Title: Dejamos constancia de que esta informacin ha sido publicada antes de salir los decretos reglamentari
1 Seminario sobre Reforma Tributaria Ley 788 del
27 de diciembre de 2002 Publicada en Diciembre 27
de 2002 Diario Oficial 45046 Seminarios del mes
de Febrero de 2003
- Dejamos constancia de que esta información ha
sido publicada antes de salir los decretos
reglamentarios y por lo tanto pueden presentarse
diferencias de criterios en la interpretación de
la norma
2Reforma Tributaria
Procedimiento Tributario
- C.P. José Hernando Zuluaga Marín
- Febrero 14 y 15 de 2003
3 Ley 788
- Publicada en Diciembre 27 de 2002 Diario Oficial
45046.
4Aplicación de la Ley en el Tiempo
-
- Como regla general las normas relativas al
procedimiento tributario se aplicaran a partir
del 28 de diciembre de 2002.
5Sanción a Administradores y Representant es
Legales (1658-1)
- Omisión de ingresos gravados
- Doble contabilidad
- Pérdidas improcedentes
- Multa del 20 de la sanción impuesta al
contribuyente, sin exceder de 200 S.M.(no puede
ser pagada por la empresa)
6Devolución de Rentenciones no Consignadas y
Anticipos no Pagados (2859)
- No serán saldos a favor cuando no se hayan
cancelado - Anticipos.
- Las autoretenciones
- Retenciones del IVA,
- Retenciones en empresas en proceso de
reestructuración - En los dos últimos casos se debe demostrar que se
ha cancelado
7Interes Moratorio (3, 4634 635)
- A partir del 28 de dic./02 los intereses
moratorios se liquidaran por cada dia calendario
de retardo en el pago. - 28.60 dividido 360 0,0794 según DIAN memo 0001
de enero de 2003. - Se acata así la Sentencia del Consejo de Estado
8Interes Moratorio (3, 4634 635)
- A partir del 1 de marzo de 2003 se disminuirá en
tres puntos la tasa efectiva promedio de usura
del cuatrimestre anterior. El Decreto 450 del 27
de Febrero de 2003 establece el 26.58, anual,
2.215 mensual, 0.0738 diario vigente hasta
junio 30 de 2003 - Se evita cobrar intereses por encima de la
usura. - La redacción de la norma indica que no habría
intereses en Enero y Febrero de 2003.
9Notificacion por Correo de Actos Administrativos
(5566)
- Son Actos Administrativos
- Requerimientos
- Autos que ordenan inspecciones tributarias
- Emplazamientos
- Citaciones
- Traslados de cargos
- Resoluciones en que se impongan sanciones
- Liquidaciones oficiales
10Notificacion por Correo de Actos Administrativos
(5566)
- Mediante entrega de una copia que no requiere ser
certificada - Por correo electrónico (Reglamentar).Teniendo en
cuenta que no puede ser el simple envío al Buzón
. Debe ser cuando se baja efectivamente el
mensaje
11Inscripción de Actos Oficiales en Registros
Públicos (6719-1)
- El administrador de impuestos ordenará la
inscripción de - Liquidación oficial de revisión
- Liquidación oficial de aforo y
- Resolución de sanción
- Los bienes quedan afectos al pago de las
obligaciones
Debidamente Notificados
12Inscripción de Actos Oficiales en Registros
Públicos (6719-1)
- La inscripción estará vigente hasta la
culminación del proceso administrativo de cobro
coactivo - Esta figura es distinta al embargo pues no
sustrae bienes del comercio. - Se debe reglamentar para evitar abusos.
