Title: Sin t
1IMPORTANCIA DEL RECURSO HÍDRICO
- RECURSO NATURAL ESCASO,
- INDISPENSABLE PARA LA VIDA Y EL EJERCICIO DE LA
MAYORÍA DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS - IRREMPLAZABLE
- NO AMPLIABLE POR LA MERA VOLUNTAD DEL HOMBRE
- IRREGULAR EN SU FORMA DE PRESENTARSE EN EL
TIEMPO Y EN EL ESPACIO - FÁCILMENTE VULNERABLE
- SUSCEPTIBLE DE USOS SUCESIVOS
2.-AGUAS
2NORMATIVA APLICABLE
- TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AGUAS DE 2001
- LEY 29/1985, DE 2 DE JULIO
- LEY 46/1999, DE 13 DE DICIEMBRE
- REGLAMENTO DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO
- RD 849/1986, DE 11 DE ABRIL
- REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y PLANIFICACIÓN
HIDROLÓGICA - RD 927/1988, DE 29 DE JULIO
2.-AGUAS
3EVOLUCIÓN DE LA REGULACIÓN DE LAS AGUAS
- LEY DE AGUAS DE 1866
- LEY DE AGUAS DE 1879
- INTRODUCE ESCASAS MATIZACIONES
- CÓDIGO CIVIL (1889)
- RECOGE PRÁCTICAMENTE LEY 1879
- LEY 29/1985, DE 2 DE JULIO,DE AGUAS
- EXTENSA DEMANIALIZACIÓN
- SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 227/1988, DE 29
DE NOVIEMBRE - LEY 46/1999, DE 13 DE DICIEMBRE
- TEXTO REFUNDIDO LEY AGUAS 2001
2.-AGUAS
4ELEMENTOS DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO (2 LA)
- AGUAS CONTINENTALES
- SUPERFICIALES
- SUBTERRÁNEAS RENOVABLES
- CAUCES DE CORRIENTES NATURALES
- CONTINUAS
- DISCONTINUAS
- LECHOS DE LAGOS, LAGUNAS Y EMBALSES
- ACUÍFEROS SUBTERRÁNEOS
- AGUAS PROCEDENTES DE LA DESALACIÓN DE AGUA DE MAR
2.-AGUAS
5CLASIFICACIÓN AGUAS CONTINENTALES
-
- AGUAS PLUVIALES
- AGUAS CORRIENTES
- AGUAS ESTANCADAS
- AGUAS SUBTERRÁNEAS
- Clasificación Ley Aguas 1879
2.-AGUAS
6RÉGIMEN AGUAS PLUVIALES
-
- LA 2001
- Siempre dominio público
- DERECHO A APROVECHAMIENTO 52.1 LA
- LIMITACIONES
- Las previstas en la Ley de Aguas
- Respeto a los derechos de tercero
- Prohibición de abuso del derecho".
-
2.-AGUAS
7RÉGIMEN AGUAS CORRIENTES
- LA 1879
- Dominio público, salvo manantiales nacidos en
terreno privado hasta que salen de él - LA 2001 DOMINIO PÚBLICO
- Salvo las incluidas en régimen transitorio (DT.
