Title: ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL VICEMINISTERIO DE SALUD AMBIENTAL Y SU ROL EN EL TEMA DE CEM DR. ROBERTO BERROA VICEMINISTRO DE SALUD AMBIENTAL
1ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL VICEMINISTERIO DE
SALUD AMBIENTAL Y SU ROL EN EL TEMA DE
CEM DR. ROBERTO BERROA VICEMINISTRO DE
SALUD AMBIENTAL
2ANTECEDENTES
- Anteriormente el tema de Salud Ambiental era
manejado por la Dirección General de Salud
Ambiental (DIGESA), la cual en su momento era la
responsable de prevenir los factores de riesgos
que afectan la salud de la población. - Esta dirección no contaba dentro de su
estructura con diferentes áreas que son de alta
importancia para la prevención de los posibles
riesgos a la salud de la población.
3ANTECEDENTES
- Esta Dirección estaba conformada por los
siguientes departamentos - Departamento de Control de Riesgos en Alimentos y
Bebidas. - Departamento de Saneamiento Básico.
- Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional.
4ANTECEDENTES
-
- Dentro de aquella estructura no estuvo nunca
contemplado el tema de los campos
electromagnéticos CEM. - Aunque en la Ley General de Salud 42-01 en
sus artículos 101, 105 y 155 numeral 03, esta
contemplado el tema de los campos
electromagnéticos , la Dirección General de Salud
Ambiental (DIGESA) no contemplaba estos temas
dentro su estructura.
5ANTECEDENTES
- Producto de la reestructuración del Ministerio
de Salud Publica y viendo la necesidad de
fortalecer el área salud ambiental por el impacto
y beneficio que tiene a salud de la población,
nace lo que es hoy en día el Viceministerio de
Salud Ambiental.
6BASE LEGAL DEL VICEMINISTERIO DE SALUD AMBIENTAL
(VMSA).
- Ley General de Salud 42-01
- Capitulo V De la Salud Ambiental.
7VICEMINISTERIO DE SALUD AMBIENTAL. VMSA
- Es el encargado de evaluar, corregir,
controlar y prevenir aquellos factores en el
medio ambiente que pueden potencialmente afectar
adversamente la salud de la población.
8VICEMINISTERIO DE SALUD AMBIENTAL. VMSA
- MISIÓN
- Promover, impulsar ambientes y entornos
favorables a la salud individual, familiar y
colectiva, mediante el mejoramiento, control y
corrección de los factores de riesgos del medio
físico, químico, biológico y psicosocial que
tienen repercusión directa a la salud. - VISIÓN
- Contribuir al desarrollo humano sostenible
del país mediante acciones de prevención y
control de los riesgos ambientales que afectan la
salud.
9ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
- El Viceministerio de Salud Ambiental esta
conformado por tres direcciones - Dirección de Gestión de Riesgos en Alimentos.
- Dirección de Gestión Ambiental y Saneamiento
Básico. - Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional.
10DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE RIESGOS EN
ALIMENTOS
- Objetivo General
- Identificar, controlar y minimizar los
factores de riesgos en alimentos que puedan
afectar salud de la población. - Reglamentar y normalizar la elaboración ,
fabricación, transportación, expendio y
almacenamiento de los alimentos que se le
suministran a las personas.
11DIRECCION DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SANEAMIENTO
BÁSICO
- Objetivo General
- Controlar y minimizar la exposición de la
población en general a los factores de riesgos
ambientales que afecten la salud, así como
también la aplicación y la creación de normas,
leyes y procedimientos que contribuyan a las
disminución y control de los riesgos ambientales.
12DIRECCIÓN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
- Objetivo General
- Implementar las Política Institucionales en
salud y seguridad ocupacional para promover la
salud integral de los trabajadores y
trabajadoras. Vigila los factores de riesgos que
puedan alterar o deteriorar la salud de los
trabajadores, o causar impactos en el vecindario
del establecimiento laboral. - Fiscaliza, asesora, capacita, controla y da
seguimiento a los programas de prevención con la
finalidad de reducir la siniestralidad laboral,
mejorar la productividad y la calidad de vida de
los trabajadores.
13VICEMINISTERIO DE SALUD AMBIENTAL VMSA
- El Viceministerio de Salud Ambiental ante la
necesidad y preocupación por el tema de campos
electromagnéticos CEM y sus posibles efectos a la
salud crea la división de riesgos por energía. - Esta división de riesgos por energía recae
dentro de la estructura del Viceministerio de
Salud Ambiental en la Dirección de Salud y
Seguridad Ocupacional. - Siendo esta división un área transversal con
la demás direcciones está directamente
relacionada con la Dirección de Gestión Ambiental
y Saneamiento Básico.
