Title: Los medios y m
1Los medios y métodos de guerra
- Romaric Ferraro
- Tercer curso sobre derecho internacional
humanitario de la Comisión de Asuntos Jurídicos y
Políticos - Organización de los Estados Americanos
- Washington, D.C, 3 de diciembre 2008
2Temario
- 1) Normas fundamentales relativas a la
prohibición o restricción de las armas y medios
de combate - 2) Régimen convencional específico aplicable a
ciertas armas - 2-1) Armas convencionales
- 2-2) Municiones en racimo
- 2-3) Armas biológicas
- 2-4) Examen de la legalidad de las armas y
métodos de guerra
3Art.35 del Protocolo adicional I de 1977 Normas
fundamentales
- En todo conflicto armado, el derecho de las
partes en conflicto a elegir los métodos o medios
de hacer la guerra no es ilimitado - Queda prohibido el empleo de armas, proyectiles,
materias y métodos de guerra de tal índole que
causen males superfluos o sufrimientos
innecesarios - Queda prohibido el empleo de métodos o medios de
hacer la guerra que hayan sido concebidos para
causar, o de los que quepa prever que causen,
daños extensos, duraderos y graves al medio
ambiente
4Convención de 1980 sobre armas convencionales
- Limitación en la elección de medios y métodos de
guerra - Prohibición del empleo, de armas, proyectiles,
materiales y métodos de hacer la guerra de
naturaleza tal que causen daños superfluos o
sufrimientos innecesarios - empleo de métodos o medios de hacer la guerra que
causen daños extensos, duraderos y graves al
medio ambiente natural
5Opinión de la Corte Internacional de Justicia
- Está prohibido causar sufrimientos innecesarios a
los combatientes consecuentemente, está
prohibido emplear armas que les causen tales
sufrimientos o que agraven innecesariamente su
sufrimiento. En aplicación de este segundo
principio, los Estados no tienen libertad
ilimitada para elegir las armas que emplean. - Licitud de la amenaza o del uso de armas
nucleares, 1996, Corte Internacional de Justicia
6Estudio sobre derecho internacional humanitario
consuetudinario
- Norma 70. Queda prohibido el empleo de medios y
métodos de guerra de tal índole que causen males
superfluos o sufrimientos innecesarios. - Norma 71. Queda prohibido el empleo de armas de
tal índole que sus efectos sean indiscriminados
7Métodos de combate Principios relativos a la
conducción de las hostilidades
- Distinción (art.48 PI)
- Proporcionalidad (art.51.5.b PI)
- Precaución (57 y 58 PI)
8Ataques prohibidos
- Ataques contra la población civil y bienes
civiles - bienes culturales y lugares de culto
- bienes indispensables para la supervivencia
población civil - Medio ambiente
- Obras e instalaciones que contienen fuerzas
peligrosas
9Métodos prohibidos
- La perfidia (PI art.37)
- El terror (PI art.51.2)
- Ataques indiscriminados (PI art. 51.4 )
- Ordenar que no se dé cuartel (PI art. 40)
10Convención de 1980 y Protocolos
- Protocolo I sobre fragmentos no localizables
- Protocolo II sobre minas, armas trampa y otros
artefactos - Protocolo III sobre armas incendiarias
- Protocolo IV sobre armas láser cegador
- Protocolo V restos explosivos guerra
CONVENCION 1980 ARMAS CONVENCIONALES
11Enmienda a la Convención sobre armas
convencionales de 2001
- 2. La presente Convención y sus Protocolos anexos
se aplicarán () a las situaciones a que se
refiere el artículo 3 común a los Convenios de
Ginebra.
12Minas Protocolo II enmendado de 1996 y
Convención de Ottawa de 1997
- Protocolo II de 1996 MINAS, ARMAS TRAMPA Y OTROS
ARTEFACTOS - Convención de Ottawa 1997 MINAS ANTIPERSONAL
13Protocolo sobre restos explosivos de guerra
(Protocolo V)
- 1) Remover los restos explosivos de guerra
- 2) Registar y distribuir toda información sobre
emplazamientos y características - 3) Medidas de protección de la población
- 4) Cooperación y asistencia entre Estados
14Municiones de racimo
- Por munición en racimo se entiende una munición
convencional que ha sido diseñada para dispersar
o liberar submuniciones explosivas, cada una de
ellas de un peso inferior a 20 kilogramos, y que
incluye estas submuniciones explosivas - Artículo 2 (2) de la Convención sobre municiones
en racimo
15Submunición explosiva
- Por submunición explosiva se entiende una
munición convencional que, para desarrollar su
función, es dispersada o liberada por una
munición en racimo y está diseñada para funcionar
mediante la detonación de una carga explosiva
antes del impacto, de manera simultánea al
impacto o con posterioridad al mismo - Artículo 2 (3) de la Convención sobre municiones
en racimo
16Principales disposiciones de la Convención
- Artículo 3
- Almacenamiento y destrucción de reservas
- Artículo 4
- Limpieza y destrucción de restos de municiones
- en racimo y educación sobre reducción de riesgos
- Artículo 5
- Asistencia a las víctimas
- Artículo 6
- Cooperación y asistencia internacional
- Artículo 7
- Medidas de transparencia
- Artículo 8
- Facilitación y aclaración de cumplimiento
- Artículo 9
- Medidas de implementación a nivel nacional
17Iniciativas en materia de municiones de racimo
- Llamamiento del CICR y reunión de expertos de
Montreux - Proceso de Oslo
- Reunión del grupo de trabajo de expertos en el
marco de la Convención sobre armas convencionales
18Iniciativas en Latinoamérica
- Conferencia de Lima sobre municiones en racimo
(23-25 de mayo de 2007) - Conferencia Latinoamericana sobre Municiones en
Racimo (San José, 4 y 5 de septiembre de 2007) - Conferencia Regional para América Latina y el
Caribe sobre Municiones en Racimo (México, 16-17
de abril de 2008) - Conferencia sobre Municiones en Racimo de
Latinoamérica y el Caribe (Quito 6-7 de noviembre
2008)
19Armas Químicas y Biológicas
- Protocolo de 1925
- Convención de 1972 sobre armas biológicas
- Convención de 1993 sobre armas químicas
20Armas biológicas
- Su uso fue prohibido en el Protocolo de 1925
- El desarrollo, la producción y el Almacenamiento
fueron prohibidos en la Convención de 1972
21Medidas nacionales en materia de armas biológicas
- Llamamiento del CICR Controles efectivos
- Res. 1540 Consejo de Seguridad
- Res. 2333 AGOEA
22Armas nuevas art. 36 Protocolo adicional I
- estudie, desarrolle, adquiera o adopte
- nueva arma, o nuevos medios o métodos de guerra
- determinar si su empleo, en ciertas condiciones o
en todas las circunstancias, estaría prohibido - Guía práctica elaborada por el CICR