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Introducci n a los AMUMAs Andrea Brusco PNUMA/ORPALC HITOS AMBIENTALES MUNDIALES 1972 - Estocolmo Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano 1992 - Rio ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Introducci


1
Introducción a los AMUMAsAndrea Brusco
  • PNUMA/ORPALC

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HITOS AMBIENTALES MUNDIALES
  • 1972 - Estocolmo
  • Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
    Medio Humano
  • 1992 - Rio de Janeiro
  • Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
    Medio Ambiente y el Desarrollo
  • 2002 - Johannesburgo
  • Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible
  • 2012 Rio de Janeiro
  • Conferencia Mundial sobre Desarrollo Sostenible

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1972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
  • Primera gran Conferencia Internacional dedicada a
    problemas ambientales,
  • Convocada por la AGNU en dic. 1968,
  • Inicio del derecho internacional ambiental,
  • Creación del PNUMA, con la finalidad de fomentar
    y apoyar la cooperación en materia ambiental.
  • Paradigma protección ambiental bajo una visión
    antropocéntrica.

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1972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
  • Resultados - Res. AG 2994 de 15/12/72 -
  • Plan de Acción para el Medio Humano, 109
    recomendaciones específicas en tres categorías
  • - Evaluación ambiental
  • - Gestión ambiental
  • - Medidas de apoyo

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1972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
  • Declaración de Estocolmo sobre el Medio Humano -
    26 principios no vinculantes
  • - Derecho fundamental a la libertad, igualdad y
    el disfrute a condiciones de vida adecuadas en un
    medio de calidad que le permita llevar una vida
    digna.
  • - Preservación de los recursos naturales en
    beneficio de las generaciones presentes y futuras.

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1972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
  • - Necesidad de impedir la contaminación de los
    mares y poner fin a la descarga de sustancias
    tóxicas.
  • - Importancia de la asistencia financiera y
    tecnológica.
  • - Necesidad de confiar a instituciones
    nacionales la planificación, gestión y control de
    la utilización de los recursos naturales.
  • - Necesidad de educación ambiental.
  • - El desarrollo económico y social es
    indispensable para asegurar al hombre un ambiente
    de vida y trabajo favorable.

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1972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
  • - Las medidas ambientales de los Estados no
    deben menoscabar el crecimiento de los países en
    desarrollo u obstaculizar el logro de mejores
    condiciones de vida.
  • - Derecho soberano de los Estados para explotar
    sus rec. naturales y obligación de asegurar que
    las actividades bajo su control o jurisdicción no
    perjudiquen a otros Estados o zonas fuera de la
    jurisdicción nacional.

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1992 - Rio de JaneiroConferencia de las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo
  • () No fue una reunión científica sobre
    ecología, fue una reunión política con fuerte
    contenido económico, donde se discutieron no sólo
    las formas y métodos para preservar el medio
    ambiente sino los criterios para asegurar la
    participación de todos los pueblos en los
    beneficios que racionalmente pueden obtenerse de
    los recursos naturales ().

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1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
  • 178 países, 112 de ellos representados por sus
    Jefes de Estado y de Gobierno.
  • Creación de la Comisión de la ONU sobre
    Desarrollo Sostenible CDS.
  • Paradigma desarrollo sostenible equidad
    intergeneracional.

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1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
  • Resultados
  • I. Instrumentos jurídicamente vinculantes
  • Convenio sobre la Diversidad Biológica,
  • Convenio Marco de las NU sobre el Cambio
    Climático,
  • Bases para la formulación y negociación de la
    Convención de Lucha contra la Desertificación y
    la Sequía.
  • II. Instrumentos no vinculantes
  • Declaración sobre Bosques,
  • Agenda 21,
  • Declaración de Río.

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1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
  • Agenda 21
  • 40 Capítulos divididos en 4 secciones
  • I Dimensiones sociales y económicas,
  • II Conservación y gestión de los recursos
    para el desarrollo,
  • III Fortalecimiento del papel de los grupos
    principales,
  • IV Medio de ejecución.

