Title: Presentacin de PowerPoint
1Presentación ante el Congreso de la República
OPINION SOBRE PROYECTO DE LEY QUE PROPONE
ELIMINAR COBRO DE COMISIONES POR SERVICIOS
FINANCIEROS
04 octubre 2006
Enrique Arroyo Rizo Patrón Gerente General de
ASBANC.
2AGENDA
- Precisiones
- Sistema Bancario
- Tasas de Interés
- Comisiones
- 2. Proyecto de Ley Nº 184/2006-CR
- Análisis de Exposición de Motivos
- Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras - Análisis Legal del cobro de Comisiones
Financieras - 3. Consideraciones y Recomendaciones
31. PRECISIONES
4Sistema Bancario Peruano
- El 91 del dinero que intermedia la banca
pertenece al público. - Agosto 2006
- Deudores 2613,000.
- Depositantes 5491,000.
- El sistema bancario peruano es pequeño en
Latinoamérica. -
- Activos a junio 2006 Perú US 24,037 mills.
- Chile US 122,685 mills.
5 Qué es la Tasa de Interés ?
- Pago por el uso de fondos prestables brindados
por las entidades financieras. - Composición costo de fondeo (tasa pasiva),
encaje, riesgo crediticio (morosidad), costo por
ejecución de garantías, costos administrativos y
operativos, costos de regulación y margen. - Características pago constante y periódico por
el uso del dinero prestado durante determinado
plazo.
6 Qué es la Comisión Financiera?
- Pago por el uso de un servicio brindado por las
entidades financieras sustentado técnicamente. - Composición costos de personal, administrativos,
operacionales y tecnológicos. - Características pago circunstancial que depende
de la modalidad y la frecuencia de uso del
servicio.
7 Cuál es la tendencia en el mundo ?
- En los mercados más desarrollados la
participación de los ingresos por comisiones en
función de los ingresos totales ha venido
aumentando. - Se ofrecen tasas de interés cada vez más
competitivas tanto para préstamos como para
ahorros. - Se aplican comisiones cada vez más específicas
por los servicios que prestan, principalmente en
función de las modalidades y canales de atención. - La ventaja de las comisiones para el cliente es
que individualiza el servicio en función a la
necesidad de uso de cada persona y no lo
generaliza.
82. PROYECTO DE LEY Nº 184/2006-CR
9Análisis de Exposición de Motivos
- 1. El Proyecto de Ley dice
- El Proyecto de Ley pretende establecer la
transparencia y equidad respecto al cobro de
comisiones bancarias y financieras... - Análisis
- Actualmente existen normas para la protección del
consumidor, y en particular sobre el cliente
financiero entre ellas - Dic. 2000 D.S. Nº 039-2000-ITINCI. Texto Unico
Ordenado del D.L. 716, Ley de Protección al
Consumidor. - Jul. 2005 Ley Nº 28587. Ley complementaria a la
Ley de Protección al Consumidor en materia de
Servicios Financieros. - Dic. 2005 Res. SBS Nº 1765-2005. Reglamento de
Transparencia de Información y disposiciones
aplicables a la contratación con usuarios del
Sistema Financiero. - May. 2006 Res. SBS Nº 557-2006. Modificaciones
al Reglamento de Transparencia de información y
disposiciones aplicables a la contratación con
usuarios del sistema financiero. - Ago. 2006 Res. SBS Nº 1106-2006. Modifica el
Reglamento de Transparencia de Información y
disposiciones aplicables a la contratación con
usuarios del sistema financiero.
10Análisis de Exposición de Motivos
2. El Proyecto de Ley dice Los ingresos de los
bancos por comisiones en relación a ingresos
totales han ido en permanente aumento en los
últimos años Análisis Hasta el 2004 los
ingresos por comisiones como porcentaje de los
ingresos totales aumentaron debido a la
contracción de los ingresos financieros. En el
2005 dicho indicador cayó como resultado de la
mayor competencia.
11 El aumento del indicador hasta el 2004 se
explicó principalmente por la contracción de los
ingresos financieros y no por el aumento de las
comisiones. En el 2005 disminuyó el indicador
como consecuencia de la mayor competencia,
transparencia y difusión de la información.