2ª) - AGUAS PROCEDENTES MANANTIANES EN PROPIEDAD
PRIVADA - Derecho de aprovechamiento (54.2 LA)
- Hasta un volumen anual de 7.000 m3
- Atención sólo para aguas manantiales
-
2.-AGUAS
8RÉGIMEN AGUAS ESTANCADAS
- LA 1879
- Públicas o privadas accesión al terreno
- LA 2001
- Dominio público salvo
- Lagos, lagunas y charcas inscritas en el
Registro de la Propiedad (D.A. 1ª LA). - Charcas situadas en predios de propiedad
privada parte integrante - Sólo si se destinan al servicio exclusivo de
tales predios (10 LA). - Derecho de aprovechamiento 54.1 LA
2.-AGUAS
9RÉGIMEN AGUAS SUBTERRÁNEAS
- LA 1879
- Públicas o privadas accesión al terreno
- LA 2001
- Dominio público si son renovables
- Excepción posible propiedad privada al amparo de
la DT 3ª LA - Aguas subterráneas no renovables
- Res nullius / bienes patrimoniales
- Cuantitativamente insignificante
2.-AGUAS
10RÉGIMEN TRANSITORIO AGUAS CONTINENTALES
- RÉGIMEN APLICABLE A
- AGUAS PRIVADAS PROCEDENTES DE MANANTIALES (DT 2ª)
- AGUAS PRIVADAS PROCEDENTES DE POZOS(DT 3ª)
- TITULARES TIENEN DOBLE ALTERNATIVA (EN 3 AÑOS
DESDE ENTRADA EN VIGOR LA 1985) - A) INSCRIBIR SU APROVECHAMIENTO EN EL REGISTRO DE
AGUAS - B) MANTENER SU TITULARIDAD EN LA MISMA FORMA DE
HASTA AHORA, SIN LA PROTECCIÓN DEL REGISTRO DE
AGUAS
2.-AGUAS
11A) INCRIPCIÓN EN REGISTRO DE AGUAS
- APROVECHAMIENTO TEMPORAL DE AGUAS PRIVADAS
- INSCRIPCIÓN MEDIO DE PRUEBA EXISTENCIA Y
SITUACIÓN DE LA CONCESIÓN (80.4 LA) - RÉGIMEN RESPETADO PLAZO MÁXIMO DE 50 AÑOS
- TITULARIDAD SE TRANSFORMA EN APROVECHAMIENTO
- AL FINAL DE ESTE PLAZO, TITULAR DEL
APROVECHAMIENTO DERECHO PREFERENTE OBTENCIÓN
CONCESIÓN ADMINISTRATIVA.
2.-AGUAS
12B) MANTENER LA TITULARIDAD EN LA MISMA FORMA
- MANTIENE LA TITULARIDAD PRIVADA
- PERO SE CONGELA LIMITACIONES
- TITULARIDADES PRIVADAS HAN DE INSCRIBIRSE EN
CATALOGO DE AGUAS PRIVADAS (195 RDPH) - PLAZO DE TRES AÑOS DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DE
LA LEY DE AGUAS
2.-AGUAS
13LIMITACIONES DE AMBOS REGÍMENES
- CARÁCTER OPCIONAL DE LA ALTERNATIVA EXCLUYE
CUALQUIER COMPENSACIÓN - REQUIEREN CONCECIÓN PARA LA TOTALIDAD DEL
APROVECHAMIENTO - INCREMENTO DE LOS CAUDALES TOTALES UTILIZADOS
- MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES O RÉGIMEN DE
APROVECHAMIENTO - ES UNA FORMA MÁS DE ALCANZAR LA DEMANIALIZACIÓN
DE ESTOS RECURSOS. - A AMBOS REGÍMENES SE LES APLICARÁ LAS NORMAS DE
SOBREEXPLOTACIÓN DE ACUÍFEROS.
2.-AGUAS
14COMPARACIÓN HISTÓRICA AGUAS
2.-AGUAS
15CAUCES CORRIENTES NATURALES
- YA SEAN DE AGUAS CONTINUAS (RÍOS) O DISCONTINUAS
(ARROYOS) - CAUCE NATURAL (O ÁLVEO)
- RIBERA
- MÁRGENES
2.-AGUAS
16CAUCES CORRIENTES NATURALES
2.-AGUAS
17CAUCE NATURAL
- TERRENO CUBIERTO POR LAS AGUAS EN LAS MÁXIMAS
CRECIDAS ORDINARIAS (4 LA) - MEDIA DE LOS MÁXIMOS CAUDALES ANUALES PRODUCIDOS
DURANTE DIEZ AÑOS CONSECUTIVOS QUE SEAN
REPRESENTATIVOS (4.2 RDPH) - DOMINIO PÚBLICO
2.-AGUAS
18RIBERA
- FAJA LATERAL DE LOS CAUCES PÚBLICOS QUE SE SITÚAN
POR ENCIMA DEL NIVEL DE LAS AGUAS BAJAS (6 LA) - PARTE DEL CAUCE
- DOMINIO PÚBLICO
2.-AGUAS
19MÁRGENES
- FRANJAS LATERALES DEL CAUCE Y RIBERA
- TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO O PRIVADO, SEGÚN SEA
EL PROPIETARIO, - SOMETIDO A UNA SERIE DE SERVIDUMBRES
2.-AGUAS