14DIVISIÓN DE RIESGOS POR ENERGIA
- Funciones Principales
- Monitorear la exposición de los trabajadores y
la población en general por la emisión de
radiaciones ionizantes en centros de salud y
afines. - Promover y desarrollar investigaciones, estudios
aplicados en el ámbito de riesgo por energía. - Participar y ejecutar actividades afines con
Proyectos de Cooperación con organismos o
instituciones científicas nacionales o
internacionales.
15DIVISIÓN DE RIESGOS POR ENERGIA
- Promover, desarrollar y participar en la
confección de regulaciones, normas y guías
técnicas apropiadas en nuestro país. - Contribuir con otras instituciones para mejorar
el desarrollo de la referencia, investigación,
entre otras. - Crear procedimientos de muestreo y técnicas de
medición necesarios para evaluar las exposiciones
a radiaciones en los lugares de trabajo y el
medio ambiente.
16DIVISIÓN DE RIESGOS POR ENERGIA
- Desarrollar, promover, difundir y capacitar sobre
estrategias de prevención en materias de las
radiaciones ionizantes y no ionizantes.
17BASE LEGAL DE LA DIVISIÓN DE RIESGO POR ENERGIA
- Ley General de Salud 42-01
- Art. 101.- Los profesionales o los directores
técnicos de establecimientos de salud en los que
se utilice material radioactivo natural o
artificial, o aparatos diseñados para la emisión
de radiaciones ionizantes con fines de
diagnóstico, de terapia médica y odontológica o
de investigación científica, deberán solicitar a
la MISP permiso que avale sus actividades, sin
desmedro de las atribuciones que en esta materia
le competen a la Secretaría de Estado de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
18BASE LEGAL DE LA DIVISIÓN DE RIESGO POR ENERGIA
- Art. 105.- Toda persona física o jurídica que
desee instalar cualquiera de los laboratorios
mencionados, deberá solicitar autorización a la
SESPAS con la identificación del propietario del
establecimiento y el tipo de actividad que
realizará. Acompañará los antecedentes que
acrediten que el local y sus instalaciones,
equipos, instrumental y personal, así como los
materiales y reactivos de que dispongan aseguren
la idoneidad de operación y la validez técnica de
su análisis. Igualmente, deberá asegurarse de que
el cumplimiento de los requisitos mencionados
evite riesgos para su personal y para la
comunidad, que puedan derivarse, especialmente,
de la existencia de especímenes de enfermedades
transmisibles o del uso de material radiactivo,
sin desmedro de los permisos y autorizaciones que
deban ser expedidos por otras instituciones y
autoridades en la materia, conforme la
legislación vigente. -
-
19BASE LEGAL DE LA DIVISIÓN DE RIESGO POR ENERGIA
- PÁRRAFO.- Para garantizar su uso apropiado,
todos los insumos y reactivos de laboratorio,
deberán inscribirse en el Registro de Insumos y
Reactivos de Laboratorio de la MISP, previa
consulta con la Secretaria de Estado de Medio
Ambiente y Recursos Naturales en los casos que se
trate de sustancias y productos peligrosos.
20BASE LEGAL DE LA DIVISIÓN DE RIESGO POR ENERGIA
- Art. 155.- Constituyen delitos y se castigarán
con pena de tres (3) meses a dos (2) años de
prisión correccional o con multas que oscilarán
entre quince y veinticinco veces el salario
mínimo nacional, establecido por la autoridad
legalmente competente para ello o por la ley o
ambas penas a la vez, las siguientes
infracciones - 3.- Usar material radiactivo, natural o
artificial, o aparatos diseñados para la emisión
de radiaciones ionizantes en los establecimientos
de salud, en los casos de tratamiento individual,
sin permiso de la SESPAS, para cada tipo de
operación.
21PARTICIPACIÓN EN EVENTOS DE CAMPOS
ELECTROMAGNETICOS. CEM
- Foro de Protección Contra la Radiaciones No
Ionizantes. OMS, (Paris, Francia).
22ASPECTOS RELACIONADOS A CEM
- Preocupación de la ciudadanía en la Instalación
antenas telefónicas. - Exposición humana de todos los dispositivos que
emiten CEM dentro del hogar o el ambiente de
trabajo. - Calibración de los dispositivos que emite CEM en
los centros de salud.
23ACCIONES DE SEGUIMIENTO
- Posible acuerdo con el Instituto Dominicano de
las Telecomunicaciones (INDOTEL) para realizar un
plan de trabajo en conjunto. - Elaborar y/o colaborar con el desarrollo de
guías, normas o reglamentaciones. - Capacitación a la población.
- Preparación de los técnicos en el tema de CEM.
- Adquisición de equipos de monitoreo.
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