12Análisis de Exposición de Motivos
- 3. El Proyecto de Ley dice
- La simple difusión de información no es
suficiente como instrumento para promover más
competencia y bajar el costo del crédito - Análisis
- La difusión de información es un instrumento de
la transparencia, la cual fomenta la competencia
y conlleva a la reducción tanto del costo del
crédito como de las comisiones. - La eliminación indiscriminada de comisiones en
ningún caso podría mejorar la actual situación de
ardua competencia por el contrario, podría
generar distorsiones en el mercado.
13Análisis de Exposición de Motivos
- 4. El Proyecto de Ley dice
- La baja bancarización existente en el Perú tiene
como una de sus causas los altos costos y el bajo
rendimiento de la banca peruana - Análisis
- Las causas del bajo nivel de bancarización son
el alto grado de informalidad, el alto nivel de
burocratización, la baja cultura financiera, el
lento proceso de ejecución de garantías, la
inestabilidad jurídica, ITF, etc. - Las empresas financieras generan cada vez más
sujetos de crédito a través de la oferta de
productos con mayor cobertura de atención en Lima
y provincias. - La libre competencia y el desarrollo económico
permitieron el buen desempeño de la banca
peruana, con adecuados niveles de liquidez,
solvencia, solidez y rentabilidad, lo que fomentó
mayor confianza del público y el incremento de la
bancarización.
14Análisis de Exposición de Motivos
5. El Proyecto de Ley dice En Chile, la
normativa vigente contempla principios generales
para el establecimiento de tarifas que apliquen
las instituciones del sistema financiero, por lo
que se va más a allá de cautelar la sola
transparencia y se incluye criterios (principios)
generales para la fijación de tarifas
(comisiones) bancarias Análisis En Perú
mediante el Reglamento de Transparencia de
Información y disposiciones aplicables a la
contratación con usuarios del Sistema Financiero
(Resolución S.B.S. Nº 1765-2005) también se
establecen los principios para la determinación
de las comisiones.
15Análisis de Exposición de Motivos
6. El Proyecto de Ley dice Esta ley busca
complementar las disposiciones de la Ley de
Protección al Consumidor, logrando la
transparencia en la información y estableciendo
que las empresas están obligadas a brindar a los
usuarios toda la información que éstos demanden
de manera previa a la celebración de cualquier
contrato propio de los servicios que
brindan Análisis La Ley 28587 y su reglamento
han logrado la transparencia mediante la
obligación de mantener a disposición de los
clientes en los puntos de atención copia de todos
los contratos de operaciones activas y pasivas, y
una vez efectuada la operación debe entregar la
hoja resumen y el costo efectivo anual que
comprende intereses, comisiones y gastos.
16Análisis de Exposición de Motivos
7. El Proyecto de Ley dice Se ha producido la
reciente emisión de la Resolución Nº
1106-2006-SBS emitida por la Superintendecia de
Banca y Seguros, mediante la cual se ha realizado
la eliminación de algunas comisiones bancarias
consideradas abusivas... si bien esta medida ha
sido positiva, se considera necesario eliminar
otras comisiones que son igualmente abusivas y
perjudiciales para los usuarios... Análisis Me
diante la Resolución SBS Nº 1106-2006 ya se
identificaron los cargos que no se adecuan a los
criterios establecidos en el Reglamento de
Transparencia de Información para tener la
calidad de comisiones o gastos, y se procedió a
su eliminación. Por lo tanto, consideramos
innecesaria la aprobación de una Ley adicional,
ya que las comisiones que se pretenden eliminar
si implican la prestación de un servicio
efectivo, tienen justificación técnica e
involucran un gasto real y demostrable para la
entidad que brinda el servicio.
17Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
- El Proyecto de Ley pretende eliminar las
siguientes comisiones - A. Comisión por pago anticipado.
- B. Comisión por disposición de efectivo en
cajeros automáticos. - C. Comisión por consulta de saldos de cuenta en
cajeros automáticos. - D. Comisión de mantenimiento para ahorros menores
a 1 UIT. - E. Comisión por gastos administrativos para
operaciones activas o pasivas relacionadas a
montos menores a 1 UIT. - F. Comisión por transacciones en ventanilla para
operaciones activas o pasivas relacionadas a
montos menores a media UIT.
18Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
A. Comisión por pago anticipado
1. Sustento del Proyecto de Ley Penaliza al
buen pagador por prepagar un crédito. El banco al
recobrar la totalidad de su capital y sus
intereses compensatorios elimina el riesgo
inherente a todo crédito y recibe el saldo total
antes, y en un sólo pago. No hay sustento para
que adicionalmente pretenda recibir un pago
adicional. Es una sobreganancia sin fundamento.
19- 2. Análisis
- Toda colocación (activo) tiene como
contrapartida un fondeo (pasivo), la cual tiene
que mantener el calce de tasa de interés, plazo y
moneda. - El pago anticipado de una colocación expone a
las entidades financieras a asumir el riesgo de
descalce, le genera un costo operativo para
recolocar el activo. - El activo debe recolocarse por el plazo
remanente del fondeo a las nuevas tasas del
mercado. - El pago anticipado total o parcial de la
colocación implica el recálculo del mismo, así
como la reformulación de los cronogramas de pago,
etc. - La comisión busca cubrir estos costos, y su
magnitud depende del plazo remanente, el
movimiento de las tasas de interés, y moneda.
20- Situación del mercado peruano
- El efecto de las normas de transparencia y el
desarrollo del sistema financiero peruano permite
la competencia de los agentes y la libre elección
de los consumidores. Así, actualmente existen
siete entidades financieras que aplican el cobro
de la comisión por pago anticipado, mientras que
cinco no realizan dicho cobro. - Situación en América Latina(Bolivia, Brasil,
Chile, Ecuador, El Salvador, Honduras, México,
Panamá y Paraguay) - Si cobran
- Los bancos, según sus políticas formalmente
aprobadas, establecen los casos (por tipo de
créditos, plazos, montos, etc.) en los cuales se
aplica la comisión - Usualmente se relacionan a los créditos de largo
plazo.
21Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
B. Comisión por disposición de efectivo en
cajeros automáticos
- 1. Sustento del Proyecto de Ley
- Por estas operaciones hay una altísima tasa de
interés compensatorio que cubre en exceso
cualquier gasto. El cobro adicional vía esta
comisión es una sobreganancia sin sustento. - 2. Análisis
- La tasa de interés está referida propiamente a
la operación crediticia otorgada mediante tarjeta
para adquisición de bienes y servicios. - La comisión por disposición de efectivo está
vinculada a los costos de reabastecimiento del
cajero, mantenimiento del equipo, seguridad,
entre otros.
22- Situación del mercado peruano
- El concepto de disposición de efectivo se refiere
al retiro de dinero a través de una tarjeta de
crédito. Actualmente todas las entidades
financieras cobran esta comisión. - Situación en América Latina(Bolivia, Brasil,
Chile, Ecuador, El Salvador, Honduras, México,
Panamá y Paraguay) - Sí cobran.
- En los diferentes países existen varias Redes de
Cajeros Automáticos a las cuales los bancos están
afiliados. - Cada red establece su propio tarifario.
23Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
C. Comisión por consultas de saldos de cuenta en
cajeros automáticos
1. Sustento del Proyecto de Ley No se
especifica 2. Análisis La comisión por
consultas de saldos de cuenta en cajeros
automáticos está vinculada a los costos de
mantenimiento del equipo, así como su seguridad,
entre otros.
24- Situación del mercado peruano
- Las entidades financieras brindan productos y
servicios con diferentes modalidades y ventajas,
entre ellas cuentas de ahorro que permiten
realizar un número determinado de consultas de
saldos al mes exonerados del cobro de comisión.
No obstante, actualmente hay una entidad que
permite consultas ilimitadas con costo cero. - Situación en América Latina(Bolivia, Brasil,
Chile, Ecuador, El Salvador, Honduras, México,
Panamá y Paraguay) - Sí cobran.
- En algunos países, como en Perú, se ofrece al
público un número limitado de consultas de saldo
libres de costo. Ello varía dependiendo de la
política interna de cada institución. - Se fomenta el uso de Banca por Internet que no
tiene costo.
25Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
D. Comisión de mantenimiento para ahorros menores
a 1 UIT ( S/. 3,400 )
1. Sustento del Proyecto de Ley Este cobro
literalmente pulveriza mensualmente los ahorros
de los pequeños ahorristas. Su ahorro se
convierte en desahorro. Esta comisión cobrada
indiscriminadamente, opera como una barrera de
acceso en contra de los sectores de menores
ingresos y atenta contra la bancarización de
estos sectores.
26- 2. Análisis
- Cubre los costos asociados a los sistemas y
servicios utilizados por los clientes al realizar
transacciones con sus cuentas. - Estos sistemas y servicios incluyen las
plataformas electrónicas que soportan las
cuentas, las áreas de operaciones que manejan y
procesan las cuentas, los servicios de banca
telefónica, estado de cuenta, entre otros. - A mayor transaccionalidad mayor costo, debido al
uso de los canales de la institución financiera.
27- Situación del mercado peruano
- Actualmente hay un abanico de alternativas de
cuentas de ahorro (hasta siete) en función del
uso de la cuenta. Existen diez entidades que
ofrecen la cuenta de ahorro cero mantenimiento,
la cual no cobra comisión. El cobro se aplica
cuando el cliente no mantiene el saldo mínimo
requerido en la cuenta, el cual varía dependiendo
de la entidad. - Situación en América Latina(Bolivia, Brasil,
Chile, Ecuador, El Salvador, Honduras, México,
Panamá y Paraguay) - Sí cobran.
- Por lo general, el cobro de dicha comisión se
aplica cuando no se mantiene el saldo mínimo en
la cuenta establecido según política interna de
cada institución.
28Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
E. Comisión por gastos administrativos para
operaciones activas o pasivas relacionadas a
montos menores a 1 UIT ( S/. 3,400 )
1. Sustento del Proyecto de Ley El razonamiento
del punto anterior le es plenamente aplicable.
2. Análisis La comisión se refiere al cobro
por un servicio que presta la empresa mientras
que el gasto se refiere al costo que ésta
incurre con terceros para brindar un servicio al
cliente.
29- Situación del mercado peruano
- Los gastos administrativos no se cobran en
productos pasivos y en el caso de productos
activos se traslada el cobro porque involucran
los servicios de generación y envío de notas de
cargo y abono, portes, gastos notariales, entre
otros. Actualmente existen cinco entidades que
no cobran los gastos administrativos a los
clientes. - Situación en América Latina(Bolivia, Brasil,
Chile, Ecuador, El Salvador, Honduras, México,
Panamá y Paraguay) - Se cobran tarifas por prestación de servicios
(gastos administrativos). - Las tarifas se cobran para resarcir los costos
relacionados al servicio ofrecido a los clientes,
y su valor depende de la tecnología y
sofisticación del proceso utilizado. - Por lo general son valores fijos establecidos
por cada institución financiera.
30Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
F. Comisión por transacciones en ventanilla para
operaciones activas o pasivas relacionadas a
montos menores a media UIT ( S/. 1,700 )
- 1. Sustento del Proyecto de Ley
- Se penaliza indiscriminadamente el uso de
ventanillas perjudicando a los pequeños
ahorristas que deberían ser excluidos de tal
cobro. - 2. Análisis
- La principal razón de este cobro es la existencia
de costos operativos (planillas, alquiler de la
agencia, seguridad, etc.) y pagos de servicios
(agua, luz, telefonía, etc.) que la entidad
financiera incurre para atender los
requerimientos del público que se acerca a las
agencias.
31- Situación del mercado peruano
- En el mercado peruano existen cuatro entidades
que no cobran por dicho concepto al mismo tiempo
coexisten con ocho entidades que dan un número de
operaciones libres y no está en función del
monto. - El costo estimado por una transacción en
ventanilla oscila entre US 1.20 y US 1.50, y la
entidad financiera las brinda desde sin costo
hasta US 1.00. - Cada transacción vía internet tiene un costo
estimado entre US 0.02 y US 0.04, y la entidad
financiera las ofrece libre de costo. - Situación en América Latina(Bolivia, Brasil,
Chile, Ecuador, El Salvador, Honduras, México,
Panamá y Paraguay) - Sí cobran.