13Inscripción de Actos Oficiales en Registros
Públicos (6719-1)
- Sitios de registros públicos de bienes
- Cámaras de Comercio
- Oficinas de Registro
- Oficinas de Tránsito
- Capitanías de Puerto
- Aeronáutica Civil
14Inscripción de Actos Oficiales en Registros
Públicos (6719-1)
- Efectos de la inscripción
- Los bienes se convierten en garantía real para la
Dian - La Dian puede perseguir coactivamente los bienes
así hayan sido traspasados a terceros - El vendedor deberá advertir al comprador de la
citada inscripción
15Inscripción de Actos Oficiales en Registros
Públicos (6719-1)
- Cancelación de la inscripción cuando
- Se extinga la obligación
- La liquidación privada quede en firme
- Por revocatoria de la liquidaicón oficial
- Por constitución de garantía bancaria o póliza
- Por ofrecimiento de inmuebles para el embargo por
parte del afectado. - Nota La Dian solicitará cancelación de la
inscripción en los 10 días siguientes a la
comunicación que amerite el levantamiento de la
anotación
16Remate de Bienes (8840)
- Después de la Tercera Licitación y 40 del avalúo
- Ya en firme el avaluó, la DIAN efectuará el
remate de los bienes directamente o a través de
entidades de derecho público o privado y
adjudicará los bienes a favor de la nación en
caso de declararse desierto el remate
(reglamentario)
17Remate de Bienes (8840)
- Entidades que determine el gobierno podrán
recibir para su administración y venta los bienes
adjudicados a favor de la nación (Preferentemente
a la central de Inversiones S.A.) - Hay un alto riesgo deadministrativo y legal para
la Dian y la nación .
18Vinculación de Deudores Solidarios (inciso 2
,9828-1
- Antes era el mandamiento de pago.
- Los títulos ejecutivos contra el deudor principal
lo serán contra los deudores solidarios y
subsidiarios, sin que se requiera la constitución
de títulos individuales adicionales. - Son responsables solidarios
- Apoderados generales y mandatarios
- Herederos y legatarios
- La sociedad absorvente por la absorvida
19Vinculación de Deudores Solidarios (inciso 2
,9828-1
- La sociedad escindida y las escindentes
- Las subordinadas entre sí y con matriz
domiciliada en el exterior - Socios de sociedades
- Socios de sociedades liquidadas
- Terceros que se comprometan a cancelar las
obligaciones del deudor - Y otros beneficiarios de un título valor
20Vinculación de Deudores Solidarios (inciso 2
,9828-1)
- Forma de vincular a los deudores solidarios
- Mediante notificación del mandamiento del pago
- Los títulos ejecutivos contra el deudor principal
lo serán contra deudores solidarios y
subsidiarios (es responsable subsidiario el
obligado al cumplimiento de deberes formales de
terceros por su omisión)
21Requisitos de la factura de venta (64Literal c)
art 617)
- Se deben incluir en la factura
- Apellidos y nombre o razón social
- NIT del adquiriente de los bienes o servicios,
- Discriminación del IVA pagado
- Si se expide documento equivalente no tiene esta
obligación caso de las POS pero se requiere
reglamentación .
22Requisitos de la factura de venta (64Literal c)
art 617)
- Es una medida de control para evitar la
utilización indebida de descuentos del Iva.
23Termino de Prescripción de la Acción de Cobro
(86817)
- Prescribe la acción de cobro en el término de 5
años contados a partir de los siguientes
eventos - La fecha de vencimiento del término para
declarar, presentadas oportunamente - La fecha de presentación de la declaración,
extemporánea
24Termino de Prescripcion de la Acción de Cobro
(86817)
- La fecha de presentación de la declaración de
corrección, en relación con los mayores valores. - La fecha ejecutoria del respectivo acto
administrativo de determinación o discusión. -
25Termino de Prescripcion de la Acción de Cobro
(86817)
-
- La competencia para decretar la prescripción será
de los administradores de impuestos respectivos. - Se evitan discusiones sobre la teoría de que las
prescripciones las cuales se contaban a partir
de la fecha en que se debió declarar.
26Intereses Presuntivos (9435)
- Las deudas por préstamos en dinero de la sociedad
a los socios y de éstos a la sociedad generan
intereses presuntivos equivalentes a la tasa para
el DTF vigente al 31 de Diciembre del año
inmediatamente anterior al gravable.
27Intereses Presuntivos (9435)
- Para el año 2003 será el 7.70 que fue el DTF a
31 de Diciembre de 2002. - La solución está en que el socio le preste a la
sociedad a interés bajo.
