SEMINARIO HACIA LEYES DE VANGUARDIA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACI - PowerPoint PPT Presentation

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SEMINARIO HACIA LEYES DE VANGUARDIA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACI

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Title: SEMINARIO HACIA LEYES DE VANGUARDIA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACI


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SEMINARIO HACIA LEYES DE VANGUARDIA EN MATERIA DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
  • Áreas de oportunidad en las leyes de
    transparencia y acceso a la información pública
    en las entidades federativas
  • Diputado Luis Gustavo Parra Noriega
  • Abril 8, 2011

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CONTENIDO
  • Antecedentes.
  • Planteamiento del problema.
  • Objetivos de la reforma al artículo 6º
    Constitucional.
  • Principios y Bases operativas del Derecho de
    Acceso a la Información.
  • Referentes normativos.
  • Hallazgos de los estudios realizados.
  • Áreas de Oportunidad.
  • Conclusiones.

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Antecedentes
Reforma al Artículo 6º CPEUM D.O.F. 20 julio 2007
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental D.O.F. 11 junio
2002
EVOLUCIÓN DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 6º CPEUM
Reformas a la Constitución de 1977 Artículo 6º
El derecho a la información será garantizado
por el Estado
Constitución de 1917 Artículo 6º Consagraba la
libertad de expresión.
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Planteamiento del problema
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
    Información Pública Gubernamental del año 2002
  • Posterior a la entrada en vigor de la LFTAIPG,
    los estados empezaron a regular el tema.
  • Para 2007, todos los estados contaban con una
    Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
  • PROBLEMÁTICA
  • Se legisló con heterogeneidad el derecho de
    acceso a la información.
  • Se identificaron asimetrías importantes entre las
    diversas leyes locales que
  • regulan la materia.
  • Los requisitos para ejercitar el derecho de
    acceso a la información eran
  • distintos dependiendo de la entidad federativa
    que se tratara.

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Objetivos de la reforma al artículo 6º CPEUM
  • Establecer un mínimo a nivel nacional que haga
    congruente, coherente y no contradictorio el
    ejercicio del derecho fundamental de acceso a la
    información.
  • Establece las condiciones mínimas que aseguran el
    derecho de toda persona a tener acceso a la
    información pública.
  • La transparencia se extiende a todos los niveles
    de gobierno federal, estatal y municipal
    estableciendo obligaciones mínimas e iguales de
    transparencia para ser cumplidas por todos los
    niveles de gobiernos del país federal, estatal y
    municipal.
  • Establecer los criterios mínimos que los Estados
    y la Federación deberán de tomar en cuenta para
    legislar en la materia.
  • Establecer los principios y bases que rigen el
    derecho de acceso a la información pública
    gubernamental en todo el país.

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Artículo 6º CPEUMPrincipios y Bases operativas
del Derecho de Acceso a la Información
IV.
Mecanismos de acceso a la información y
procedimientos de revisión expeditos y órganos u
organismos especializados e imparciales, y con
autonomía operativa, de gestión y de decisión.
I.
Principio de Máxima Publicidad.
II.
Información Confidencial Derecho a la vida
privada y protección de datos personales.
V.
Archivos administrativos actualizados y
publicidad de indicadores de gestión, así como
del ejercicio de recursos públicos.
III.
  • VI.

Universalidad en el ejercicio del derecho de
acceso a la información, (cualquier persona puede
hacer uso de ese derecho), y carácter gratuito
del acceso.
Publicidad de la información sobre recursos
públicos entregados a personas físicas o morales.
VII.
Sanciones por incumplimiento.
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Referentes normativos
  • Código de Buenas Prácticas. CIDE, IIJ, IFAI.
  • Estudio de la Métrica de la Transparencia,
    CIDE-COMAIP.
  • Índice del Derecho de Acceso a la Información en
    México, Fundar y Article XIX.
  • Ley modelo Interamericana sobre Acceso a la
    Información Pública, elaborada por la
    Organización de Estados Americanos.

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Hallazgos de los estudios realizados
  • Fortalezas Avance en la calidad de la
    legislación y en capacidades institucionales.
    (Existen portales, se dan respuestas a las
    solicitudes y existen órganos garantes con
    autonomía razonable.
  • Asimetrías importantes en materia de Calidad
    normativa, calidad de portales, procedimientos de
    acceso (tiempo-calidad-mecanismos de pago) y
    capacidad institucional.
  • Ventanas de oportunidad para mejorar
    sustantivamente Mecanismos de acceso, calidad de
    la información, orientación de los portales,
    visión y profesionalización de los responsables y
    uso del derecho de acceso a la información.
  • Fuente www.metricadelatransparencia.cide.edu