20EXCEPCIÓN CAUCES AGUAS PLUVIALES
- CAUCES POR LOS QUE OCASIONALMENTE DISCURRAN AGUAS
PLUVIALES EN TANTO ATRAVIESEN, DESDE SU ORIGEN,
ÚNICAMENTE FINCAS DE DOMINIO PARTICULAR (5.1 LA) - DOMINIO PRIVADO
- DOS REQUISITOS
- SÓLO ATRAVIESE FINCAS PARTICULARES Y
- DESDE SU ORIGEN
- EN CASO CONTRARIO, DEJARÁN DE SER CAUCE PRIVADO
PARA CONVERTIRSE EN PÚBLICO. - CARÁCTER PRIVADO NO AUTORIZA OBRAS PUEDAN HACER
VARIAR EL CURSO NATURAL DE LAS AGUAS O ALTERAR SU
CALIDAD (5.2 LA)
2.-AGUAS
21LECHO LAGOS Y LAGUNAS
- TERRENO QUE OCUPAN LAS AGUAS EN LAS ÉPOCAS EN
QUE ALCANZAN SU MAYOR NIVEL ORDINARIO (9.1.LA) - DOMINIO PÚBLICO
- EXCEPCIONES
- Lagos, lagunas y charcas con inscripciones en
Registro de la Propiedad (D.A. primera LA) - Charcas situadas en predios de propiedad privada
- Se consideran parte integrante de los terrenos
- Siempre que se destinen al servicio exclusivo de
los predios (10 LA). - Otros usos dominio público
2.-AGUAS
22COMPARACIÓN HISTÓRICA CAUCES
2.-AGUAS
23SERVIDUMBRES DOMINIO PÚBLICO
- LAS MARGENES ESTÁN SUJETAS A LAS SIGUIENTES
SERVIDUMBRES (6 LA) - Zona de servidumbre
- Zona de policía
2.-AGUAS
24ZONA DE SERVIDUMBRE
- 5 METROS DE ANCHURA (AMPLIABLE)
- Desde el fin de la ribera
- DEDICADA A USO PÚBLICO ( 7.1 RDPH)
- Paso servicio del personal vigilancia del cauce
- Paso ejercicio de actividades pesca fluvial
- Paso para el salvamento de personas o bienes
- Varado y amarre ocasional de embarcaciones
- SE PUEDE SEMBRAR Y PLANTAR ESPECIES NO ARBÓREAS
- LA EDIFICACIÓN Y LA PLANTACIÓN DE ESPECIES
ARBÓREAS SOMETIDA PREVIA AUTORIZACIÓN DEL
ORGANISMO DE CUENCA - No estamos en dominio público
2.-AGUAS
25ZONA DE POLICÍA
- 100 METROS DE ANCHURA
- Medidos horizontalmente a partir del cauce
- OBJETIVO PROTEGER EL DOMINIO HIDRÁULICO
- ACTIVIDADES SOMETIDOS PREVIA AUTORIZACIÓN
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA - Alteraciones sustanciales relieve natural
terreno - Extracciones de áridos
- Construcciones de todo tipo (definitivas y
provisionales) - Cualquier otra actividad degrade DPH
- LEY DEL SUELO 1998 SUELO NO URBANIZABLE
- Tragedias de Biescas y Badajoz
2.-AGUAS
26REPARTO COMPETENCIAL EN MATERIA DE AGUAS
- 149.1.22 CE El Estado tiene competencia
exclusiva sobre - "La legislación, ordenación y concesión de
recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando
las aguas discurran por más de una Comunidad
Autónoma (...)". - 148.1.10 CE Las Comunidades Autónomas podrán
asumir competencias en - "Los proyectos, construcción y explotación de los
aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos
de interés de la Comunidad Autónoma las aguas
minerales y termales
2.-AGUAS
27CUENCA HIDROGRÁFICA (16 LA)
- TERRITORIO EN QUE LAS AGUAS FLUYEN AL MAR A
TRAVÉS DE UNA RED DE CAUCES SECUNDARIOS QUE
CONVERGEN EN UN CAUCE PRINCIPAL ÚNICO - Incluye las aguas subterráneas
- Como unidad de gestión del recurso se considera
indivisible - CUENCAS HIDROGRÁFICAS INTERCOMUNITARIAS
COMPETENCIA ESTATAL - Confederaciones hidrográficas
- Organismos de Cuenca
- MAPA CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS RD 650/1987,
DE 1 DE AGOSTO - Pueden contener varias cuencas
2.-AGUAS
28CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS
- Confederación Hidrográfica del Norte.