28Amnistía de pleitos en la vía Gubernativa (99
artículo 102 Ley 633 del 2000 )
- Contribuyentes que pueden terminar los procesos
- Renta
- Ventas
- Timbre Nacional
- Retención en la Fuente
- Con excepción de
- Gravamen a los movimientos financieros
- Aduanas
29Amnistía de pleitos en la vía Gubernativa (99
artículo 102 Ley 633 del 2000 )
- Requerimiento especial
- Liquidación oficial de revisión
- Pliego de cargos
- Resolución sanción
- La conciliación se hará hasta el 30 de Julio de
2003.
Notificado antes 28-12-2002
30Amnistía de pleitos en la vía Gubernativa. (99
artículo 102 Ley 633 del 2000 )
- Si se ha notificado un Requerimiento especial,
sin notificar aún de liquidación oficial - Corrige declaración pagando 50 del impuesto
propuesto - Puede transar el otro 50 y además todas las
sanciones,intereses y actualizaciones.
31Amnistía de pleitos en la vía Gubernativa (99)
artículo 102 Ley 633 del 2000 )
- Si se ha notificado Liquidación Oficial de
revisión, antes de demanda ante el Contencioso
Administrativo - Paga el 75 del impuesto
- Puede transar el 25del mayor impuesto
corrigiendo la Declaraciòn y además todas las
sanciones,intereses y actualizaciones.
32Amnistía de pleitos en la vía Gubernativa (99)
artículo 102 Ley 633 del 2000 )
- Cuando se ha notificado Pliego de Cargos
- Paga el 50 del valor de la sanción propuesta y
- Transa el 50 de la sanción sin actualización
33Amnistía de pleitos en la vía Gubernativa (99)
artículo 102 Ley 633 del 2000 )
- Si se notifica Resolución sanción
- Paga el 75 de la sanción propuesta y
- Transa el 25 de la sanción sin actualización
34Conciliación de Pleitos ante el Contencioso
Administrativo (98 artículo 101 Ley 633 del
2000 )
- Contribuyentes que pueden terminar los procesos
- Renta
- Ventas
- Timbre Nacional
- Retención en la Fuente
- Con excepción de
- Gravamen a los movimientos financieros
- Aduanas
35Conciliación de Pleitos ante el Contencioso
Administrativo (98artículo 101 Ley 633 del 2000 )
- Es una solución para las demandas sin sentencia
definitiva - Conciliar con la Dian hasta el 30 de julio de
2003
36Conciliación de Pleitos ante el Contencioso
Administrativo (98artículo 101 Ley 633 del 2000 )
- Liquidaciones demandadas que se encuentren en el
Tribunal contencioso Administrativo (Primera
instancia) - Paga el 80 del mayor impuesto y actualización y
- Entra a discutir el 20 y sanciones e intereses .
37Conciliación de Pleitos ante el Contencioso
Administrativo (98artículo 101 Ley 633 del 2000 )
- Liquidaciones en conocimiento del Consejo de
Estado (Unica instancia) - Paga el 100 del impuesto mas actualización y
- Concilia las sanciones e intereses
38Conciliación de Pleitos ante el Contencioso
Administrativo (98artículo 101 Ley 633 del 2000 )
- Sanciones impuestas en Resoluciones
Independientes - Paga el 80 de su valor mas la actualización y
- Concilia el 20
39Se desincentiva el uso de los Paraisos Fiscales
(82 parágrafo 2 ,124-1)
- No constituyen costo o deducción los pagos o
abonos en cuenta que se realicen a - Personas naturales
- Personas jurídicas o a cualquier otro tipo de
entidad que se encuentre constituida, localizada
o en funcionamiento en países que hayan sido
declarados paraísos fiscales, por la Organización
para el Desarrollo Económico Europeo, salvo que
se haya efectuado la retención en la fuente por
concepto de impuesto sobre la renta y remesas
40Tarifa de Retefuente de ingresos gravados para
personas que se encuenten en Paraisos Fiscales
(83 Art. 408)
- Retención que debe hacerse en este caso a los
servicios técnicos y a la asesoría técnica no a
las adquisiciones de bienes - 35 por impuesto de renta
- 7 por impuesto de remesa
- (35 x 7 2.45 (735)
- Equivalente al 39.55
41Paraisos Fiscales (82 y 83 parágrafo 2 ,124-1,
Art. 408)
- Algunos Paraísos fiscales
- Europa
- Principado de Andorra
- Principado de Mónaco
- República de Chipre
- En América
- Barbados
- Bermudas
- Granada
- Aruba
- Santa Lucia
- Panamá
- Islas Vírgenes
42Paraisos Fiscales (82 y 83 parágrafo 2 ,124-1,
Art. 408)
- Africa
- Islas Mauricio
- Liberia
- Oceanía
- Isla Salomon
- Islas Fiji
- Islas Cook
- En Asia
- República Libanesa
- Emiratos Árabes
- Macao
- Hong Kong
- Islas Marianas
43Se desincentiva el uso de los Paraisos Fiscales
Parágrafo 2 82parágrafo 2 artículo 124-1
- Este tratamiento no le será aplicable a los pagos
o abonos en cuenta que hayan sido registrados
antes de la vigencia de la presente ley que se
realicen a entidades financieras con ocasión de
créditos registrados ante el Banco de la
República.