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Hallazgos de los estudios realizados
Quince focos rojos en materia de legislación
Hallazgos de los estudios realizados
Variable Cumplimiento en
1. Relación de servidores públicos comisionados. 6
2. Órgano garante puede ordenar generar información cuando sea posible. 9
3. Supletoriedad del Órgano garante frente a municipios. 15
4. No aplica secreto fiduciario a entidades públicas. 15
5. No aplica secreto bancario a entidades públicas. 18
6. Perfil de puesto de servidores públicos como IPO. 18
7. IPO específica en materia de seguridad pública. 21
8. IPO específica para universidades e IPES 21
9. Reserva para información que menoscabe el patrimonio de una entidad pública. 21
10. Niveles de protección de datos personales. 21
11. Positiva o negativa ficta en caso de recurso de revisión no resuelto en plazo legal. 21
12. IPO específica en materia de Procuración de Justicia. 24
13. IPO específica para la Comisión de Derechos Humanos. 27
14. Obligación de contar con buscadores temáticos. 27
15. Archivos administrativos deben tener 3 niveles. 27
IPOInformación pública de oficio.
Fuente Métrica de la transparencia 2010
CIDE-COMAIP. www.metricadelatransparencia.cide.edu
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Áreas de Oportunidad
  • Establecer obligaciones de transparencia de
    oficio para cada autoridad de acuerdo a su
    naturaleza específica, independientemente de la
    información común que todas las autoridades deben
    difundir en internet.
  • Es así que en la ley debe preverse información
    particular que deberán publicar el Poder
    Ejecutivo, el Poder Judicial, el Poder
    Legislativo, el Instituto Electoral, la Comisión
    de Derechos Humanos, las Universidades e
    Instituciones de Educación Superior a las que la
    ley otorgue autonomía, entre otros.

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Áreas de Oportunidad
  • Establecer mecanismos de rendición de cuentas de
    los Sujetos Obligados a los órganos garantes.
  • Promover la publicidad de las sesiones de los
    órganos garantes, así como de sus resoluciones.
  • Establecer modalidades para iniciar solicitudes
    de acceso a la información, tales como correo
    electrónico o vía fax.
  • Fomentar la Cultura de la Transparencia.

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Áreas de Oportunidad
  • Calidad de la Información Promover que la
    información que por obligación difunde el
    gobierno sea oportuna y veraz, a través de
  • a) La utilización de un lenguaje claro y
    accesible que facilite la comprensión de la
    información pública
  • b) Actualización de la información, así como
    difusión de la fecha en que fue actualizada.
  • c) Indicar el área o servidor público responsable
    de la información publicada.
  • d) Señalar puntualmente en los portales de los
    sujetos obligados el sitio donde se encuentre la
    información correspondiente a las obligaciones de
    transparencia.
  • e) Existencia de buscadores temáticos.

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Áreas de Oportunidad
  • Fortalecimiento del Órgano Garante
  • Dotar al órgano garante de autonomía.
  • Definitividad de las resoluciones de los órganos
    garantes.
  • Prever mecanismos de designación que garanticen
    la independencia de los Comisionados.
  • Evitar posibles conflictos de interés de los
    Comisionados al conocer determinados asuntos.
  • Establecer mecanismos de remoción que eviten
    destituciones cuando se afecten intereses
    políticos de los poderes del Estado.
  • Servicio Profesional de Carrera para contar con
    funcionarios especializados en el tema.

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Áreas de Oportunidad
  • Otorgar al órgano garante la facultad de
    conciliar entre el particular y el sujeto
    obligado.
  • Procedencia del recurso de revisión para los
    casos en que el Sujeto Obligado señale que la
    información es inexistente.
  • Sanciones Prever mecanismos que faculten a los
    órganos garantes a denunciar ante las autoridades
    competentes, infracciones a la ley o los faculte
    a sancionar de forma directa.

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Áreas de Oportunidad
  • Transparencia en Partidos Políticos
  • Incorporar a los Partidos Políticos como sujetos
    obligados directos, es decir como sujetos a la
    autoridad de los órganos de transparencia.
  • Transparencia en Sindicatos
  • Considerar a los sindicatos como sujetos
    obligados por la Ley cuando reciben recursos
    públicos.

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Áreas de Oportunidad
  • Incorporar a las personas físicas o morales que
    ejerzan recursos públicos como sujetos a las
    leyes de transparencia.
  • Obligación de documentar todo acto que derive del
    ejercicio de las facultades de los entes
    públicos, lo cual es importante cuando es negado
    el acceso a la información invocando la
    inexistencia de la misma.
  • Promover la transparencia en los Sistemas de
    procuración y administración de justicia,
    garantizando el acceso a los expedientes y
    resoluciones que emita la autoridad, sin
    necesidad de esperar hasta que se agoten las
    etapas de impugnación del procedimiento,
    respetando las excepciones que expresamente
    establezca la ley.

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Áreas de Oportunidad
  • Archivos
  • Obligación para los sujetos obligados de contar
    con archivos administrativos actualizados.
  • Prever que los archivos administrativos consten
    al menos de tres niveles fondo, sección y serie
    documental.
  • Series documentales para el caso de documentos
    reservados o confidenciales.