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1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
  • Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
    Desarrollo
  • Reafirma la Declaración de Estocolmo,
  • Proclama 27 principios que buscan
  • establecer una alianza mundial nueva y
    equitativa mediante la creación de nuevos niveles
    de cooperación entre los Estados, los sectores
    clave de las sociedades y las personas, y
  • alcanzar acuerdos internacionales en los que
    se respeten los intereses de todos y se proteja
    la integridad del sistema ambiental y de
    desarrollo mundial.

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1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
  • Sus principios pueden agruparse en
  • - Derecho a un medio ambiente adecuado (1)
  • - Derechos de Acceso información -
    participación - justicia (10)
  • - Implementación nacional del desarrollo
    sostenible (3, 4, 8, 20, 21)
  • - Deber de cooperar (5, 6, 7, 9, 12, 18, 19)
  • - Deber de evitar el daño ambiental (2, 14, 17,
    24)
  • - Deber de reparar el daño ambiental (10, 13)
  • - Deber de adoptar legislaciones ambientales
    (11)
  • - Principio contaminador - pagador (16)
  • - Reconocimiento del derecho de las minorías
    (22, 23)
  • - Principio (enfoque) de precaución (15)
  • - Indisolubilidad de la paz, el desarrollo y la
    protección ambiental (25, 26)

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1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
  • Valor agregado
  • - Los Principios del 6 al 9 de la Dec. de Río se
    refieren a la prioridad que deben tener la
    situación y necesidades especiales de los PeD y a
    la responsabilidad de los PD - Principio de las
    responsabilidades comunes pero diferenciadas -.
  • - Los principios de contaminador-pagador (16) y
    de EIA (17) no son tratados en la Dec. de
    Estocolmo (DE).
  • - Los principios 20, 21 y 22 se refieren al
    papel fundamental que desempeñan en la gestión
    del medio ambiente y en el desarrollo las
    mujeres, los jóvenes y los pueblos indígenas y la
    comunidades locales. Estos grupos no se mencionan
    en la DE.
  • - El principio 23, referido a la preocupación
    por la protección del medio ambiente y los
    recursos naturales de los pueblos sometidos a
    opresión, ocupación y dominación, tampoco es
    mencionado en la DE.
  • - La DE no se refiere al tema del posible
    deterioro del medio ambiente causado por la
    guerra (24).

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2002 - Johannesburgo Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Sostenible
  • Resultados Tipo 1
  • Plan de Implementación (JPOI)
  • Declaración de Johanesburgo sobre Desarrollo
    Sostenible
  • Resultados Tipo 2
  • Iniciativas y alianzas
  • Iniciativa Latinoamericana y Caribeña para el
    Desarrollo Sostenible

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CMDS - Metas del JPOI
  • Recursos Naturales
  • Recursos marinos y pesca
  • Para el 2012 facilitar el uso de herramientas
    como la eliminación de prácticas de pesca
    destructiva, el establecimiento de áreas marinas
    protegidas y de sistemas de vedas para favorecer
    el uso adecuado de las zonas costeras, la
    planificación de las cuencas y la integración del
    manejo de áreas marino costeras en sectores clave.

17
CMDS - Medios de Implementación del JPOI
  • Principio de Responsabilidades Comunes pero
    Diferenciadas (7)
  • Flujo de recursos financieros, en particular
    hacia los PeD
  • Oportunidades comerciales, transferencia de
    tecnologías ambientalmente racionales sobre una
    base preferencial o concesional, la
    sensibilización y la creación de capacidades,
  • Apoyo mutuo entre el sistema multilateral de
    comercio y los AMUMAs,
  • Toma de decisiones basadas en la ciencia y
    reafirmar el Principio de Precaución (15)
  • Acceso, al nivel nacional, a la información, los
    procedimientos administrativos y judiciales y a
    la participación pública en la toma de decisiones
    (10)