44Requisitos para la Autorización de Cambio de
Titular de la Inversión Extranjera.(90326)
- Para acreditar el pago de los impuestos
correspondientes a la respectiva transacción, el
titular de la inversión extranjera que realiza la
transacción deberá presentar declaración de renta
y complementarios con la liquidación y pago del
impuesto que se genere por la respectiva
operación,
45Requisitos para la Autorización de Cambio de
Titular de la Inversión Extranjera.(90326)
- para lo cual podrá utilizar el formulario
señalado para la vigencia gravable inmediatamente
anterior, de lo contrario no se podrá registrar
el cambio de titular de la inversión. -
- Se simplifica el procedimiento pasando a un
sistema automático como es la Declaración
46 Contrabando Abierto(69 Art. 319 Ley 599/2000).
- Contrabando superior a 50 SMLMV
- Si el contrabando es superior a
15.500.000 aproximadamente. - Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de tres (3) a cinco (5) años
47 Contrabando Abierto(69 Art. 319 Ley 599/2000).
- Multa
- Trescientos (300) a mil quinientos (1.500)
S.M.L.M.V. - Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados o de los bienes
exportados.
48 Contrabando Abierto(69 Art. 319 Ley 599/2000).
- Contrabando superior a 200 SMLMV
- 61.800.000 aproximadamente.
- Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de cinco (5) a ocho (8)
años
49 Contrabando Abierto(69 Art. 319 Ley 599/2000).
- Multa
- Mil quinientos (1.500) a Cincuenta mil (50.000)
S.M.L.M.V. - Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados o de los bienes
exportados.
50 Contrabando Abierto(69 Art. 319 Ley 599/2000).
- Reincidente
- Las penas se aumentarán en la mitad de las ¾
partes
51Complicidad en el contrabado Abierto(71 Art.
320 Ley 599/2000).
- Complicidad en contrabando en cuantía superior a
50 SMLMV - 15.500.000 aproximadamente.
- Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de uno (1) a cinco (5) años
52Complicidad en Contrabando Abierto(71 Art. 320
Ley 599/2000).
- Multa
- (200) a (50.000 ) S.M.L.M.V.
- Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados
53Complicidad en Contrabando Abierto(71 Art. 320
Ley 599/2000).
- Inhabilidad para ejercer comercio
- Por el año de la pena y un año más
- Nota Efectos si el consumidor final puede
soportar con factura o documento equivalente la
posesión de los bienes no será sancionado
54Complicidad de Servidor Público en Contrabando
Abierto(73 Art. 322 Ley 599/2000).
- Complicidad en contrabando en cuantía inferior a
50 SMLMV - 15.500.000 aproximadamente.
- Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de tres (3) a cinco (5) años
55Complicidad de Servidor Público en Contrabando
Abierto(73 Art. 322 Ley 599/2000).
- Multa
- De 300 a 1.500 S.M.M.L.V.
- Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados
56Complicidad de Servidor Público en Contrabando
Abierto(73 Art. 322 Ley 599/2000).
-
- Inhabilidad
- Para ejercer funciones públicas de tres (3) a
cinco (5) años
57Complicidad de Servidor Público en contrabando
Abierto(73 Art. 322 Ley 599/2000).
