concurso.
  • Valoración de la irregularidad contable.
  • La falta de colaboración con la administración
    concursal.
  • La indemnización por daños y perjuicios.
  • La restricción de la legitimación en el incidente
    de calificación

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IV A. Provincial de Madrid.
  • 24/09/2007
  • Los requisitos para la declaración culpable del
    concurso.
  • Incumplimiento sustancial de la obligación de
    llevanza de la contabilidad. Preparación para la
    presentación del concurso.
  • 5/2/2008
  • Conducta gravemente culposa que agrava
    severamente la insolvencia. Irregularidades
    contables. Aplicación retroactiva.
  • Devolución de bienes y derechos obtenidos
    indebidamente facturas por emisión de informes y
    cargos de tarjetas de crédito.
  • Responsabilidad concursal del adm./ liq. social a
    la cobertura del déficit social.
  • No procede en todo caso
  • Responsabilidad por deudas y no responsabilidad
    por daños.

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Calificación en caso de intervención
administrativa (Art. 174 y 175)
  • Formación de la Sección de calificación.
  • Supuestos en qué procede
  • La comunicación al Juez de lo Mercantil y la
    formación la sección autónoma de calificación sin
    previa declaración de concurso. Publicidad.
  • Especialidades en la tramitación.
  • Encabezamiento de la sección con la resolución
    administrativa.
  • Personación de interesados 15 días.
  • Informe de la autoridad supervisora.

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Segunda Parte
  • Rendición de cuentas de la Administración
    concursal

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Planteamiento de la cuestión
  • Meras reflexiones no exhaustivas.
  • La importancia de la rendición de cuentas si se
    tiene en consideración que
  • El administrador concursal en el desempeño de su
    cargo ha de actuar con la diligencia de un
    ordenado administrador y representante leal.
  • Específico régimen de responsabilidad.
  • Las propias consecuencias legales que se derivan
    de la desaprobación de las cuentas

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Rendición de cuentas en la LC
  • No puede considerarse que la regulación haya sido
    afortunada aún existiendo un precepto específico
    el art. 181.
  • Inadecuada ubicación de la norma
  • Incompleta regulación en la medida en que no
    contempla situaciones distintas a la de la
    rendición anudada a la conclusión.
  • Las otras situaciones contempladas en la Ley.
  • La rendición del artículo 38.4.
  • El supuesto del artículo 133.2.

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Primera conclusión
  • Hubiera sido más adecuada la regulación de la
    rendición de cuentas en el marco del Estatuto de
    la Administración concursal, habida cuenta del
    contenido de los artículos 26 y 183 de la LEC.

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Diferentes situaciones y momentos
  • Analizaremos los tres siguientes supuestos
  • El de cese antes de la conclusión del concurso
    del artículo 38.4
  • El cese con ocasión de la aprobación del
    convenio. Art. 133.2.
  • La rendición de cuentas con ocasión de la
    conclusión del concurso Art. 181.

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El supuesto del Art. 38.4
  • Además de prever la integración del órgano
    mediante el nombramiento de nuevo
    administrador/es regula la rendición de cuentas
    consecuencia del cese.
  • Cese de uno de los miembros del colegio con
    competencias individuales.
  • Cese de todos los miembros del colegio.
  • El plazo un mes desde la notificación de la
    orden judicial.
  • La remisión al artículo 181 en lo relativo al
    trámite, resoluciones y efectos.
  • La duda y en que momento procede la aprobación
    de las cuentas rendidas?

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El artículo 133.2
  • Cese con ocasión de la aprobación del convenio y
    obligación de rendir cuentas.
  • No hay remisión al artículo 181.
  • Plazo el que el Juez del concurso señale
  • Las dudas
  • Trámite?
  • Contenido?
  • En qué momento o en qué resolución debe tener
    lugar la aprobación?

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Posiciones sobre el tema.
  • La que sostiene que se ha de estar al contenido
    del artículo 181 de la LC y en consecuencia
    diferir la aprobación / desaprobación de la
    cuentas rendidas a la conclusión del concurso.
  • La que sostiene que no cabe diferir tal decisión
    en el tiempo.
  • A JM 7 Madrid 21/3/2007
  • S JM 2 Bilbao 11/2/2008
  • A Sección 9ª AP Valencia 25/7/2007 el supuesto
    de hecho y la argumentación jurídica.

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Rendición a la conclusión del concurso. Art.181
  • Completa rendición de cuentas justificación
    cumplida de la utilización de las facultades
    conferidas Información del resultado y saldo
    final de las operaciones realizadas.
  • El trámite a seguir
  • Si no hay oposición aprobación en el Auto de
    conclusión.
  • Si hay oposición incidente concursal y
    Sentencia.
  • Los efectos
  • Desaprobación e inhabilitación.

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Contenido de la rendición
  • completa rendición de cuentas justificación
    cumplida de la utilización de las facultades
    conferidas Información del resultado y saldo
    final de las operaciones realizadas.
  • cuentas no implica estrictamente informe de
    contenido numérico.
  • La opinión de Prada Gayoso.
  • Obliga a contrastar en qué han consistido las
    actuaciones de la administración concursal,
    valorando cada situación en concreto.

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Algunas resoluciones
  • S. AP de Barcelona 10/03/2008
  • El orden de pagos previsto en el art. 154 LC
  • S. JM Santander 30/04/2007
  • Alegaciones que no se corresponden con la
    oposición a la rendición de cuentas.
  • Calificación de los créditos contra la masa
  • Procede el examen de la corrección de los pagos.
  • AP de Barcelona de 23 de abril de 2008
  • No se trata de reconsiderar aspectos que ya
    quedaron zanjados como el relativo a la
    calificación del crédito.

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El trámite
  • La posibilidad de formular oposición en el plazo
    de 15 días.
  • El cauce procesal del incidente concursal.
  • La oposición En qué puede consistir?
  • La indefinición de las causas de oposición en la
    Ley y la oposición razonada
  • Puede venir referida a la existencia de errores
    formales o de cuenta, o/y errores materiales.
  • La estimación de la oposición implica una
    modificación de las cuentas rendidas.

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Aprobación, desaprobación y consecuencias
  • Si no hay oposición la aprobación es
    automática?
  • Desaprobación e inhabilitación
  • No prejuzga la responsabilidad
  • Es imperativa la inhabilitación del art. 181.4
    LC?
  • S JM 3 Barcelona 23/5/2007
  • Sec. 9ª AP Valencia 5/3/2007, 15/04/2008 y
    21/01/09.
  • La discrecionalidad del Juez afecta sólo a la
    determinación de la duración de la sanción?
  • La comunicación al Registro Público de
    Resoluciones concursales.
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