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CMDS Medios de Implementación del JPOI
  • Fortalecimiento del marco institucional a nivel
    nacional
  • Tomar inmediatamente las medidas necesarias para
    progresar en la formulación de sus estrategias
    nacionales de des. sostenible e iniciar su
    implementación el 2005.
  • Adoptar y aplicar una legislación clara y
    efectiva a los fines del desarrollo sostenible.
  • Crear o fortalecer sus instituciones
    gubernamentales, promoviendo la transparencia y
    la responsabilidad.
  • Participación de los Grupos Principales
  • Fortalecer las alianzas entre los actores
    gubernamentales y no gubernamentales, incluyendo
    los grupos principales, en programas y
    actividades tendientes al des. sostenible

19
AMUMAs
  • Contenido
  • Son vinculantes para Estados parte
  • Funcionalidad protectora y multidimensionales
    (esferas económicas, sociales, políticas,
    técnicas, etc.)
  • Generan compromisos de adoptar medidas en ámbito
    interno, algunos con normas concretas
    (self-executing)
  • Asimetría convencional relativización de las
    obligaciones en función de calendarios, así como
    en función de la diferenciación de las Partes
    (ej. Protocolo de Montreal, Protocolo de Kioto
    los compromisos son diferenciados para países
    desarrollados (PD) y países en desarrollo (PeD),
    PD se comprometen a prestar asistencia
    financiera, transferencia de tecnología a PeD

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AMUMAs
  • Forma y estructura
  • Formato dual. Articulado con obligaciones de las
    Partes, y anexos, que contienen disposiciones de
    carácter científico y técnico.
  • Procesos de institucionalización cada vez más
    desarrollados. Aplicación continuada desde su
    entrada en vigor. Mecanismos institucionales de
    seguimiento la COP, Secretaría, un organismo de
    cooperación científica y técnica, organismos
    financieros.
  • Continuidad del proceso convencional. Tratado
    Marco con reglas básicas y posterior/es
    protocolo/s con regulaciones detalladas
    (objetivos jurídicamente vinculantes).
  • Creciente complejidad y tecnificación.

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  • Aspectos de aplicación y cumplimiento de AMUMAs
  • Presentación de informe periódico por el Estado
    Parte y/o procesos admonitorios (cooperativos).
    Comité de Aplicación.
  • En materia de resolución de controversias
    ambientales en general los Estados pueden acudir
    a los medios de solución políticos ? negociación,
    mediación, investigación, conciliación etc.? o
    jurídicos ? arbitraje y arreglo judicial ?.

22
AMUMas pre-Río
1972-1992
  • Convención sobre la Prevención de la
    Contaminación Marina por Vertimiento de Desechos
    y otras Materias, 1972 (vertidos de buques y
    naves).
  • Convención sobre el Patrimonio Mundial de la
    Humanidad, 1972
  • MARPOL (contaminación producida desde buques)
    1973, 78.
  • Convención de Tráfico de Especies Amenazadas de
    la fauna y la flora silvestres (CITES), 1973
  • Convención sobre Especies Migratorias (CMS), 1979
  • Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho
    del Mar (CONVEMAR), 1982
  • Convención para la protección de la capa de Ozono
    (Convención de Viena, 1985 y Protocolo de
    Montreal, 1987)
  • Convención sobre movimientos transfronterizos de
    residuos peligrosos (Convenio de Basilea), 1989

23
AMUMAs Río
  • Convenio sobre la Diversidad Biológica,
  • Convenio Marco de las NU sobre el Cambio
    Climático,
  • Bases para la formulación y negociación de la
    Convención de Lucha contra la Desertificación y
    la Sequía (1994)

24
AMUMAs post-Río
1992-2002
  • Protocolo de Kioto, CMNUCC, 1998
  • Convenio de Rótterdam sobre Consentimiento
    Informado Previo relativo al Comercio
    Internacional de Sustancias Químicas y
    Plaguicidas Peligrosos (PIC), 1998
  • Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la
    Biotecnología, en el marco del CDB, 2000
  • Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes
    Orgánicos Persistentes (PoPs o COPs), 2001

25
Perspectivas
  • Sinergias
  • Aplicación y cumplimiento
  • Nuevos acuerdos vinculantes
  • RIO 20 Gobernanza Ambiental
    Internacional y Economía verde.

26
  • Muchas gracias
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