- Complicidad en contrabando en cuantía superior a
50 SMLMV - Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de cinco (5) a ocho (8) años
58Complicidad de Servidor Público en contrabando
Abierto(73 Art. 322 Ley 599/2000
- Multa
- Mil quinientos (1.500) a Cincuenta mil (50.000)
S.M.L.M.V. - Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados o de los bienes
exportados.
59Complicidad de Servidor Público en contrabando
Abierto(73 Art. 322 Ley 599/2000
- Inhabilidad
- Para ejercer funciones públicas de cinco (5) a
ocho (8) años
60Contrabando Abierto de Hidrocarburos y sus
Derivados(70 Art. 319-1 Ley 599/2000).
- Contrabando
- Superior a 20 galones
- Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de tres (3) a cinco (5) años
61 Contrabando Abierto de Hidrocarburos y sus
Derivados(70 Art. 319-1 Ley 599/2000).
- Multa
- Trescientos (300) a mil quinientos (1.500)
S.M.L.M.V. - Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados o de los bienes
exportados.
62 Contrabando Abierto de Hidrocarburos y sus
Derivados(70 Art. 319-1 Ley 599/2000).
- Contrabando
- Superior a 80 galones
- Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de cinco (5) a ocho (8)
años
63 Contrabando Abierto de Hidrocarburos y sus
Derivados(70 Art. 319-1 Ley 599/2000).
- Multa
- Mil quinientos (1.500) a Cincuenta mil (50.000)
S.M.L.M.V. - Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados o de los bienes
exportados. - Nota La legalización de las mercancías no
extingue la acción penal
64Complicidad en el Contrabado Abierto de
Hidrocarburos y sus Derivados 72 Art. 320-1 Ley
599/2000).
- Complicidad en contrabando en cuantía
- Superior a 20 galones
- Sanción Penal
- Incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años
65Complicidad en el Contrabado Abierto de
Hidrocarburos y sus Derivados 72 Art. 320-1 Ley
599/2000).
- Multa
- (300) a (1.500 ) S.M.L.M.V.
- Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados
66Complicidad en el Contrabado Abierto de
Hidrocarburos y sus Derivados 72 Art. 320-1 Ley
599/2000).
- Inhabilidad
- Por el año de la pena y un año más
- Nota Efectos si el consumidor final puede
soportar con factura o documento equivalente la
posesión de los bienes no será sancionado
67Complicidad de servidor publico en contrabando
Abiertode hidrocarburos y sus derivados (74
Art. 322-1 Ley 599/2000).
- Complicidad en contrabando en cuantía
- Inferior a 20 galones
- Sanción
- Inhabilidad para ejercer funciones públicas de
tres (3) a cinco (5) años
68Complicidad de servidor publico en contrabando
Abiertode hidrocarburos y sus derivados (74
Art. 322-1 Ley 599/2000).
- Multa
- De 50 S.M.M.L.V.
- Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados
69Complicidad de servidor publico en contrabando
Abiertode hidrocarburos y sus derivados (74
Art. 322-1 Ley 599/2000).
- Inhabilidad
- Para ejercer funciones públicas de tres (3) a
cinco (5) años
70Complicidad de Servidor Público en contrabando
Abiertode Hidrocarburos y sus Derivados (74
Art. 322-1 Ley 599/2000).
- Complicidad en contrabando en cuantía
- Superior a 20 galones
- Sanción Penal
- Prisión de tres (3) a ocho (8) años
71Complicidad de Servidor Público en contrabando
Abiertode Hidrocarburos y sus Derivados (74
Art. 322-1 Ley 599/2000).
- Multa
- De 50 a 150 S.M.M.L.V.
- Límite mínimo de la Multa
- En ningún caso sea inferior al 200 del valor
aduanero de los bienes importados
72Complicidad de Servidor Público en contrabando
Abiertode Hidrocarburos y sus Derivados (74
Art. 322-1 Ley 599/2000).