- Confederación Hidrográfica del Duero
- Confederación Hidrográfica del Tajo
- Confederación Hidrográfica del Guadiana
- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
- Confederación Hidrográfica del Segura.
- Confederación Hidrográfica del Júcar
- Confederación Hidrográfica del Ebro
- En ocasiones, contienen diversas Cuencas
- A veces, diversos Planes Hidrológicos
2.-AGUAS
29CUENCAS HIDROGRÁFICAS INTRACOMUNITARIAS
- CUENCAS QUE TRANSCURRAN ÍNTEGRAMENTE POR
TERRITORIO COMUNIDAD AUTÓNOMA - TITULATIDAD DE BIENES ESTATAL DOMINIO PÚBLICO
ESTATAL - GESTIÓN APROVECHAMIENTO COMUNID. AUT.
- EJEMPLO
- Cataluña
- Tres cuencas hidrográficas Norte, centro y sur
- Muga, Fluviá, Ter, Daró ...
- Ley Ley 17/1987, de 13 de julio
2.-AGUAS
30PRINCIPIOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL AGUA (14 LA)
- UNIDAD DE GESTIÓN
- TRATAMIENTO INTEGRAL
- ECONOMÍA DEL AGUA
- DESCONCENTRACIÓN, COORDINACIÓN
- PARTICIPACIÓN DE USUARIOS
- RESPETO UNIDAD DE CUENCA HIDROGRÁFICA
- COMPATIBILIDAD GESTIÓN PÚBLICA AGUA CON
- Ordenación del territorio
- Conservación y protección medio ambiente
- Restauración de la naturaleza
2.-AGUAS
31COMPETENCIAS ESTATALES DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO
(17 LA)
- PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA Y REALIZACIÓN DE
PLANES ESTATALES DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS - ADOPCIÓN DE MEDIDAS PRECISAS PARA CUMPLIMIENTO
ACUERDOS INTERNACIONALES - OTORGAMIENTO DE CONCESIONES Y AUTORIZACIONES
REFERENTES AL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EN LAS
CUENCAS INTERCOMUNITARIAS - Posible tramitación por CC.AA.
2.-AGUAS
32ÓRGANOS ESTATALES ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL AGUA
(19 y ss. LA)
- CONSEJO NACIONAL DEL AGUA
- ORGANISMOS DE CUENCA
- Órganos de gobierno
- Junta de Gobierno
- Presidente
- Órganos de gestión
- Asamblea de Usuarios
- Comisión de Desembalse
- Juntas de Explotación
- Juntas de Obras
2.-AGUAS
33COMPOSICIÓN CONSEJO NACIONAL DEL AGUA (19 LA)
- ADMINISTRACIÓN ESTATAL
- COMUNIDADES AUTÓNOMAS
- REPRESENTANTES ENTIDADES LOCALES
- ORGANISMOS DE CUENCA
- ORGANIZACIONES PROFESIONALES Y ECONÓMICAS
RELACIONADAS USO DEL AGUA - RD 439/1994, de 11 de marzo
2.-AGUAS
34COMPETENCIAS CONSEJO NACIONAL AGUA (20 LA)
- ORGANO CONSULTIVO SUPERIOR EN MATERIA DE AGUA
- INFORMA PRECEPTIVAMENTE SOBRE
- Proyecto de Plan Hidrológico Nacional
- Antes aprobación por Gobierno
- Planes Hidrológicos de Cuenca
- Proyectos de disposiciones de carácter general
afecten DPH - Planes y proyectos de interés general de
ordenación agraria, urbana - Si afectan sustancialmente a planificación
hidráulica
2.-AGUAS
35ORGANISMOS DE CUENCA
- CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS
- CARACTERES JURÍDICOS
- Organismos autónomos (art. 22.1 LA)
- Personalidad jurídica propia / Distinta de la
del Estado - Adscritos administrativamente al Ministerio de
Medio Ambiente (cuidado no al de Fomento) - Plena autonomía funcional
- Adquirir y enajenar su patrimonio
- Contratar y obligarse sin más limitaciones
legales que las leyes - Actos y resoluciones agotan la vía
administrativa (art. 22.2 LA)
2.-AGUAS
36COMPETENCIAS ORGANISMOS DE CUENCA
- ELABORACIÓN PLAN HIDROLÓGICO DE CUENCA
- ADMINISTRACIÓN Y CONTROL
- DOMINIO PUBLICO HIDRÁULICO
- APROVECHAMIENTOS INTEGRES GRAL / 1 C.A.