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Áreas de Oportunidad
  • Protección de datos personales
  • Principales Hallazgos
  • Los principios que regulan la materia están sólo
    parcialmente contenidos en las leyes.
  • En muchos ordenamientos, no está suficientemente
    regulado el procedimiento para ejercer los
    derechos ARCO.
  • Medidas de seguridad Tipos y niveles de
    seguridad.
  • Ausencia de un procedimiento explícito para la
    transmisión de bases de datos personales entre
    entidades gubernamentales, como una excepción a
    la solicitud del consentimiento de los titulares.
  • No se prevé en las legislaciones algún mecanismo
    para asegurar la identidad del solicitante, es
    necesario reflexionar sobre la manera de
    acreditar la personalidad cuando la solicitud de
    acceso a datos personales, se hace a través de
    medios electrónicos.
  • Fuente www.metricadelatransparencia.cide.edu

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Áreas de Oportunidad
  • Protección de datos personales en posesión de
    entes públicos.
  • Colima, D.F., Guanajuato y Oaxaca, cuentan con
    leyes especiales en materia de Protección de
    Datos, los demás estados lo regulan en sus
    respectivas Leyes de Transparencia.
  • Qué debe contener la legislación en materia de
    protección de datos personales?
  • Principios
  • Derechos ARCO
  • Regulación del procedimiento
  • Niveles de protección
  • Transferencia de datos personales
  • Promoción de la cultura de protección de datos
    personales.

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Áreas de Oportunidad
  • Asegurar en el Presupuesto de Egresos del Estado
    la creación de una partida etiquetada de
    recursos públicos para que los Ayuntamientos los
    destinen exclusivamente para la adquisición de
    aparatos de computación, de escaneo, y demás
    tecnología utilizada para el cumplimiento de sus
    obligaciones en materia de acceso a la
    información pública, como es la de desahogo de
    solicitudes de información y la conformación de
    una página web o portal que permita vía internet
    poner a disposición de cualquier persona la
    información de oficio, a fin de que el ejercicio
    de dicho derecho sea sencillo, pronto y oportuno.

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Áreas de Oportunidad
  • Ampliar la información que las autoridades o
    entidades públicas estatales y municipales tienen
    como obligación de difundir o poner en internet,
    como sería
  • 1. Un extracto de las declaraciones patrimoniales
    de los servidores públicos de mando superior o
    equivalente
  • 2. La relación de las comisiones efectuadas por
    los servidores públicos en la que se especifique
    el nombre y cargo de éstos, los lugares a los que
    fueron comisionados, el motivo, las fechas de
    inicio y término de las mismas, así como los
    montos de los viáticos otorgados y ejercidos para
    ese propósito y,
  • 3. Las condiciones generales de trabajo,
    contratos o convenios que regulen las relaciones
    laborales del personal sindicalizado y de
    confianza que se encuentre adscrito a los sujetos
    obligados y los recursos económicos o en especie
    que por cualquier motivo se hayan entregado a los
    sindicatos, incluso los donativos y el monto
    global de las cuotas sindicales.

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Conclusiones
  • Garantizar el Derecho de Acceso a la Información
    fortalecerá la confianza ciudadana en las
    instituciones públicas.
  • Es necesario que las legislaciones estatales en
    materia de transparencia y protección de datos
    personales, cumplan con los principios y bases
    operativas, establecidas en el artículo 6
    constitucional, para evitar asimetrías en el
    derecho de acceso a la información.
  • Para lograr que exista transparencia y un
    verdadero derecho de acceso a la información, es
    necesario que existan buenas leyes, así como
    políticas públicas que promuevan su ejercicio.

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Conclusiones
  • Un órgano garante institucionalmente fuerte,
    potencializará una adecuada legislación en
    materia de transparencia.
  • Es necesario fortalecer la legislación en materia
    de Protección de datos personales en posesión de
    entes públicos, de acuerdo a lo establecido en el
    artículo 16 de la CPEUM, ya sea con un capítulo
    previsto en la Ley de Transparencia, o bien con
    una ley independiente. Actualmente existe una
    tendencia en los estados a generar dos cuerpos
    normativos independientes Ley de Transparencia y
    Acceso a la Información Pública y Ley de
    Protección de Datos Personales.

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Conclusiones
  • La labor de difusión del derecho de acceso a la
    información, así como del derecho a la protección
    de datos personales entre la sociedad, es
    indispensable para su efectivo ejercicio y su
    exigibilidad.

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SEMINARIO HACIA LEYES DE VANGUARDIA EN MATERIA DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
  • Áreas de oportunidad en las leyes de
    transparencia y acceso a la información pública
    en las entidades federativas
  • Luis Gustavo Parra Noriega
  • lguspan_at_yahoo.com.mx
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