- Inhabilidad
- Para ejercer funciones públicas de cinco (5) a
ocho (8) años
73Cuenta Unica Notarial (112)
- Cuenta que deben abrir los notarios a nombre de
la notaria en la cual van a consignar todos los
ingresos que obtenga la notaria con destino - Al notario, a los fondos o cuentas parafiscales
del notariado, DIAN, a la superintendencia de
notariado y registro.(no se causa el 3x1000). - En ningún caso podrá usarse para hacer pagos o
transferencias a terceros.
74Impuesto del 3x1000 (45-48Art 871-879)
- Tecnifica la definición del hecho generador para
incluir nuevos sujetos - Entidades vigiladas por Supervalores y Economía
Solidaria junto con Superbancaria - Gravar movimientos contables que impliquen
extinción de obligaciones o transferencias de
bienes - Reestructura las exenciones
75Gravamen a los Movimientos Financieros (45-48Art
871-879)
- El traslado o cesión de recursos o derechos sobre
carteras colectivas entre diferentes
copropietarios de los mismos - La disposición de recursos a través de los
contratos de recaudo o similares que suscriban
las entidades financieras con sus clientes
76Gravamen a los Movimientos Financieros (45-48Art
871-879)
- Los débitos que se efectuén a cuentas contables y
de otros género, diferentes a - Corrientes
- De Ahorros
- De depósito
- Para la realización de cualquier pago o
transferencia a un tercero
77Gravamen a los Movimientos Financieros (45-48Art
871-879)
- Pagos de los establecimientos de crédito cuando
no estén vinculados a un movimiento de otra cuenta
78Gravamen a los Movimientos Financieros (45-48Art
871-879)
- Nuevos sujetos pasivos
- Los nuevos usuarios y clientes de las entidades
del sector cooperativo, por los retiros que
realicen de sus ahorros en entidades cooperativas
79Gravamen a los Movimientos Financieros (45-48Art
871-879)
- Nuevos Agentes de Retención
- Todas las entidades vigiladas por la
Superintendencia - Bancaria
- De Valores
- De Economía Solidaria
80Gravamen a los Movimientos Financieros (45-48Art
871-879)
- Exenciones
- Créditos interbancarios
- Disposición de recursos en operaciones de reporto
- Operaciones con recursos del Sistema General de
Seguridad Social en Salud y Pensiones
81Impuestos Territoriales (49 Sustituye art.205
Ley 223 de l.995 )
- El impuesto al consumo de licores, aperitivos y
similares, la base gravable será de acuerdo a los
grados alcoholimétricos
82Impuestos Territoriales (49 Sustituye art.205
Ley 223 de l.995 )
- Ejemplo Si dos botellas de licor tienen el
mismo grado alcoholimétrico tendrán la misma
base gravable , pagando el mismo impuesto no
importa su valor comercial.
83Impuestos Territoriales (49 Sustituye art.205
Ley 223 de l.995 )
- Otro ejemplo un Whisky de 500.000 de
40 grados alcoholimétricos, pagará igual impuesto
que el Whisky popular de 40 grados comprado por
15.000.
84Impuestos Territoriales (49 Sustituye art.205
Ley 223 de l.995 )
- Evita el contrabando mejorando el recaudo.
- La tendencia es que los bienes importados y los
de contrabando tendrán menos diferencia de
precios.
85Sobretasa a la Gasolina (55 y 56 deroga
alrticulos 122 y 123 de la ley 488 de l.998)
- Contempla un aumento en la sobretasa municipal a
la gasolina - Municipal y Distrital 18.5
- Departamental 6.5
- Distrito Capital 25.0
86Procedimiento Tributario Territorial (59 al 62,
Artículo 66 de la Ley 383 de l.997 )
- Los departamentos y municipios aplicarán los
procedimientos establecidos en el E.T. para la - Administración
- Determinación
- Discusión
- Cobro
- Devoluciones
- Régimen sancionatorio
- Permite al ente territorial adoptarlo o
modificarlo de acuerdo con la naturaleza del
impuesto territorial.
87Procedimiento Tributario Territorial (59 al 62,
Artículo 66 de la Ley 383 de l.997 )
- Departamentos retoman el control del impuesto al
consumo de la cerveza ( 62 106 Ley 488de 1.998
88Contribucion Cafetera (63 sustituye artículo 19
de la aley 9a. De 1.991
- A cargo de los productores de café, destinado al
fondo nacional del café. - La contribución será del 5 del precio
representativo por libra de café suave colombiano
que se exporte. - El valor de esta contribución no será superior a
US0.04 por libra ni inferior a US0.02.
89Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10
c.de.c 260 y 261, Art 28 Ley 22 de l.,995 Arts
450 y 452 del E.T. )
- Corresponde un desarrollo internacional
denominado Transfer Price - Es una herramienta a través de la cual los
estados tratan de evitar que en las negociaciones
entre compañías relacionadas se pacten precios
que no sean los del mercado - Se busca evitar que hayan precios ficticios
90Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10)
- Ejemplo
- Transferencia a Precios de Mercado
91Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10)
- Ejemplo
- Transferencia con Precios Ficticios
92Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10)
- Conceptos involucrados
- Vinculación económica
- Valor de mercado y
- Métodos para determinar precios de mercado
93Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10)
- La vinculación económica y la Subordinación están
establecidas en el artículo 260 del Código de
Comercio - Valor de mercado depende de las características
nacionales e internacionales de los negocios
94Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10)
- Los métodos para determinar los precios de
mercado son varios y lo establece la norma son - Precio comparable no controlado
- Precio de renta
- Costo adicionado
- Partición de utilidades
- Residuo de partición de utilidades
- Márgenes transaccionales de utilidad de operación
95Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10)
-
- En el año 2003 pueden hacerse acuerdos
anticipados de precios de mercado (APAs)
(advanced prices agreements)
96Precios de Transferencia (28260-1 a 260-10)
- Fiscalmente entran en vigencia
- A partir del año gravable 2004 y la fiscalización
relativa a precios de transferencia a partir del
1 de enero de 2005 - Obligaciones nuevas
- Una declaración anual informativa
- Conservar los soportes de las operaciones por 5
años
97Normas Derogadas (118)
- Art. 147 parágrafo 2. Ampliación del plazo a 7
años para compensar perdidas fiscales en
sociedades. Se deroga en cumplimiento de la
sentencia del Consejo de Estado que declaró
inexequible el art. 20 de la ley 716 de 2001.
98Normas Derogadas (118)
- Art. 188 parágrafo 4. Deducción del exceso de
renta presuntiva sobre renta liquida. Se deroga
pues se cambia la normatividad. - Art. 249 Deroga el descuento por donaciones
99Normas Derogadas (118)
- Art. 250 Deroga el descuento por generación de
empleo - Art. 257. Deroga el descuento por CERT
- Ya se había en Septiembre de 2002 eliminado el
CERT
100Normas Derogadas (118)
- Art. 424-1 Materias primas excluídas para
medicamentos plaguicidas y fertilizantes (
Reglamentado en el artículo 30 de esta Ley) - Art. 424-5 Numerales 1 (lápices de escribir y
colorear) Los lápices quedan excluídos art 424 y
5 (fósforos y cerillas) quedan gravados con el
7
101Normas Derogadas (118)
- Art. 476 Numerales
- 7 ( servicios de aseo )
- 9 ( los servicios de clubes sociales o
deportivos) - 10 (almacenamiento de productos agricolas)
- 13 ( servicios y comisiones relacionadas con
negociaciones boceadas) - 15 ( alojamiento prestado por establecimientos
hoteleros) - 18 (servicios prestados por establecimientos
exclusivamente relacionados con el ejercicio
físico)
102Normas Derogadas (118)
- Art. 616-2. Deroga la parte de este artículo que
se refiere a los casos en que no se requiere
expedición de factura
103Normas Derogadas (118)
- Quedaron obligados a facturar cuando se trate de
enajenación de bienes producto de la actividad
agrícola o ganadera por parte de personas
naturales cuando la cuantía de la operación sea
inferior a 5.000.000 (2002).
104Normas Derogadas (118)
- Art 881 inciso 2. devolución de operaciones del
fondo de estabilización
105Normas Derogadas (118)
- Art. 63 de la ley 488 del 98 deroga el derecho a
devolución de IVA por materias primas
incorporadas a la produccion de pañales
desechables y otros. - Quedan con el 16 de Iva pues no están
incorporados en otros bienes. - Art 20 de la ley 9 de 1991