- PROYECTO / CONSTRUCCIÓN / EXPLOTACIÓN OBRAS
- OTORGAMIENTO AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
REFERENTES AL DOMINIO PÚBLICO
2.-AGUAS
37UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO
- USO COMÚN GENERAL
- USO COMÚN ESPECIAL
- USO PRIVATIVO
2.-AGUAS
38USO COMÚN GENERAL (50 LA)
- SUPUESTOS
- Beber
- Bañarse
- Otros usos domésticos
- Abrevar ganado
- NO PRECISA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
- LÍMITES
- No alteración de la calidad y caudal
- No desvío de cauces o lechos
- No abuso de derecho ni su desperdicio o mal uso
2.-AGUAS
39USO COMÚN ESPECIAL (51 LA)
- SUPUESTOS
- Navegación y flotación
- Establecimiento de barcas de paso y embarcaderos
- Otros (no privativos)
- NECESIDAD DE PREVIA AUTORIZACIÓN
- TAMBIÉN UTILIZACIÓN DPH (69 y ss. RDPH)
- Aprovechamiento de áridos
- Pastos y vegetación arbórea o arbustiva
- Establecimiento de puentes o pasarelas
- Instalaciones para baños públicos
2.-AGUAS
40USO PRIVATIVO DE AGUAS (52 y ss. LA)
- ADQUISICIÓN USO PRIVATIVO
- Disposición legal
- Concesión administrativa
- NO NECESARIAMENTE CONSUNTIVO
- Salto hidroeléctrico
- NO ADQUISICIÓN POR PRESCRIPCIÓN
2.-AGUAS
41USOS PRIVATIVOS POR DISPOSICION LEGAL (54 LA)
- APROVECHAMIENTO POR PROPIETARIO FINCA DE AGUAS
PLUVIALES Y ESTANCADAS - Limitaciones legales
- Respeto derechos de tercero
- Prohibición abuso de derecho
- APROVECHAMIENTO POR PROPIETARIO DE FINCA DE
AGUAS PROCEDENTES DE MANANTIALES - No expresamente aguas subterráneas
2.-AGUAS
42USOS PRIVATIVOS POR DISPOSICION LEGAL (54 LA)
- APROVECHAMIENTO POR PROPIETARIO DE FINCA DE
AGUAS PROCEDENTES DE MANANTIALES (Y AGUAS
SUBTERRÁNEAS) - Volumen total anual 7.000 m3
- Aprovechamiento mayor concesión por total
- Respeto distancias mínimas (87 RDPH)
- Necesidad autorización Declaración
sobreexplotación y zona policía - Obligación comunicación Registro de Aguas (85
RDPH)
2.-AGUAS
43CARACTERÍSTICAS CONCESIONES DE AGUAS
- Plazo máximo de 75 años ( 59. 4 LA)
- Se otorgan discrecionalmente. Criterios
- Explotación racional y conjunta de los recursos
superficiales y subterráneos (59.2 LA) - Previsiones de los Planes Hidrológicos (59.4 LA)
- Criterios de interés público (59.4 LA)
- Deberá ser motivada
- Orden de preferencia establecido en el Plan
Hidrológico de cuenca. Criterios supletorios en
60.3 LA - La concesión no garantiza la disponibilidad de
los recursos concedidos - Sequía pérdida no indemnizable
- Otorgamiento sin perjuicio de tercero (61.1 LA)
2.-AGUAS