- Depende de la política interna de cada
institución. - Se fomenta el uso de banca por internet, cajeros
automáticos y los débitos y créditos automáticos.
32Análisis Técnico del cobro de Comisiones
Financieras
- Resumen
- La eliminación y limitación de las comisiones
conlleva a distorsiones en los precios del
mercado e ineficiencias en la gestión financiera
y en la asignación de recursos. - El control de precios (tasas y comisiones) en el
sistema financiero resulta pernicioso para su
desarrollo y para la economía en general. La
teoría económica y las experiencias del pasado
así lo demuestran. - Reacción implícita del Proyecto de Ley
- Las entidades financieras se verán obligadas a
elevar las tasas de interés para cubrir los
costos operativos por el uso de los servicios y
para asegurar la cobertura de los riesgos
involucrados. Se eliminaría la ventaja de poder
individualizar los costos en función del uso de
los servicios.
33Análisis Legal del cobro de Comisiones Financieras
- El Art. 59º de la Constitución Política del
Perú el Estado estimula la creación de riqueza y
garantiza la libertad de trabajo, empresa,
comercio e industria. - El Art. 61º de la Constitución el Estado
facilita y vigila la libre competencia. - El Art. 62º de la Constitución el Estado
garantiza la libertad de contratar pactando según
las normas vigentes el tiempo del contrato, así
mismo garantiza que los términos contractuales no
pueden ser modificados por leyes u otras
disposiciones de cualquier clase.
34Análisis Legal del cobro de Comisiones Financieras
- Con relación a los Art. 59º, 61º y 62º de la
Constitución - El Proyecto de Ley atenta contra la libertad de
contratar, puesto que se modificarían las
cláusulas de los contratos ya existentes. - La libertad de contratar implica la capacidad de
toda persona para decidir si contrata o no y con
quien contrata. - También se limitaría la libre competencia entre
las instituciones financieras donde el usuario o
cliente tiene el derecho de escoger con cual
institución desea trabajar, en función de los
servicios y precios que le ofrezcan.
35Análisis Legal del cobro de Comisiones Financieras
- El Art. 130 de la LGSF, estipula que el Estado
promueve el ahorro bajo un régimen de libre
competencia. Esto implica que el ahorro debe ser
impulsado respetando las reglas del mercado. - Por tanto es el propio mercado quien deberá
establecer los límites al cobro de comisiones,
gastos y tarifas, existiendo de esta manera la
libertad requerida para que los precios
encuentren su equilibrio entre la oferta y la
demanda, sin la distorsión de la intervención del
Estado. - Los Art. 345º y 347º de la LGSF, señala que la
SBS tiene como objeto ... Defender los intereses
del público, ... Cautelando la solidez
económica y financiera de las personas naturales
y jurídicas sujetas a su control - Esta defensa no se puede imponer en base a
destruir la solidez de las empresas del sector
financiero y de la estabilidad de los ahorros del
público, los mismos que se encuentran
garantizados en el art. 87 de la Constitución. -
363.CONSIDERACIONES Y RECOMENDACIONES
37ASBANC está en desacuerdo con el Proyecto de Ley
porque
- Las comisiones que cobran las entidades
financieras corresponden a los gastos operativos
que incurren al prestar un servicio o al
modificar el mismo por instrucción del cliente.
Éstas al tener característica de costo variable
no afecta a todos los clientes dentro de un
determinado servicio. - La intención de eliminar las comisiones atenta
contra el libre mercado el cual determina su
nivel en función a la posición competitiva de las
empresas financieras. - En el mercado peruano el cliente tiene la opción
de elegir entre una gama de alternativas sobre
productos activos y pasivos según su
conveniencia. - Considera que este proyecto de Ley conlleva a un
control de precios, el cual sentaría un mal
precedente para la economía.
38- ASBANC RECOMIENDA
- Continuar fomentando toda iniciativa que conlleve
a la mayor transparencia posible en el mercado
financiero peruano. - Mantener la estabilidad jurídica para asegurar el
desarrollo de las entidades financieras del país
lo que generará confianza. - El Sistema Financiero intermedia confianza