Title: Presentacin de PowerPoint
1(No Transcript)
2HONDURAS Y LA INSTITUCIONALIDAD HISTORICA EN
MATERIA MIGRATORIA
3LEYES DE MIGRACION APLICADAS HISTORICAMENTE
- Ley de Migración ( 1934 1945 )
- Ley de Extranjería (1946 1953)
- Ley de Extranjería e Identidad (1953 1970)
- Ley de Población y Política Migratoria (1970
2004)
4LEY DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA ACTUAL
- Ley de Migración y Extranjería, Decreto No. 208
del 12 de diciembre de 2003 - Creación de la Dirección General de Migración y
Extranjería (vigencia mayo del 2004)
5REFORMAS A LA LEY DE MIGRACION Y EXTRANJERÍA
PROYECTO 2007
6BENEFICIOS
- 1. Conserva los principios de legalidad,
solidaridad, equidad, justicia social, y el
respeto a los derechos humanos de los migrantes,
y se implementan los de transparencia y la
rendición de cuentas en la gestión migratoria. - 2. Homologa aspectos legales con otras leyes
Centroamericanas en cumplimiento de las
declaraciones emanadas en las Cumbres
Presidenciales y los objetivos del Proceso Puebla.
7BENEFICIOS
3. Reclasificación de las calidades migratorias
para extranjeros residentes. 4. Faculta a la
Dirección General para proponer al Presidente de
la República la Política Pública Migratoria. 5.
En base a lo establecido en las cumbres
presidenciales con respecto a la libre movilidad
la Ley se vuelve amplia, actualizada, flexible y
mas abierta que restrictiva.
8BENEFICIOS
6. Se autoriza a la Dirección General a
implementar mediante acuerdo, las características
de los documentos migratorios y de viaje. 7.
Autoriza a la Dirección General a resolver las
solicitudes de Residencia que antes era facultad
de la Secretaria de Gobernación y Justicia en
cumplimiento a los mandatos presidenciales con el
objetivo de homologar y estandarizar
procedimientos migratorios en la región.
9BENEFICIOS
- 8. Autoriza a la Dirección General a ordenar
conforme a la Ley, la expulsión de extranjeros
que hayan cometido infracción o delito en el
país. - 9. Se contempla el delito de Trata y Tráfico de
Personas, colaborando con las autoridades
respectivas para reprimir el mismo. - 10. Se Implementa la carrera en servicios
migratorios y de extranjería.
10BENEFICIOS
- 11. Se establecen las condiciones de entrada,
salida y permanencia de menores de edad titulares
de un pasaporte no nacional e hijos de padre o
madre hondureños por nacimiento - 12. Se autoriza a la Dirección General, Celebrar
con organismos o instituciones nacionales y
extranjeras, acuerdos de simplificación y
facilitación migratoria - 13. Se autoriza a la Dirección General a
Establecer acuerdos de homologación de
procedimientos en materia migratoria en aras de
fortalecer las iniciativas de integración
regional, cuando corresponda .
11BENEFICIOS
14. Autorizar mediante acuerdo las
características de los documentos migratorios y
de viaje 15. Se actualizan los requisitos de
ingreso, salida, permanencia y retorno. 16.
Coadyuvar esfuerzos con otros Entes del Sector
público y privado para atender a las personas
víctimas del delito de Trata y tráfico de
personas. 17. Brindar atención especial al
migrante retornado para su reinserción social.
12BENEFICIOS
18. En general Se amplia discrecionalmente el
número de atribuciones a la Dirección General en
lo referente al control migratorio, la
integración migratoria regional y los servicios
de extranjería que no estén atribuidas por ley a
otras autoridades o instituciones públicas.
13NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
19. La Reforma a la Ley va dirigida además a
potencializar la actual estructura organizativa y
de funcionamiento de la Dirección General, a
efecto de dotarla de los mecanismos idóneos que
garanticen la eficiencia y transparencia en la
prestación de los servicios y en general de la
gestión migratoria como quehacer fundamental,
coadyuvando con ello a un mejor Sistema de
Seguridad Nacional en la materia.
14NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
- 20. La Dirección General adquiere una nueva
organización y estructura, convirtiéndola en un
órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo quien
mantendrá sus relaciones con éste a través de la
Secretaría de Estado en los Despachos de
Gobernación y Justicia con patrimonio propio,
independencia técnica, administrativa, financiera
y presupuestaria
15NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
- 21. La Dirección General de Migración y
Extranjería tendrá su propia organización interna
que será establecida en el reglamento de la Ley.
Dispondrá de un sistema especial de nomenclatura,
clasificación y remuneración de cargos y
regímenes propios de personal, disciplinario,
contratación administrativa y de carrera
migratoria para asegurar el cumplimiento de sus
funciones.
16NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
- Se establece como presupuesto de la DGME un fondo
especial, el cual tiene por objeto proporcionar
la disponibilidad económica oportuna para el pago
y contratación de servicios orientados
exclusivamente al fortalecimiento institucional
que le permita cumplir con sus obligaciones de
emisión de documentos de viaje, atención al
migrante retornado, control y seguridad
migratoria a nivel nacional, regional e
internacional, la atención de las victimas del
delito de trata y tráfico de personas en
coordinación con otros Entes del Sector público y
privado.
17NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
- El Fondo será constituido por el Noventa por
ciento (90) de los valores generados por la
Dirección General de Migración y Extranjería en
concepto del pago de tasas, derechos, multas y
otros cargos por la prestación de servicios y la
emisión de documentos migratorios.
18NUEVAS PROPUESTAS DE LEY
- A la par de esta iniciativa de reforma a la Ley,
actualmente se está socializando con diversos
Organismos Públicos, Privados y ONGs la propuesta
de Ley de Protección de los Hondureños Emigrantes
y sus Familiares Propuesta que ya cuenta con el
apoyo decidido de todos los sectores de la
sociedad hondureña, a ese efecto se ha conformado
EL Consejo Nacional de la Emigración (CNE) que a
propuesto una estructura organizacional para
implementar la ejecución de la ley una vez
aprobada.
19MUCHAS GRACIAS