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Al d a de hoy la construcci n del acueducto, se encuentra detenida. Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales Art culo 1 mbito de aplicaci n. – PowerPoint PPT presentation

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RECURSO HIDRICO EN COSTA RICA.
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Instituciones que tienen injerencia en el recurso
hídrico en Costa Rica.
  • Acueductos y Alcantarillados, A y A
  • Se encarga de todo lo relacionado con los
    sistemas de suministro de agua potable y
    recolección de aguas residuales.
  • Instituto Costarricense de Electricidad, I.C.E.
  • Generación hidroeléctrica.
  • Desarrollo de proyectos hidroeléctricos.
  • Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y
    Avenamiento, SENARA
  • Fomentar el desarrollo agropecuario por medio de
    sistemas de riego, avenamiento y protección
    contra inundaciones.
  • Procurar el aprovechamiento óptimo y justo de los
    recursos tierra y agua tanto superficial como
    subterránea, en los distritos de riego.
  • Fomenta proyectos agropecuarios que sustenten una
    justa distribución de la tierra.

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Instituciones que tienen injerencia en el recurso
hídrico en Costa Rica.
  • Ministerio de Ambiente, Energía y
    Telecomunicaciones, Dirección de Aguas.
  • - Concesiones de aprovechamiento de
    - Permisos de perforación de pozos profundos.
  • aguas superficiales y subterráneas.
  • - Permisos de descarga de
    drenaje agrícola.
  • - Inscripción de Sociedades de
    - Pronunciamientos sobre tipo de cauce
    Usuarios de Agua.
    carácter del mismo y dominio
    público,

  • depresiones, cauces de
    interés público

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Instituciones que tienen injerencia en el recurso
hídrico en Costa Rica.
  • Permisos para realizar Obras en cauce.
  • Regulación.
  • Conflictos.
  • Inscripción de pozos artesanales.
  • Inscripción de Asociaciones Administradoras
  • de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados
  • Comunales.
  • Control y cobro por concepto de Vertidos.

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Balance hídrico
Se realizó el balance a 15 de 34 cuencas,
existentes en el país.
Mayo, 2008, por IMTA, Instituto Mexicano de
Tecnología del Agua
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Actualmente
  • Costa Rica está en un proceso de reforma
    de su marco jurídico e institucional, así como de
    revisión de la política, dando continuidad a
    procesos ya iniciados en años anteriores, para
    llegar hacia una gestión adecuada de sus recursos
    hídricos, congruente con las prácticas y
    principios emanados de la experiencia nacional e
    internacional.
  • Principios rectores de la política hídrica
    normada en el Decreto Ejecutivo N 30480-MINAET,
    son los siguientes
  • 1. El acceso al agua potable como derecho humano.
  • 2. La gestión del agua y las reglas de acceso a
    este recurso deben regirse por un principio de
    equidad y solidaridad social intergeneracional.
  • 3. El agua debe ser considerada dentro de la
    legislación como un bien de dominio público,
    inembargable, inalienable e imprescriptible.

7
Actualmente
  • 4. Reconocerse el valor económico del agua que
    procede del costo de
  • administrarla, protegerla y recuperarla.
  • 5. Debe reconocerse la función ecológica del agua
    como fuente de vida y de
  • sobrevivencia de todas las especies y ecosistemas
    que dependen de ella.
  • 6. El aprovechamiento del agua debe realizarse
    utilizando la mejor
  • infraestructura y tecnología.
  • 7. La gestión del recurso hídrico debe ser
    integrada, descentralizada y
  • participativa partiendo de la cuenca hidrográfica
    como unidad de planificación y gestión.
  • 8. El Ministerio de Ambiente y Energía ejerce la
    rectoría en materia de
  • recursos hídricos.
  • 9. El recurso hídrico y las fuerzas que se
    derivan de éste son bienes
  • estratégicos del país.
  • 10. Que es de suma importancia la promoción de
    fuentes energéticas

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Caso Sardinal - Coco.
  • Problemática conflicto por el uso del agua
    entre los pobladores de la zona (alrededor de 8
    centros de población) y los proyectos turísticos
    costeros.
  • Características de la zona
  • Estación lluviosa de mayo a
  • noviembre, estación seca
  • de diciembre a abril.
  • Precipitación anual sobre
  • los 2000 mm, el 97
  • cae en estación lluviosa.
  • Actividades económicas
  • Agroindustria(caña, melón),
  • pesca, turismo, ganadería.
  • El pueblo de Sardinal cuenta
  • con 4210 habitantes.

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Precedente.
  • Deficiencia en el sistema de distribución
    de agua de Sardinal, debido a la antigüedad, lo
    que generó la pérdida de recurso por fugas en el
    sistema, disminuyendo el caudal de suministro a
    los pobladores.

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Precedente.
  • Necesidad de agua de los desarrollos
    turísticos de la zona costera. Como solución se
    genera un proyecto de abastecimiento, el cual
    tendrá como fuentes pozos de aprovechamiento de
    agua, algunos ubicados en las cercanías de la
    comunidad de Sardinal.
  • El pueblo de Sardinal interpone un
    recurso de amparo y realiza medidas de presión
    político, lo que causó la detención de las obras.

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Acciones tomadas según acuerdos.
  • Se realizaron mejoras en el sistema de agua
    potable del pueblo de Sardinal.
  • Se inició un proceso de toma de datos en sitio,
    pruebas de infiltración, aforos y geología. Con
    estos
  • insumos se realiza un estudio Hidrogeológico el
    cual según el informe técnico final concluye
  • Que se deberá desarrollar e implementar el Plan
    de monitoreo de la cantidad y calidad de agua del
    acuífero.
  • Conforme el resultado del monitoreo del acuífero
    se establecerá en dos años una línea base del
    comportamiento del acuífero con el fin de definir
    su explotación futura. Durante este plazo no se
    otorgarán nuevos permisos de perforación en la
    cuenca alta del río Sardinal definida en el
    documento del Acuerdo del 9 de junio de 2008.

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Monitoreo
  • Definición de la Red de Pozos de Monitoreo.

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Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales
  • Artículo 1º Ámbito de aplicación. El presente
    reglamento será de aplicación obligatoria en todo
    el territorio nacional en relación con el manejo
    de las aguas residuales, que independientemente
    de su origen sean vertidas o reusadas.
  • Artículo 2º Objetivos. El presente Reglamento
    tiene por objetivo la protección de la salud
    pública y del ambiente, a través de una gestión
    ambientalmente adecuada de las aguas residuales.
  • marzo de 2007, PODER EJECUTIVO DECRETO
    .

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Reglamento de Concesiones de Agua Marina para
Desalinización
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Gracias!
Ing. Fernando Watson H. Dirección de Aguas, Costa
Rica Tel (506) 2221-7514 Fax (506)
2221-7516 fwatson_at_imn.ac.cr www.DA.go.cr
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